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Lunes, 18 Marzo 2024 17:28

FORO INDUSTRIA Y COMERCIO Y COMPLEMENTARIOS

BANNER FORO INDUSTRIA Y COMERCIO

Aspectos críticos del Impuesto de Industria y Comercio

En los municipios del área metropolitana.

 

¡Accede a este seminario en diferido y Capacítate con ICEF!

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OBJETIVO

  • Enterar a la comunidad tributaria de los cambios asociados al impuesto de Industria y Comercio en los años 2023-2024 en el Distritito de Medellín, y los municipios Itagüí, La Estrella, Envigado y Copacabana.
  • Socializar los principales cambios sustanciales en materia de ICA y Régimen Sancionatorio contenido en el Nuevo Estatuto Tributario de Medellín (Acuerdo 093 de diciembre 22 de 2023).
  • Analizar las posibilidades de lograr cambios normativos (ley) en materia de Impuestos territoriales a nivel nacional.

 

Dirigido a:

Contadores, abogados, asesores tributarios y en general a las personas responsables de cumplir las obligaciones tributarias asociadas a este Impuesto por el año gravable 2023 – 2024 en los municipios de Medellín, Bello, Itagüí, Envigado, Sabaneta y la Estrella.

plan de trabajo

  1. Principales cambios normativos y planes de fiscalización 2024.

1.1. Municipio de Medellín.

1.2. Municipio de Itagüí.

1.3. Municipio de Envigado.

1.4. Municipio de la Estrella.

1.5. Municipio de Copacabana.

  1. Principales cambios sustanciales del Nuevo Estatuto Tributario de Medellín (Acuerdo 093 de diciembre 22 de 2023).

2.1. Transición normativa 2023-2024.

2.2. Cambios sustanciales en el ICA.

2.3. Beneficios tributarios en l ICA.

2.4. Régimen sancionatorio.

  1. Perspectivas frente a una eventual reforma tributaria territorial.
  1. Avance Jurisprudencial – frente a algunos conceptos que generan tensión frente al ICA

4.1. Dividendos – rendimientos financieros

4.2. Servicios de salud

4.3. Arrendamiento de inmuebles

  1. Conclusiones y recomendaciones.

boton expositores

Daniel Escobar Valencia
Abogado de la Universidad de Medellín y Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Realizó curso post-grado y avanzado en Derecho Tributario Internacional y Europeo, en Maastricht University – Bruselas. Se ha desempeñado como director de Fiscalización de Itagüí, Subsecretario de ingresos de la Alcaldía de Medellín, en donde también fue secretario de Hacienda. Ex-director de estudios fiscales de Aso capitales, fue miembro en la Comisión de Expertos creada por la Ley de Crecimiento Económico, para proponer una nueva reforma al Sistema Tributario Territorial. También fue el director de la misión de descentralización creada por el gobierno nacional para mejorar el marco normativo de las entidades territoriales. Actualmente, es el subsecretario de Presupuesto y Gestión Financiera de la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía de Medellín.

Liliana Eugenia Zapata Jaramillo
Abogada especialista en derecho administrativo y en legislación tributaria, con énfasis en tributación territorial, de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Con más de 12 años de experiencia en la gestión de ingresos tributarios de orden nacional y municipal, y en general en la gestión administrativa pública. Se ha desempeñado en los siguientes escenarios: Subsecretaria de Rentas Municipales – Municipio de Itagüí. Asesor Tributario, secretaria de Hacienda- Municipio de Medellín. Asesora Tributaria en Impuestos territoriales en el Sector Privado; actualmente se encuentra vinculada con la subsecretaria de ingresos.

Ricardo Valencia Escobar
Abogado de la Universidad de Antioquia, Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Autónoma Latinoamericana y Magíster en Tributación y Política Fiscal de la Universidad de Medellín, con experiencia en docencia universitaria de pregrado – posgrado y consultoría para diferentes secretarías de hacienda en Antioquia. Representante Legal de Planeaciones Tributarias y Estratégicas, sociedad especializada en la asesoría en hacienda pública para las entidades territoriales, que actualmente realiza el acompañamiento a varios Municipios del país.

Paola Henao Álzate 
Abogada de la Institución Universitaria de Envigado, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como abogada Contratista en la Secretaría de Hacienda del Municipio de Envigado desde el año 2016. Así mismo, ha ejercido como empleada pública de la Secretaría de Hacienda y actualmente se desempeña como directora técnica de Impuestos y Fiscalización del Municipio de Envigado.

Gabriel Jaime Alzate Henao 

Abogado de la Universidad de Antioquia, Especialista en Derecho Tributario de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como abogado contratista en las Secretarías de Hacienda del Municipio de Girardota y de Medellín. Así mismo, como empleado público del Municipio de Itagüí y como Subsecretario de Rentas del Municipio de La Estrella. Actualmente, se desempeña como Secretario de Hacienda del Municipio de Copacabana.

