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El periódico El Tiempo publicó el texto de la reforma tributaria que el Gobierno presentará al Congreso. El proyecto de 110 páginas tiene como objeto:

“optimizar la política fiscal para consolidar una infraestructura de equidad en un marco de sostenibilidad de las finanzas públicas, que contribuya a fortalecer la política de erradicación de la pobreza, a través de la articulación de los siguientes instrumentos que operan en conjunto, así: (i) la redefinición de la regla fiscal; (ii) el fortalecimiento y focalización del gasto social; y (iii) la redistribución de las cargas tributarias y ambientales. Adicionalmente, se adoptan las medidas presupuestales correspondientes para su adecuada implementación”.

Para conocer el proyecto de reforma tributaria, descargue el archivo adjunto a esta nota.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la nueva versión del Prevalidador (Reporte Conciliacion Fiscal F2516V4 AG2020 v1.1.0-21 Anexo Formulario 110 - año gravable 2020), se encuentra disponible a través del siguiente enlace: Prevalidadores.aspx --> Reporte Conciliación Fiscal F2516v4 (Año gravable 2020).

Este reporte deberá ser diligenciado y presentado a través de los Servicios Informáticos de la DIAN, por parte de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementario, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y declaren en el Formulario No. 110, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación, sean iguales o superiores a 45.000 UVT.

La DIAN, mediante Resolución 000027 del 24 de marzo de 2021 amplió el plazo para la presentación del Reporte de Conciliación Fiscal - Formato 2516. Las personas jurídicas y asimiladas podrán hacerlo hasta el 28 de mayo de 2021, y las personas naturales y asimiladas calificadas como Grandes Contribuyentes para el año 2021, hasta el 9 de agosto del presente año.

Los contribuyentes que hayan presentado el reporte por el año gravable 2020 con la versión anterior del prevalidador y que se encuentra en estado "exitosa" ("recibido" en la marca de agua del formulario 10006), no requieren volver a presentarla, salvo cuando se vaya a corregir la Declaración de Renta y Complementario.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó un Abecé con la clasificación de actividades económicas en el RUT, explicando las actividades que cambiaron de nombre o que desaparecen y que por lo tanto requieren una actualización del RUT.

Para conocer el documento de la DIAN, haga clic aquí.

La Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés) aprobó la extensión de las modificaciones a la NIIF 16 (arrendamientos) relacionadas con el Covid – 19 por un año más. De acuerdo con el organismo, permite la contabilización de los beneficios o concesiones derivadas del Covid-19 sobre los contratos de arrendamiento.

Así las cosas, extendió hasta el 30 de junio de 2022 los pagos derivados de estas concesiones. Esta decisión se adopta luego de escuchar las posturas de los diferentes grupos de interés, consideradas en un proceso de discusión pública que se extendió hasta el 25 de febrero de 2021.

La enmienda original a la NIIF 16 se emitió en mayo de 2020. El alivio se aplica actualmente a las concesiones de alquiler que reducen solo los pagos de arrendamiento que vencen el 30 de junio de 2021 o antes. Es efectiva para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de abril de 2021.

Si bien los vencimientos de las declaraciones del impuesto de industria y comercio en Medellín son entre el 19 y el 30 de abril, la Administración Municipal invita a cumplir con este compromiso antes de dichas fechas, con el fin de resolver con suficiente tiempo las inquietudes que puedan generarse en la presentación, ya que este año el proceso será sólo de manera virtual, según la resolución de calendario tributario de 2021 publicada por la Secretaría de Hacienda.

El subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez, dijo que “teniendo en cuenta que las declaraciones serán recibidas solo por el portal, la Administración Municipal está generando espacios de formación para los contribuyentes que deseen actualizar sus conocimientos en el proceso de declaraciones, los nuevos inscritos en el Registro Único Tributario-RUT o aquellos que hayan cumplido en años anteriores con esta obligación pero de manera presencial”.

La inscripción a las capacitaciones se realiza a través de la página de la Alcaldía de Medellín www.medellin.gov.co/declaraciones

La declaración de industria y comercio la deben presentar las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras dentro de la ciudad.

