Proyecto de Decreto, Exención especial del IVA - Días sin IVA
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 10 de febrero de 2022, el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el artículo 37 de la Ley 2155 de 2021, y se sustituye el inciso 1 del artículo 1.3.1.10.16. del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, sobre los días sin IVA en 2022.
Chile, Colombia, México y Perú firman Acuerdo de Libre Comercio con Singapur
Richard santaEn el marco de la XVI Cumbre de Presidentes de la Alianza del Pacífico, los Ministros de Comercio de Chile, Colombia, México y Perú, por una parte, y el de Singapur, por otra, firmaron el Acuerdo de Libre Comercio cuyas negociaciones terminaron en julio del 2021.
Ahora este instrumento deberá cumplir los trámites ante los órganos legislativos de cada uno de los países y, en el caso de Colombia, deberá pasar posteriormente al aval de la Corte Constitucional.
El acuerdo incluye 25 capítulos en disciplinas tales como: acceso a mercados de bienes, medidas sanitarias y fitosanitarias, reglas de origen, obstáculos técnicos al comercio, cooperación económica y aduanera, facilitación del comercio, inversión, comercio electrónico, comercio transfronterizo de servicios, servicios marítimos, telecomunicaciones, entrada temporal de personas de negocios, empresas del estado, compras públicas, política de competencia, buenas prácticas regulatorias, género, pymes y asuntos legales e institucionales.
“Con este paso, Singapur se convertirá en el primer Estado Asociado de la Alianza del Pacífico y luego los esfuerzos se concentrarán en la puesta en vigor del acuerdo. Los países firmantes iniciaremos nuestros procedimientos internos para incorporarlo a nuestra legislación interna. Las cláusulas de entrada en vigor del acuerdo reconocen las diferencias en nuestros procesos aprobatorios. Por ello, acordamos que el acuerdo entrará en vigor cuando al menos dos países de la Alianza concluyan sus procedimientos internos”, dijo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.
Lo negociado con la economía asiática permite complementar la relación comercial, incentivar la atracción de inversiones, facilitar los contratos de compras gubernamentales y potenciar el acceso de los proveedores de servicios a una amplia gama de sectores.
Así mismo, abre las puertas a la cooperación en diversas áreas como la energética, el comercio de alimentos, la economía digital, la infraestructura y soluciones urbanas, gestión portuaria y logística, y la interoperabilidad de las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior.
Llegar al mercado de Singapur mediante este acuerdo comercial permitirá a los países de la Alianza utilizar insumos regionales de diferentes países, potenciando cadenas regionales de producción. Se espera atraer inversionistas de ese país al mercado extendido del bloque como una plataforma productiva y de exportación a la región.
La Alianza del Pacífico está integrada por Chile, Colombia, México y Perú, cuenta con una población 230 millones de habitantes, un PIB per cápita de US$19.000 y exportaciones que alcanzan los US$627.000 millones. Esto convierte al grupo en el octavo exportador más grande del mundo.
El país asiático se convirtió en Estado Observador de la Alianza del Pacífico en 2014 y en candidato a Estado Asociado en 2017. Las negociaciones para un Acuerdo Comercial finalizaron en julio del 2021.
Documento Soporte: Nómina Electrónica y Adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
Documento soporte:Nómina Electrónica.Adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.
Este curso es un aporte académico que se desarrolla a propósito de la implementación de los SISTEMAS DE FACTURACIÓN establecidos en las recientes resoluciones proferidas por la DIRECCIÓN DE IMPUESTO Y ADUANAS NACIONALES – DIAN – Lo anterior, demanda de los empresarios, asesores, funcionarios y entidades del estado, la necesidad de estudiar, evaluar y preparar la implementación de lo que se denomina el “EL DOCUMENTO SOPORTE DE PAGO DE NÓMINA ELECTRÓNICA” para empleadores que tienen a su cargo entre uno (1) y diez (10) trabajadores y el “DOCUMENTO SOPORTE EN ADQUISICIONES EFECTUADAS A SUJETOS NO OBLIGADOS A EXPEDIR FACTURA DE VENTA O DOCUMENTO EQUIVALENTE”; para ello se ha estructurado el presente curso que permitirá de manera práctica y descriptiva abordar los temas que contribuirán a la comprensión de la disposición, asimilar el cambio, cumplir con la nueva regulación para la implementación de los referidos documentos electrónicos.
