Circular 005, Modifica Circular de Aranceles Totales del Sistema Andino de Franjas de Precios
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Circular 005 del 9 de septiembre de 2024, la cual modifica la Circular de Aranceles Totales del Sistema Andino de Franjas de Precios (Safp) No. 12757000005496 del 30 De agosto de 2024 por Aplicación de las Disposiciones del Decreto 1092 del 27 de agosto de 2024.
JCC aclara sobre la constancia de experiencia técnico contable para la Tarjeta profesional
Richard santaLa Junta Central de Contadores, JCC, recordó que, para la solicitud de inscripción y expedición de tarjeta profesional de Contador Público, la constancia de experiencia técnico contable debe contener la firma del representante legal y revisor fiscal o contador público de la entidad que certifica la experiencia, entre otros casos, según lo indicado en el artículo 30 de la Resolución D-0035 de 2024 concordante con la Circular 000-001 de 2017.
Es importante mencionar que una firma escaneada o sobrepuesta, NO es igual a la firma electrónica o digital, en razón a que estas últimas son obtenidas por métodos tales como códigos, contraseñas, datos biométricos, claves criptográficas privadas o a través de un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos, cuyos efectos jurídicos se encuentran contemplados en la Ley 527 de 1999 concordante con el artículo 2.2.2.47.1. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
En consecuencia, la firma escaneada es fácilmente SUPLANTABLE, puesto que podrá ser copiada y pegada virtualmente sobre cualquier documento, imposibilitando identificar la persona que emite el documento, además que se desconoce un mecanismo de autenticación que proporcione veracidad del documento.
En el caso que la constancia de experiencia técnico contable contenga firmas escaneadas o sobrepuestas, le sugerimos aportar adicionalmente los soportes correspondientes que garanticen la autenticidad y veracidad de las mismas.
Aclaraciones sobre Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP
Richard santaEl Ministerio de Minas y Energía ha publicado aclaraciones a la Resolución 40150 de 2024 RETILAP (Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público). Se recomienda a todos los usuarios aduaneros y funcionarios DIAN revisarlas detenidamente en aras de tenerlas en cuenta para el control y la vigilancia del RETILAP en las importaciones de productos comprendidos en el mismo y así ajustar sus procesos operativos.
A continuación, se enumeran las aclaraciones que se dieron a las entidades de vigilancia y control como la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Como parte de la interpretación del numeral 1) Para productos del artículo 3. Disposiciones Transitorias de la Resolución 40150 de 2024, los productos que bajo la Resolución 180540 de 2010 (sus adiciones y modificaciones) se encontraban excluidos del RETILAP y que, a partir de la emisión de la Resolución 40150 del 3 de mayo de 2024, ahora ingresan al campo de aplicación del reglamento, se consideran incluidos por primera vez en el reglamento. Por lo tanto, para estos productos empieza a regir el cumplimiento del RETILAP seis (6) meses después de la entrada en vigencia de la Resolución 40150 de 2024.
Los paneles, celdas, células y módulos fotovoltaicos, así como productos con nombres diferentes pero que cumplen la misma función, están fuera del alcance del RETILAP y, por lo tanto, no requieren demostrar conformidad con este reglamento. Sin embargo, las luminarias con paneles solares incorporados sí están incluidas en el ámbito de aplicación del RETILAP y deben cumplir con sus requisitos.
Como parte de la interpretación del alcance del RETILAP, específicamente relacionado con el Parágrafo 3. Exclusiones del artículo 2.1.1. del Libro 2 de la Resolución 40150 de 2024, se aclara que las fuentes luminosas y luminarias que utilizan baterías o pilas para su funcionamiento (como por ejemplo pilas salinas, alcalinas, recargables y no recargables, pilas de botón, entre otras), que no se conecten a la red eléctrica y que no sean luminarias alimentadas por sistemas fotovoltaicos, están excluidas del cumplimiento del RETILAP, por considerarse que están fuera del alcance del reglamento.
Los productos provistos con conectores USB para alimentación y/o control están incluidos dentro del alcance del reglamento y deben dar cumplimiento con los requisitos y ensayos aplicables al producto correspondiente listado en la Tabla 2. a. de la Resolución 40150 de 2024.
