Ventas de primer día sin IVA superaron los 9.1 billones de pesos
Richard santaEl primer Día sin IVA del 2022, que se cumplió este viernes 11 de marzo totalizó ventas por 9,1 billones de pesos, en transacciones realizadas a través de 6.858.695 facturas, según el reporte entregado por la DIAN con corte a la medianoche.
Esta cifra superó las expectativas anunciadas por los comerciantes agremiados en Fenalco, que previamente habían estimado ventas por 8 billones de pesos.
Sin embargo, se trata de un dato aún preliminar que está sujeto a los ajustes por futuras inclusiones de notas crédito o débito y por los reportes que se hagan en las próximas dos semanas por concepto de comercio electrónico y facturadores declarados en contingencia.
“Las ventas totales de la jornada demuestran que la medida del Día sin IVA ha sido bien recibida tanto por consumidores como por comerciantes e industriales. Con esta valiosa herramienta estamos estimulando el consumo, la facturación electrónica y el recaudo, con enormes beneficios para el país" afirmó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana.
Según el reporte de la DIAN, los artículos que más incrementaron las ventas con respecto al primer día sin IVA del año pasado fueron los artículos deportivos, con 75%, las prendas de vestir con 57,1%, los productos agrícolas para el consumo con 44%, los computadores y periféricos con 38,4%, y los electrodomésticos con 25,1%.
De igual manera, el sistema de Factura Electrónica de la DIAN reportó un incremento en las ventas en los departamentos de Norte de Santander, con 43,86%; Atlántico con 43,20%; Antioquia con 5,78%; y Santander con 2,70%. Esta variación está calculada frente al primer día sin IVA de 2021.
Frente a estos resultados, el director de la DIAN, Lisandro Junco Riveira destacó que en esta jornada del día sin IVA el número de ventas por número de facturas electrónicas creció más que en el primer día del año 2021. También hubo un crecimiento importante en la venta de productos exentos frente al primer y segundo día del año 2021.
“En un mes que históricamente no es de alto consumo, qué mejor evidencia que los datos que arroja el sistema de Factura Electrónica en los últimos dos años, para confirmar que el crecimiento en el consumo marcó una pauta importante en la dinámica y solidez económica de Colombia", dijo el director de la entidad.
Así mismo, resaltó “el buen comportamiento del sector comercio, de los consumidores y también del equipo de la DIAN en el control en tiempo real y seguimiento a las transacciones efectuadas con facturación electrónica, lo cual nos impulsa a seguir trabajando por la legalidad y formalidad."
Por su parte, el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, afirmó que “las ventas por más de $9 billones demuestran que las expectativas de los comerciantes se cumplieron e inclusive sobrepasaron en un billón adicional la meta estimada, que era conservadora. Desde Fenalco reiteramos que está demostrado que este es un instrumento que se posicionó entre los colombianos para beneficio de todos: de los consumidores, de los comerciantes y, por supuesto, del propio gobierno, que ve incrementado el recaudo del IVA por concepto de los bienes no exentos".
El dirigente gremial destacó que estos resultados “permiten fortalecer nuestra economía ahora en la recuperación y más adelante en el crecimiento. Desde Fenalco consideramos que es importante sostener y mantener estas fechas del día sin IVA en Colombia, hacia el futuro".
Comercio electrónico se destacó
Al igual que en las jornadas de los años anteriores, el comercio electrónico y los sistemas de facturación electrónica tuvieron un desempeño óptimo para garantizar las compras masivas que se reportaron durante el día.
Las ventas a través de canales digitales alcanzaron los 697.000 millones de pesos. El número de transacciones digitales aprobadas fue de 1,8 millones, según el reporte de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico.
La ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Carmen Ligia Valderrama Rojas agradeció “a quienes compraron online y apoyaron de esta forma a dinamizar el comercio electrónico, canal esencial para las ventas de productos".
Destacó además que esta jornada del primer Día sin IVA del 2022 “nos demostró, una vez más, que tener los negocios en el mundo digital es un proceso que los empresarios y comerciantes no pueden aplazar. El e-Commerce trae grandes posibilidades de aumentar ventas, alcanzar nuevos mercados, mejorar la productividad y generar más empleo".
Por su parte, la presidenta de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, María Fernanda Quiñones, aseguró que “el comportamiento del comercio electrónico en la primera fecha de exención del IVA del año fue positivo. Los portales de comercios digitales permanecieron al aire y estables durante toda la jornada".