No están obligadas las entidades que pertenezcan al régimen simplificado, las que estén excluidas por resolución o las catalogadas como actividades de prohibido gravamen.

Hasta julio se ampliaron las fechas de plazo para la presentación de información exógena de personas naturales y jurídicas ante la Secretaría de Hacienda de Medellín, de acuerdo con la nueva resolución expedida por la Subsecretaría de Ingresos.

A partir del 20 de mayo, a través de https://www.medellin.gov.co/portaltributario, en el botón Información exógena, se podrá descargar el formato para diligenciar la información y subirla nuevamente al sistema.

Dicha información se refiere al conjunto de datos que las personas naturales y jurídicas deben dar a conocer periódicamente ante la autoridad tributaria sobre las operaciones económicas propias o las efectuadas con terceros.

El subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez, explicó que “la presentación de la información exógena es fundamental para el fortalecimiento del control de los ingresos tributarios, la formalización y el cumplimiento de las obligaciones en el Municipio de Medellín”.

Las empresas obligadas a cumplir con esta condición son: agentes retenedores y agentes de retención especial con tarjetas débito y crédito, fiducias respecto al impuesto predial, fiducias respecto a industria y comercio, quienes hayan participado en contratos de colaboración empresarial y de publicidad exterior visual, la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Círculo de Notarios de Medellín.

Debido a la crisis hospitalaria que enfrenta Antioquia por aumento de casos de coronavirus y la alta ocupación de camas, fue necesario tomar medidas restrictivas para contener la propagación del virus y evitar el colapso total de las instituciones de salud.

La gobernación de Antioquia, en conjunto con los alcaldes de los 125 municipios, ha decidido que a partir de este jueves 8 de abril regirán las siguientes medidas:

• Toque de Queda por la VIDA de forma continua a partir de mañana 8 de abril desde las 8:00 p.m. hasta el lunes 12 de abril a las 5:00 a.m. (Regirá en los 10 municipios del área metropolitana del Valle de Aburrá; en los municipios del Oriente: Rionegro, El Santuario, Marinilla, El Retiro, Guarne, La Ceja, El Carmen del Viboral, San Vicente Ferrer y la Unión; en los municipios más cercanos del Occidente: Santa Fe de Antioquia, Sopetrán, San Jerónimo, Armenia, Heliconia y Ebéjico).

• El resto de municipios de Antioquia mantienen la medida de cierre nocturno con Toque de Queda desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a. m. cada día.

• Se mantienen las medidas de Ley Seca y el pico y cédula en todo el departamento.

• Desde el próximo lunes 12 de abril habrá toque de queda todos los días en todo el departamento desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a. m. hasta el lunes 19 de abril.

• Se permitirá la movilización de personas que estén agendadas en el plan de vacunación con un acompañante.

• Se mantienen las excepciones laborales, el acceso al servicio de salud, la compra de insumos, domicilios y los partidos de fútbol a puerta cerrada.

• Las personas con pico y cédula pueden salir a abastecerse.

Inicialmente se había incluido al municipio de Angelópolis en el Toque de Queda por la VIDA, sin embargo, luego de un diálogo con el alcalde del municipio, se definió que no entra para la medida que se le había establecido, por lo que en Angelópolis solo regirá el Toque de Queda nocturno como en el resto del departamento.

Luis Fernando Suárez manifestó que “las proyecciones que hizo el equipo de especialistas indican que lo ideal sería mantener estas medidas restrictivas en el modelo 4/3 todo el mes de abril, sin embargo, aceptamos la recomendación del Ministerio de Salud de analizar cada semana y definir el alcance de estas nuevas medidas restrictivas”.

Además, el gobernador (e) expresó que el próximo martes se realizará una evaluación para definir si se aplica nuevamente la medida restrictiva de Toque de Queda durante el fin de semana del 17 y 18 de abril.

