Los resultados de las últimas acciones de control de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, a responsables del Impuestos Sobre las Ventas, IVA, e Impuesto Nacional al Consumo muestran que —con corte a febrero de 2024— el 15,7% de dichos impuestos no han llegado a las cuentas del tesoro nacional. En otras palabras, la suma de los recursos que no está percibiendo el país por este concepto asciende a los $2.1 billones

La DIAN encontró que algunos de los responsables que presentaron la declaración por ventas en noviembre y diciembre de 2023, no hicieron el pago a la administración tributaria. A juzgar por los pagos recibidos desde el 11 de marzo, cuando inició el calendario de vencimientos, lo mismo está ocurriendo en las ventas de enero y febrero, cuya declaración y pago debe hacerse este mes.

El monitoreo de las declaraciones presentadas a la fecha corrobora que su pago no fue efectuado, lo que tiene activas las alarmas de la administración tributaria, pues, tan solo en enero, 85.256 responsables declararon los ingresos e impuestos por ventas de noviembre-diciembre del año anterior, pero no pagaron.

En diciembre se expidieron más de 223 millones de facturas electrónicas, el número históricamente más alto desde su implementación y que no tiene en cuenta las ventas que pudieron darse a través de documentos equivalentes. Sin embargo, la DIAN no está viendo estos números reflejados en el recaudo de enero. Ante este incumplimiento, la entidad tomará acciones de cobro, incluidas las penales previstas en la ley.

Vale recordar que cuando se declara el IVA o el Impuesto al consumo y no se paga, la primera consecuencia es el recargo de intereses moratorios desde el día siguiente al vencimiento del plazo para declarar y pagar.

El interés moratorio sobre los impuestos no consignados se liquida diariamente a la tasa de interés vigente: hasta el 31 de marzo es de 31.3%; en el mes de febrero fue de 32.97%; en enero de 32.98%. Esto evidencia lo costoso que resulta NO consignar los valores cobrados como impuesto al valor agregado o impuesto al consumo, sin contas que el incumplimiento puede derivar en denuncias ante la Fiscalía General de la Nación.

La segunda consecuencia es la penal. No pagar del IVA o Impoconsumo constituye un delito penal llamado omisión de agente recaudador, que puede llevar a una pena en prisión de 48 a 108 meses y a una multa equivalente al doble del valor no consignado, sin que supere el valor equivalente a 1.020.000 de UVT ($48.006 millones).

La facturación electrónica sigue creciendo
La labor de la DIAN frente a la facturación electrónica está mostrando buenos resultados, hoy son 1.143.000 facturadores electrónicos en el país, de los que 181.000 se incorporaron en el último año. Con respecto al primer bimestre de 2024, el crecimiento de facturadores es del 19% frente al mismo periodo de la anterior vigencia, lo que en número de facturas expedidas representa el paso de 339 millones a 477 millones, con un crecimiento del 41%.

La gestión adelantada por la administración tributaria en 2023, con las más de 50.000 visitas a contribuyentes, ha permitido que hoy se logren estas cifras. El aumento también demuestra el compromiso y cumplimiento de los contribuyentes, al tiempo que refleja la dinámica del consumo y facturación en el país.

Los que faltan
Pese a los buenos resultados, en todo el país aún faltan alrededor de 157.000 contribuyentes responsables de facturar electrónicamente. Por eso la DIAN seguirá esforzándose por visitarlos, orientarlos y facilitarles el cumplimiento de su obligación.

El llamado de la entidad a estos contribuyentes es a que comiencen cuanto antes el proceso, ya que las operaciones reportadas los están haciendo visibles ante la administración tributaria.

Implementación de documentos equivalentes electrónicos
Uno de los temas claves en los que la entidad está dando especial acompañamiento a los contribuyentes es el de los documentos equivalentes electrónicos de la factura, cuyo calendario de implementación prevé plazos para sus obligados entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre próximos.

En ese sentido, la DIAN perfila y adelanta visitas a los diferentes sectores del comercio que deben comenzar a tiempo para dejar atrás la factura de papel y que Colombia pueda lograr la digitalización total del proceso de facturación.

Las personas que tengan dudas sobre el reporte de información exógena pueden consultar si están obligadas a hacerlo en el artículo 1 de la resolución 1255 de 2022. En ella también podrán saber qué es lo que deben presentar, las especificaciones de los archivos, así como los vencimientos para la entrega de información que comienzan el 23 de abril y terminan el 6 de junio de 2024, de acuerdo con los últimos números del NIT.

