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Postúlese para incentivos por generar empleo hasta el 29 de septiembre
Ante una entidad financiera podrán postularse del 22 al 29 de septiembre aquellos empleadores que generaron nuevos empleos en el mes de agosto y acceder a los incentivos que entrega el Gobierno Nacional.
El estímulo que tiene vigencia hasta agosto de 2023 y que podrá recibir el empleador un máximo de doce pagos, beneficia a personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y las cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado por el mes completo, trabajadores adicionales al comparar con las cotizaciones del mes de marzo de 2021, respecto de sus trabajadores dependientes.
Después de recibir y verificar los documentos para la postulación del mes, por parte de las entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito, la información se traslada a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP, que realizará la respectiva validación.
El apoyo estatal se otorgará con los siguientes criterios:
Por trabajadores adicionales entre 18 y 28 años, el empleador recibirá como incentivo el equivalente al 25% de un salario mínimo legal mensual vigente
Por haber incluido en la nómina mujeres mayores de 28 años, se otorgará el 15 % de un salario mínimo
Por cada hombre mayor de 28 años vinculado adicional, se entregará el 10% de un salario mínimo
Postulación
Para la postulación del mes de septiembre el empleador debe presentar ante la entidad financiera:
Formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo a la generación de nuevos empleos
Anexar certificación de cumplimiento de requisitos
Copia del Registro Único Tributario -RUT del empleador, expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.
Datos
A la fecha se han generado más de 624 mil empleos, siendo los departamentos donde más empleadores se han beneficiado por el incentivo del Gobierno Nacional: Bogotá (8.119), Antioquia (5.112), Valle del Cauca (2.216), Santander (1.212), Cundinamarca (1.168), Atlántico (942) y Norte de Santander (627)
De los 624 mil 601 nuevos empleos, 469 mil 706 corresponden a jóvenes entre 18 y 28 años; 83 mil 615 a mujeres mayores de 28 años y 71 mil 280 a hombres mayores de 28 años, según reporte de la UGPP
Del 20 al 27 de enero, empleadores podrán postularse para incentivos sobre nómina
Los empleadores del país que han ampliado sus nóminas, pueden postularse del 20 al 27 de enero ante su entidad financiera para acceder al beneficio económico por la vinculación de trabajadores adicionales que se encuentren en las nóminas de noviembre y diciembre del 2021.
El incentivo mensual, que otorga el Gobierno Nacional para incentivar la generación de empleo, es del 25% de un salario mínimo por cada trabajador adicional entre 18 y 28 años, de 15% de SMLMV, por cada mujer contratada mayor de 28 años y del 10% por cada hombre vinculado mayor de 28 años.
Se pueden presentar: personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas que demuestren su calidad de empleadores mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes-PILA.
En el caso de las cooperativas de Trabajo Asociado, deben demostrar el pago de los aportes de los trabajadores asociados al Sistema de Seguridad Social Integral, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes-PILA, y se encuentren debidamente registradas ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
Los postulantes del incentivo a la generación de nuevos empleos deben:
- Diligenciar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo a la generación de nuevos empleos, dispuesto por la Entidad Financiera o Cooperativa de Ahorro y Crédito. Dicho formulario deberá ser firmado por el representante legal o el que haga sus veces.
- Anexar certificación de cumplimiento de requisitos, esta debe ser firmada por el representante legal y el revisor fiscal o contador.
- Copia del Registro Único Tributario -RUT del empleador, expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.