Para consulta: Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP (minenergia.gov.co)
Concejo aprobó proyecto de armonización presupuestal
Richard santaLa plenaria del Concejo de Bogotá aprobó el proyecto de acuerdo 608 de 2024, que busca garantizar la puesta en marcha del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 ‘Bogotá Camina Segura’.
Las modificaciones pedidas ante el cabildo distrital ascienden a $217 mil millones, mientras que la adición presupuestal solicitada es de $473 mil millones, cifras que componen los $690 mil millones comprendidos en la iniciativa presentada por la administración Distrital.
De esta forma, el presupuesto que se había proyectado para 2024 pasa de $33,2 billones a $33,7 billones, siendo destinados $27 billones para inversión, $4,7 billones para funcionamiento y $2 billones para servicio de la deuda.
A nivel de sectores Movilidad, Educación, Salud e Integración Social tendrán el 64% del presupuesto para desarrollar programas e iniciativas que impacten de manera positiva en la ciudadanía.
¿En qué se destinarán los recursos indicados en el proyecto de Acuerdo 608 de 2024?
Fortalecimiento de servicios de salud y aseguramiento.
Comedores comunitarios, transferencias monetarias y atención de habitantes de calle.
2.400 subsidios de vivienda.
Nuevas obras de infraestructura, adquisición de predios, conservación y rehabilitación de la malla vial urbana y rural.
Consolidación proyecto Bronx Distrito Creativo, Festivales Culturales y estudios para la plazoleta de eventos Parque Simón Bolívar.
A nivel de seguridad en la adquisición de kits y mejoramiento de infraestructura física y tecnológica C4.
Aportes para Región Metropolitana, CAR y Canal Capital.
Ahora el proyecto de adición y modificación del presupuesto de Bogotá pasa para firma y sanción del Alcalde Mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán.
Decreto 1104, MinComercio sobre Inversión Extranjera Directa
Richard santaPor medio del Decreto 1104 de 30 de agosto de 2024, el Ministerio de Comercio modifica los artículos 2.2.3.8.1.2, 2.2.3.8.2.1, 2.2.3.8.2.4, 2.2.3.8.3.1, 2.2.3.8.3.2,2.2.3.8.3.3, 2.2.3.8.3.4, 2.2.3.8.4.2 Y 2.2.3.8.4.3 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, sobre la Inversión Extranjera Directa.
Por bloqueos debido al paro camionero, se retrasan envíos de la Tarjeta Profesional
Richard santaLa Junta Central de Contadores informó que, debido a los bloqueos en las vías que se vienen presentando en diferentes zonas del país, los envíos de la Tarjeta Profesional, tanto a direcciones como a las seccionales, estarán suspendidos temporalmente.
A los titulares de la tarjeta, o autorizados que tengan la posibilidad de reclamarla personalmente, lo invitó a dirigirse a nuestras oficinas en Bogotá, donde estaremos atendiendo en nuestro horario habitual.
OBJETIVO
Curso intensivo procedimental y sancionatorio - Instrumentos efectivos de defensa, busca profundizar en las principales herramientas de defensa de los contribuyentes, profundizando en un entendimiento práctico de las controversias tributarias de carácter nacional y territorial, analizando los últimos pronunciamientos jurisprudenciales y doctrinales en la materia.
DIRIGIDO A
Profesionales de distintas áreas del conocimiento – contadores, abogados, administradores de empresas y economistas, que como contribuyentes, asesores, empresarios o académicos deseen profundizar en la materia
Módulo 1. EL ADN DEL PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
Módulo 2. DECLARACIONES TRIBUTARIAS
Módulo 3. DEVOLUCIONES, COMPENSACIONES E IMPUTACIONES
Módulo 4. SANCIONES TRIBUTARIAS.
Módulo 5. COBRO COACTIVO
Módulo 6. PROCEDIMIENTO TERRITORIAL
Módulo 7. OTROS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS
ANA MARIA BARBOSA RODRIGUEZ
Abogada de la Universidad Libre, especialista en derecho tributario de la Universidad del Rosario y Master en Administración Tributaria y Hacienda Pública de la UNED de España. Cuenta con más de 30 años de experiencia en el ámbito tributario. Fue durante 17 años funcionaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Dian, entidad dentro de la cual se desempeñó como Jefe Juridica de las distintas direcciones seccionales de Bogotá y Subdirectora Nacional de Cobranzas; posteriormente se vinculó con el Distrito Capital como Subdirectora Jurídico Tributaria por espacio de tres años. Actualmente es socia de la práctica de litigio y controversia tributaria de la firma Ernst & Young. Es conjuez del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y docente en materia tributaria de distintas universidades del país.