Con el fin de que los contribuyentes puedan organizar previamente su información tributaria, la DIAN ha dispuesto una herramienta de consulta y distribución gratuita. Se trata del reporte de información exógena tributaria, más conocido como 'prevalidadores', que se publica anualmente en el primer trimestre del año. Aquí puede consultarlo.

Tenga en cuenta que el uso de esta herramienta no es obligatorio y su utilización en ningún momento exime a la persona obligada a reportar información exógena (datos financieros y tributarios de las entidades públicas y privadas que provienen de un ente externo al gobierno), de la responsabilidad que se derive por errores de forma o de contenido en la información suministrada.

Con esta herramienta, la entidad busca que reportar la información sea más fácil para los obligados a hacerlo y que puedan llevar a cabo una consulta electrónica previa a la presentación formal de sus reportes para evitar posibles inconsistencias.

Por último y como complemento a la resolución y al reporte, los usuarios disponen también de la cartilla del Sistema de Presentación que le indica el paso a paso para presentar la información exógena en los tiempos estipulados.

Por medio de la Resolución 044 del 14 de marzo de 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, prescribe el Formulario No. 210 Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias 2023 y siguientes.

Para conocer la Resolución 044, haga clic aquí.

A un total de 32 bienes correspondientes a materias primas y bienes de capital que se importaban al país sin arancel se les restableció la respectiva tasa impositiva, dado que actualmente cuentan con producción nacional.

La decisión se adoptó luego de la revisión semestral que hace el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que evidenció que de esos insumos y maquinarias ya hay producción local.

De esta manera, a través del Decreto 0324 del 11 de marzo del 2024, se restablece el arancel respectivo del 5 %, 10 % o 15 %, dependiendo del bien, a esos 32 productos.

Así, productos como ceras y abonos minerales; herbicidas; placas y hojas de policarbonatos; cauchos mezclados sin vulcanizar; bolsas de papel, cartón o guata de celulosa; tejidos de algodón estampado; tejidos crudos o blanqueados con contenidos de fibras artificiales; tejidos con hilados de distintos colores; tubos huecos sin soldadura; herramientas agrícolas; herramientas metales comunes; martillos; hachas; máquinas y aparatos para panadería y partes para remolques y semirremolques, hacen parte de los productos que ahora deberán pagar arancel por su importación al país.

El arancel entrará en vigor 15 días después de la publicación en el Diario Oficial, es decir que se aplicaría a principios de abril.

Pero no operará a las importaciones de los bienes que se encuentren embarcados y vengan hacia Colombia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de este Decreto.

A través del Concepto 013 del 11 de marzo de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre la clasificación y adopción de las normas de contabilidad e información financiera.

Para conocer el Concepto 013, haga clic aquí.

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por su sigla en inglés) abrió una convocatoria para voluntarios interesados en participar de un trabajo de campo a través del cual el organismo espera medir el impacto de la propuesta para introducir en la tercera versión de la NIIF para las PYMES un modelo de pérdida crediticia esperada para contabilizar el deterioro de los activos financieros.

A partir de esta propuesta, revisada por IASB en enero de 2024, se decidió que:

Las pymes que no proporcionen financiación a los clientes como uno de sus negocios principales deberán seguir utilizando el modelo de pérdidas incurridas para medir el deterioro de sus activos financieros.
Las PYMES que brindan financiamiento a clientes como uno de sus negocios principales deberán aplicar un modelo de pérdida crediticia esperada, alineado con el enfoque simplificado de la NIIF 9 Instrumentos Financieros, para medir el deterioro de sus activos financieros.

Los voluntarios convocados son profesionales contables que participan en la preparación de los estados financieros de las PYME y a los usuarios de los estados financieros de las PYME.

Se pedirá a los participantes que completen un cuestionario y se les invitará a discutir sus respuestas a las preguntas con el equipo del proyecto de las PYME.

El objetivo es que los cuestionarios y las llamadas de seguimiento a los participantes estén finalizados a finales de abril de 2024

Participar en el trabajo de campo ofrece a los preparadores y usuarios de los estados financieros de las PYMES la oportunidad de aprender más sobre los requerimientos propuestos por el IASB y sus probables efectos prácticos. No se requiere que los participantes tengan experiencia previa en la aplicación de la NIIF 9 y no se les pedirá que preparen información o revelaciones financieras de acuerdo con los requisitos propuestos.

Los preparadores y usuarios que deseen participar en el trabajo de campo y recibir un cuestionario deben enviar un correo electrónico describiendo su interés al equipo del proyecto haciendo clic aquí.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo radicó ante el Congreso de la República el proyecto de Ley con el cual el Gobierno del Cambio busca la reactivación empresarial, el salvamento y la capitalización de las Salinas Marítimas de Manaure, La Guajira. El propósito es que se convierta en una empresa viable económicamente y que genere beneficios para la comunidad.