Adicionalmente, el gobernador reiteró que seguirá rigiendo el modelo de virtualidad para las instituciones de educación básica y primaria del Vallé de Aburrá y del Valle de San Nicolás y recomendó a las instituciones de educación superior adoptar las medidas restrictivas y privilegiar la educación virtual.

“Conversamos con el gerente del Metro, quien definió para los próximos días un modelo de operación que permita no tener el nivel de aglomeración en el sistema de transporte público masivo en las horas de la noche como lo hemos visto en los últimos días”, comentó el gobernador (e).

Sobre el tema de vacunación, el gobernador encargado de Antioquia expresó que el Plan de Vacunación en Antioquia avanza, ayer llegaron al departamento más dosis de la vacuna Pfizer para el personal de la salud de primera y segunda línea, “el enorme reto en el que tenemos avanzar es el de vacunar y proteger al sector salud que está en las clínicas y hospitales”, destacó Suárez.

El mandatario seccional añadió que han llegado 516.856 vacunas al departamento y que se está distribuyendo un nuevo lote de vacunas en el Valle de Aburrá para el personal de salud y los adultos mayores. Del total de vacunas ya se han entregado 469.354 a los municipios, lo que representa un cumplimiento del 90.8% y se han aplicado 354.022 dosis que corresponden a una ejecución del 75.4%.

Los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hayan practicado retenciones a título de ICA correspondientes al primer bimestre del año gravable 2021 tienen plazo para declarar y pagar desde este jueves 8 de abril y hasta el miércoles 14 de abril, según el último dígito del número de identificación.

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) recuerda que desde este año los vencimientos serán escalonados de acuerdo con el último digito del número de identificación, para facilitar el proceso.

De esta forma, el 8 de abril les corresponderá a los agentes de retención cuyo número de identificación finalice en 0 y 1; el viernes 9, a los terminados en 2 y 3; el lunes 12, 4 y 5; el martes 13, 6 y 7; y el miércoles 14, 8 y 9.

El Secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez, informa que si la declaración es presentada después de la fecha límite el agente de retención deberá liquidarse igualmente la sanción por extemporaneidad y los correspondientes intereses moratorios.

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) reitera que el pago se puede realizar de forma física, a través de las entidades recaudadoras autorizadas, o de forma electrónica, mediante la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Entidad, en el siguiente enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.

Los pagos electrónicos, por parte de los agentes de retención, se pueden hacer a través del botón de pago PSE o mediante tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la SDH.

Cabe recordar que el siguiente vencimiento de retención en la fuente de ICA, correspondiente al bimestre marzo - abril de 2021, será del 15 al 21 de junio de este año, y el del tercer bimestre está previsto del 17 al 23 de agosto próximos.

Con el objetivo claro de ofrecer mecanismos y canales de atención ágiles, cercanos y eficientes, la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales, DIAN, pone a disposición de los ciudadanos el nuevo servicio de VideoAtención; una herramienta que trae beneficios que se verán reflejados en materia de efectividad de trámites de los usuarios, así como en la facilitación, simplificación y apoyo en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Con la VideoAtención se evidencia como la modernización tecnológica de la DIAN avanza con paso firme para beneficiar a toda la ciudadanía que podrá acceder a citas de RUT, Orientación y Kiosco de autogestión, mediante este servicio.

Los clientes podrán solicitar su cita para VideoAtención a través de la página de la DIAN, https://www.dian.gov.co, haciendo clic en la opción “Asignación de Citas". Los trámites y servicios que se atenderán por este medio son:

· Inscripción o actualización RUT persona natural.

· Inscripción o actualización RUT persona jurídica.

· Retiro de IVA a no responsable, cuando no se tiene firma electrónica.

· Retiro de Consumo a no responsable Consumo Restaurantes y Bares, cuando no se tiene firma electrónica.

· Cancelación de la inscripción en el RUT (Sucesión liquidada), cuando no se tiene firma electrónica

· Orientación TAC.

· Kiosco Virtual.