JAVIER BLEL BITAR.
Socio en Deloitte encargado de la práctica de Tax Controversy. Es abogado, especialista en Derecho Tributario y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia. Su práctica se enfoca en la representación de multinacionales y otras compañías en litigios sobre impuestos nacionales y territoriales, Derecho tributario internacional, Derecho comunitario (Decisión 578 de la CAN), precios de transferencia, comercio exterior (aduanas e impuestos indirectos) y procesos cambiarios. Asimismo, es profesor de Procedimiento Tributario y Derecho Contencioso Administrativo de la Universidad Externado de Colombia, Pontificia Universidad Javeriana y la Universidad de los Andes. Ha sido reconocido por la International Tax Review como “tax controversy leader” en Colombia (2018 a 2023). Ha dirigido varias publicaciones con el Instituto Colombiano de Derecho Tributario. Ha trabajado en las firmas KPMG, PwC, Baker Mackenzie y Godoy Hoyos.
Christian Junot Quiñonez Cortes.
Contador Público de la Universidad Libre, Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad Libre, Magister en Tributación Internacional de la Universidad Europea (España). Magister en Ciencias Políticas de la Universitat Degli Studi Di Salerno (Italia). Socio Fundador Clevertax Assisment. Fue funcionario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ocupando cargos como Subdirector Operativo de Fiscalización y Subdirector Análisis y Sectores Estratégicos. Realizó el diseño funcional del Sistema de Devoluciones, implementó las devoluciones abreviadas durante la pandemia, fue coautor de las declaraciones sugeridas de IVA - Consumo y creador de diversas acciones de control tributario. Condecorado como el mejor directivo de la DIAN 2023.
Docente titular de maestría y Especialización de diferentes universidades del país en los módulos de planeación tributaria. Participa activamente como conferencista nacional e internacional.
JUAN CARLOS VINASCO ESCARRIA.
Director del área de Tributario y Litigio Tributario en DLA Piper. Antes de unirse a DLA Piper Martínez Beltrán, Juan Carlos trabajó en las áreas de consultoría tributaria y litigios en Deloitte y en Baker Mackenzie. Juan Carlos ha sido profesor y expositor en diversos eventos, cursos y foros empresariales y ha sido incluido durante varios años por International Tax Review - ITR en la lista de los principales profesionales en litigios fiscales en Colombia. Especialista en Derecho Tributario, Universidad Externado y abogado en la Universidad de San Buenaventura Cali. Desde 2016 ha sido profesor de diferentes universidades en temas de procedimiento tributario.
NORBEY VARGAS RICARDO.
Contador Público y Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Abogado de la Universidad de Medellín, Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana (UPB), docente en los postgrados de Impuestos de la Universidad de Medellín, UPB, Universidad Católica de Oriente, Escuela de Ingeniería de Antioquia (EIA), Universidad Eafit y Universidad de Antioquia, ha sido docente en el diplomado de impuestos de CETA, ICEF y ACUDA, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales.
Estuvo vinculado al Equipo de Impuestos de Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) por espacio de 15 años, en donde participó en proyectos como Autopistas de la Montaña (hoy Autopistas de la prosperidad) y Proyecto de Construcción de líneas de interconexión eléctrica en Colombia, Perú y Bolivia. Miembro fundador de las firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Centro de Estudio de Tributos Territoriales – CETRIT y Razón Jurídica S.A.S.
Autor del libro Estatuto Tributario de Medellín, de los años 2012 y 2018, concordado y comentado
LEONARDO ARTURO PAZOS GALINDO
Abogado de la Universidad Nacional de Colombia, especializado en Derecho Económico en la Universidad Católica de Louven (Bélgica) y en Derecho Financiero y Bursátil de la Universidad Externado de Colombia y con maestría en ciencias económicas de la Universidad Nacional.
