ELEMENTOS A TENER EN CUENTA PARA EL CIERRE CONTABLE Y FISCAL DEL 2024 RETOS Y OPORTUNIDADES
Icef_ManuelaMarco conceptual para una debida dirección hacia la planeación tributaria y contable del 2024
- Elementos de planeación
- Abuso de formas jurídicas
- Evasión, elusión
- Doctrina internacional
- Planificación de patrimonio
Oportunidades y aspectos convenientes a partir de los estados financieros
- Recorrido por las cuentas de balance
- Beneficios
- Soportes
- Comparación de tasa efectiva con tasa nominal
- Prácticas
- Efecto de impuesto diferido
- Tasa mínima
- Limitación de la deducción
Jesús Orlando Corredor Alejo
Abogado de la Universidad Nacional de Colombia, Contador Público de la Universidad Javeriana, Especialista en Tributación de la Universidad de los Andes, reconocimiento en suficiencia investigativa de la Universidad de Salamanca España. Curso de intensificación en derecho Tributario Internacional, Universidad Austral de Buenos Aires Argentina. Aspirante al Título de Doctor en Derecho Tributario de la Universidad de Salamanca España. Profesor universitario. Asesor de impuestos en diversas compañías nacionales y multinacionales.
Expresidente del Instituto Nacional de Contadores Públicos, así como vicepresidente del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y miembro del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario, miembro de la Comisión de integración económica y fiscal de la AIC (International accounting association).
Fue Conjuez del tribunal administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta. Columnista del diario La República, Portafolio, La Patria. Autor de varios libros como Lecciones cortas de Derecho Tributario, Apuntes de Derecho Tributario Colombiano, Breviario de derecho tributario y El Impuesto de Renta en Colombia en dos tomos el primero dirigido a las sociedades y demás obligados a llevar contabilidad y el segundo dedicado a Personas Naturales, entre otras muchas obras.
Orlando Rocha Salazar
Director de Impuestos y Servicios Legales de KPMG en Colombia, vinculado a firmas internacionales por más de veinticinco años. Contador Público de la Universidad La Gran Colombia. Magister en Ciencias Financieras y de Sistemas. Ha liderado seminarios en diferentes gremios y asociaciones y a clientes de la Firma, catedrático en las especializaciones de impuestos en varias universidades, instructor de la Firma en impuestos diferidos locales y bajo principios internacionales.
Es miembro del comité de expertos tributarios que apoya al comité técnico de la Contaduría Pública.
*Incluye memorias y certificado
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Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
- Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
BENEFICIARIO EFECTIVO DESDE LA PERSPECTIVA INTERNACIONAL. TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL - Nivel Intermedio
Icef_ManuelaJulio César Toro Castrillón
Contador Público, especialista en derecho tributario de la Universidad Javeriana. Actualmente, cursa la Maestría en Derecho Tributario en la Universidad Externado de Colombia.
Julio César Toro cuenta con más de 13 años de experiencia como consultor tributario y contable. Se ha desempeñado como consultor de impuestos en EY (Ernst & Young), como gerente de impuestos en KPMG y como asociado senior en el área de derecho tributario de Garrigues Colombia. Actualmente es socio de impuestos en la firma Toro Asociados. Ha trabajado como asesor en la revisión y elaboración de distintos temas relacionados con el área de impuestos de medianas y grandes compañías de distintos sectores. Ha participado en varios cursos y entrenamientos a nivel nacional en temas de derecho tributario. Es profesor universitario de la Pontificia Universidad Javeriana en la especialización en Derecho Tributario desde el año 2017, y profesor de la especialización en Derecho Tributario de la Universidad de los Andes.
MODALIDAD: Online
FECHA: Octubre 24 de 2024
HORARIO: 8:00 a.m. a 10:00 a.m.
INVERSION: Semillero intermedio completo: 790.000 más IVA.
Valor por Módulo 110.000 más IVA.
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RÉGIMEN SANCIONATORIO EN LOS DOCUMENTOS SOPORTE DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Icef_ManuelaLucero Téllez Hernández
Abogada con Maestría en Gerencia Tributaria, especialista en Administrativo y en Derecho Probatorio Público
Catedrática en la Universidad Pontificia Universidad Javeriana, Universidad del Rosario, Universidad Sergio Arboleda, Colegio Colombiano de Contadores Públicos, Cámaras de Comercio, Fenalco y DIAN.
