CLASES DE CONTRATOS DE TRABAJO Y MECANISMOS DE INTERMEDIACIÓN LABORAL
Escrito por Sara
¡Accede a este seminario en diferido y Capacítate con ICEF!
Se desconoce el manejo correcto de cada clase de contrato de trabajo, pero también se abusa de la intermediación a través de Empresas Temporales, Outsourcing y el abuso del contrato de prestación de servicios.
- Clases de contratos de trabajo
- Fijo, obras e indefinidos
- Manejo correcto de prórrogas
- Fraccionamiento irregular de la relación laboral
- Suspensión de contratos de trabajo
- Uso de Empresas de Servicios Temporales (Lo correcto y lo incorrecto de esta intermediación)
- Tercerización, ¿cuándo es legal esta figura?
- Contrato de Prestación de Servicios ¿cuándo se puede usar y cuando no?
Alexander Coral Ramos
Abogado, profesor universitario de pregrado y posgrado de varias universidades a nivel nacional, experto en derecho laboral, seguridad social, derecho mercantil y propiedad horizontal. Con dos posgrados, autor de varios libros de derecho y consultor jurídico del sector industrial, comercial y propiedad horizontal y conferencista de Actualícese.com.
MODALIDAD: Online
FECHA: miércoles 15 de mayo de 2024
HORARIO: 5:00 p. m. a 09:00 p. m.
INVERSIÓN: $130.000 más IVA.
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (604)4442926 – 3206751610 - 3124235443
WhatsApp: 3006519641
- 5 % Dos asistentes bajo la misma factura.
- 10% Tres asistentes bajo la misma factura.
- 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura.
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
- Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
- Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF
Página Web: www.icef.com.co
Teléfono: 604 4442926
Celular: 3206751610 – 3124235443
WhatsApp: 3006519641
Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
DIPLOMADO FUNDAMENTOS JURÍDICOS PARA NO ABOGADOS APLICADOS A LOS IMPUESTOS
Escrito por SaraPresentación
Teniendo en cuenta que muchas de las personas que se desempeñan en el campo tributario no tienen la formación de abogados, es indispensable dotar a estas personas de herramientas jurídicas que les permitan una mejor lectura, comprensión y aplicación de las normas tributarias.
Facilitando a los partícipes un conjunto de conocimientos jurídicos básicos para ser utilizados en la adecuada determinación, revisión y fiscalización de obligaciones tributarias, así como el cumplimiento de las mismas.
Metodología
Exposición magistral llevada a cabo de manera on-line (videoconferencia) con apoyo de material de estudio, el cual quedará a disposición de los participantes permanentemente, el video estará a disposición de los asistentes solo por pocos días.
Módulo I. Introducción al Derecho.
Concepto de derecho y sus acepciones, fuentes del derecho, principios generales del derecho, ordenamiento jurídico.
Módulo II. Hermenéutica.
Tipos de normas, reglas y métodos de interpretación.
Módulo III. Derecho Constitucional Tributario.
Autoridades tributarias, poder tributario, autonomía entes territoriales, principios, acciones constitucionales, tipos de tributos.
Módulo IV. Derecho Penal
Aplicado a delitos tributarios y delitos contra la administración pública
Módulo V. Lineamientos generales de los impuestos territoriales.
Aproximación al derecho penal, contexto del derecho penal empresarial, presupuestos del derecho penal tributario, panorama empírico, marco regulatorio y casos prácticos.
Módulo VI. Fundamentos legales de derecho laboral y de la seguridad social.
Fundamentos constitucionales y legales del derecho laboral, el contrato de trabajo, atención de procesos ante la UGPP en sede administrativa y vía judicial.
Módulo VII. Derecho Comercial y Corporativo.
Tipos societarios, reorganizaciones empresariales: fusiones, escisiones, situaciones de control y grupos económicos y empresariales, tipos de contratos.
Módulo VIII. Derecho Civil.
Sujetos de derecho, capacidad jurídica y representación, grados de consanguinidad, derechos reales y personales, liquidación de la sociedad conyugal, sucesiones, prelación de créditos, límites de embargabilidad de activos.
