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El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 31 de julio 2021 “Por el cual se adicionan los capítulos 3, 4, 5, 6 y 7 al Título 3 de la Parte 5 del libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Único Reglamentario de Sector Hacienda y Crédito Público”, sobre temas de gobierno corporativo

Para conocer el proyecto de decrecto, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, tiene todo dispuesto para que los ciudadanos obligados a presentar y pagar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios Personas Naturales año gravable 2020, cumplan oportunamente con esta obligación, anticipándose a las fechas establecidas en el calendario tributario.

Los vencimientos para la presentación y pago de la Declaración de Renta inician el próximo 10 de agosto y finalizan el 20 de octubre de 2021, de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación como conste en el RUT.

La DIAN dispuso en su sitio web www.dian.gov.co una serie de herramientas para facilitar el diligenciamiento, la presentación y el pago de la Declaración de Renta a través de Autogestión como el Micrositio Renta Personas Naturales Año Gravable 2020, en el que el usuario podrá consultar:

El Programa Ayuda Renta 2020,

Las declaraciones sugeridas

El Abecé de Renta

Es importante tener en cuenta que la Información Reportada por Terceros (Exógena) estará disponible para consulta a partir del 27 de julio.

Consulte esta y más información en: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta-Personas-Naturales-AG-2020/Paginas/Inicio.aspx

Adicionalmente, en materia de canales de servicio, la DIAN ofrece canales virtuales haciendo énfasis en los avances tecnológicos para ser cada vez más cercana con los contribuyentes y evitar su desplazamiento a las oficinas físicas. Los servicios virtuales dispuestos que facilitarán la presentación de la Declaración de Renta son:

App DIAN

VideoAtención

Quioscos Virtuales

Chatbot

Para ampliar la información acerca de los canales de Autogestión ingrese a: https://www.dian.gov.co/Prensa/Aprendelo-en-un-DIAN-X3/Paginas/Abece-Canales-Autogestion.aspx

Julio Fernando Lamprea Fernández, Director de Gestión de Ingresos de la DIAN puntualizó que nuevamente para el cálculo se aplica lo previsto en la Ley 2010 de 2019, a través del Sistema de Renta Cedular, que clasifica los ingresos de acuerdo con su origen, para aplicar una tarifa y dar un tratamiento particular a cada perfil.

Esto permite que el régimen jurídico aplicable a cada renta no afecte a ninguna otra y que la base gravable no se vea disminuida indebidamente por deducciones, beneficios tributarios, costos y gastos que solo deban ser imputados a una renta. Las cédulas para este año son:

Cédula General (Rentas de trabajo, de capital y no laborales)

Cédula de Rentas de Pensiones

Cédula de Rentas de Dividendos y Participaciones

¿Quiénes deben declarar renta?
Los asalariados y las demás personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia que en el año gravable 2020 cumplieron con alguna de las siguientes condiciones, están obligados a presentar la Declaración de Renta y Complementario por dicha vigencia, en el Formulario Oficial 210:

Tener un patrimonio bruto superior a 4500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.

Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

Haber realizado compras y consumos totales superiores a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.

Los valores anteriormente señalados son calculados con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT) que rigió durante 2020 y que fue fijada en $35.607.

Las Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas no residentes en Colombia que hayan percibido ingresos de fuente nacional, los cuales no hayan sido objeto de la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 al 411 del Estatuto Tributario, están obligados a presentar la Declaración de Renta y Complementarios por dicha vigencia, en el Formulario Oficial 110, dentro de los mismos plazos establecidos para los residentes en el país.

La DIAN continuará trabajando incansablemente para garantizar los recursos destinados a recuperar la economía del país para beneficio de todos los colombianos y buscando ser una entidad más cercana, ágil y eficiente, haciendo posible el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes a través de los servicios digitales los cuales facilitarán el trámite para declarar renta sin salir de casa, desde donde cada uno podrá realizarla sin contratiempos.

