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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, le actualizó el Registro Único Tributario, RUT, con la actividad económica 0020 a 466.491 pensionados. Esta cifra es lograda tanto en acciones de oficio ejercidas por la entidad como en procesos a través del módulo de autogestión.

Esta actualización se da en concordancia a cambios en la norma que indican que desde el pasado 01 de enero de 2021, todos los contribuyentes incluyendo los pensionados, con ingresos de alguna de las actividades económicas que sufrieron cambios o desaparecieron, deben actualizar el RUT, según las resoluciones 549 del DANE y 00114 de 2020 y 005 de 2021 de la DIAN

Es preciso recordar que esta actualización aplica para las Personas Naturales que reciben ingresos provenientes de una pensión de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riegos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o devoluciones de saldos de ahorro pensional.

Por lo anterior, la DIAN invita a todos aquellos pensionados que aún no registran este código de actividad económica en el RUT, a realizar la respectiva actualización por medio de las opciones de autogestión y/o canales de atención o contacto telefónico dispuestos por la entidad.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó un documento explicando el por qué se debe hacer la actualización del RUT para los pensionados y cómo se debe hacer este proceso.

Para acceder al documento, haga clic aquí.

Consejo de Estado, en Sentencia No. 25291 de 2021, declara la nulidad de la expresión «Finalmente, es pertinente señalar que la notificación electrónica constituye un mecanismo de una sola vía, esto es, los administrados no están habilitados para responder o impugnar por vía electrónica el acto que se les notifica de manera electrónica», contenida en el Concepto nro. 100208221-529, del 13 de mayo de 2020, proferido por la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN.

Para conocer la sentencia del Consejo de Estado, descargue el archivo adjunto a esta nota.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de Resolución por el cual se prescribe el formulario 260 para dar cumplimiento a la obligación de declarar por parte de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación por el año gravable 2020 y/o fracción del año gravable 2021

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 03 de julio de 2021, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a las entidades emisoras de garantías aduaneras y a los usuarios y obligados aduaneros, que el documento denominado "Garantías Bancarias de 19 de marzo de 2021", no es un documento elaborado por la Entidad, y por tal razón, no es oficial de la Entidad. En consecuencia, esta entidad no se responsabiliza por lo contenido en ese documento.

No obstante, informó que se encuentra en elaboración de documento oficial sobre Garantías Globales y Especificas, con el objetivo de establecer lineamientos precisos, para la correcta presentación y aprobación de las garantías cumpliendo con el lleno de los requisitos y condiciones contempladas en la normatividad vigente. La cartilla será publicada a través de los medios oficiales de la Entidad.

Las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, que cumplan con los requisitos exigidos en la Resolución DDI-000396 de 2021 tendrán vencimientos entre el 24 de junio y el 8 de julio de 2021, para reportar la información exógena a través de medios magnéticos a la Secretaría Distrital de Hacienda.

Para facilitar el proceso, la Entidad estableció las fechas límites de la entrega de la información según el último dígito del documento de identificación tributaria (NIT o cédula). Los plazos para tener en cuenta son:

Último dígito de identificación / Fecha límite*
0 - Jueves 24 de junio
1 - Viernes 25 de junio
2 - Lunes 28 de junio
3 - Martes 29 de junio
4 - Miércoles 30 de junio
5 - Jueves 1 de julio
6 - Viernes 2 de julio
7 - Martes 6 de julio
8 - Miércoles 7 de julio
9 - Jueves 8 de julio

Los responsables de este compromiso deben ingresar al portal de la Secretaría Distrital de Hacienda, módulo de Impuestos, Industria y Comercio y, en el aplicativo de Reporte de Información de Medios Magnéticos, cargar directamente los archivos requeridos. Una vez finalizado el proceso, el sistema emitirá un número de radicado por cada uno de los artículos cargados.

Si usted es o fue proveedor o contratista de una entidad de la Administración central del Distrito, de un Fondo de Desarrollo Local, de la Veeduría, la Personería o el Concejo —identificados bajo el NIT. 899.999.061-9— y necesita el certificado de descuentos y retenciones nacionales y distritales, aquí le explicamos cómo obtenerlo. Es muy rápido y sencillo.

Ingrese al portal web www.shd.gov.co. En el menú principal, haga clic en “Trámites”. Luego, donde aparece “Servicios virtuales”, elija “Servicios de Tesorería”. Allí se desplegarán dos opciones de certificados, según el periodo que requiera: “anteriores a septiembre de 2020” y “de octubre de 2020 en adelante”. Digite los datos de validación y así obtendrá su certificado.

Pueden seguir este procedimiento quienes hayan realizado un pago de traspaso de vehículo en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM) o los ediles interesados en tener dicho certificado.

