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Resolución 202050071496, Medellín estableció el calendario tributario de 2021
La Secretaría de Hacienda de Medellín, a través de la Subsecretaría de Ingresos, emitió la Resolución 202050071496 del 21 de noviembre de 2020, la cual establece el calendario tributario para 2021 y en donde se indican fechas, formas y lugares para el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.
“El calendario tributario es la hoja de ruta de nuestros contribuyentes y responsables porque les permite planear logística y financieramente todas las obligaciones del próximo año. Es importante que todos conozcan y programen sus actividades tributarias desde ahora”, afirmó el subsecretario Henry Morales Gómez.
En él se encuentran definidas las fechas de pagos de impuestos como predial, industria y comercio y complementarios, circulación y tránsito, entre otras. Asimismo, se establecen los plazos para presentar las declaraciones anuales, de agentes de retención y de autorretenedores.
Una novedad para este año es que todas las declaraciones de industria y comercio se recibirán de manera virtual a través de la página www.medellin.gov.co, en el ícono Declaración y pago de industria y comercio, ubicado en el lado izquierdo.
“Es fundamental que los contribuyentes de esta renta, que tradicionalmente han declarado de manera presencial, empiecen a documentarse sobre cómo presentar la declaración de manera virtual. Para ello, la Administración Municipal cuenta con tutoriales y videos en los que se aclaran las dudas más frecuentes que tengan los obligados a declarar”, sugirió el funcionario.
Resolución 2020060450637, procedimiento para beneficios a contribuyentes en Medellín
La Alcaldía de Medellín emitió la Resolución 2020060450637 del 4 de junio de 2020, por medio de la cual se fija el procedimiento para la aplicación de los beneficios establecidos en el artículo 7 del decreto legislativo 678 del 20 de mayo de 2020.
Para conocer la Resolución 2020060450637, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
Decreto 0405, Medellín suspende términos en procedimientos y actuaciones tributarias
Mediante el Decreto 405 del 25 de marzo de 2020, la Alcaldía de Medellín suspende términos en procedimientos y actuaciones administrativas en materia tributaria de competencia de la Secretaría de Hacienda.
Para conocer el Decreto 0405, haga clic aquí.
Entre el 17 y el 28 de abril vence el plazo para declarar Industria y Comercio en Medellín
Entre el 17 y el 28 de abril de 2023 están las fechas límite establecidas por la Administración Distrital para presentar la declaración del impuesto de Industria y Comercio de personas naturales y jurídicas que ejercen actividades industriales, comerciales, de servicios o financieras, de manera presencial o virtual.
En la declaración, los contribuyentes de Industria, Comercio y sus Complementarios deben informar los ingresos recibidos en el año anterior y el impuesto a pagar, según la actividad económica ejercida.
“Recuerde que si usted presenta la declaración de Industria y Comercio entre enero y el 28 de abril, que es la fecha límite para presentarla, recibirá la facturación en tres cuotas. La primera factura les va a llegar en mayo, la segunda en julio y la tercera en septiembre. Importante, entonces, si es contribuyente del impuesto de Industria y Comercio cumpla con el deber formal de presentar su declaración anual y, por supuesto, con el deber sustancial de pago”, aclaró el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.
Las fechas de vencimiento se establecieron en el calendario tributario vigente para el 2023 – Resolución 202250120333, según el último número del NIT o cédula, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:
Último dígito 0 – hasta el 17 de abril
Último dígito 9 – hasta el 18 de abril
Último dígito 8 – hasta el 19 de abril
Último dígito 7 – hasta el 20 de abril
Último dígito 6 – hasta el 21 de abril
Último dígito 5 – hasta el 24 de abril
Último dígito 4 – hasta el 25 de abril
Último dígito 3 – hasta el 26 de abril
Último dígito 2 – hasta el 27 de abril
Último dígito 1 – hasta el 28 de abril
Debido al nuevo modelo de facturación de Industria y Comercio, es indispensable que los contribuyentes conozcan la importancia de presentar su declaración, pues ante el desmonte del modelo provisional anterior, los contribuyentes que no presenten la declaración no recibirán facturación para la vigencia, lo que desencadena dificultades administrativas y legales.