Entre los objetivos de la iniciativa radicada en la secretaría general de la Cámara de Representantes están: revertir la situación socioeconómica del departamento, salvaguardar el patrimonio de las comunidades de este municipio, preservar los empleos existentes y generar nuevos puestos de trabajo en la región.

El proyecto de Ley se ha trabajado con las comunidades y la más reciente reunión de socialización del tema se cumplió el pasado lunes 11 de marzo. En ella, líderes de la región compartieron sus comentarios con el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, y su equipo de trabajo en Manaure.

También fue socializado el proyecto con los congresistas que hacen parte de las comisiones cuartas de Senado y Cámara, en reuniones de trabajo convocadas por el ministro Umaña Mendoza y lideradas por los presidentes de estas comisiones, Juan Felipe Lemos, en Senado, y Juan Loreto Gómez Soto en la Cámara de Representantes.

El proyecto de Ley plantea permitir la aplicación de los mecanismos dados por la Ley 1116 que facilite a Salinas de Manaure iniciar un proceso de reorganización, al tiempo que pueda implementar mecanismos de salvamento como, por ejemplo, la capitalización de pasivos, pactos de deuda sostenible y los demás que plantea este régimen de insolvencia.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, destacó que “en el Gobierno del presidente Gustavo Petro Urrego buscamos avanzar en la recuperación de una empresa histórica de la región, que impulse la reindustrialización de La Guajira. Con esto, tendremos una fuente de generación de empleo y bienestar para la comunidad, contribuimos al desarrollo social y a la justicia económica del departamento, al tiempo que garantizamos la protección del patrimonio público”.

Qué contiene el proyecto de Ley
Entre los temas más destacados que contempla este proyecto de Ley, el artículo 3º desarrolla el fortalecimiento patrimonial de las Salinas, con la habilitación general para que el Gobierno nacional pueda capitalizar la empresa a través de diferentes modalidades, como aporte en dinero o en especie.

Esto constituye una innovación en el país, ya que hasta el momento solo se contaba con un régimen que permitía este tipo de actuaciones entre los niveles central y descentralizado, pero del mismo orden territorial.

El documento también detalla que la capitalización debe ser aprobada por el órgano máximo de administración de la sociedad de la empresa, de lo contrario, no se podrá llevar a cabo.

De igual manera, se contempla que los dividendos a favor de la Nación serán destinados a apalancar proyectos en la zona de influencia de las Salinas.

Por último, el Gobierno aclaró que no adelanta este proceso bajo la Ley 550 de 1999 pues aunque esta norma plantea la reestructuración de las empresas para atender sus obligaciones de pago, dificulta la reorganización de la unidad productiva. Por eso, la iniciativa propone que la reestructuración de pasivos en esta empresa se realice bajo las condiciones de la Ley 1116.

El Banco de la República presentó los resultados de un estudio sobre las enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT), que son la principal causa de mortalidad en el mundo. Estas enfermedades se asocian principalmente con grupos de edad avanzada y, por lo tanto, se espera que su carga financiera aumente progresivamente, debido al envejecimiento de la población y a factores de riesgo derivados de hábitos de vida poco saludables.

En Colombia el aumento en la prevalencia de estas enfermedades tiene un efecto directo sobre los gastos del sistema de salud, no solo por los tratamientos y medicamentos utilizados sino por el aumento de la población con estas comorbilidades, convirtiéndose en un reto para el manejo de las finanzas del sector.

En un capítulo de un documento ESPE reciente del Banco de la República que trata sobre aspectos financieros y macroeconómicos del sistema de salud, un grupo de investigadoras estima los costos asociados a las ECNT, incluyendo cáncer, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedad crónica respiratoria y enfermedad renal crónica. El estudio se basa en cálculos del número de atenciones por consultas, procedimientos, urgencias y hospitalizaciones obtenidos del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) del Ministerio de Salud. Los costos estimados probablemente subestiman los costos totales para el sistema, pues no incluyen los costos de los medicamentos, ni los gastos no financiados por la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

Se aprecia un aumento importante de los costos totales a partir de 2017, explicado principalmente por el incremento en los costos de las enfermedades cardiovasculares y el cáncer. Por su parte, los costos por persona atendida, es decir el costo total dividido por el número de personas diagnosticadas con una ECNT, crecen también de manera importante a partir de 2019.