Victoria Eugenia Bravo Gallego

Abogada de la Universidad de Antioquia, Especialista el Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia y Especialista en Legislación tributaria de la Universidad Autónoma. Orientada especialmente a la asesoría tributaria y administrativa en entidades públicas de orden departamental y municipal en lo relacionado con impuestos territoriales y procedimiento. Ha laborado en la Oficina de Rentas de la Gobernación de Antioquia (desde junio de 2013 a diciembre de 2015), en la Oficina de Fiscalización del municipio de Itagüí en calidad de asesora, desde el año 2016 hasta julio de 2020, como abogada en la Subsecretaría de Ingresos del municipio de Medellín entre el año 2019 y 2020. Fue la jefe de la oficina de fiscalización en el municipio de Itagüí, cargo que desempeñó desde el mes de julio de 2020. Actualmente, es asesora del municipio del Medellín y municipio de La Estrella.

Norbey Vargas Ricardo
Estuvo vinculado al Equipo de Impuestos de Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) por espacio de 15 años, en donde participó en proyectos como Autopistas de la Montaña (hoy Autopistas de la prosperidad) y Proyecto de Construcción de líneas de interconexión eléctrica en Colombia, Perú y Bolivia.

Miembro fundador de las Firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Centro de Estudio de Tributos Territoriales – CETRIT y Razón Jurídica S.A.S. Autor del libro Estatuto Tributario de Medellín, de los años 2012 y 2018, concordado y comentado.

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jueves 11 de abril de 2024
HORARIO:
                 5:00 p.m. a 9:00 p.m.

INVERSIÓN:              $125.000 más IVA 

* Incluye certificado y memorias.

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Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

 

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

 

Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 112 del 15 de diciembre de 2020, por la cual se establecen los mecanismos de reporte de las tarifas del impuesto de industria y comercio consolidado y de la cuenta para transferir estos recursos, por parte de los municipios y/o distritos, y se dictan otras disposiciones.

Para conocer la Resolución 112, haga clic aquí.

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Por medio de la Resolución 2020032448632 del 24 de marzo de 2020, la Alcaldía de Medellín hizo una modificación parcial de su calendario tributario, debido a la calamidad que se enfrenta por el Covid-19 y el impacto económico que esta situación genera.

 

Los cambios en el calendario se dieron para:

- Declaración bimestral de la retención en la fuente por concepto de industria y comercio.
- Declaración bimestral de autorretención en la fuente por concepto de industria y comercio.
- Plazo para el pago de industria y comercio de los meses de abril y mayo, que serán diferidos en los documentos de cobro de julio a diciembre. Es decir que los contribuyentes no recibirán la factura de cobro durante los dos meses de contingencia.
- Fecha de pago del Impuesto Predial correspondiente al segundo trimestre, que quedó establecida para el 25 de junio para todos los sectores y sin recargo.
- Fechas de vencimientos para presentar la Declaración Anual de Industria y Comercio. El nuevo ciclo de vencimientos inicia el 15 de mayo para los declarantes que tengan como último dígito de su identificación el 1 y finaliza el 29 de mayo con el 0.
- Fechas de declaración y pago de impuestos menores: Degüello Menor y Estampilla Pro Cultura.

 

La modificación al calendario tributario se suma al fortalecimiento de los canales virtuales www.medellin.gov.co y HaciendaMed para la atención y trámites de las solicitudes tributarias, con lo que se busca darles garantías a los ciudadanos para que no expongan su salud en el cumplimiento de sus obligaciones.

 

Para conocer la Resolución 2020032448632, haga clic aquí.

Miércoles, 17 Agosto 2022 18:16

Módulo: Interacción de las NIIF con los Impuestos

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   MÓDULO INTERACCIÓN DE LAS

NIIF CON LOS IMPUESTOS

 

boton temario 

 

  • Reconocimiento de Activos, Pasivos, Patrimonio, Ingresos y Gastos bajo NIF.
  • Impacto de las NIF en el impuesto sobre la Renta y Complementario.
  • Impacto de las NIF en el Impuesto sobre las Ventas.
  • Impacto de las NIF en el impuesto de Industria y Comercio.
  • Conciliación Fiscal.

boton expositor 

Carlos Arturo Rodriguez Vera 

Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación.

Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.

 

boton infogeneral 

  • MODALIDAD:  Online
  • INICIA:          9 de septiembre
  • DÍAS:             viernes de 5:30 p. m. a 9:00 p. m.
                           sábado de 8:00 a.m. a 11:30 a.m.
  • INVERSIÓN:   $190:000 

boton descuentos         

  • 20%   egresados, administrativos y docentes
  • 15%   egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)
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  • 7%     grupos de 5 personas
  • 15%   grupos de 10 personas o más

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Celulares: 3015215938

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Una de las iniciativas de la Administración Municipal, que contempla incentivos para la reactivación económica local, fue aprobada por el Concejo de Medellín.

