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Frente a la Resolución 1843 de 2025 emitida el 29 de abril de 2025, el Ministerio del Trabajo, aclararó a la opinión pública que:

- Esta resolución emitida por la cartera laboral busca establecer óptimas condiciones de trabajo, garantizando un marco normativo claro y actualizado con el fin de asegurar condiciones laborales seguras y dignas que buscan proteger la salud de los trabajadores.
- Se adoptan especificaciones técnicas alineadas con los estándares internacionales, en especial:
- La evaluación médica por retorno laboral, y la evaluación médica ocupacional de seguimiento o de control.
- Se adoptan medidas antidiscriminatorias en materia laboral, específicamente en lo que respecta a la exigencia de pruebas de embarazo y VIH.
- Regulación del costo de los desplazamientos y manutención (alojamiento y alimentación), para la realización de las evaluaciones medicas ocupacionales periódicas en caso de requerirse traslados intermunicipales.
- Prestar servicios con calidad, continuidad, integralidad, oportunidad, transversalización y equidad de género en exámenes ocupacionales.
- Implementar y ejecutar un programa de pausas activas durante la jornada laboral, destinadas a realizar actividades preventivas que mejoren la salud física y mental de los trabajadores dependientes e independientes, respetando la libertad de conciencias, credos, estados de salud, posturas culturales, políticas y formas de vida, evitando toda forma de discriminación o exclusión.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el proyecto de decreto por medio del cual establece un procedimiento para el Pago de Impuestos para Predios en Formalización a Resguardos Indígenas – PROPRI.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 28 de mayo.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia invita a comentar los cambios introducidos a la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) dentro del proceso de depuración que inició en 2024.

Estos ajustes se adelantaron en desarrollo del Proyecto Estratégico institucional de Optimización Normativa, con el fin de mantener instrucciones que cumplan con los criterios de calidad, claridad y eficiencia acorde con la evolución del sistema financiero.

En este proceso, la CBCF pasará a llamarse Circular Básica de Riesgos, Asuntos Prudenciales e Información Financiera (CBRAPIF), la cual tendrá una estructura nueva con el fin de adoptar las mejores prácticas supervisoras, los estándares internacionales y las necesitades de información para salvaguardar la confianza y la estabilidad del sistema financiero.

Cabe señalar que la depuración de la CBCF se enmarca en los criterios de obsolescencia, falta de claridad normativa, cargas innecesarias, duplicidad y ajustes técnicos, con el fin de que las entidades vigiladas gestionen sus riesgos y su información financiera alineada en los requerimientos prudenciales y en los principios de información.

La Circular Básica de Riesgos, Asuntos Prudenciales e Información Financiera (CBRAPIF) queda, en principio, organizada en cuatro partes: (i) riesgos; (ii) asuntos prudenciales y controles de ley; (iii) información financiera y (iv) otros temas.

Cada una de estas cuatro partes está integrada por capítulos que, a su vez, se distribuyen en secciones. Adicionalmente, para facilitar la precisión en las referencias normativas y las actualizaciones posteriores los párrafos tendrán una numeración única, compuesta por un dígito que representa la parte, otro el capítulo y otro el de la sección de la instrucción.

Es importante aclarar que este proceso de depuración continuará complementándose con otros avances normativos que requieren instrucciones especiales, tales como los relacionados con NIIF 17 (Normas Internacionales de Información Financiera) y Reservas Técnicas, NIIF 9, SARAS (Sistema de Administración de Riesgos Ambientales y Sociales) y Solvencia del FNG, entre otros.

En esta segunda fase, y para facilitar la revisión del proyecto de norma, la SFC preparó una tabla de equivalencias en la que se identifican las instrucciones vigentes de la CBCF actual con relación a la nueva estructura de la CBRAPIF y una indicación de los nuevos capítulos que se crean.

Para conocer el proyecto de normativa, haga clic aquí.

Desde el lunes 12 de mayo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha recibido 137.088 declaraciones correspondientes a impuestos como IVA, Retención en la Fuente y Renta personas jurídicas, así lo informó la entidad al señalar que, pese a la congestión en sus servidores informáticos, la plataforma ha permanecido operativa.

Debido a la alta congestión en los sistemas tributarios y aduaneros se han registrado dificultades o demoras en trámites asociados a declaraciones, pagos y firmas, entre otros servicios; sin embargo, la DIAN adelanta labores ininterrumpidas para mejorar el desempeño de los sistemas informáticos y evitar futuros inconvenientes que puedan afectar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

De las 137.088 declaraciones recibidas, el 36.88% corresponde al formulario 110, para el impuesto de Renta y Complementario para personas jurídicas y asimiladas; el 30.47% al formulario 300, para declaración de Impuesto sobre las Ventas; y el 27.19% al formulario 350, para declaración de retenciones en la fuente.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que, de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, se declara la contingencia por indisponibilidad de los servicios de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y el artículo 27 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019, debido a incidentes técnicos de los sistemas de información.