Finalmente, la DIAN recomienda a los contribuyentes reunir los documentos soporte necesarios para preparar y presentar su declaración y anticiparse a las fechas de sus vencimientos para evitar contratiempos. Consulte el calendario tributario de renta año gravable 2020 en: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta-Personas-Naturales-AG-2020/Paginas/Calendario-de-pagos.aspx

Para más información, los ciudadanos podrán comunicarse con la Línea de atención del Contact Center 355 69 22 en Bogotá, o a través del chat institucional https://www.dian.gov.co/Paginas/Inicio.aspx en horario de 6:00 a.m. a 8:00 p. m. de lunes a viernes y de 8:00 a. m. a 2:00 p. m. los sábados.

Consulta los aspectos generales que debes tener en cuenta como persona natural para el cumplimiento de esta obligación por el año gravable 2020 y que debe presentar en el año 2021.

Para descargar el archivo de la DIAN, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó el Proyecto de reforma tributaria, denominado de Inversión Social, que busca recaudar $15,2 billones.

Se trata de una iniciativa que pretende, mediante un articulado corto, proteger a los más vulnerables, reactivar la economía y estabilizar las finanzas públicas.

La propuesta plantea, en primera medida, una mayor inversión social a través de la extensión de programas como Ingreso Solidario y Subsidio a la Nómina (PAEF), que irían hasta 2022 y diciembre de 2021, respectivamente.

Según el ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo Abondano, la ampliación de Ingreso Solidario permitiría que más de 731.000 colombianos en pobreza extrema, que hoy en día no reciben ningún beneficio del Estado, lo empiecen a hacer por primera vez. Con esto, el programa llegaría a un total de 3,3 millones de hogares.

Por su parte, la extensión del PAEF para el segundo semestre de este año, apoyaría a cerca de 459.000 empleados, a través de un esquema que incentiva la contratación de jóvenes de entre 18 y 28 años y del resto de la población con ingresos de hasta 3 salarios mínimos.

“Focalizaremos el programa en las pequeñas empresas e incluiremos personas naturales con negocios que empleen mínimo a dos personas”, aseguró Restrepo, quien dijo que para este nuevo ciclo se prevé que se postulen 55.000 empleadores que corresponden a 400.000 empleados.

De otro lado, en materia de educación, la propuesta contempla mayores recursos para brindar matrícula cero a 695.000 estudiantes de pregrado de instituciones de educación superior pública en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica y continuaremos brindando estímulos y mejores condiciones a los usuarios de crédito educativo de Icetex.

Con estas medidas y los programas sociales vigentes, el Gobierno Nacional llegará a más de 25 millones de colombianos que se verán beneficiados. La inversión total en materia social sería de $8,8 billones en 2021 y $8 billones en 2022.

Plan de austeridad
La propuesta también contiene un ambicioso plan de austeridad, que generaría ahorros recurrentes de $1,9 billones entre 2022 y 2032, en promedio.

Dicho plan incluye una restricción desde el 2023 de los gastos de personal, sin afectar el poder adquisitivo de los servidores públicos. Adicionalmente, solo se permitirá la adquisición de bienes y servicios esenciales, recortando gastos de telefonía móvil, viáticos, arrendamientos y vehículos.

De igual forma, las transferencias a cargo de la nación se reducirán anualmente, sin afectar las de rango constitucional, como seguridad social, universidades públicas y pago de sentencias, entre otras.

También se contempla el control de los contratos de prestación de servicios y nóminas paralelas.

Propuesta antievasión
El Proyecto de Inversión Social le apuesta, además, a uno de los planes antievasión más ambiciosos que haya tenido el país, con esfuerzos por $2,7 billones.

Es así como otorga facultades para que la Dian emita factura compulsiva o sugerida.

Así mismo, contempla la creación del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), para identificar a los dueños o beneficiarios de las empresas para que cumplan con sus obligaciones.

También plantea un sistema de información georreferenciada, con el objetivo de detectar el valor real de los inmuebles declarados y de otro lado, permite facturar el impuesto de renta con base en información de la factura electrónica e información reportada por terceros, facilitando así el recaudo.

No se tocará a la clase media
“El articulado propuesto por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no tocará a la clase media”, reafirmó el ministro Restrepo, quien explicó que la iniciativa que se presentará al legislativo incluye un aporte solidario en renta del 35% por parte de las grandes empresas del país, a partir del 2022. Con esto, agregó, no se compromete la competitividad del país, ya que esta tarifa es menor a la de 2018 (37%).