Así mismo, la alta ejecutiva destacó que “la distancia entre las fechas de los días sin IVA favorece la disponibilidad de los inventarios, la visibilidad de la jornada y el tiempo de preparación para los comercios en Internet".
Concepto 034, CTCP responde inquietudes sobre partidas conciliatorias
Richard santaA través del Concepto 034 del 10 de marzo de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, responde a una consulta sobre inquietudes de partidas conciliatorias. Algunas de las preguntas hechas a la entidad fueron:
- ¿Se puede impedir el cierre contable de una entidad por identificar que se tienen partidas conciliatorias bancarias pendientes por registrar?
- Si un período contable anual ya se encuentra cerrado y se han identificado rechazos bancarios en los pagos a proveedores, ¿Se debe abrir el período contable cerrado para registrar estos rechazos o es posible registrarlos en el siguiente período?
- Teniendo en cuenta que el proceso conciliatorio entre la realidad bancaria y la realidad contable inicia comparando las cifras de los saldos en libros con los saldos bancarios, ¿qué debe existir primero: el cierre contable o la conciliación bancaria?
Para conocer el Concepto 034 con la respuesta completa del CTCP, haga clic aquí.
Circular 014, identificación de venezolanos para apertura de productos financieros
Richard santaLa Superintendencia Financiera emitió la Circular 14 del 21 de febrero de 2022, que tiene como referencia: la identificación de nacionales venezolanos para la apertura y/o contratación de productos y servicios financieros, en los términos de la Resolución 2231 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El siguiente es el texto completo de la Circular 014:
Apreciados señores:
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 de la Resolución 971 de abril 28 de 2021 de Migración Colombia, referente a los documentos de identificación que pueden presentar los nacionales venezolanos para ser incluidos en el Registro Único de Migrantes Venezolanos – RUMV, el 9 de junio de 2021 fue expedida la Resolución 2231 del Ministerio de Relaciones Exteriores , la cual establece en sus artículos 2 y 3, respectivamente, que “El pasaporte de los nacionales venezolanos que se encuentre vencido o que esté próximo a vencer, podrá ser utilizado para ingresar, transitar, permanecer y salir del territorio colombiano, durante los diez (10) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del pasaporte o de la prórroga que esté estampada”, y siempre “que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, servirá como documento de identificación de los nacionales venezolanos en el territorio nacional”.
Por lo anterior, se recuerda a las entidades destinatarias de esta Carta Circular la obligación de observar lo estatuido en la mencionada Resolución 2231, así como en todas aquellas normas que se expidan referentes a los documentos de identificación válidos para los ciudadanos venezolanos en Colombia, atendiendo así su deber de continuar administrando de manera diligente y estricta los sistemas de administración de riesgos a los que se encuentran obligadas.
Cordialmente,
LUZ ÁNGELA BARAHONA POLO
Superintendente delegada Adjunta para Intermediarios Financieros y Seguros.
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Escrito por Fernando Salazar ![]() |
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Jhon Edwin Reyes García Estudiante de Maestría en Salud ocupacional y Magister en Calidad para la gestión de las organizaciones de la universidad del Valle, especialista SENA de sistemas de gestión de Calidad para plantas industriales normas Iso, Evaluador de Competencias laborales del SENA, con certificado de auditor interno de calidad Iso 9001:2015; 14001:2015; 18001. Basc; Iso 28001; Iso 31000; PVP; SARLAFT, RSE Iso 26001. Actualmente Director de Riesgos y cumplimiento en FRG Consultores S.A.S. En su experiencia se destaca haber laborado en temas de gestión de calidad en empresas como TRANSMIDIESEL, INTERSALUD OCUPACIONAL, RAPIASEO S.A.S. y STEEL SEGURIDAD PRIVADA.
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Julián Ricardo Rivera Ríos Ingeniero Telemático de la Universidad ICESI, Contador Público de la Universidad Santiago de Cali y Magister en Técnicas de Seguridad Informática Ciberseguridad de la Universidad de Barcelona. Bilingüe. Con más de 7 años de experiencia en el área de auditoría en sistemas de información y en la evaluación de control interno de los principales procesos de clientes, trabajo que se focaliza en la identificación de riesgos y controles (manuales y automáticos) en ERPs como SAP, JD Edwards, entre otros. Su carrera ha estado enfocada principalmente a la ejecución de trabajos de auditoría, protección de datos personales y revisoría fiscal, en diversas empresas de los sectores: manufactura, servicios e ingenios.