La VideoAtención se realizará por medio de Microsoft Teams, descargando la aplicación gratuita o accediendo desde la versión web libre de la herramienta. Los clientes podrán unirse a las citas virtuales desde cualquier computador de escritorio, portátil, tableta o teléfono móvil inteligente, que cuente con cámara y micrófono habilitados y acceso a internet en el momento de la cita.

Otra ventaja que trae este nuevo esquema de atención, es que los interesados podrán agendarse en cualquier oficina virtual de la DIAN, sin importar la ciudad, municipio o país en el que se encuentren.

El tiempo que los contribuyentes tendrán disponible en la videoatención será de 30 minutos, por tal razón, la DIAN recomienda conectarse 10 minutos antes de la hora de la cita. Para poder brindar la atención de manera oportuna y poder culminar los trámites con éxito.

Este nuevo esquema de servicio busca desarrollar una relación más cercana, equilibrada y segura con los ciudadanos, a partir de una nueva experiencia de servicio, ajustada a sus necesidades, con mayor cobertura, que evita desplazamientos y tiempos de espera, reduciendo así, los costos de cumplimiento.

La Superintendencia de Sociedades presenta las nuevas funcionalidades y herramientas, las cuales incorporó en el Sistema Integrado de Información Societaria, SIIS, que es el portal inteligente que agrupa la más completa información del sector empresarial del país.

El SIIS, que fue lanzado a mediados de 2020, es una herramienta que permite a los usuarios acceder de manera ágil, gratuita y en línea, a la información financiera y jurídica de carácter público, de las sociedades comerciales, empresas unipersonales y sucursales de sociedad extranjera que reportan a información financiera a la Supersociedades, así como la información reportada a otras superintendencias.

"Hemos ido trabajando en integrar nuevas funcionalidades en el SIIS con el fin de contar con una herramienta cada vez más completa que permita la consulta de información financiera de las sociedades, pero también integre funcionalidades que permitan realizar análisis rápidos y efectivos. El sistema que seguimos construyendo, nos ayudará a cumplir con nuestras competencias misionales de supervisión, todo ello en beneficio de las empresas y los distintos grupos de interés", aseguró el Superintendente de Sociedades, Juan Pablo Liévano.

Nuevas funcionalidades
Vista 360
Ahora, a través de la funcionalidad Vista 360, además de la información financiera los usuarios podrán visualizar el punto de entrada reportado por las sociedades (plenas-consolidadas, plenas separadas), los documentos adicionales enviados (formularios: Estado de Cambios en el Patrimonio, Análisis de Ingresos, Arrendamientos, entre otros), consultar y descargar los diferentes formularios diligenciados, visualizar si las sociedades se encuentran en un proceso de insolvencia en la Supersociedades y comparar el panorama macroeconómico por sectores y regiones.

Descarga masiva de reportes
La actualización de este novedoso sistema ahora permite la descargar masiva de los reportes requeridos por los usuarios. En este portal encontrará información financiera reportada a la Supersociedades desde el año 1995 al 2015 en norma local y podrá consultar las bases de datos que contienen el Estado de Situación Financiera, Estado de Resultado Integral, Otro Resultado Integral y el Flujo de Efectivo, según la Norma Internacional de Información Financiera-NIIF, reportadas desde el año 2015 al corte vigente.

Informes especiales
El SIIS que integra tecnologías como la Nube Pública e Inteligencia Artificial, permite consultar la información financiera reportada por las sociedades a la Superintendencia, que es recopilada en el informe de las 1.000 empresas más grandes y 9.000 siguientes. Esta sección también contiene el Informe de Propósito Especial de 2020, que brinda un panorama de la situación financiera de las empresas, tras el impacto de la coyuntura de la crisis generada por el Covid-19 durante el primer semestre de 2020.

Resumen por regiones
En el SIIS ahora se encuentra un completo mapa que permite identificar el domicilio de las sociedades que reportan información financiera a la Supersociedades. En este mapa se podrá consultar diferentes indicadores financieros, con filtros por año y región, para obtener fácilmente los más completos reportes analíticos.

En la Supersociedades seguimos trabajando para contar con sociedades competitivas, productivas y perdurables, y lograr así más empresa, más empleo.

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