También se puede solicitar la expedición del certificado de retención directamente ante la entidad contratante.

En caso de que no pueda obtenerlo por estas vías, puede enviar una solicitud a la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante la dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Los colombianos que cotizan a pensión en el exterior y han realizado sus aportes al sistema de seguridad en un país iberoamericano, podrán ahora acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, de origen común.

Así lo estipula el proyecto de ley aceptado en el Congreso, que adoptó el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, texto admitido el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado.

Los países firmantes del acuerdo y en los que los colombianos podrán gozar de este beneficio son: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

“Con la implementación de esta alianza, se amplían los mecanismos de protección social para los colombianos que han laborado, se encuentran laborando o se trasladan a alguno de los 15 países que firmaron este pacto, así como a los extranjeros provenientes de esos países que estén empleados en Colombia”, anotó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.

De igual forma, facilita los canales de migración regular con miras a reducir la vulnerabilidad de esta clase de población, garantizando el principio de igualdad de trato para con los nacionales de los Estados que hacen parte del convenio y se propenda para que hayan más pensionados.

También fortalece la formalización laboral, al generar escenarios más justos y equitativos, donde se tenga acceso a oportunidades dignas, decentes y de calidad, que retribuyan en bienestar y desarrollo.

De otra parte, permitirá afianzar las relaciones entre Colombia y los países iberoamericanos, en beneficio de sus nacionales migrantes, garantizando su protección social.

¿Una vez se implemente el convenio, qué permitirá?
Garantiza la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo.

Admite la totalización de los periodos de cotización a pensión, acreditados en los distintos países que hacen parte del convenio; garantizándose la conservación de los derechos en curso de adquisición.

Asegura la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país.

Permite la aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador en el caso de que existan un convenio bilateral.

Establece la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios.

No modifica las legislaciones de los países, las coordina para evitar la pérdida de derechos contributivos

Precisiones
Aunque Colombia acoge el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile el convenio, solo hasta ahora y después de varios intentos por lograr su trámite ante el legislativo, se alcanza que el Congreso de la República lo apruebe, dada la gestión realizada por el Ministerio del Trabajo. Solo resta la sanción presidencial para su entrada en vigor.

Las personas que están o estuvieron cotizando en alguno de los países firmantes del convenio, al momento que crean tener derecho a pensión, por haber cumplido los requisitos; podrán solicitar la sumatoria de los periodos cotizados una vez el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, pase a ser ley.

¿Qué países en la actualidad están aplicando el convenio?
En la actualidad son 12 los países donde el convenio está en operación: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana y Uruguay.

Colombia se convierte en el país número 13 en aprobarlo, están pendientes por adoptarlo Costa Rica y Venezuela.

Dato
Según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Colombia es el país con mayor cantidad de emigrantes en Suramérica, ante lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores estima que 4,7 millones de colombianos residen actualmente en el exterior, cifra que representa el 10% de la población total. Esto permite señalar que el número de trabajadores que se podrían beneficiar del convenio es representativo.

El Gobierno nacional presentó la hoja de ruta de la política fiscal del país para los próximos 10 años en el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2021, que define la perspectiva sobre el comportamiento de las principales variables macroeconómicas y fiscales en dicho período.

El año 2020 presentó uno de los retos más importantes en términos de la política económica, toda vez que la pandemia asociada al COVID-19, la caída del precio del petróleo y la caída en la actividad económica mundial implicaron el mayor choque económico y social de la historia reciente del país.

Ante este reto, el Gobierno respondió de forma rápida y contundente, protegiendo la salud de la población, los hogares en situación de vulnerabilidad y la actividad económica. Dicha intervención mitigó notablemente la intensidad de la crisis, minimizando los efectos duraderos que esta generará sobre los hogares y las empresas.

Este choque nos dejó con un conjunto de retos que requieren una Triada de Soluciones en materia social, económica y fiscal. La Triada indica que, para lograr solución a cualquiera de estos frentes, es indispensable atender, simultáneamente, los otros dos.

El bienestar social necesita de unas finanzas públicas sanas, para financiar gastos dirigidos a los más vulnerables, así como de una economía vigorosa que mediante la generación de empleo formal revitalice el ingreso de los hogares. La reactivación económica, por su parte, requiere de un entorno macroeconómico y social favorable. Finalmente, apuntalar la sostenibilidad fiscal está supeditado a la presencia de un crecimiento económico boyante y de una buena disposición de los actores sociales para alcanzar consensos en materia de política económica inclusiva y sostenible.

En este orden de ideas, la estrategia fiscal establecida en el documento contempla una política expansiva en el corto plazo y un ajuste gradual en el mediano plazo que garantice la estabilización y la reducción de la deuda pública.