Esta decisión se tomó teniendo en cuenta que estas incidencias impiden a algunos contribuyentes con vencimientos a partir de la fecha, presentar sus declaraciones y, o cumplir con el envió de información exógena tributaria, así como a algunos usuarios aduaneros, adelantar sus trámites respecto a las operaciones de comercio exterior.

La medida aplica, tanto para los contribuyentes obligados a presentar declaraciones cuyo último dígito del NIT termine en dos (2) y siguientes; para los obligados a presentar información exógena tributaria desde el 13 de mayo de 2025, así como para los usuarios aduaneros que experimenten dificultades para realizar sus trámites.

En consecuencia, los contribuyentes podrán presentar las declaraciones tributarias, efectuar sus correspondientes pagos y reportar la información exógena tributaria a más tardar al día siguiente a aquel en que se informe que el servicio digital se encuentra estable para la presentación de las declaraciones y para el envío de la información exógena tributaria, lo cual se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad.

La anterior disposición, también aplica para los contribuyentes obligados a presentar declaraciones e informantes de exógena tributaria que el día 12 de mayo de 2025, no pudieron cumplir con su obligación.

En cuanto a los usuarios aduaneros, estos deben dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019; para el efecto, entre otros, al momento de realizar los trámites aduaneros deben reportar el hecho a través de los canales institucionales, anexando las imágenes de las pantallas que demuestren el error en el sistema, así como la explicación del problema, y solicitar a las direcciones seccionales competentes, la autorización de trámites manuales, para atender los posibles procesos de contingencia. Una vez se levante la contingencia, se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad.

En el marco de la XXVII Conferencia Regional de directores generales de Aduanas de las Américas y el Caribe, celebrada en El Salvador, Colombia reafirmó su compromiso con la integración y la seguridad regional mediante la firma de importantes acuerdos en materia aduanera.

Uno de los logros más significativos fue la suscripción del Acuerdo de Reconoci,miento Mutuo entre los bloques de la Alianza del Pacífico y MERCOSUR, un paso estratégico que optimiza la cooperación entre las aduanas de la región y amplía los beneficios para las empresas certificadas como OEA. Este acuerdo permitirá reducir tiempos y costos en procesos aduaneros, mitigar riesgos logísticos y aumentar la competitividad de más de 570 empresas colombianas.

Además, se firmó un Plan de Acción Conjunto con la Aduana de El Salvador, como punto de partida para avanzar hacia la adhesión de ese país al Acuerdo Multilateral Regional de Reconocimiento Mutuo OEA, del cual Colombia ya es parte. Este plan buscará establecer la compatibilidad de los programas y definir su viabilidad.

El Comité de Expertos NIIF del Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP- recientemente compartió el Informe de Gestión del Segundo Semestre de 2024.

Este documento recopila los hechos más destacados respecto de las acciones del CENIIF, principalmente respecto del análisis de la NIIF 18 – Presentación e información a revelar en los estados financieros, la NIIF 19 – Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas: información a revelar y el Proyecto de enmiendas a la NIC 28 – Inversiones en asociadas y negocios conjuntos.

Las principales conclusiones fueron:
1. NIIF 18: estado de situación financiera y estado de cambios en el patrimonio
El Comité concluyó que se deben adoptar en Colombia las disposiciones de la NIIF 18, en relación con el estado de situación financiera y el estado de cambios en el patrimonio, tal como fueron emitidas por el IASB.

2. NIIF 18 - estado de resultado y el otro resultado integral
El Comité concluyó que se deben adoptar en Colombia las disposiciones de la NIIF 18 relacionadas con el estado de resultado y el otro resultado integral.

3. NIIF 18: estado de flujos de efectivo
El Comité concluyó que se deben adoptar en Colombia las disposiciones de la NIIF 18 relacionadas con el estado de flujos de efectivo, dado que estandarizan criterios y mejoran la comparabilidad y transparencia de la información para los usuarios de los estados financieros.

4. NIIF 18: notas a los estados financieros
El Comité concluyó que se deben adoptar en Colombia las disposiciones de la NIIF 18 relacionadas con las notas a los estados financieros ya que los beneficios para los usuarios de los estados financieros exceden los costos en los que incurriría una entidad en su aplicación.

5. Proyecto de enmiendas a la NIC 28 - Inversiones en asociadas y negocios conjuntos
En términos generales, el Comité consideró que los cambios propuestos por el IASB en la NIC 28 son favorables, ya que contribuyen a proporcionar información más fiable y relevante para los usuarios, permitiéndoles tomar decisiones más informadas.

6. NIIF 19: subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas - información a revelar
El Comité concluyó que se debe adoptar en Colombia la NIIF 19 y ampliar su alcance a entidades que, sin ser subsidiarias, estén obligadas a aplicar por disposiciones normativas locales o decidan adoptar voluntariamente, el marco normativo del Grupo 1.

