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La Secretaría de Hacienda de Medellín, a través de la Subsecretaría de Ingresos, emitió la Resolución 202050071496 del 21 de noviembre de 2020, la cual establece el calendario tributario para 2021 y en donde se indican fechas, formas y lugares para el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

“El calendario tributario es la hoja de ruta de nuestros contribuyentes y responsables porque les permite planear logística y financieramente todas las obligaciones del próximo año. Es importante que todos conozcan y programen sus actividades tributarias desde ahora”, afirmó el subsecretario Henry Morales Gómez.

En él se encuentran definidas las fechas de pagos de impuestos como predial, industria y comercio y complementarios, circulación y tránsito, entre otras. Asimismo, se establecen los plazos para presentar las declaraciones anuales, de agentes de retención y de autorretenedores.

Una novedad para este año es que todas las declaraciones de industria y comercio se recibirán de manera virtual a través de la página www.medellin.gov.co, en el ícono Declaración y pago de industria y comercio, ubicado en el lado izquierdo.

“Es fundamental que los contribuyentes de esta renta, que tradicionalmente han declarado de manera presencial, empiecen a documentarse sobre cómo presentar la declaración de manera virtual. Para ello, la Administración Municipal cuenta con tutoriales y videos en los que se aclaran las dudas más frecuentes que tengan los obligados a declarar”, sugirió el funcionario.

Para conocer la Resolución 202050071496 haga clic aquí.

La Alcaldía de Medellín emitió la Resolución 2020060450637 del 4 de junio de 2020, por medio de la cual se fija el procedimiento para la aplicación de los beneficios establecidos en el artículo 7 del decreto legislativo 678 del 20 de mayo de 2020.

 

Para conocer la Resolución 2020060450637, descargue el archivo adjunto a esta noticia.

Mediante el Decreto 405 del 25 de marzo de 2020, la Alcaldía de Medellín suspende términos en procedimientos y actuaciones administrativas en materia tributaria de competencia de la Secretaría de Hacienda.

 

Para conocer el Decreto 0405, haga clic aquí.

Desde el 1 de octubre y hasta el 26 de diciembre, la Alcaldía de Medellín ofrecerá un descuento de 70 % en la tasa de los intereses para los contribuyentes que estén en mora en el pago del impuesto predial, industria y comercio y publicidad exterior.

Para recibir el beneficio, se debe hacer una solicitud a través del portal tributario de la Administración Distrital, pagar el capital adeudado y el 30 % restante de los intereses. En el caso de industria y comercio, la reducción pasa de 10 % a 5 %.

“Entendiendo las afugias que vivieron tantas familias por la época del covid o porque no tenían empleo, a la gente se le fueron acumulando pagos al Distrito en temas de predial o industria y comercio, y esas cuentas fueron subiendo. Presentamos un Proyecto de Acuerdo al Concejo de Medellín para que se generara un alivio tributario de 70 % de los interesas de mora. A partir de hoy, las familias que deban recursos y que tengan esos intereses de mora, pueden obtener el descuento”, expresó el alcalde Federico Gutiérrez Zuluaga.

Estos alivios, que facilitan la posibilidad de ponerse al día con las deudas, no aplican para multas de tránsito, policía o salud. Toda la información se puede consultar en http://www.medellin.gov.co/portaltributario.

“Estos recursos se van a manejar con toda la transparencia y van a ir a los establecimientos educativos; a la Alianza Medellín Cero Hambre; a Buen Comienzo 365; al programa Nutrir para Sanar, Sanar para Crecer; a todos los programas que tenemos en la Alcaldía”, agregó el mandatario local.

La Administración Distrital dispondrá de canales presenciales y virtuales, que se anunciarán de manera previa, para que las personas cancelen sus impuestos y accedan a este beneficio.

Desde el miércoles 17 de abril inician las fechas de vencimiento para presentar la declaración del impuesto de industria y comercio en Medellín, según el último dígito del número de identificación tributaria, sin tener en cuenta el digito de verificación.