Trámites notariales y de registro: Aplicado en escrituraciones, registros públicos, liquidación de derechos notariales, rentas y registro.
Módulo IX. Procedimiento Administrativo y Tributario.
Remisión a las normas de derecho administrativo; atención de procesos en vía contencioso-administrativa y judicial ante la DIAN y entidades territoriales, medios de control, conteo de plazos y términos. Régimen y procedimiento sancionatorio. Cobro coactivo -medidas cautelares, liquidación del crédito, entre otros.
Coordinador académico
Norbey Vargas Ricardo
Contador Público y Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Abogado de la Universidad de Medellín, Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana (UPB), docente en los postgrados de Impuestos de la Universidad de Medellín, UPB, Universidad Católica de Oriente, Escuela de Ingeniería de Antioquia (EIA), Universidad Eafit y Universidad de Antioquia, ha sido docente en el diplomado de impuestos de CETA, ICEF y ACUDA, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales.
Estuvo vinculado al Equipo de Impuestos de Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) por espacio de 15 años, en donde participó en proyectos como Autopistas de la Montaña (hoy Autopistas de la prosperidad) y Proyecto de Construcción de líneas de interconexión eléctrica en Colombia, Perú y Bolivia.
Miembro fundador de las firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Centro de Estudio de Tributos Territoriales – CETRIT y Razón Jurídica S.A.S.
Autor del libro Estatuto Tributario de Medellín, de los años 2012 y 2018, concordado y comentado.
Julio Fernando Álvarez Rodríguez
Abogado, especializado en Derecho Tributario, Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Doctorado en Derecho Tributario, Universidad de Salamanca (España).
Actualmente, se desempeña como conjuez del Consejo de Estado, abogado asesor, consultor y litigante en temas relacionados con tributos nacionales y locales. Fue Magistrado auxiliar de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, jefe del Área de Planeación y Gestión Tributaria de Empresas Públicas de Medellín.
Profesor universidad Javeriana, el Rosario, Los Andes, Jorge Tadeo Lozano, Externado. Conferencista y ponente a nivel nacional e internacional, en temas relativos a la tributación.
Autor de varios libros y ha publicado cerca de cuarenta artículos, de práctica y académicos, en varias revistas.
Juan José Rodríguez Arbeláez
Abogado con Profundización en Derecho Comercial, Derecho de la Hacienda Pública y Derecho Tributario de la Universidad del Rosario. Especialización en Tributación y Maestría en Derecho tributario de la Universidad de los Andes.
Es el director de impuestos· ANDI - Asociación Nacional de Empresarios de Colombia
En su experiencia ha enfrentado a retos técnicos, políticos y de relacionamiento del derecho tributario. También ha sido docente de temas tributarios y hacienda pública en la Universidad del Rosario, Universidad Pontificia Bolivariana (Medellín) y EAFIT.
Fabio Londoño
Abogado y Contador Público de la Universidad de San Buenaventura (Seccional Cali), especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Pontificia Bolivariana en convenio con la Universidad de San Buenaventura y en Gerencia Tributaria del ICESI. Doctor en Derecho Tributario de la Universidad de Salamanca (España). Asistente a las XXVIII Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario en Ciudad de México. Profesor en las especializaciones de Gestión Tributaria de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali y de Impuestos de la Universidad del Cauca y conferencista invitado a la especialización en Derecho Tributario en la Universidad de los Andes (Bogotá), al programa de maestría de derecho tributario de la Universidad Andina Simón Bolívar en La Paz (Bolivia) y a la Universidad de Barcelona (España).
Alexander Coral Ramos
Abogado, profesor universitario de pregrado y posgrado de varias universidades a nivel nacional, experto en derecho laboral y seguridad social, derecho mercantil y la propiedad horizontal. Con dos posgrados y candidato a Magister en Derecho, autor de varios libros de derecho y consultor jurídico del sector industrial, comercial y propiedad horizontal, en éste última de centros comerciales, zonas industriales, mixtas y residenciales a nivel nacional y conferencista de varias empresas de capacitaciones, entre ellas, Actualícese.com
Manuela Echavarría Villegas
Abogada. Socia de Echavarría Abogados, con una sólida experiencia en Derecho Económico, destacándose en áreas como Derecho Comercial, Corporativo, Societario y Tributario. Su enfoque se centra en la planeación tributaria, la estructuración empresarial y la gestión del patrimonio familiar, brindando un invaluable conocimiento y asesoramiento a sus clientes.