Álvaro Sánchez Uribe Magíster en Derecho programa en tributación de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en Derecho Tributario y Aduanero de la Universidad Católica de Colombia, Contador Público de la Universidad de Ibagué, con más de 25 años de experiencia, se ha despeñado en el campo fiscal ocupando cargos directivos técnicos en la DIAN. Catedrático en Posgrados en Gerencia de Impuestos, Derecho Tributario, Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, Diplomados en materia tributaria y Conferencista, en las materias y temas de Sistemas de Facturación, Procedimiento Tributario, Auditoría Tributaria, Impuesto de Renta, Impuesto sobre las Ventas IVA - En varias universidades del país.
MODALIDAD: Online VALOR: $127.000 más IVA
* Incluye certificado y memorias.
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443 WhatsApp: 3006519641
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Telefono: (4)4442926 Celulares: 3206751610 – 3124235443 WhatsApp: 3006519641 Correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Confecámaras aclara sobre disolución de sociedades no operativas
Richard santaLa Red de Cámaras de Comercio, Confecámaras, recordó que la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1068 de 2020 facultó a la Superintendencia de Sociedades para declarar la disolución de las sociedades no operativas.
Esta declaración aplica a las sociedades no sujetas a la supervisión de un ente especializado y que no estén en un proceso de insolvencia de que trata la Ley 1116 de 2006.
Se presumen no operativas:
Las sociedades que no hayan renovado la matrícula mercantil por tres (3) años consecutivos; o
Las sociedades que no hayan enviado la información financiera requerida por la Superintendencia de Sociedades durante tres (3) años consecutivos
La Superintendencia de Sociedades tendrá en cuenta la ausencia de renovación de la matrícula mercantil o de entrega de la información financiera oportuna a partir de los años 2020, 2021 y 2022.
DIAN alerta sobre página fraudulenta que recopila datos de los ciudadanos
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que personas inescrupulosas están suplantando y utilizando información de la entidad para recopilar datos privados de los ciudadanos, como: credenciales de acceso bancario y correos electrónicos. Esta información es usada comúnmente en actividades ilícitas como suplantación de identidad y robo de dinero en las cuentas bancarias.
La página utilizada para captar la información de los ciudadanos es https://ifedian.com.co/. Este portal presenta contenidos sobre la Firma Electrónica de la DIAN, y explicaciones sobre su renovación para poder dirigir a los usuarios a formularios que captan las contraseñas bancarias y de correo electrónico.
Este fraude lo hacen contactando a los ciudadanos a través de correo electrónico con archivos adjuntos en formato pdf; también por medio de llamadas telefónicas donde los delincuentes se identifican como funcionarios de la entidad y dirigen a las personas al portal web fraudulento, para robar la información de cuentas bancarias y correos electrónicos, y así realizar acciones delictivas.
La DIAN recuerda que para obtener y renovar la firma electrónica o para devoluciones, no es necesario realizar ningún pago. Así mismo, se hace énfasis en que los trámites no tienen costo alguno.