Ha trabajado en cargos directivos y de asesoría en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Departamento Nacional de Planeación, Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá y la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco. Tiene experiencia de 25 años al dictar clases en la Universidad Nacional, Universidad Externado de Colombia, Universidad del Rosario, Universidad de la Sabana y en la Universidad Jorge Tadeo Lozano.
HENRY ALEJANDRO MORALES GÓMEZ
Abogado de la Universidad de San Buenaventura. Cuenta con una Maestría en Gobierno de la Universidad de los Andes, Especialización en Servicios Públicos de la Universidad Externado de Colombia. Especialización en Derecho Societario de la Universidad Eafit.
Cuenta con 16 años de experiencia en el ejercicio profesional, en las cuales se destaca su labor como consultor en Organización Internacional del Trabajo – OIT, Subsecretario de Ingresos del Municipio de Medellín, director de talento humano en la Universidad San Buenaventura Bogotá y director nacional de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial en el Ministerio de Trabajo. Se ha desempeñado como abogado asesor para Plaza Consulting SAS, Caja de Compensación Familiar Comfama, Superintendencia del Subsidio Familiar y en la Cámara de Representantes. Además, ha sido docente en La Universidad EAFIT en el curso de Constitución y Sociedad.
CESAR CAMILO CERMEÑO
Socio en Martínez Quintero Mendoza González Laguado & De La Rosa (DLA Piper Martínez Beltrán) y director de las maestrías y la especialización en tributación de la Universidad de los Andes. Abogado de la Universidad de Los Andes con estudios en filosofía en la misma Universidad. Master en Derecho de los Negocios en la Universidad Francisco de Vitoria y Magister en derecho económico en la Universidad Javeriana. Previamente, gerente de litigios de Deloitte Colombia, Gerente Sénior de Controversia y Política Fiscal en EY (Ernst & Young) Colombia y Counsel de Garrigues, liderando el área de litigio tributario. Árbitro de la Cámara de Comercio de Caracas. Experiencia como profesor de argumentación jurídica, comercio exterior y procedimiento tributario en las universidades de los Andes, Javeriana, Externado, del Rosario, Central y Libre. Publicaciones - como autor o coautor - de varios libros y artículos en materia de procedimiento tributario y aduanero, derecho tributario y derecho aduanero.
FABIO LONDOÑO GUTIERREZ.
Abogado y Contador Público de la Universidad de San Buenaventura (Seccional Cali), especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Pontificia Bolivariana en convenio con la Universidad de San Buenaventura y en Gerencia Tributaria del ICESI, especialista en Derecho Penal. Doctor en Derecho Tributario de la Universidad de Salamanca (España). Asistente a las XXVIII Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario en Ciudad de México. Profesor en las especializaciones de Gestión Tributaria e impuestos en diferentes Universidades del país. Conferencista invitado a la especialización en Derecho Tributario en la Universidad de los Andes, al programa de maestría de derecho tributario de la Universidad Andina Simón Bolívar y a la Universidad de Barcelona (España).
INICIA: 29 de octubre de 2024.
FINALIZA: 3 de diciembre de 2024.
DÍAS: martes de 5:00 p. m. a 8:00 p. m.
miércoles de 5:00 p. m. a 8:00 p. m.
INVERSIÓN PLENA: $750.000 más IVA
DESCUENTO POR PRONTO PAGO: $637.000 más IVA (pagos hasta el 30 de septiembre)
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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
OPERACIONES INTRAGRUPO TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL – NIVEL BÁSICO
Icef_ManuelaFredy Ríos.
Contador Público de la Universidad EAFIT, con postgrados en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia y Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Tiene estudios en Derecho Internacional Tributario Universidad AUSTRAL de Argentina. Ha cursado diplomados en Tributación Internacional, Impuestos, Derecho Comunitario Europeo, Procedimiento Aduanero y cambiario, Derecho de los Negocios y Cátedra Bursátil.
Cuenta con 26 años de experiencia dedicados al tema tributario, ha sido director Corporativo de Impuestos del Grupo Bancolombia y director Corporativo de Impuestos de Suramericana. Así mismo, es docente de cátedra en varias universidades del país entre ellas: Universidad EAFIT, Universidad de los Andes y Universidad Sergio Arboleda. Es miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario y del Comité de Tributaristas de la ANDI de Medellín.