Además de su destacada carrera profesional, Manuela ha dejado una huella significativa en el ámbito académico, siendo profesora titular en diversas especializaciones y diplomados en legislación tributaria y derecho comercial. Como ponente en reconocidos seminarios y conferencias, ha compartido su experiencia en instituciones como el Centro de Estudios Tributarios de Antioquia y la Asociación Colombiana de Ejecutivos de Finanzas, consolidando su reputación como una autoridad en su campo. Con una formación académica sólida que incluye una Maestría en Asesoría Fiscal de Empresas del Instituto de Empresa en Madrid, Manuela domina tanto el español como el inglés, lo que le permite destacarse en un ámbito internacional.
César Camilo Cermeño Cristancho
Director de la Maestría y de la Especialización en Tributación de la Universidad de Los Andes. Magister en Derecho Económico de la Universidad Javeriana, Máster en Derecho de los Negocios en la Universidad Francisco de Vitoria en España y Abogado de la Universidad de Los Andes. Socio en DLA Piper Martínez Beltrán. Fue vicepresidente del Centro de Estudios en Derecho Procesal y es miembro del consejo directivo del ICDT. Ha trabajado en Deloitte, EY y Garrigues. Es autor y coautor de varios libros y artículos en derecho tributario, procesal y aduanero Ha sido profesor de procedimiento tributario en diferentes Maestrías, Especializaciones y cursos en las Universidades de Los Andes, Javeriana, Externado, Nacional, Libre y Central. Igualmente, fue titular durante varios años de la cátedra de Teoría de la Argumentación Jurídica de la Universidad del Rosario. Ha sido ponente en diferentes cursos, diplomados y seminarios del ICDT, la IFA, la IBA, la AMCHAM, la UNAM, FITAC, Legis, APD, ANDI, Acolgen, Andesco, Procemco, el CEDEP, el IGDT y la CCB, entre otras.
MODALIDAD: Online
HORARIO: miércoles de 5:00 pm a 9:00 pm.
jueves de 5:00 pm a 9:00 pm
Inversión: 1.980.000 + IVA
*Incluye certificado y memorias.
- 5 % Dos asistentes bajo la misma factura.
- 10% Tres asistentes bajo la misma factura.
- 12% Estudiantes Pregrado (acreditar certificado de estudio)
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (604)4442926 – 3206751610 - 3124235443
WhatsApp: 3006519641
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
- Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
- Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF
Página Web: |
|
Teléfono: |
(604) 4442926 |
Celular: |
3206751610 - 3124235443 |
WhatsApp: |
3006519641 |
Dirección electrónica: |
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
GESTIÓN TRIBUTARIA MULTINACIONAL - Semillero de Tributación Intermedio
Escrito por Sara
- Colombia: ¿BEPS o en nombre de BEPS?
- Ley 1607 de 2012 EP SEA Reorganizaciones
- Ley 1819 de 2016 Régimen Entidades Controladas del Exterior
- Ley:1943/2010 Enajenaciones Indirectas CHC
- Ley 2277 de 2022 Ampliación SEA PES
- RCHC REI
- RECE RSEA RRE
- Precios de Transferencia
- “Gross Up” (nuevo: PES)
- Paraísos Fiscales
- IVA “desde el exterior”
- Registro de contratos
- Convenios de Doble Imposición de COL
- Operatividad de los CDI
- Incumplimiento de reglas y regímenes
- Recursos: In House, Outsourcing, SSC
- In House: QA, UTP, Supply Chain, M&A
- Políticas: Gobernanza, Riesgo, PT
- ¿El Futuro?: Sustancia, Defense File, Incerteza
Eric Thompson Chacón
Abogado de la Universidad de Costa Rica, especialista en tributación internacional, y experto en Gestión Tributaria Corporativa y Planeación Fiscal. Es socio Fundador de Cañón Thompson. Tiene Maestría en Derecho Tributario y Especialidad en Política Tributaria de la Universidad de Harvard, y Especialista en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia.
