Resolución 040, habilita formulario 260 - Declaración anual consolidada
Richard santaPor medio de la Resolución 040 del 30 de marzo de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, habilita el Formulario No. 260 Declaración anual consolidada y se modifica el instructivo del Formulario 260 Declaración anual consolidada, prescrito mediante Resolución 071 de 11 de agosto 2021
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Foro de Industria y Comercio 2022
5.1. Sanciones asociadas al deber de informar 5.2. Prescripción de la facultad sancionatoria - Sanción por no declarar. 5.3. Prescripción en la determinación de tributos no declarables. 5.4. Presentación electrónica de declaraciones. 5.5. Plazos y estrategias de recepción de declaraciones en cada municipio.
Daniel Escobar Valencia Abogado de la Universidad de Medellín y Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Realizó curso post-grado y avanzado en Derecho Tributario Internacional y Europeo, en Maastricht University – Bruselas. Se ha desempeñado como Director de Fiscalización de Itagüí, Subsecretario de ingresos de la Alcaldía de Medellín, en donde también fue Secretario de Hacienda. Ex director de estudios fiscales de Asocapitales. Fue miembro en la Comisión de Expertos creada por la Ley de Crecimiento Económico, para proponer una nueva reforma al Sistema Tributario Territorial. Actualmente es el Director de la misión de descentralización creada por el gobierno nacional para mejorar el marco normativos de las entidades territoriales.
Norbey de Jesús Vargas Ricardo Contador Público y Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Abogado de la Universidad de Medellín, Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana (UPB), docente en los postgrados de Impuestos de la Universidad de Medellín, UPB, Universidad Católica de Oriente, Escuela de Ingeniería de Antioquia (EIA), Universidad Eafit y Universidad de Antioquia, ha sido docente en el diplomado de impuestos de CETA, ICEF y ACUDA, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales. Estuvo vinculado al Equipo de Impuestos de Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) por espacio de 15 años, en donde participó en proyectos como Autopistas de la Montaña (hoy Autopistas de la prosperidad) y Proyecto de Construcción de líneas de interconexión eléctrica en Colombia, Perú y Bolivia. Miembro fundador de las Empresas Estrategia Fiscal S.A.S., Centro de Estudio de Tributos Territoriales – CETRIT y Razón Jurídica S.A.S. Autor del Estatuto Tributario de Medellín, de los años 2012 y 2018, concordado y comentado.
Ricardo Valencia Escobar Abogado de la Universidad de Antioquia, Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Autónoma Latinoamericana y Magister en Tributación y Política Fiscal de la Universidad de Medellín, con experiencia en docencia universitaria de pregrado – posgrado y consultoría para diferentes secretarías de hacienda en Antioquia. Representante Legal de Planeaciones Tributarias y Estratégicas, sociedad especializada en la asesoría en hacienda pública para las entidades territoriales, que actualmente realiza el acompañamiento a varios Municipios del país.
Andrés David Alzate Londoño (Municipio de Envigado)
Elkin Hernán García Jaramillo (Municipio de Rionegro) Contador Público de la Universidad de Antioquia, Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Católica del Oriente, candidato a Magister en Gestión Pública de la Universidad del Rosario-Argentina. Con experiencia en las áreas Contables, Financieras, Administrativas, de Tesorería, Auditoría Interna y Externa y Revisoría Fiscal, tanto en el sector público como privado. En su experiencia se destaca haber sido Subsecretario Administrativo y Financiero de la Secretaría de Educación – Municipio de Rionegro; Asesor Tributario en Metroplús SA; Tesorero General en la Contraloría General de Medellín; y Asesor tributario y contable en diferentes instituciones y empresas del sector público y privado. Actualmente Secretario de Hacienda Rionegro.
Gabriel Jaime Alzate Henao (Municipio de La Estrella) Abogado de la Universidad de Antioquia, Especialista en Derecho Tributario de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como abogado contratista en las Secretarías de Hacienda del Municipio de Girardota y de Medellín. Así mismo, como empleado público del Municipio de Itagüí y actualmente se desempeña como Subsecretario de Rentas del Municipio de La Estrella.
Henry Alejandro Morales Gómez (Municipio de Medellín) Abogado de la Universidad de San Buenaventura, Magíster en Gobierno de la Universidad de los Andes, Especialista en Derecho Societario de la Universidad EAFIT y Especialista en Servicios Públicos de la Universidad Externado de Colombia. Ha sido asesor tanto de entidades públicas como privadas en gestión regulatoria y políticas públicas; Director de Talento Humano, Director Nacional de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial del Ministerio del Trabajo; Consultor de la Organización Internacional del Trabajo, Secretario de Despacho y docente e investigador en las Universidades de San Buenaventura y EAFIT.