Finalmente, la DIAN invita a los ciudadanos a visitar el portal institucional www.dian.gov.co donde podrán verificar los correos enviados desde la entidad, y en el micrositio de la Oficina de Seguridad de la Información, contenidos sobre la política de protección de datos y acciones fraudulentas a nombre de la entidad https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/Seguridad-de-la-Informacion/Paginas/Inicio.aspx
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Seminario Régimen Tributario Especial
Juan Carlos Jaramillo Díaz Abogado de la Universidad de La Sabana y especialista en tributación de la Universidad de los Andes, con amplia experiencia en derecho tributario, auditoría tributaria desde el punto de vista legal, manejo de aspectos jurídicos contables de los impuestos, due dilligence y planeación tributaria. Socio Fundador de la firma JARAMILLO PINEDA ABOGADOS SAS, en temas de consultoría legal, contable y tributaria de organizaciones sin fines de lucro, en el campo nacional e internacional. Autor de varias publicaciones relacionadas con los temas legales y tributarios de entidades del sector no lucrativo en Colombia y del Libro Entidades Sin Ánimo de Lucro, Legalidad y Tributación características publicado por Legis S.A. Ponente en las Jornadas del ICDT, en su versión 42 sobre el Nuevo Entorno Legal de las ESAL en Colombia. Profesor Universitario de la Universidad de la Sabana y del Colegio de Estudios Superiores de Administración CESA. Coordinador Académico de la Especialización del Derecho Tributario de la Universidad de la Sabana. Miembro del ICDT.
* Incluye certificado y memorias.
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Concepto 738, Ley 1116 y la hipótesis de negocio en marcha
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 738 del 30 de diciembre de 2021, por el cual responde a una consulta sobre la Ley 1116 y la hipótesis de negocio en marcha. La consulta hecha a la entidad fue:
“(…) Las compañías que en el 2020 o años atrás han entrado a la Ley 1116, ¿deberían practicar deterioro de cartera o costo amortizado de los instrumentos financieros cuentas por cobrar? Y ¿deberían practicar el costo amortizado de sus instrumentos financieros pasivos?”.
Para conocer la respuesta de la entidad y el Concepto 738 completo, haga clic aquí.
Decreto 082, designa un consejero del Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Richard santaPor medio del Decreto 082 del 24 de enero de 2022, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, designa a Jimmy Jay Bolaño Tarrá, como consejero del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Negocios de comidas deberán actualizar Rut como no Responsables de ImpoConsumo
Richard santaLos empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) podrán actualizar el Registro Único Tributario (RUT), remplazando la responsabilidad 33 del Impuesto Nacional al Consumo por el código 50 No responsable del impuesto al consumo o 57 Persona jurídica No responsable del impuesto al consumo, según corresponda
Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) al informar que esta medida, establecida por la La Ley de Inversión Social, busca ayudar y facilitar la reactivación económica de estos sectores económicos, mediante la exoneración de la responsabilidad de pagar dicho impuesto durante el 2022.
De esta manera, la entidad hizo un llamado para que las personas naturales y jurídicas que únicamente desarrollen estas actividades y que estén inscritos al Régimen Simple de Tributación, realicen la actualización del RUT por medio de la página de la DIAN para evitar desplazamientos.
Es importante tener en cuenta que los empresarios que durante el 2022 tengan algunos días la responsabilidad del impuesto nacional al consumo en su RUT, deberán declarar la fracción del impuesto por el número de días que aparezca la responsabilidad de Impoconsumo.
Así mismo debe tenerse en cuenta que, por el año 2022, este beneficio aplica para todos los contribuyentes que se encuentren en el RST y únicamente desarrollen una actividad de expendio de comidas y bebidas que los haga responsable del impuesto nacional al consumo.
El próximo 11 de marzo será el primer Día sin IVA de este año, informó el Presidente Iván Duque Márquez.
“Hoy también quiero transmitirles un mensaje: El primer Día sin IVA de este año será el viernes 11 de marzo, para que podamos liquidar inventarios, ayudar al comercio, podamos ayudarle a que nuestra economía también contenga efectos inflacionarios en el primer trimestre del año”, señaló el Mandatario.
El año pasado se llevaron a cabo los Días sin IVA el 28 de octubre, el 19 de noviembre y el 3 de diciembre, y permitieron ventas por alrededor de 30 billones de pesos, de acuerdo con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en el último mes de 2021 el recaudo fue de $13,3 billones. Para ese mes las ventas, retención de renta y el gravamen a los movimientos financieros fueron los rubros que más aportaron a la labor de recaudo y dicho comportamiento estuvo impulsado por los Días sin IVA y la lucha contra la evasión fiscal.