“Como un espaldarazo a una necesidad creciente de la ciudad para superar el estancamiento de la economía mundial ocasionado por el covid-19 y buscar un desarrollo social sostenible con más oportunidades para los ciudadanos”, calificó el secretario de Hacienda, Óscar Hurtado Pérez, la aprobación unánime del proyecto del acuerdo 067 de reactivación económica.

Por su parte, el secretario de Desarrollo Económico, Alejandro Arias García, sostuvo: “Estas son grandes noticias para nuestros empresarios, emprendedores y comerciantes. El Concejo Municipal acaba de aprobar un acuerdo con dos importantes focos. El primero, para estimular la inversión, el empleo formal y el crecimiento del PIB a través del Valle del Software. El segundo, con importantes exenciones tributarias para nuestros hoteles, agencias de viaje, bares, restaurantes y discotecas. Esto permitirá avanzar en el proceso de construcción de la Medellín Futuro".

Algunos de los incentivos en impuesto predial que incluye el proyecto de acuerdo son:

- Exención del 50 % en el impuesto para 2022 y 2023 a empresas constituidas a partir de 2021 y que estén relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones – TIC.
- Exención del 100 % de predial en 2022 y el 80 % en 2023 para empresas que se hayan constituido a partir de 2021 y se encuentren ubicadas en los distritos económicos de innovación y creativos.
- Exención del 100 % del predial en 2022 y 50 % en 2023 para empresas que se ubiquen en zona franca permanente multiusuario o especial, bajo jurisdicción del Municipio a partir de la entrada en vigor del acuerdo.
- Otras de las exenciones que contempla el proyecto de acuerdo están orientadas al impuesto de industria y comercio, tales como:

Exención de 100 % en 2022 y 50 % en 2023 en el pago de industria y comercio a empresas que se formalicen a través de los programas:
- Cedezos
- Centros de Valle del Software
- Capital Semilla
- Economía Creativa
- Emprendimiento de Base Tecnológica
- Spin off
- Exención del 100 % en 2022 y 50 % en 2023 para empresas que se constituyan a partir de 2021 y cuya actividad económica principal esté relacionada con tecnologías de la información y las comunicaciones – TIC, tecnologías de la cuarta revolución industrial y economía creativa.
- Exención del 100 % en 2022 y 50 % en 2023 para empresas que se constituyan a partir de 2021, que desarrollen actividades industriales, comerciales o de servicios y que establezcan o trasladen su sede principal de operaciones a Medellín, generen nuevos empleos y realicen inversión extranjera directa desde dos millones de dólares (USD 2.000.000).
- Exención del 100 % en 2022 y 50 % en 2023 para nuevas empresas que operen bajo declaratoria de zona franca y para las que trasladen su sede principal de operaciones a zona franca en Medellín.

“Debido a las restricciones y toques de queda asociados a la pandemia, los sectores de entretenimiento, gastronómico y turístico de la ciudad se vieron altamente afectados. La ciudad debe ser solidaria con esta situación, por ello, hemos definido medidas orientadas a la reactivación de estos renglones en específico”, destacó el secretario Hurtado Pérez. Entre ellas se encuentran:
- Exención del 40 % en 2022 en los impuestos predial e industria y comercio para operadores turísticos que se encuentren clasificados y registrados como prestadores de servicios turísticos en el registro nacional de turismo (artículo 49 Ley 2068).
- Exención del 20 % en 2022 en el impuesto de industria y comercio para los contribuyentes cuya actividad principal esté relacionada con los códigos CIIU 5611 y 5630.

Si bien los vencimientos de las declaraciones del impuesto de industria y comercio en Medellín son entre el 19 y el 30 de abril, la Administración Municipal invita a cumplir con este compromiso antes de dichas fechas, con el fin de resolver con suficiente tiempo las inquietudes que puedan generarse en la presentación, ya que este año el proceso será sólo de manera virtual, según la resolución de calendario tributario de 2021 publicada por la Secretaría de Hacienda.

El subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez, dijo que “teniendo en cuenta que las declaraciones serán recibidas solo por el portal, la Administración Municipal está generando espacios de formación para los contribuyentes que deseen actualizar sus conocimientos en el proceso de declaraciones, los nuevos inscritos en el Registro Único Tributario-RUT o aquellos que hayan cumplido en años anteriores con esta obligación pero de manera presencial”.

La inscripción a las capacitaciones se realiza a través de la página de la Alcaldía de Medellín www.medellin.gov.co/declaraciones

La declaración de industria y comercio la deben presentar las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras dentro de la ciudad.

No están obligadas las entidades que pertenezcan al régimen simplificado, las que estén excluidas por resolución o las catalogadas como actividades de prohibido gravamen.

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
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