Servidora Pública en la DIAN con más de 33 años de experiencia en materia tributaria.
MODALIDAD: Online
FECHA: martes, diciembre 3 de 2024
HORARIO: 5:00 p.m. a 8:00 p.m.
INVERSIÓN: $ 125.000 incluido IVA
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Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
Concepto 302, Propiedad Horizontal - Intereses de mora
Richard santaA través del Concepto 302 del 17 de septiembre de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta referente a la Propiedad Horizontal - Intereses de mora.
Emprendedores de economía popular podrán acceder a créditos
Richard santaEl Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de iNNpulsa Colombia y en alianza con la Corporación para el Fomento de las Finanzas Solidarias, Fomentamos, anunció la puesta en marcha de la iniciativa Círculos Solidarios, programa de inclusión financiera dirigido a brindar crédito y capacitación a 6.000 unidades productivas de la economía popular.
Este proyecto posibilitará el acceso a financiación mediante nanocréditos desde $100.000 hasta $600.000 pesos, para fortalecer su productividad. Los beneficiarios recibirán capacitaciones y formación sobre cómo gestionar sus finanzas, incentivar el ahorro y consumir con responsabilidad.
"En el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo seguimos comprometidos en impulsar y apoyar a la economía popular del país. Por eso, ponemos en marcha el programa Círculos Solidarios, que permitirá que más de 6.000 unidades productivas de varias regiones del país puedan acceder a créditos a una tasa de interés muy por debajo del promedio actual, para que puedan fortalecerse, seguir creciendo y ser más competitivas y productivas", explicó el viceministro (e) de Desarrollo Empresarial, Lorenzo Castillo Barvo.
El convenio contará con una inversión de 5.000 millones de pesos para su desarrollo a nivel nacional y será financiado por las cooperativas asociadas a Fomentamos, como Confiar, Cotrafa, Vivir los Olivos y Cooservunal, quienes desembolsarán 10.000 millones de pesos en créditos para los 6.000 beneficiarios.
Esta iniciativa abrirá las puertas a emprendedores y productores -incluso si están reportados en las centrales de riesgo-, inicialmente con acceso a montos pequeños que pueden incrementarse según la cultura de pago y la asistencia a las capacitaciones. Los créditos tendrán una tasa de interés de 0,97% (M.V), muy por debajo del promedio nacional.
Aquellas unidades productivas interesadas en participar deberán contactar con asesores de la iniciativa a través del sitio oficial del programa.
El único requisito para acceder a estos créditos es que las unidades productivas o emprendimientos interesados deben asociarse en “círculos” basados en la confianza, la solidaridad, el trabajo colaborativo y asegurar la permanencia en el programa.
Entre julio de 2023 y julio de 2024 iNNpulsa Colombia y la Corporación Fomentamos realizaron un piloto del proyecto en Ciudad Bolívar, Bogotá, en el que se conformaron 7 Círculos Solidarios, integrados por 112 unidades productivas pertenecientes a la economía popular y se desembolsaron $130.000.000 de pesos.
El éxito de la prueba piloto radicó en que, al finalizar la misma, los Círculos creados registraron un 0% de cartera en mora, reportando un 100% de cumplimiento del compromiso de pago. Lo anterior ratifica el éxito de este modelo de banca popular, basado en la confianza.
La metodología de los Círculos Solidarios se extenderá a Antioquia en Apartadó, Barbosa, Bello, Carepa, Chigorodó, Copacabana, Itagüí, Sabaneta, Girardota, Don Matías, Santa Rosa de Osos y Turbo; en Bogotá estará en El 7 de Agosto, Bosa, Ciudad Bolívar, Fontibón, Suba, Puente Aranda, 20 de Julio, Usme, Teusaquillo y Santa Fe; en Boyacá, en Duitama y Tunja; en Cundinamarca llegarán a Soacha; en el Valle del Cauca a Cali, Yumbo y Florida; en Magdalena a Santa Marta; en Bolívar a Cartagena; en La Guajira a Riohacha; en Risaralda a Pereira; en Quindío a Armenia; en Caldas a Manizales; en Cauca a Popayán y en el Chocó a Quibdó, Istmina y Condoto.