Fue socio de Impuestos de KPMG Colombia; director Corporativo de Impuestos del Grupo AVIANCA; Gerente de la Región Latin Center de Coca Cola y Director de la Administración de Impuestos en Costa Rica. Asimismo, ha sido consultor del Banco Interamericano de Desarrollo. Es profesor de las maestrías de impuestos de la Universidad de los Andes y la Universidad EAFIT.
Coordinador:
Fredy Bernardo Ríos Salazar
Contador Público de la Universidad EAFIT, con postgrados en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia y Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Tiene estudios en Derecho Internacional Tributario Universidad AUSTRAL de Argentina. Ha cursado diplomados en Tributación Internacional, Impuestos, Derecho Comunitario Europeo, Procedimiento Aduanero y cambiario, Derecho de los Negocios y Cátedra Bursátil.
Cuenta con 27 años de experiencia dedicados al tema tributario, ha sido director Corporativo de Impuestos del Grupo Bancolombia y director Corporativo de Impuestos de Suramericana. Así mismo, es docente de cátedra en varias universidades del país entre ellas: Universidad EAFIT, Universidad de los Andes y Universidad Sergio Arboleda. Es miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario y del Comité de Tributaristas de la ANDI de Medellín.
MODALIDAD: Online
INTENSIDAD: 2 horas por sesión
FECHA INICIO: viernes 24 de mayo
HORARIO: 8:00 a.m. a 10:00 a.m.
INVERSIÓN: 110.000 más IVA.
SEMILLERO COMPLETO: 790.000 más IVA
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (604)4442926 – 3206751610 - 3124235443
WhatsApp: 3006519641
- 5 % Dos asistentes bajo la misma factura.
- 10% Tres asistentes bajo la misma factura.
- 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura.
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
- Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
- Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF
Página Web: www.icef.com.co
Teléfono: 604 4442926
Celular: 3206751610 – 3124235443
WhatsApp: 3006519641
Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
SEMINARIO TALLER DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA JURÍDICA 2024
Escrito por Sara
¡Accede a este seminario en diferido y Capacítate con ICEF!
[No form id or name provided!]
Con motivo de los vencimientos para el año 2024 y la presentación de las declaraciones tributarias anuales de personas jurídicas por el año gravable 2023, se necesita una apropiada aplicación de la normatividad fiscal y la correspondiente conexión de las NIIF con las bases tributarias, su respectiva Conciliación Fiscal (Formato 2516), así como analizar los efectos de las últimas leyes, doctrina y jurisprudencia, por lo que se hace indispensable efectuar una planeación de la elaboración de las mismas.
OBJETIVO:
El objetivo fundamental es brindar adecuadas herramientas prácticas y recomendaciones claves para la preparación de estas nuevas declaraciones y la racionalización de la determinación de las bases e impuestos de estas, así como prepara la información de cara a la declaración del 2024 y la reforma tributaria.
CONTENIDO:
I. Principales diferencias años gravables 2024 vs 2023 y estrategias.
II. Tasa Efectiva de Tributación Mínima-TTD e Impuesto Adicional 2023 y planeación 2024, ejemplos y aplicación en el Taller.
III. Límites de beneficios tributarios y límites particulares a descuentos tributarios 2023, ejemplos y aplicación en el Taller.
IV. Aplicación de descuentos Tributarios, Crédito Fiscal y Deducciones 2023 y aplicación de nuevas leyes y última jurisprudencia.
V. Aplicación de la conciliación fiscal Formato 2516 y sus efectos tributarios con la integración al Formulario 110.
VI. Control al Régimen de Transición general 2016 vs. 2023.
VII. Régimen de transición en moneda extranjera 2016 vs. 2023.
VIII. Control dual sobre los activos y las depreciaciones y las amortizaciones 2017 – 2023 en la conciliación y bases fiscales.