El documento contiene además un análisis prospectivo de los costos totales asociados con las ECNT hasta 2030, considerando el número de personas atendidas y algunos supuestos sobre el crecimiento de los costos de los servicios. Se contemplaron tres escenarios: en el primero, se supone que los costos de los servicios permanecen constantes y, por lo tanto, el costo total aumenta al mismo ritmo que las personas atendidas; en el segundo escenario, se considera el crecimiento de la población atendida y una proyección de la inflación de los costos de los servicios, que históricamente ha sido superior a la inflación promedio; finalmente, en el tercer escenario se incluyen los dos efectos anteriores y se añade un incremento en los costos reales debido al cambio técnico que implica el uso de tecnologías relativamente costosas.

Los resultados de estos cálculos indican que en 2030 los costos totales de las ECNT (en billones de pesos de 2021) llegarían a COP 9,3 billones en el escenario 1, COP 9,8 billones en el escenario 2 y COP 10,2 billones en el escenario 3. Estos resultados se basan en proyecciones basadas en los datos observados y el comportamiento histórico de las distintas variables. Es posible que políticas de prevención y de promoción de hábitos saludables mitiguen en el futuro el crecimiento de las ECNT. Sin embargo, no es previsible que este tipo de políticas tenga efecto antes de 2030.

Nótese que, en los tres escenarios, los cálculos anticipan un incremento en costos reales anuales de más de 50% a lo largo de la década 2020-2030. En comparación con 2016, se anticipa que para 2030 los costos reales asociados a las ECNT se multipliquen por cinco. Al compararse la trayectoria de los tres escenarios en el Gráfico 2, puede verse que el principal determinante del crecimiento de los costos es el envejecimiento de la población. Este crecimiento de los costos de atención en salud para este segmento de enfermedades es por lo tanto un reto urgente para la política pública.

Colombia cerró 2023 con un récord histórico en el número de empresas activas en el país. De acuerdo con las cifras de la Oficina de Estudios Económicos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el número total de empresas matriculadas y renovadas llegó a 1’740.168.

Esta cifra es superior en 0,2% a la reportada en 2022, cuando el número de empresas activas había alcanzado 1.736.117, la cifra más alta desde 2019, antes de la llegada de la pandemia. Ese año el país había alcanzado un total de 1.643.849 empresas activas, de acuerdo con el Registro Único Empresarial y Social, RUES, de Confecámaras.

Para calcular el número de empresas activas, se tienen en cuenta las matrículas registradas ante las Cámaras de Comercio del país anualmente, y las matrículas renovadas cada año.

Bogotá tuvo la mayor cantidad de empresas activas en el país durante 2023, con más del 24 % del total; mientras que Antioquia concentró el 13 %; Valle del Cauca el 8,9 % y Cundinamarca concentraron el 6,7 %.

El informe destaca que las microempresas representan cerca del 95 % del tejido empresarial nacional. Por su parte, las pequeñas empresas participan con el 3,5 %; las medianas son el 0,8 % y las grandes empresas el 0,3 % del total nacional.

La viceministra de Desarrollo Empresarial, Soraya Caro Vargas, destacó la histórica cifra de empresas activas en el país y explicó que el objetivo del Gobierno del Cambio es reindustrializar el país, generar más empleo formal e ingresos de calidad.

En línea con estos objetivos, resaltó que desde el Gobierno nacional se promueve un entorno favorable y mayores oportunidades para las micro, pequeñas y medianas empresas de Colombia.

“En el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo seguimos trabajando en programas de capacitación y formación, acceso a créditos en condiciones favorables y en generar políticas que apoyen los negocios de cientos de miles de colombianos, la generación de empleo formal, salarios de calidad y una mejor calidad de vida para todos”, aseguró la viceministra Caro Vargas.

La alta funcionaria agregó que desde esta cartera “seguiremos trabajando para mantener e impulsar la creación de más empresas en diferentes sectores, que nos permitan reactivar la economía y asegurar el sustento de millones de familias”.

Es importante mencionar que, del número total de empresas activas en el país al cierre de 2023, las personas naturales representaron cerca del 68%.

En cuanto a los datos de enero de 2024, cabe mencionar que son bastante similares a los de el mismo mes del año pasado, pues durante el primer mes del año se matricularon 31.822 empresas, frente a las 31.833 de hace 12 meses. Asimismo, el número de empresas canceladas en enero se mantuvo 11.271, igual número que el del año pasado.

Cabe mencionar que en 2023 se registraron 9.447 empresas exportadoras (personas jurídicas), un 3% más que en 2022. Por otro lado, las empresas jurídicas exportadoras fueron principalmente micro y pequeñas, sin embargo, el 86,7% de las exportaciones las realizaron grandes empresas.

Por medio del Concepto 036 del 11 de marzo de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio trámite a una consulta sobre la Terminación del vínculo contractual – entrega información.

Para conocer el Concepto 036, haga clic aquí.

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