El Comité fue presidido por Boris René Cárdenas Torres y la Secretaría Técnica estuvo a cargo de Luisa Fernanda Salcedo Saavedra.

Consulta el informe haciendo clic aquí.

El pasado 29 de abril, en reunión con la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) y los gobiernos de Colombia y Perú, se acordó dar inicio a la implementación del nuevo formulario del Certificado de Origen (CO), con el objetivo de facilitar el comercio intrarregional y avanzar en la digitalización de trámites.

La implementación inició por parte de ambos países con la expedición de certificados en formato físico, con firma y sello de los funcionarios autorizados, mientras se finalizan los desarrollos informáticos que permitirán su intercambio digital. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunciará oportunamente la entrada en operación del sistema digital.

Procedimiento en Colombia
Los exportadores deben diligenciar en el sistema informático sus declaraciones juramentadas que soportan los certificados de origen hacia Perú, seleccionando el esquema 38 (Resolución CAN 506 de 1997) y/o 55 (Decisión CAN 416 de 1997), según aplique.

Los Certificados de Origen-CO para las exportaciones dirigidas a Perú, se emitirán a través del sistema informático en el nuevo formato - Código 295 (Resolución CAN 2455 de 2024) en versión física. Una vez realizada la expedición del CO, el exportador deberá retirarlo en la sede de la dirección seccional desde la cual presentó la solicitud, para luego enviarlo al importador en Perú.

Los certificados solicitados antes del 30 de abril que aún no hayan sido emitidos, deberán ser nuevamente presentados utilizando el formato código 295 (Resolución 2455 de 2024).

Procedimiento en Perú
Perú también inicio la expedición de certificados de origen físicos bajo el nuevo formato, los cuales deberán ser enviados por el exportador al importador en Colombia para su trámite de nacionalización.

Los dos países aceptarán certificados emitidos en el formato anterior, siempre que tengan fecha de expedición anterior al 30 de abril de 2025.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por unanimidad reducir en 25 puntos básicos (pbs.) la tasa de interés de política monetaria a 9,25%.

Para esta decisión la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:

- La inflación anual retomó su tendencia decreciente al pasar de 5,3% a 5,1% entre febrero y marzo. La inflación básica sin alimentos ni regulados mantuvo su tendencia descendente al pasar de 4,9% a 4,8%. Las expectativas de inflación provenientes del mercado de deuda disminuyeron, en tanto que aquellas obtenidas de las encuestas permanecieron estables.
- Las cifras disponibles de actividad económica para el primer trimestre sugieren que la economía habría crecido a una tasa anual del 2,5%. Este dinamismo habría obedecido al fortalecimiento de la demanda interna jalonada por la expansión del consumo privado y de la inversión. El equipo técnico ajustó su pronóstico de crecimiento a 2,6% para 2025 y a 3,0% para 2026, teniendo en cuenta la desaceleración prevista de la economía global.
- Las condiciones de financiamiento externo del país se han tornado más restrictivas, en un entorno de tensiones comerciales globales, alta volatilidad e incertidumbre en el mercado financiero internacional y presiones al alza sobre la prima de riesgo de Colombia. Las mayores barreras al comercio implican choques negativos sobre la demanda externa del país y sobre los precios de algunos de los productos básicos exportados.
- En el contexto de las condiciones externas anotadas y de incertidumbre sobre la situación fiscal a nivel local, la prima de riesgo de Colombia se ha incrementado.

La decisión adoptada por la Junta Directiva mantiene una postura cautelosa de la política monetaria, al tiempo que continúa apoyando la recuperación de la actividad económica sin poner en riesgo la convergencia de la inflación a la meta. Nuevas decisiones dependerán de la información disponible.

En abril de 2025, durante los vencimientos para declarar y pagar la segunda cuota del Impuesto de Renta por parte de los grandes contribuyentes, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) logró un recaudo de más de $6 billones.

Con corte a abril de 2025, el 97% de las declaraciones esperadas para el año gravable 2024 fueron presentadas, con un total de 2.356 grandes contribuyentes que cumplieron su obligación con oportunidad.

“Este resultado representa un incremento cercano al 30% frente al recaudo del mismo periodo en 2024; la DIAN reconoce y agradece el especial compromiso y esfuerzo de los grandes contribuyentes en la presentación y pago oportuno del Impuesto sobre la Renta correspondiente al año gravable 2024, este aporte es fundamental para la estabilidad financiera del país, impulsa el crecimiento económico y permite respaldar la inversión social", dijo Edicson Alejandro Ortiz, director de Grandes Contribuyentes de la DIAN.

Entre los sectores económicos que más aportaron a este resultado se destacan las actividades financieras y de seguros, el transporte y almacenamiento, la explotación de minas y canteras, y el comercio al por mayor y al por menor, incluyendo la reparación de vehículos automotores y motocicletas.

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