En la ciudad, la declaración se presenta únicamente de manera virtual en https://www.medellin.gov.co/declaraciones, en el botón “Formulario para presentar la declaración anual de Industria y comercio (ICA)”.
29 de marzo vence plazo para pagar el impuesto predial con descuento en Medellín
La Administración de Medellín otorgará un descuento del 5 % en la factura anualizada del impuesto predial a los contribuyentes que paguen esta obligación hasta el 29 de marzo de 2023. La disminución está aplicada en la factura del primer trimestre para acceder fácilmente a ella.
155.124 personas se han acogido a este beneficio durante los dos primeros meses del año, lo que ha permitido recaudar $243.766 millones, es decir, el 28.1 % de la meta establecida para 2023, que es de $865.764 millones.
“Quienes quieran acogerse al pronto pago del impuesto predial, por las facturas anualizadas, lo pueden hacer hasta el 29 de marzo a través de www.medellin.gov.co o por medio de los bancos con los cuales tenemos convenio. Si no tiene la factura, puede descargarla de la página o puede acercarse a la oficina de Servicios Tributarios a reclamarla. Esta es la principal renta tributaria de Medellín y en los ingresos corrientes ocupa un peso importante para la inversión de grandes proyectos en el marco del plan de desarrollo Medellín Futuro”, dijo el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.
La obligación se puede cancelar por medio del botón de pago de impuestos, que se encuentra en la página web www.medellin.gov.co/pagafacil, también desde la aplicación móvil HaciendaMed o en las entidades bancarias referenciadas en la factura.
Por aplicativo, Medellín brinda descuento en intereses moratorios de deudas tributarias
La Alcaldía de Medellín, a través de la Secretaría de Hacienda, habilitó la ruta para que los deudores de impuestos accedan a los beneficios del artículo 91 de la ley 2277 de 2022 “Nueva Reforma Tributaria”, que alivia la situación económica de cientos de ciudadanos con obligaciones pendientes de pago con la hacienda pública.
“Con el beneficio tributario aprobado por el Congreso de la República, usted podrá ponerse al día en el pago de sus impuestos con el Distrito de Medellín, obteniendo un descuento hasta del 50 % en los intereses. Contribuyentes de todos los estratos con deudas pueden aprovechar este alivio tributario”, señaló el subsecretario de Tesorería, Luis Fernando Gómez Marín.
Las personas pueden acogerse a la deducción hasta el 30 de junio de 2023. Aplica para impuestos como el predial, industria y comercio, publicidad exterior, circulación y tránsito, alumbrado público, entre otras. No incluye multas de tránsito, policía y cobros por valorización.
Para los impuestos predial y de industria y comercio es necesario ingresar a https://www.medellin.gov.co/solicitudLey2277, diligenciar el formato y esperar la respuesta con el documento de cobro, con la respectiva exención. Se debe cancelar el valor en la fecha indicada a través de PSE, el botón paga fácil del sitio web o en los diferentes puntos autorizados.
Para cancelar con rebaja el impuesto al alumbrado público, al degüello de ganado menor, circulación y tránsito, publicidad exterior visual, entre otros, es necesario acercarse a las taquillas de atención, ubicadas en el primer piso del Centro Administrativo Distrital.
El Distrito tiene otro beneficio para los deudores del impuesto predial, quienes recibirán un descuento del 5 % por pronto pago, por quedar a paz y salvo antes del 29 de marzo de 2023.
El 28 de septiembre vence plazo para pagar impuesto predial del tercer trimestre
En lo corrido de 2022, la Administración Distrital de Medellín ha recaudado 82% de la meta de $800.000 millones en el impuesto predial unificado para este año, lo que reafirma la buena cultura de pago que caracteriza a los ciudadanos de la capital antioqueña. Quienes deban ponerse al día pueden pagar con recargo hasta el 28 de septiembre.
Centros del Valle del Software, Computadores Futuro, Matrícula Cero, Metro de la 80, los intercambios viales de San Juan y Colombia, la renovación de escenarios deportivos y demás proyectos, en el marco del Plan de Desarrollo Medellín Futuro, se han logrado gracias al compromiso y responsabilidad con el pago de los impuestos.