MODALIDAD: Online
FECHA: 24 de septiembre de 2024
HORARIO: 8:00 a.m. - 10:00 a.m.
INVERSIÓN: Encuentro 7: 125.000 más IVA.
Curso completo: 825.000 más IVA Semillero Completo.
Esta es la agenda académica del curso completo.
- abril-20 Fundamentos de tributación internacional. (Seccion 1)
- abril-27 Fundamentos de tributación internacional. (Seccion 2)
- may-25 Convenios de no doble imposición.
- jun-29 Ordenamiento interno frente a los convenios de no doble imposición.
- jul-27 Régimen tributario Andino.
- ago-31 Precios de transferencia, reporte país por país e informe maestro.
- sep-24 Operaciones intragrupo.
- oct-26 Tributación internacional aplicada a operaciones.
- nov-30 Planeación tributaria internacional.
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Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
DIAN detecta inconsistencias en algunas declaraciones de renta presentadas
Richard santaEn los 2,25 millones de declaraciones de renta presentadas por las personas naturales, hasta la fecha, la administración tributaria ha encontrado inconsistencia en al menos 90.000 de ellas, esto como resultado del monitoreo preliminar diario que viene realizando.
Así lo anunció la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), al reportar que, una de las inconsistencias encontradas es que, con el ánimo de bajar la base gravable y por ende el impuesto de renta, se están incluyendo como dependientes a personas con identificaciones inusuales, tales como “cero" o con números secuenciales “1234..." "2222" “5678", entre otros.
Otra inconsistencia encontrada en revisiones preliminares de las declaraciones presentadas es la inclusión improcedente del beneficio de deducción del 1% sobre las compras soportadas con factura electrónica.
En ambos casos, las personas serán requeridas por la DIAN, por lo que la recomendación es realizar la corrección correspondiente lo antes posible.
Adicional a estas inconsistencias, algunos de los obligados han presentado su declaración, pero no han efectuado el pago correspondiente, lo que se ve reflejado en una cartera que supera los 168 mil millones de pesos.
Para quienes están interesados en solicitar una facilidad de pago con la entidad, vale señalar que deberán presentar la declaración con suficiente antelación al vencimiento, y así poder realizar el respectivo trámite, teniendo en cuenta los tiempos que demanda la verificación y otorgamiento de la facilidad de pago.
La recomendación de la DIAN para los contribuyentes es revisar con anticipación sus obligaciones y pagar dentro de los plazos establecidos para no incurrir en sanciones y pago de intereses moratorios.
El efecto positivo de la reorganización empresarial
Richard santaDentro del plan estratégico de pedagogía que viene implementando la Superintendencia de Sociedades, la entidad resaltó los beneficios de la celebración de un acuerdo de reorganización, el cual le permite a las empresas superar sus crisis económicas para que sigan operando y aportando a la articulación del tejido empresarial.
Los deudores y las empresas que optan por celebrar un acuerdo de reorganización en los términos de la Ley 1116 de 2006, gozan de un mecanismo legal en el que pueden reestructurar sus pasivos y así lograr nuevas formas de pago, en mejores condiciones.
Bajo la verificación que hace la Superintendencia de Sociedades como Juez Concursal, los empresarios obtienen protección legal que garantiza su negocio en marcha, la continuidad de su operación, y especialmente la generación y protección del empleo.
Dentro del papel de acompañamiento que hace la Entidad a los empresarios, es importante exponerles los beneficios que traen las herramientas de salvamento empresarial, con el fin que el régimen de insolvencia sea visto como la oportunidad para proteger y mejorar las unidades productivas, que promueva su función social y el desarrollo del país.
Al respecto, el Superintendente de Sociedades, Doctor Billy Escobar indicó: “Queremos resaltar que la Entidad, dentro de sus funciones, debe promover herramientas y espacios para la conservación y mejoramiento de las empresas, en atención a que gracias a ellas se articula el desarrollo de la economía colombiana. Por eso, hemos venido destacando los casos exitosos de Administrador Hotelera DANN, Carbones Colombianos del Cerrejón, Buffalo Wings, PDVSA Gas Sucursal Colombia, Inverfam, Alberto VO5, Urbanizadora David Puyana, entre otros, puesto que son ejemplo de procesos recuperatorios exitosos, en la reactivación económica del país y la promoción del empleo.”