El portal de la Administración Distrital es el canal virtual autorizado para la presentación de la declaración, de acuerdo con el calendario tributario de la vigencia 2024 y se podrá pagar de forma inmediata, seleccionando la opción «Declarar y pagar».

Presentar la declaración después de la fecha de vencimiento implica sanción por extemporaneidad que puede ser del 5 % o del 10 % del total del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes de retraso.

De no presentarse la declaración, la Administración Distrital podrá imponer una sanción; esto, según lo establecido en los artículos 351, 352 y 353 del Acuerdo 093 de 2023.

Hasta el jueves 28 de septiembre de 2023, los ciudadanos tienen plazo para realizar el pago con recargo del tercer trimestre del impuesto predial, la principal renta del Distrito. Se tiene una meta de recaudo de $865.764 millones y al cierre de agosto se alcanzaron $726.161 millones.

No cumplir a tiempo con esta obligación de los contribuyentes propietarios de un predio implica más intereses de mora, que se reflejarán en el siguiente documento de cobro, donde la deuda aumentará y se acumulará en el cuarto trimestre de 2023.

El pago puede hacerse a través de los canales virtuales habilitados, a través del portal www.medellin.gov.co/pagafacil o en la aplicación HaciendaMed. Además, se puede cancelar presencialmente en las entidades bancarias autorizadas o en las taquillas de tesorería (primer piso del Centro Administrativo Distrital).

El próximo 28 de junio es la fecha límite para que los ciudadanos paguen el impuesto predial del segundo trimestre de este año, con lo que se evitarán sanciones e intereses de mora. Este es el tributo más importante de la ciudad, el cual aporta al cumplimiento de los grandes proyectos de inversión que contribuyen al Plan de Desarrollo Medellín Futuro.

“Esta es la principal renta del Distrito y representa una partida presupuestal para 2023 de $865.764 millones, por lo cual sería importante seguir posicionando a la ciudad en el indicador más alto de cultura de pago”, dijo el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.

Hasta el momento, ya se ha logrado el recaudo de un 70 % con respecto al cumplimiento de la meta, lo que representa $608.640 millones. Estos recursos soportan la ejecución de proyectos como Matrícula Cero, Computadores Futuro, Parques del Río Norte, Metrocable Picacho, Metro de la 80, Centros del Valle del Software y otras iniciativas para el crecimiento de la ciudad.

El pago puede hacerse a través de los canales virtuales habilitados, ingresando al portal www.medellin.gov.co/pagafacil o en la aplicación HaciendaMed. Las personas que prefieran realizarlos de manera presencial pueden dirigirse con su factura a las entidades bancarias autorizadas o a las taquillas de Tesorería, en el primer piso del Centro Administrativo Distrital.

El Distrito de Medellín implementó cambios en el documento de cobro del impuesto de Industria y Comercio para facilidad de los contribuyentes. A partir de la fecha, se permite el pago anualizado del impuesto declarado para la vigencia 2022 o el pago bimestral que se facturará en mayo, julio y septiembre, siempre y cuando el contribuyente haya presentado su declaración antes del 29 de abril de 2023.

Ahora también se informa el régimen al cual se pertenece, es decir, precisará si se trata de un contribuyente del régimen ordinario, simple o simplificado.

“Son contribuyentes del impuesto de industria y comercio todas las personas naturales o jurídicas que, con establecimiento o sin establecimiento de comercio, desarrollan alguna actividad industrial, comercial, de servicios o financieras. Si usted ya no desarrolla estas actividades, debe acercarse al primer piso de la Alcaldía Distrital y, en la Unidad de Servicios Tributarios, gestionar o tramitar la cancelación de su registro como contribuyente del impuesto de industria y comercio”, señaló el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.

Frente a los cortes de facturación, estos se realizarán bimestralmente hasta en tres cuotas, según sea el momento de presentación de la declaración y con opción de pagar anualizado.