La tasa de usura, que se aplica a los impuestos cuando se pagan fuera del plazo, es certificada cada mes por la Superintendencia Financiera de Colombia. Para el periodo del 1 al 31 de agosto, la tasa de usura quedó en el 33,32 % efectivo anual, que disminuida en dos puntos se fija en un 31, 32 % como cargo diario adicional de la factura, calculado por cada día de mora. En septiembre, la Superintendencia Financiera emitirá su comunicado donde el porcentaje de la tasa de usura puede cambiar.
Para facilidad de los contribuyentes, el pago de esta obligación se puede hacer por la página www.medellin.gov.co (botón pago de impuestos), a través de la aplicación HaciendaMed o en las entidades bancarias autorizadas, que aparecen en la factura.
El 18 de abril comienzan a vencer los plazos para ReteICA en Medellín
Entre el 18 y el 29 de abril de 2022 vencen los plazos para que más de 140 mil contribuyentes del régimen común presenten su declaración de impuesto de industria y comercio ante el Municipio de Medellín. La fecha límite será de acuerdo con el último dígito del número de identificación tributaria.
Esta obligación deberá ser presentada por los contribuyentes que desarrollen actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras en la ciudad. En caso de no cumplir con las fechas, se podrán generar los recargos por extemporaneidad a los que haya lugar.
Si el último dígito del número de identificación tributaria termina en 0, el plazo máximo para la declaración de industria y comercio es el 18 de abril de 2022. Para el dígito 9 vence el 19 de abril; para el 8, el plazo máximo es el 20 de abril; para el 7, el 21 de abril; para el dígito 6, la fecha límite es el 22 de abril; para el 5, el 25 de abril; para el número 4, el 26 de abril; para el 3, el 27 de abril; para el dígito 2, el 28 de abril, mientras que para el dígito 1, la fecha límite para declarar es el 29 de abril de 2022.
La declaración debe realizarse sólo a través de los canales virtuales establecidos para ello, debido a las medidas adoptadas por la covid-19 y a la mejora en los tiempos de sistematización y respuesta definidos en la política de modernización de la hacienda pública.
La renta de industria y comercio ocupa el segundo lugar de recaudo por impuestos para el Municipio de Medellín. El año anterior ingresaron más de $716 mil millones provenientes de ella.
Es importante tener en cuenta que para 2022 cambió la forma de facturación del régimen común. Ahora solo se tendrá que pagar lo correspondiente al ajuste del periodo gravable 2021, y en el caso de que los contribuyentes tengan deudas anteriores, podrían llegar nuevas facturas en el transcurso del año.
Con esta nueva forma de facturación para el régimen común, dividida por bimestres, la facturación de los contribuyentes de enero y febrero será expedida, por ejemplo, en marzo, con un plazo para el pago sin recargo hasta el último día hábil de abril. Para el bimestres marzo – abril, el límite de pago sin recargo será el 31 de mayo; para la factura de mayo - junio, el 29 de julio; para el cobro de julio - agosto, el 30 de septiembre; para septiembre – octubre, el 30 de noviembre; y para el bimestre noviembre – diciembre, se realizará la declaración y el pago antes de finalizar el año.
Los pagos se podrán hacer desde cualquier lugar a través del sitio web www.medellin.gov.co o la aplicación HaciendaMed disponible para dispositivos Android e iOS.
Aprobados incentivos tributarios para reactivación económica de Medellín
Una de las iniciativas de la Administración Municipal, que contempla incentivos para la reactivación económica local, fue aprobada por el Concejo de Medellín.
“Como un espaldarazo a una necesidad creciente de la ciudad para superar el estancamiento de la economía mundial ocasionado por el covid-19 y buscar un desarrollo social sostenible con más oportunidades para los ciudadanos”, calificó el secretario de Hacienda, Óscar Hurtado Pérez, la aprobación unánime del proyecto del acuerdo 067 de reactivación económica.