Según cifras del DANE el 55,9 % de la población colombiana ocupada está en la informalidad. A su vez, un estudio realizado entre el Politécnico Gran Colombiano y Fomentamos, publicado en agosto de 2024, indicó que los emprendedores de la economía popular en su mayoría obtienen ingresos diarios entre 10.000 y 30.000 pesos. De allí la importancia de este proyecto que aportará a mejorar las condiciones de vida digna de 6.000 colombianos y sus familias.
Resolución 271, derechos compensatorios provisionales a importación de leche en polvo
Richard santaA través de la Resolución 271 del 16 de septiembre, el Gobierno decidió imponer derechos compensatorios provisionales a la importación de leche en polvo proveniente de Estados Unidos, al tiempo que continúa con la investigación administrativa que inició el pasado mes de julio.
La Resolución establece un derecho correspondiente a un gravamen ad valorem del 4,86 % que se liquidará sobre el precio FOB de importación del mencionado producto proveniente de ese país, el cual estará vigente por 4 meses.
La decisión está sustentada en que la autoridad encontró, de manera preliminar, evidencias sobre los siguientes aspectos:
Subsidios a la producción de leche: El gobierno de Estados Unidos ha implementado al menos 5 programas destinados a subsidiar la producción de leche líquida, insumo primario para la producción de leche en polvo. Durante el año 2023 el monto total de estas subvenciones habría ascendido a US$1.209’800.000, estableciendo el margen de la cuantía de la subvención en 4,86 %.
Aumento de importaciones y precios: Las importaciones de leche en polvo subvencionada originaria de Estados Unidos habrían aumentado de manera relevante, las cuales se ofrecen en el mercado colombiano a precios considerablemente inferiores a los que se fijan para la leche líquida de origen nacional.
Efecto en la rama de producción nacional: Las importaciones subsidiadas habrían contribuido a causar un perjuicio a los productores nacionales de leche líquida. Este daño se evidencia en que el sector industrial, que puede optar por utilizar leche en polvo importada o leche líquida nacional, ha mostrado preferencia por el producto importado debido a sus bajos precios. Además, las importaciones subsidiadas habrían limitado el aumento de la producción de la industria pulverizadora nacional, ya que esta no hace uso de la totalidad de su capacidad instalada. Esto, a su vez, habría desencadenado la reducción de la compra de leche líquida a la rama de producción nacional.
Dado que el 62,22 % de la leche en polvo importada por Colombia en 2023 provino de Estados Unidos, se estima que este subsidio ha causado daño a la producción nacional. Este factor es uno de los múltiples elementos que afectan actualmente al sector lácteo colombiano.
La investigación, conducida por un equipo técnico de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ha garantizado la participación del gobierno estadounidense, la de las empresas exportadoras e importadoras interesadas, así como la de los productores colombianos y la industria láctea local.
Este proceso se lleva a cabo conforme a las normativas nacionales y a las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC), tomando en cuenta los mecanismos contenidos en el Acuerdo de Promoción Comercial entre Colombia y Estados Unidos.
El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes Hernández, explicó que “la investigación sigue su curso y las medidas definitivas que se llegasen a adoptar, si hay mérito para ello, serán proporcionales, balanceadas y en concordancia con los hallazgos de las mismas”.
Cabe recordar que mediante la Resolución 192 del 3 de julio de 2024, el Gobierno colombiano inició una investigación de oficio sobre las importaciones de leche en polvo originarias de Estados Unidos, decisión que se adoptó luego de hacer un análisis del comportamiento de esas compras en años anteriores.
En esa evaluación se constató que en 2023 hubo un aumento del 13,12 % en las compras de leche en polvo subsidiada provenientes de Estados Unidos respecto al 2022, lo que ha tenido un impacto significativo en la producción colombiana de este producto esencial para la economía campesina y para la alimentación en los hogares.
Concepto 295, CTCP sobre PH – Funciones del Revisor Fiscal
Richard santaPor medio del Concepto 295 del 17 de septiembre de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre Propiedad Horizontal y las funciones del Revisor Fiscal.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 292 del 16 de septiembre de 2024, por medio del cual responde a una consulta sobre los Contratos de Publicidad.
Resolución 297, Manual de Cobro Persuasivo y Coactivo en la Contaduría
Richard santaLa Contaduría General de la Nación publicó la Resolución 297 del 28 de agosto de 2024, por la cual se adopta el Manual de Cobro Persuasiva y Coactivo en la entidad.
Por medio del Concepto 304 del 16 de septiembre de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta sobre la Aplicación NIIF Plenas.