María Camila Moreno Gómez Administradora de Negocios con énfasis en Mercadeo. Diplomado Gestión Del Riesgo – Universidad Javeriana mayo de 2021. Aspectos relevantes de la novedosa ISO37301: Sistemas de Gestión de Cumplimiento - Directrices y Requerimientos - World Compliance Association 27 de abril de 2021. Sensibilización y formación en cultura de compliance. Ética empresarial - World Compliance Association 14 de abril de 2021. CURSO SAGRILAFT – ASOBANCARIA. 5 de abril de 2021. Consultora líder de Calidad, Riesgos y Cumplimiento en EMPRESA ENLACE GLOBAL INTERNACIONAL SAS y Consultora de Calidad y Mercadeo en EMPRESA OXIRENTAL MEDELLIN.
Oswaldo Moreno Navarrete Contador Público, Magister Gerencia Estrategia – Universidad Sta. Maria la Antigua Panamá. Especialización en Contabilidad Internacional (actualmente) Universidad Rey Juan Carlos de Madrid España. Especialización en Normas Internacionales de Contabilidad NIC OICE – Bogotá. Consultor certificado NIAS – Audinfor – España, fabricante del Software de Auditoría y Control de Calidad. Docente y consultor en Talleres, Diplomados y Especializaciones en Auditoria y NICC1 en Universidad de Cundinamarca, Universidad Uniciencias, Colegio de Contadores Públicos, Universidad Antonio Nariño. Grupo de Estudio de las NIIF en la U. Javeriana XBRL Coach Empresarial Mentor Josep Oconnors. Socio de la Firma RyR Moreno Auditores Consultores Docente Universitario – Conferencista Internacional. Vice Rector Universidad del Istmo en Panamá. 1998 – 2010. Gerente OMENLACEGLOBAL 2010 a la fecha. Firma especializada en la Consultoría de estándares internacionales, Normas de Auditoría y Control de Calidad.
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El 18 de abril comienzan a vencer los plazos para ReteICA en Medellín
Richard santaEntre el 18 y el 29 de abril de 2022 vencen los plazos para que más de 140 mil contribuyentes del régimen común presenten su declaración de impuesto de industria y comercio ante el Municipio de Medellín. La fecha límite será de acuerdo con el último dígito del número de identificación tributaria.
Esta obligación deberá ser presentada por los contribuyentes que desarrollen actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras en la ciudad. En caso de no cumplir con las fechas, se podrán generar los recargos por extemporaneidad a los que haya lugar.
Si el último dígito del número de identificación tributaria termina en 0, el plazo máximo para la declaración de industria y comercio es el 18 de abril de 2022. Para el dígito 9 vence el 19 de abril; para el 8, el plazo máximo es el 20 de abril; para el 7, el 21 de abril; para el dígito 6, la fecha límite es el 22 de abril; para el 5, el 25 de abril; para el número 4, el 26 de abril; para el 3, el 27 de abril; para el dígito 2, el 28 de abril, mientras que para el dígito 1, la fecha límite para declarar es el 29 de abril de 2022.
La declaración debe realizarse sólo a través de los canales virtuales establecidos para ello, debido a las medidas adoptadas por la covid-19 y a la mejora en los tiempos de sistematización y respuesta definidos en la política de modernización de la hacienda pública.
La renta de industria y comercio ocupa el segundo lugar de recaudo por impuestos para el Municipio de Medellín. El año anterior ingresaron más de $716 mil millones provenientes de ella.
Es importante tener en cuenta que para 2022 cambió la forma de facturación del régimen común. Ahora solo se tendrá que pagar lo correspondiente al ajuste del periodo gravable 2021, y en el caso de que los contribuyentes tengan deudas anteriores, podrían llegar nuevas facturas en el transcurso del año.
Con esta nueva forma de facturación para el régimen común, dividida por bimestres, la facturación de los contribuyentes de enero y febrero será expedida, por ejemplo, en marzo, con un plazo para el pago sin recargo hasta el último día hábil de abril. Para el bimestres marzo – abril, el límite de pago sin recargo será el 31 de mayo; para la factura de mayo - junio, el 29 de julio; para el cobro de julio - agosto, el 30 de septiembre; para septiembre – octubre, el 30 de noviembre; y para el bimestre noviembre – diciembre, se realizará la declaración y el pago antes de finalizar el año.
Los pagos se podrán hacer desde cualquier lugar a través del sitio web www.medellin.gov.co o la aplicación HaciendaMed disponible para dispositivos Android e iOS.