IX. Principales partidas conciliatorias patrimoniales 2023.
X. Principales diferencias patrimoniales e impacto en el impuesto diferido por efecto del incremento en las tarifas, en ganancias ocasionales y en renta.
XI. Manejo de Pasivos contingentes, estimados y pasivos laborales 2023.
XII. Conciliación del cierre de los ingresos, costos y deducciones 2023.
XIII. Diferencias y conciliaciones de ingresos en las declaraciones tributarias de renta, IVA e ICA.
Jaime Hernán Monclou Pedraza
Contador Público titulado de la Universidad Central, Socio fundador de la Firma Monclou Asociados SAS, Consultor con especializaciones en Revisoría Fiscal de la Universidad Piloto de Colombia y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia, Miembro y consejero Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario – ICDT y del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP.
Docente de posgrados (Especialización y Maestría) de universidades, tales como: Universidad Sergio Arboleda, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Surcolombiana del Huila, Universidad Libre de Pereira, Universidad autónoma de Medellín. Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades.
Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades como: Instituto de Estudios Fiscales – ICEF; Instituto de Derecho Tributario – ICDT; Banco de Bogotá; Practica; Actualícese; Accounter; Asociación de Contadores Públicos del Huila, Cámaras de Comercio; Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP; Tu Consulta – Novoclick; Simposio de Revisoría Fiscal; ASFACOP; Gestión Integral Académica, entre otros.
Principales Publicaciones: Asobancaria: Actualización y Práctica Tributaria; Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas. Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado; Cartillas Declaración de Renta – Editorial Nueva Legislación. Manual Régimen Tributario Especial para entidades sin ánimo de lucro – Editorial Nueva Legislación. Cartilla de IVA – Editorial Nueva Legislación, Cartilla Practica Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP.
MODALIDAD: Online
FECHA: martes 16 de abril 2024
HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m.
INVERSIÓN: $ 145.000 más IVA
- 5 % Dos asistentes bajo la misma factura.
- 10% Tres asistentes bajo la misma factura.
- 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura.
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones ICEF
Teléfonos: 604 4442926 – 3206751610 - 3124235443
WhatsApp: 3006519641
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
- Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
- Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
Si es transferencia, envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF
Página Web: www.icef.com.co
Teléfono: 604 4442926
Celular: 3206751610 – 3124235443
WhatsApp: 3006519641
Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
Aspectos críticos del Impuesto de Industria y Comercio
En los municipios del área metropolitana.
¡Accede a este seminario en diferido y Capacítate con ICEF!
[No form id or name provided!]
- Enterar a la comunidad tributaria de los cambios asociados al impuesto de Industria y Comercio en los años 2023-2024 en el Distritito de Medellín, y los municipios Itagüí, La Estrella, Envigado y Copacabana.
- Socializar los principales cambios sustanciales en materia de ICA y Régimen Sancionatorio contenido en el Nuevo Estatuto Tributario de Medellín (Acuerdo 093 de diciembre 22 de 2023).
- Analizar las posibilidades de lograr cambios normativos (ley) en materia de Impuestos territoriales a nivel nacional.
Dirigido a:
Contadores, abogados, asesores tributarios y en general a las personas responsables de cumplir las obligaciones tributarias asociadas a este Impuesto por el año gravable 2023 – 2024 en los municipios de Medellín, Bello, Itagüí, Envigado, Sabaneta y la Estrella.
- Principales cambios normativos y planes de fiscalización 2024.
1.1. Municipio de Medellín.
1.2. Municipio de Itagüí.
1.3. Municipio de Envigado.
1.4. Municipio de la Estrella.
1.5. Municipio de Copacabana.
- Principales cambios sustanciales del Nuevo Estatuto Tributario de Medellín (Acuerdo 093 de diciembre 22 de 2023).
2.1. Transición normativa 2023-2024.
2.2. Cambios sustanciales en el ICA.
2.3. Beneficios tributarios en l ICA.
2.4. Régimen sancionatorio.
- Perspectivas frente a una eventual reforma tributaria territorial.