Para 2021 y, en menor medida, 2022, se prevén gastos adicionales cuyo propósito es impulsar la recuperación del tejido social y de la actividad económica. De 2023 en adelante habría una reducción más pronunciada del estímulo fiscal y un incremento en los ingresos permanentes del Gobierno, que contribuirían a la reducción del pasivo público en el mediano plazo.

Es así como para este año, el Gobierno nacional mantendrá su meta de déficit fiscal en 8,6% del PIB, en línea con el Plan Financiero presentado en marzo pasado. Dicha meta de balance fiscal se establece en un contexto en el que se prevé que el crecimiento económico se ubique en 6,0%, en línea con la recuperación de la economía mundial y los avances del proceso de vacunación.

Crecimiento dinámico
Según el documento, se prevé que en el mediano plazo el país crezca por encima de su potencial, siendo este un factor fundamental para materializar la Triada de Soluciones que se determinó en materia social, económica y fiscal, como consecuencia de los efectos de la pandemia de Covid-19, la caída del precio del petróleo y la disminución en la actividad económica mundial, temas que implicaron el mayor choque económico y social de la historia reciente del país.

De acuerdo con el Ministro, el Marco Fiscal de Mediano Plazo define la estrategia de política fiscal para garantizar precisamente esa Triada de Soluciones, en la que el Proyecto de Ley de Inversión Social es protagonista.

Así, según el funcionario, una economía dinámica, una política fiscal responsable cimentada en mayores ingresos y menores gastos y una clase media fortalecida, constituirían, conjuntamente, un triángulo virtuoso para el desarrollo del país.

Agregó que en el frente fiscal un componente importante de la estrategia está asociado al fortalecimiento de la Regla Fiscal, a través de la inclusión de objetivos explícitos para la deuda del Gobierno, que mediante metas operativas sobre el balance primario garanticen la convergencia del pasivo público a niveles prudenciales en el mediano plazo.

Al respecto, expresó que el Proyecto de Ley de Inversión Social contribuiría con más de dos terceras partes de los recursos permanentes necesarios para guiar la deuda a dichos niveles objetivo. Esto sería resultado de esfuerzos contemplados en el Proyecto de Ley en materia de austeridad del gasto, mayores instrumentos para fomentar la formalización fiscal y modificaciones en el estatuto tributario, que no tengan ningún tipo de afectación sobre la clase media ni, por supuesto, sobre los sectores más vulnerables.

Para 2021, se proyectan necesidades de financiamiento del Gobierno Nacional Central (GNC) por $134 billones, 12,1% del PIB, compuestas por un déficit a financiar de $95.7 billones (8,6% del PIB), amortizaciones por $18.9 billones (1,7% del PIB) y pago de obligaciones por $8.6 billones (0,8% del PIB).

El ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo Abondano, precisó que dichas necesidades se buscan atender principalmente a través de una estrategia diversificada de desembolsos de deuda interna y externa, así como otros recursos y depósitos de tesorería. Explicó que de las fuentes de financiamiento que implican desembolsos de deuda, el 62,9% corresponde a fuentes en moneda local y el 37,1% a moneda extranjera.

Para 2022, por su parte, se espera un crecimiento del PIB de 4,3%, que permitirá que la economía supere los niveles de prepandemia y recupere una senda de crecimiento sostenible.

Consecuentemente, el Gobierno planea que la próxima vigencia inicie un proceso ordenado de ajuste fiscal, en donde el déficit meta de 7% del PIB implica un aumento en el balance de 1,7 puntos porcentuales del PIB frente a 2021.

Restrepo Abondano precisó que la magnitud del ajuste al que se compromete el gobierno está en línea con los programas de aumento del balance fiscal de otros países emergentes y de la región.

Para 2022, se proyectan necesidades de financiamiento del GNC por $127.8 billones (10,7% del PIB), compuestas por un déficit a financiar de $83.6 billones (7,0% del PIB), amortizaciones por $27.8 billones (2,3% del PIB) y pago de obligaciones por $6.4 billones (0,5% del PIB).

Al igual que para 2021, estas necesidades se buscan atender con una estrategia diversificada de desembolsos de deuda interna y externa, así como otros recursos y depósitos de tesorería.

Para conocer el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2021, haga clic aquí.

Está disponible para comentarios el proyecto de resolución por la cual se señala el contenido y se adoptan las características técnicas de la información cambiaria y de los informes de endeudamiento externo que deben ser presentados a la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por los intermediarios del mercado cambiario, los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos y los titulares de cuentas de compensación, y se fijan los plazos para su entrega.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 1° de julio de 2021, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

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