Se contempla, además, un descuento del 50% del ICA en el impuesto de renta, un proceso de normalización tributaria para 2022 y una extensión de la sobretasa de renta al sector financiero hasta 2025.

De acuerdo con el Ministro todas estas medidas permitirán un recaudo aproximado de $11 billones.

Así las cosas, el Proyecto de Inversión Social es el resultado de consensos, que permitirán “darle la mano a los más vulnerables, lograr estabilidad fiscal y contribuir al crecimiento económico del país”, concluyó el funcionario.

El Ministerio de Hacienad publicó un documento en el cual explica los principales puntos que contendrá la nueva reforma tributaria, o Proyecto de Inversión Social como lo ha denominado, que presentará al Congreso el próximo 20 de julio.

Para conocer el documento, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dentro de su proceso de discusión pública, publicó para análisis y comentarios el documento sobre las normas, interpretaciones y enmiendas emitidas por el International Accounting Standard Board (IASB) durante el primer semestre de 2021.

En tal sentido el CTCP ha abierto el proceso para que todos los interesados envíen sus análisis y comentarios con plazo máximo del seis de agosto de 2021 a los buzones de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Entre los documentos disponibles también se encuentran las preguntas de orientación en formato Word, la definición de Estimaciones Contables -Modificaciones a la NIC 8-, Información a Revelar sobre Políticas Contables -Modificaciones a la NIC 1 y al Documento de Práctica de las NIIF No. 2; Reducciones del alquiler relacionadas con la covid-19 más allá del 30 de junio de 2021 -Modificación a la NIIF 16- e Impuestos Diferidos relacionados con Activos y Pasivos que surgen de una Transacción Única -Modificaciones a la NIC 12-.

Consulte el documento aquí.

El Ministerio del Trabajo en alianza con la Alcaldía Mayor de Bogotá realizó el lanzamiento del programa Empleo Joven “camello sí hay" con el cual se beneficiará a 50.000 jóvenes capitalinos entre 18 y 28 años y se impulsará el crecimiento de las empresas.

A través de esta estrategia se busca disminuir la tasa de desempleo juvenil en la ciudad que alcanzó el 26,3% en el trimestre móvil marzo-mayo de 2021, promover la empleabilidad y formación de jóvenes a través de un esquema que otorga un beneficio de aporte a los costos de los contratos laborales por parte del Distrito, más el aporte de las Cajas de Compensación Familiar a la formación.

“Estamos lanzando hoy en la capital de la República Empleo Joven, donde los empresarios tendrán un socio que es El Estado para aliviar los costos laborales y generar empleo. Esta alianza la estamos promoviendo por todo el país para que se unan las autoridades locales”, señaló el ministro del trabajo Ángel Custodio Cabrera.

El Distrito otorgará un apoyo a la nómina por los 3 primeros meses del contrato laboral con término a 1 año, equivalente al 55% de los costos laborales de la contratación de cada nuevo joven. Esto son $2.406.762 en total por los tres meses. Los nuevos empleos que serán sujetos a recibir el beneficio serán aquellos que se hayan generado posterior al 30 de junio.

“Nuestro propósito es conectar a los jóvenes de la ciudad con nuevas fuentes de empleo y espacios de formación gratuita que les permitan mejorar sus competencias laborales, profesionales y personales. Además, como una manera de que se activen económicamente y puedan generar sus propios ingresos”, explicó Claudia López, Alcaldesa Mayor de Bogotá.

Se espera que este año los jóvenes beneficiados en Bogotá sumen 15.000 y los 35.000 restantes se alcancen en 2022. Asimismo, este año se estima que podrían vincularse entre 500 y 1.000 empresas.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se adiciona la Resolución 015 del 17 de febrero de 2016, para ampliar el programa del Operador Económico Autorizado, OEA, a los Agentes de Carga Internacional.

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 21 de julio de 2021, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Secretaría Distrital de Hacienda levantó la contingencia, luego de recibir el informe de su Dirección de Informática y Tecnología, que certifica la superación de los inconvenientes técnicos presentados al inicio de los vencimientos para el reporte de información en medios magnéticos.