Por su parte, el secretario de Desarrollo Económico, Alejandro Arias García, sostuvo: “Estas son grandes noticias para nuestros empresarios, emprendedores y comerciantes. El Concejo Municipal acaba de aprobar un acuerdo con dos importantes focos. El primero, para estimular la inversión, el empleo formal y el crecimiento del PIB a través del Valle del Software. El segundo, con importantes exenciones tributarias para nuestros hoteles, agencias de viaje, bares, restaurantes y discotecas. Esto permitirá avanzar en el proceso de construcción de la Medellín Futuro".
Algunos de los incentivos en impuesto predial que incluye el proyecto de acuerdo son:
- Exención del 50 % en el impuesto para 2022 y 2023 a empresas constituidas a partir de 2021 y que estén relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones – TIC.
- Exención del 100 % de predial en 2022 y el 80 % en 2023 para empresas que se hayan constituido a partir de 2021 y se encuentren ubicadas en los distritos económicos de innovación y creativos.
- Exención del 100 % del predial en 2022 y 50 % en 2023 para empresas que se ubiquen en zona franca permanente multiusuario o especial, bajo jurisdicción del Municipio a partir de la entrada en vigor del acuerdo.
- Otras de las exenciones que contempla el proyecto de acuerdo están orientadas al impuesto de industria y comercio, tales como:
Exención de 100 % en 2022 y 50 % en 2023 en el pago de industria y comercio a empresas que se formalicen a través de los programas:
- Cedezos
- Centros de Valle del Software
- Capital Semilla
- Economía Creativa
- Emprendimiento de Base Tecnológica
- Spin off
- Exención del 100 % en 2022 y 50 % en 2023 para empresas que se constituyan a partir de 2021 y cuya actividad económica principal esté relacionada con tecnologías de la información y las comunicaciones – TIC, tecnologías de la cuarta revolución industrial y economía creativa.
- Exención del 100 % en 2022 y 50 % en 2023 para empresas que se constituyan a partir de 2021, que desarrollen actividades industriales, comerciales o de servicios y que establezcan o trasladen su sede principal de operaciones a Medellín, generen nuevos empleos y realicen inversión extranjera directa desde dos millones de dólares (USD 2.000.000).
- Exención del 100 % en 2022 y 50 % en 2023 para nuevas empresas que operen bajo declaratoria de zona franca y para las que trasladen su sede principal de operaciones a zona franca en Medellín.
“Debido a las restricciones y toques de queda asociados a la pandemia, los sectores de entretenimiento, gastronómico y turístico de la ciudad se vieron altamente afectados. La ciudad debe ser solidaria con esta situación, por ello, hemos definido medidas orientadas a la reactivación de estos renglones en específico”, destacó el secretario Hurtado Pérez. Entre ellas se encuentran:
- Exención del 40 % en 2022 en los impuestos predial e industria y comercio para operadores turísticos que se encuentren clasificados y registrados como prestadores de servicios turísticos en el registro nacional de turismo (artículo 49 Ley 2068).
- Exención del 20 % en 2022 en el impuesto de industria y comercio para los contribuyentes cuya actividad principal esté relacionada con los códigos CIIU 5611 y 5630.
Declaración de industria y comercio en Medellín solo se podrá presentar virtualmente
Si bien los vencimientos de las declaraciones del impuesto de industria y comercio en Medellín son entre el 19 y el 30 de abril, la Administración Municipal invita a cumplir con este compromiso antes de dichas fechas, con el fin de resolver con suficiente tiempo las inquietudes que puedan generarse en la presentación, ya que este año el proceso será sólo de manera virtual, según la resolución de calendario tributario de 2021 publicada por la Secretaría de Hacienda.
El subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez, dijo que “teniendo en cuenta que las declaraciones serán recibidas solo por el portal, la Administración Municipal está generando espacios de formación para los contribuyentes que deseen actualizar sus conocimientos en el proceso de declaraciones, los nuevos inscritos en el Registro Único Tributario-RUT o aquellos que hayan cumplido en años anteriores con esta obligación pero de manera presencial”.
La inscripción a las capacitaciones se realiza a través de la página de la Alcaldía de Medellín www.medellin.gov.co/declaraciones
La declaración de industria y comercio la deben presentar las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras dentro de la ciudad.
No están obligadas las entidades que pertenezcan al régimen simplificado, las que estén excluidas por resolución o las catalogadas como actividades de prohibido gravamen.