El Gobierno nacional ha modificado aquellas tarifas o cobros que se aumentaban con base en el incremento del salario mínimo, lo que ha resultado en que el 89% de estos conceptos ya no se calculen bajo esta figura.

Es que después que se aprobó el Artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo, “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, varias entidades del Gobierno nacional emprendieron la tarea de identificar qué partidas tenían ancladas al salario mínimo para modificarlas.

“Venimos adelantando este trabajo desde este ministerio, así como de la mayoría de las carteras, hace ya unos tres años y podemos decir que 66 de 74 de estos conceptos ya no se calculan bajo el salario mínimo, lo que significa que el aumento del salario mínimo tendrá efectivamente más valor a la hora de pagar por estos rubros”, expresó el ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo.

De esta manera, los aumentos de estos rubros se calcularán a partir de otras variables como lo es el Índice de Precios al Consumidor, lo que permite proteger la capacidad adquisitiva de los trabajadores del país.

De esta manera, aumentos en las cuotas moderadoras en salud, tarifas de los centros de diagnóstico automotriz, multas y sanciones en los sectores TIC, Educación, Trabajo, Defensa, Agricultura, Transporte, entre otros, ya no se anclarán al salario mínimo.

La Contaduría General de la Nación publicó el Instructivo 001 del 24 de diciembre de 2021, por el cual da instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2021 -2022, el reporte de información a la entidad y otros asuntos del proceso contable.

Para conocer el Instructivo 001, haga clic aquí.

En cumplimiento de la Ley de Emprendimiento (Ley 2069 de 2020 – Artículo 70), la Superintendencia de Sociedades asumió desde del primero de enero de 2022, la inspección, vigilancia y control de las cámaras de comercio del país.

“Ejerceremos un proceso de supervisión enfocado en la prevención y basado en el análisis de riesgos, con el firme propósito de contribuir al crecimiento económico y social mediante la supervisión, protección y fortalecimiento de las sociedades, con el fin de generar legalidad y equidad en beneficio del tejido empresarial del país”, aseguró el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez.

Con el fin de ejercer efectivamente estas nuevas competencias, la Superintendencia de Sociedades creó la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos, y realizó, a lo largo del 2021, actividades preparatorias y de empalme para recibir las funciones que hasta el 31 de diciembre estarán a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio, que adicionalmente permitieron conocer con mayor profundidad la importante labor de las cámaras de comercio en la formalización y el fortalecimiento de las empresas en el país.

El Gobierno sancionó la Ley 2191 del 6 de enero de 2022, por medio de la cual se regula la desconexión laboral - Ley de desconexión laboral.

Para conocer la Ley 2191, haga clic aquí.

Para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores colombianos y que sus ingresos no se afecten, se remitió la resolución 4277 del 27 de diciembre de 2021,por la cual todas las multas, sanciones, tasas y tarifas tales como honorarios que actualmente se liquidan con base en el salario mínimo deberán ser calculadas por los servidores públicos del Ministerio del Trabajo en términos de la Unidad del Valor Tributario, UVT.

Con la expedición de este acto administrativo se da cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, con el fin de hacer los ajustes necesarios para que los cobros se realicen estrictamente con base en la inflación.

Al respecto el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, señaló: “Es muy importante para todos los trabajadores que inician con un incremento del salario mínimo y del auxilio de transporte de 10,07 %, el más alto en casi cinco décadas y que se logró con el compromiso del presidente Iván Duque, anunciarles la publicación de la resolución que reducirá algunos cobros”.

“Nos comprometimos como Gobierno a expedir los actos administrativos antes del 31 de diciembre, para efectos de controlar la cascada alcista que genera el incremento del salario mínimo. Vamos a hacer los esfuerzos necesarios e inclusive revisar algunos temas y si es el caso llevar al Congreso de la República, los que requieran convertirse en Ley de la República, para que el salario de los trabajadores tenga un incremento real y se conserve el poder adquisitivo”, anotó.

Para conocer la Resolución 4277, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 168 del 31 de diciembre de 2021, por la cual se modifica la Resolución 46 de 2019, en lo relacionado con el costo de los servicios de clasificación arancelaria, resoluciones anticipadas y ajustes de valor permanente.

Para conocer la Resolución 168, haga clic aquí.

Mediante la Resolución 167 del 30 de diciembre de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, implementa y desarrolla en el sistema de facturación electrónica la funcionalidad del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.

Para conocer la Resolución 167, haga clic aquí.

Por medio la Resolución 166 del 29 de diciembre de 2021, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, adopta una política de prevención del daño antijurídico en materia probatoria en las actuaciones tributarias y se dictan otras disposiciones.

Para conocer la Resolución 166, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 165 del 29 de diciembre de 2021, por la cual se habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2022.

Para conocer la Resolución 165, haga clic aquí.

Lunes, 03 Enero 2022 10:38

Taller Conciliación Fiscal

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Taller Conciliación Fiscal
 

 

 

 

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1. Aspectos Formales de la Conciliación Fiscal.
2. Control de Detalle.
3. Reporte de Conciliación Fiscal (Formulario 2516).
   3.1. Estado de Situación Financiera vs. Patrimonio Fiscal.
   3.2. Estado de Resultados vs. Depuración de la Renta.
   3.3. Impuesto Diferido.
   3.4. Ingresos vs. Facturación.
   3.5. Activos Fijos.
 
 
 

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Carlos Arturo Rodríguez Vera

Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación.

Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.

 

 

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MODALIDAD:  Online

FECHA:            marzo 17 de 2022

HORARIO:       4:00 p.m. a 9:00 p.m.

VALOR:            $100.000 más IVA


* Incluye certificado y memorias.

 

 

 

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