- Avance Jurisprudencial – frente a algunos conceptos que generan tensión frente al ICA
4.1. Dividendos – rendimientos financieros
4.2. Servicios de salud
4.3. Arrendamiento de inmuebles
- Conclusiones y recomendaciones.
Daniel Escobar Valencia
Abogado de la Universidad de Medellín y Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Realizó curso post-grado y avanzado en Derecho Tributario Internacional y Europeo, en Maastricht University – Bruselas. Se ha desempeñado como director de Fiscalización de Itagüí, Subsecretario de ingresos de la Alcaldía de Medellín, en donde también fue secretario de Hacienda. Ex-director de estudios fiscales de Aso capitales, fue miembro en la Comisión de Expertos creada por la Ley de Crecimiento Económico, para proponer una nueva reforma al Sistema Tributario Territorial. También fue el director de la misión de descentralización creada por el gobierno nacional para mejorar el marco normativo de las entidades territoriales. Actualmente, es el subsecretario de Presupuesto y Gestión Financiera de la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía de Medellín.
Liliana Eugenia Zapata Jaramillo
Abogada especialista en derecho administrativo y en legislación tributaria, con énfasis en tributación territorial, de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Con más de 12 años de experiencia en la gestión de ingresos tributarios de orden nacional y municipal, y en general en la gestión administrativa pública. Se ha desempeñado en los siguientes escenarios: Subsecretaria de Rentas Municipales – Municipio de Itagüí. Asesor Tributario, secretaria de Hacienda- Municipio de Medellín. Asesora Tributaria en Impuestos territoriales en el Sector Privado; actualmente se encuentra vinculada con la subsecretaria de ingresos.
Ricardo Valencia Escobar
Abogado de la Universidad de Antioquia, Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Autónoma Latinoamericana y Magíster en Tributación y Política Fiscal de la Universidad de Medellín, con experiencia en docencia universitaria de pregrado – posgrado y consultoría para diferentes secretarías de hacienda en Antioquia. Representante Legal de Planeaciones Tributarias y Estratégicas, sociedad especializada en la asesoría en hacienda pública para las entidades territoriales, que actualmente realiza el acompañamiento a varios Municipios del país.
Paola Henao Álzate
Abogada de la Institución Universitaria de Envigado, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como abogada Contratista en la Secretaría de Hacienda del Municipio de Envigado desde el año 2016. Así mismo, ha ejercido como empleada pública de la Secretaría de Hacienda y actualmente se desempeña como directora técnica de Impuestos y Fiscalización del Municipio de Envigado.
Gabriel Jaime Alzate Henao
Abogado de la Universidad de Antioquia, Especialista en Derecho Tributario de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como abogado contratista en las Secretarías de Hacienda del Municipio de Girardota y de Medellín. Así mismo, como empleado público del Municipio de Itagüí y como Subsecretario de Rentas del Municipio de La Estrella. Actualmente, se desempeña como Secretario de Hacienda del Municipio de Copacabana.
Victoria Eugenia Bravo Gallego
Abogada de la Universidad de Antioquia, Especialista el Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia y Especialista en Legislación tributaria de la Universidad Autónoma. Orientada especialmente a la asesoría tributaria y administrativa en entidades públicas de orden departamental y municipal en lo relacionado con impuestos territoriales y procedimiento. Ha laborado en la Oficina de Rentas de la Gobernación de Antioquia (desde junio de 2013 a diciembre de 2015), en la Oficina de Fiscalización del municipio de Itagüí en calidad de asesora, desde el año 2016 hasta julio de 2020, como abogada en la Subsecretaría de Ingresos del municipio de Medellín entre el año 2019 y 2020. Fue la jefe de la oficina de fiscalización en el municipio de Itagüí, cargo que desempeñó desde el mes de julio de 2020. Actualmente, es asesora del municipio del Medellín y municipio de La Estrella.
Norbey Vargas Ricardo
Estuvo vinculado al Equipo de Impuestos de Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) por espacio de 15 años, en donde participó en proyectos como Autopistas de la Montaña (hoy Autopistas de la prosperidad) y Proyecto de Construcción de líneas de interconexión eléctrica en Colombia, Perú y Bolivia.