Comienzan vencimiento para ReteICA del primer bimestre de 2022 en Bogotá
Richard santaLa Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó a los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hayan practicado retenciones a título de ICA, correspondientes al primer bimestre del año gravable 2022, deberán declarar y pagar su obligación entre el lunes 14 y el viernes 18 de marzo, de acuerdo con el último dígito de identificación. Después de esa fecha, tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
“Recordamos a los contribuyentes del impuesto que, para descongestionar y agilizar sus procesos de declaración y pago, sugerimos en la actual vigencia cumplir la obligación hasta la fecha correspondiente al número de identificación asignado en el calendario tributario. No obstante, cabe aclarar, se mantiene una fecha común límite para todos los agentes”, explica el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
Para este primer bimestre, correspondiente a los meses de enero y febrero, los vencimientos de ReteICA estarán distribuidos de la siguiente manera: los números de identificación finalizados en 0 y 1 tendrán plazo hasta el lunes 14 de marzo; los terminados en 2 y 3, vencerán el martes 15; para 4 y 5, el último día es el miércoles 16; si el número finaliza en 6 o 7, el plazo irá hasta el jueves 17, y si el último dígito es 8 o 9, los contribuyentes deberán pagar a más tardar el viernes 18 de marzo.
Es importante reiterar que los agentes retenedores que no alcancen a pagar su obligación en la fecha correspondiente, podrán hacerlo hasta el mismo viernes 18 de marzo, fecha máxima de pago oportuno para todos los dígitos.
La Entidad reitera su invitación a los contribuyentes para cumplir su obligación en la Oficina Virtual (https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html), a través del botón de pagos PSE; mediante transferencia bancaria, o de forma presencial, en sucursales bancarias autorizadas.
Los próximos vencimientos de retención en la fuente de ICA, correspondientes al segundo bimestre de 2022, serán del 16 al 20 de mayo.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 033 del 7 de marzo de 2022, por la cual se levanta la suspensión de términos prevista en los literales b), c), d), e) y f) del artículo 2º de la Resolución 55 de 2020, modificado por el artículo 1º de la Resolución 62 de 2020.
Resolución 053, prorroga plazo para reportar información a Chip de octubre – diciembre
Richard santaLa Contaduría General de la Nación emitió la Resolución No. 053 del 4 de marzo de 2022, por la cual se prorroga el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución 039 de febrero 15 de 2022 expedida por la entidad, “Por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017, 441 de diciembre 26 de 2019, 109 de junio 17 de 2020 y 193 de diciembre 3 de 2020), para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo octubre - diciembre de 2021”, para algunas entidades de gobierno.
Seminario Tratamiento Tributario del Arrendamiento Financiero
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
Seminario Tratamiento Tributario del Arrendamiento Financiero
Teniendo en cuenta que el Leasing Financiero es una de las alternativas más reconocidas en el mercado económico, no solo para la compra de maquinaria, sino también de inmuebles, definimos realizar una charla en la que tenemos como objetivo dar a conocer las implicaciones fiscales de las operaciones de arrendamiento o leasing financiero, así como las consideraciones desde el punto de vista aplicables a este mecanismo de financiación.
Yaneth Patricia Viáfara Rentería Contadora Pública, Especialista en Gerencia y Administración Tributaria, con más de 17 años de experiencia en impuestos del orden nacional y territorial. Experiencia profesional en planeación y asesoría tributaria, cumplimiento fiscal, estructuración de negocios, reorganizaciones empresariales, e implementación de controles a los diferentes procesos fiscales en empresas del sector real y de servicios. Hizo parte del equipo tributario de reconocidas firmas de consultoría, como: Ernst & Young, PWC, Pardo y Asociados y Amezquita & Cia. Se ha desempeñado por más de 6 años como Gerente de Planeación y Asesoría Tributaria del Grupo Bancolombia. Así mismo, ha participado como docente en programas de diplomado de diferentes universidades.
FECHA: mayo 26 de 2022 HORARIO: 5:30 p.m. a 8:00 p.m. MODALIDAD: Online INVERSION: $80.000 más IVA
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Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
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Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Telefono: (4)4442926 Celulares: 3206751610 – 3124235443 WhatsApp: 3006519641 Correos: comunicaciones@icef.com.co - icef@une.net.co
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Resolución 032, regula contingencia relacionada con factura electrónica en días sin IVA
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 032 del 4 de marzo de 2022, por la cual se regula la contingencia especial relacionada con la factura electrónica de venta en los “días sin IVA” del año 2022.