“Considerando que a partir del 24 de junio de 2021, cuando se declaró la contingencia del reporte de información en medios magnéticos, se aplicaron estrategias en nuestra infraestructura que permitieron la recepción de un volumen considerable de información y que durante las últimas 24 horas el comportamiento del sistema ha presentado estabilidad, sin presencia de intermitencias o caídas, técnicamente consideramos que es viable realizar el levantamiento de la contingencia”, explica el informe.

Adicionalmente, para no afectar a ningún responsable de reportar información en medios magnéticos en Bogotá, la Entidad movió este calendario en su totalidad para reiniciar sus vencimientos. Así quedó establecido, mediante la resolución No. DDI-006981 del 01 de julio de 2021, el nuevo calendario de presentación de información exógena, de acuerdo con el último dígito de identificación:

Último dígito de identificación / Fecha límite*
0 Martes 6 de julio
1 Miércoles 7 de julio
2 Jueves 8 de julio
3 Viernes 9 de julio
4 Lunes 12 de julio
5 Martes 13 de julio
6 Miércoles 14 de julio
7 Jueves 15 de julio
8 Viernes 16 de julio
9 Lunes 19 de julio

La entidad reiteró que por la contingencia no se cobrarán sanciones.

Luego de intensas negociaciones y en medio de una difícil situación sanitaria a nivel mundial, afectada por la pandemia del coronavirus; Brasil y Colombia lograron firmar un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo - ARM de sus programas Operador Económico Autorizado - OEA.

El OEA fue adoptado en 2005 por la Organización Mundial de Aduanas - OMA, bajo el Marco de Estándares para Facilitar y Asegurar el Comercio (Marco SAFE), con el propósito de mejorar y fortalecer la seguridad en la cadena de suministro a nivel internacional, mediante el cumplimiento de requisitos de seguridad que garantizan la confiabilidad en las compañías acogidas a dicho programa.

Con la firma de este ARM, las empresas autorizadas por la DIAN en Colombia y certificadas por la Administración Aduanera de la Receita Federal do Brasil, como Operadores Económicos Autorizados; podrán acogerse a los beneficios consagrados en el programa, relacionados con trámites de comercio más ágiles, al ser reconocidos como usuarios aduaneros seguros ante las autoridades OEA de ambos países.

Por tanto, las empresas brasileñas y colombianas que ostentan la condición de OEA, gozan de más oportunidades para la facilitación de sus procesos de importación y exportación, lo cual incide en sus negociaciones, impactando positivamente toda la cadena logística que incluye proveedores de materias primas, transportistas de mercancías, servicios de bodegaje, etc.

Durante el acto protocolario, el Director General de la DIAN Colombia, Lisandro Junco Riveira, manifestó: “Con la firma de este acuerdo materializado hoy, logramos un hito de superación en medio de la pandemia, justo en el marco de celebración de los 10 años del programa en Colombia, iniciado en 2011, contando actualmente con 285 empresas autorizadas OEA, las cuales tienen 384 tipos de usuarios entre exportadores, importadores y agencias de aduanas. Una verdadera infraestructura al servicio de la calidad de nuestros productos y confiabilidad de nuestro comercio".

Por su parte, Fausto Vieira Coutinho, Subsecretario de Administración Aduanera de la Receita Federal do Brasil, indicó que “Este acuerdo representa la conclusión de un extenso trabajo conjunto entre las administraciones aduaneras de Brasil y Colombia, que comenzó en septiembre de 2020. De esta manera, Brasil avanza en su estrategia de integración internacional y permite que nuestros operadores certificados se beneficien de un trato aduanero diferenciado en este importante país de nuestra región".

Con la firma del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo, los representantes de Brasil y Colombia se mostraron satisfechos por alcanzar esta nueva meta para otorgar mayores beneficios a sus empresas OEA, lo cual no solo fortalece los lazos comerciales que tradicionalmente han unido a las dos naciones hermanas, sino representa un eslabón más en el propósito de afianzar la competitividad de sus productos y desarrollar las economías conjuntamente.

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