Miembro fundador de las Firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Centro de Estudio de Tributos Territoriales – CETRIT y Razón Jurídica S.A.S. Autor del libro Estatuto Tributario de Medellín, de los años 2012 y 2018, concordado y comentado.
MODALIDAD: Online
FECHA: jueves 11 de abril de 2024
HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m.
INVERSIÓN: $125.000 más IVA
* Incluye certificado y memorias.
- 5 % Dos asistentes bajo la misma factura
- 10% Tres asistentes bajo la misma factura
- 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443
WhatsApp: 3006519641
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
- Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
- Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF
Página Web: www.icef.com.co
Teléfono: (604) 4442926
Celular: 3206751610 – 3124235443
WhatsApp: 3006519641
Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
$2.1 billones de IVA declarados por ventas e Impoconsumo no han llegado a la DIAN
Richard santaLos resultados de las últimas acciones de control de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, a responsables del Impuestos Sobre las Ventas, IVA, e Impuesto Nacional al Consumo muestran que —con corte a febrero de 2024— el 15,7% de dichos impuestos no han llegado a las cuentas del tesoro nacional. En otras palabras, la suma de los recursos que no está percibiendo el país por este concepto asciende a los $2.1 billones
La DIAN encontró que algunos de los responsables que presentaron la declaración por ventas en noviembre y diciembre de 2023, no hicieron el pago a la administración tributaria. A juzgar por los pagos recibidos desde el 11 de marzo, cuando inició el calendario de vencimientos, lo mismo está ocurriendo en las ventas de enero y febrero, cuya declaración y pago debe hacerse este mes.
El monitoreo de las declaraciones presentadas a la fecha corrobora que su pago no fue efectuado, lo que tiene activas las alarmas de la administración tributaria, pues, tan solo en enero, 85.256 responsables declararon los ingresos e impuestos por ventas de noviembre-diciembre del año anterior, pero no pagaron.
En diciembre se expidieron más de 223 millones de facturas electrónicas, el número históricamente más alto desde su implementación y que no tiene en cuenta las ventas que pudieron darse a través de documentos equivalentes. Sin embargo, la DIAN no está viendo estos números reflejados en el recaudo de enero. Ante este incumplimiento, la entidad tomará acciones de cobro, incluidas las penales previstas en la ley.
Vale recordar que cuando se declara el IVA o el Impuesto al consumo y no se paga, la primera consecuencia es el recargo de intereses moratorios desde el día siguiente al vencimiento del plazo para declarar y pagar.
El interés moratorio sobre los impuestos no consignados se liquida diariamente a la tasa de interés vigente: hasta el 31 de marzo es de 31.3%; en el mes de febrero fue de 32.97%; en enero de 32.98%. Esto evidencia lo costoso que resulta NO consignar los valores cobrados como impuesto al valor agregado o impuesto al consumo, sin contas que el incumplimiento puede derivar en denuncias ante la Fiscalía General de la Nación.
La segunda consecuencia es la penal. No pagar del IVA o Impoconsumo constituye un delito penal llamado omisión de agente recaudador, que puede llevar a una pena en prisión de 48 a 108 meses y a una multa equivalente al doble del valor no consignado, sin que supere el valor equivalente a 1.020.000 de UVT ($48.006 millones).
La facturación electrónica sigue creciendo
La labor de la DIAN frente a la facturación electrónica está mostrando buenos resultados, hoy son 1.143.000 facturadores electrónicos en el país, de los que 181.000 se incorporaron en el último año. Con respecto al primer bimestre de 2024, el crecimiento de facturadores es del 19% frente al mismo periodo de la anterior vigencia, lo que en número de facturas expedidas representa el paso de 339 millones a 477 millones, con un crecimiento del 41%.
La gestión adelantada por la administración tributaria en 2023, con las más de 50.000 visitas a contribuyentes, ha permitido que hoy se logren estas cifras. El aumento también demuestra el compromiso y cumplimiento de los contribuyentes, al tiempo que refleja la dinámica del consumo y facturación en el país.