Para el régimen simplificado, la facturación será bimestral hasta noviembre de 2023. Es importante aclarar que, a quienes tienen saldos pendientes por vigencias anteriores, se les mantendrá la facturación en los cortes previstos en el calendario tributario.

Industria y comercio es el segundo tributo que en importancia engrosa el presupuesto del Distrito. Para 2023 se fijó una meta de $825.710 millones, de los cuales se han recaudado $244.939 millones, lo que significa el 29,66 %.

Entre el 17 y el 28 de abril de 2023 están las fechas límite establecidas por la Administración Distrital para presentar la declaración del impuesto de Industria y Comercio de personas naturales y jurídicas que ejercen actividades industriales, comerciales, de servicios o financieras, de manera presencial o virtual.

En la declaración, los contribuyentes de Industria, Comercio y sus Complementarios deben informar los ingresos recibidos en el año anterior y el impuesto a pagar, según la actividad económica ejercida.

“Recuerde que si usted presenta la declaración de Industria y Comercio entre enero y el 28 de abril, que es la fecha límite para presentarla, recibirá la facturación en tres cuotas. La primera factura les va a llegar en mayo, la segunda en julio y la tercera en septiembre. Importante, entonces, si es contribuyente del impuesto de Industria y Comercio cumpla con el deber formal de presentar su declaración anual y, por supuesto, con el deber sustancial de pago”, aclaró el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.

Las fechas de vencimiento se establecieron en el calendario tributario vigente para el 2023 – Resolución 202250120333, según el último número del NIT o cédula, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:

Último dígito 0 – hasta el 17 de abril
Último dígito 9 – hasta el 18 de abril
Último dígito 8 – hasta el 19 de abril
Último dígito 7 – hasta el 20 de abril
Último dígito 6 – hasta el 21 de abril
Último dígito 5 – hasta el 24 de abril
Último dígito 4 – hasta el 25 de abril
Último dígito 3 – hasta el 26 de abril
Último dígito 2 – hasta el 27 de abril
Último dígito 1 – hasta el 28 de abril

Debido al nuevo modelo de facturación de Industria y Comercio, es indispensable que los contribuyentes conozcan la importancia de presentar su declaración, pues ante el desmonte del modelo provisional anterior, los contribuyentes que no presenten la declaración no recibirán facturación para la vigencia, lo que desencadena dificultades administrativas y legales.

En la ciudad, la declaración se presenta únicamente de manera virtual en https://www.medellin.gov.co/declaraciones, en el botón “Formulario para presentar la declaración anual de Industria y comercio (ICA)”.

La Administración de Medellín otorgará un descuento del 5 % en la factura anualizada del impuesto predial a los contribuyentes que paguen esta obligación hasta el 29 de marzo de 2023. La disminución está aplicada en la factura del primer trimestre para acceder fácilmente a ella.

155.124 personas se han acogido a este beneficio durante los dos primeros meses del año, lo que ha permitido recaudar $243.766 millones, es decir, el 28.1 % de la meta establecida para 2023, que es de $865.764 millones.

“Quienes quieran acogerse al pronto pago del impuesto predial, por las facturas anualizadas, lo pueden hacer hasta el 29 de marzo a través de www.medellin.gov.co o por medio de los bancos con los cuales tenemos convenio. Si no tiene la factura, puede descargarla de la página o puede acercarse a la oficina de Servicios Tributarios a reclamarla. Esta es la principal renta tributaria de Medellín y en los ingresos corrientes ocupa un peso importante para la inversión de grandes proyectos en el marco del plan de desarrollo Medellín Futuro”, dijo el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.

La obligación se puede cancelar por medio del botón de pago de impuestos, que se encuentra en la página web www.medellin.gov.co/pagafacil, también desde la aplicación móvil HaciendaMed o en las entidades bancarias referenciadas en la factura.

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