Los que faltan
Pese a los buenos resultados, en todo el país aún faltan alrededor de 157.000 contribuyentes responsables de facturar electrónicamente. Por eso la DIAN seguirá esforzándose por visitarlos, orientarlos y facilitarles el cumplimiento de su obligación.
El llamado de la entidad a estos contribuyentes es a que comiencen cuanto antes el proceso, ya que las operaciones reportadas los están haciendo visibles ante la administración tributaria.
Implementación de documentos equivalentes electrónicos
Uno de los temas claves en los que la entidad está dando especial acompañamiento a los contribuyentes es el de los documentos equivalentes electrónicos de la factura, cuyo calendario de implementación prevé plazos para sus obligados entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre próximos.
En ese sentido, la DIAN perfila y adelanta visitas a los diferentes sectores del comercio que deben comenzar a tiempo para dejar atrás la factura de papel y que Colombia pueda lograr la digitalización total del proceso de facturación.
Lo que necesita saber para reportar información exógena tributaria de 2023
Richard santaLas personas que tengan dudas sobre el reporte de información exógena pueden consultar si están obligadas a hacerlo en el artículo 1 de la resolución 1255 de 2022. En ella también podrán saber qué es lo que deben presentar, las especificaciones de los archivos, así como los vencimientos para la entrega de información que comienzan el 23 de abril y terminan el 6 de junio de 2024, de acuerdo con los últimos números del NIT.
Con el fin de que los contribuyentes puedan organizar previamente su información tributaria, la DIAN ha dispuesto una herramienta de consulta y distribución gratuita. Se trata del reporte de información exógena tributaria, más conocido como 'prevalidadores', que se publica anualmente en el primer trimestre del año. Aquí puede consultarlo.
Tenga en cuenta que el uso de esta herramienta no es obligatorio y su utilización en ningún momento exime a la persona obligada a reportar información exógena (datos financieros y tributarios de las entidades públicas y privadas que provienen de un ente externo al gobierno), de la responsabilidad que se derive por errores de forma o de contenido en la información suministrada.
Con esta herramienta, la entidad busca que reportar la información sea más fácil para los obligados a hacerlo y que puedan llevar a cabo una consulta electrónica previa a la presentación formal de sus reportes para evitar posibles inconsistencias.
Por último y como complemento a la resolución y al reporte, los usuarios disponen también de la cartilla del Sistema de Presentación que le indica el paso a paso para presentar la información exógena en los tiempos estipulados.
Por medio de la Resolución 044 del 14 de marzo de 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, prescribe el Formulario No. 210 Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias 2023 y siguientes.
Importación de materias primas que ya se producen en el país vuelven a tener arancel
Richard santaA un total de 32 bienes correspondientes a materias primas y bienes de capital que se importaban al país sin arancel se les restableció la respectiva tasa impositiva, dado que actualmente cuentan con producción nacional.
La decisión se adoptó luego de la revisión semestral que hace el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que evidenció que de esos insumos y maquinarias ya hay producción local.
De esta manera, a través del Decreto 0324 del 11 de marzo del 2024, se restablece el arancel respectivo del 5 %, 10 % o 15 %, dependiendo del bien, a esos 32 productos.
Así, productos como ceras y abonos minerales; herbicidas; placas y hojas de policarbonatos; cauchos mezclados sin vulcanizar; bolsas de papel, cartón o guata de celulosa; tejidos de algodón estampado; tejidos crudos o blanqueados con contenidos de fibras artificiales; tejidos con hilados de distintos colores; tubos huecos sin soldadura; herramientas agrícolas; herramientas metales comunes; martillos; hachas; máquinas y aparatos para panadería y partes para remolques y semirremolques, hacen parte de los productos que ahora deberán pagar arancel por su importación al país.
El arancel entrará en vigor 15 días después de la publicación en el Diario Oficial, es decir que se aplicaría a principios de abril.
Pero no operará a las importaciones de los bienes que se encuentren embarcados y vengan hacia Colombia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de este Decreto.
Concepto 013, adopción de las normas de contabilidad e información financiera
Richard santaA través del Concepto 013 del 11 de marzo de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre la clasificación y adopción de las normas de contabilidad e información financiera.