Victoria Eugenia Bravo Gallego (Municipio de Itagüí) Abogada de la Universidad de Antioquia, Especialista el Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia y Especialista en Legislación tributaria de la Universidad Autónoma. Orientada especialmente a la asesoría tributaria y administrativa en entidades públicas de orden departamental y municipal en lo relacionado con impuestos territoriales y procedimiento. Ha laborado en la Oficina de Rentas de la Gobernación de Antioquia (desde junio de 2013 a diciembre de 2015), en la Oficina de Fiscalización del municipio de Itagüí en calidad de asesora, desde el año 2016 hasta julio de 2020, como abogada en la Subsecretaría de Ingresos del municipio de Medellín entre el año 2019 y 2020. Actualmente soy la jefe de la oficina de fiscalización en el municipio de Itagüí, cargo que desempeño desde el mes de julio de 2020.
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DIAN publicó Prevalidador de Conciliación Fiscal anexo formulario 210 –2021
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales informa a todos sus contribuyentes que se encuentra publicado el Prevalidador "Reporte Conciliacion Fiscal F2517V4 AG2021 v1.0.0-2022 Anexo Formulario 210" (Año gravable 2021), que deberá ser diligenciado y presentado a través de los Servicios Informáticos de la DIAN, por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el formulario No. 210, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT, el cual pueden descargar a través de la siguiente ruta: Prevalidadores (Impuestos - Reporte Conciliación Fiscal F2517v4 (Año gravable 2021)
O en el siguiente enlace: Reporte Conciliacion Fiscal F2517V4 AG2021 v1-0-0-2022
El Artículo 3o. de la Resolución No. 000071 del 28-10-2019, establece que el "Reporte de Conciliación fiscal" deberá ser presentado previo a la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario a la cual corresponda la conciliación fiscal, de acuerdo con los plazos fijados por el gobierno nacional.
DIAN amplió plazo para introducción de mercancías a Maicao, Uribia y Manaure
Richard santaCon el firme propósito de seguir aportando a la reactivación económica de la región, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, amplio el plazo de autorización de ingreso de mercancías con destino a la Zona de Régimen Aduanero Especial – ZRAE de Maicao, Uribia y Manaure, por los puertos y aeropuertos habilitados de Cartagena, Barranquilla, Santa Marta y Riohacha.
La medida quedó establecida en la Resolución 039 del 28 de marzo de 2022, que precisa la ampliación de términos hasta el 30 de septiembre de 2022. Además, permite, que las mercancías que hayan sido embarcadas antes de dicha fecha, puedan ingresar a esta ZRAE hasta el 30 de noviembre de 2022.
El Director General de la DIAN, Lisandro Junco, recordó que, "desde diciembre pasado y al no existir un puerto habilitado para el ingreso de mercancías, con el fin de facilitar la logística de las operaciones de comercio exterior, fomentar la competitividad, y a la vez, promover el control y cumplimiento efectivo de la normatividad aduanera, a través de la Resolución 145 de 2021, la DIAN ya había tomado medidas para garantizar el ingreso de mercancías a esta Zona de Régimen Aduanero Especial, evitando poner en riesgo la estabilidad económica de la región".
Desde el inicio de esta medida de reactivación y hasta el 24 de marzo de 2022, han ingresado a través de Barranquilla y Santa Marta 424.813 kilogramos de mercancía no sujetas a cupo por un valor de USD 538.964, que, a su vez, representa un pago por impuestos de $95,8 millones, recursos que llegan directamente a los municipios que hacen parte de esta ZRAE.
En cuanto a mercancías sujetas a cupo que han entrado a través de otras jurisdicciones en ese mismo periodo, se tienen 614.276 kilogramos por un valor de USD 1.6 millones con pago por impuesto de ingreso de $350 millones.
Por último, se resalta el comportamiento del recaudo total de impuestos del 4% por el ingreso de mercancías a la ZRAE es de $1,083 millones entre 2019 y 2020, $880 millones entre 2020 y 2021, y $1,100 millones entre 2021 y 2022, lo que representa recursos para la reactivación de esta región del país.
Preparación Certificación en Auditoria Internacional ante la ACCA
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
Preparación Certificación en Auditoria Internacional ante la ACCAIncluye material de estudio, simulacros y acceso y registro al examen Internacional ACCA
La Association of Chartered Certified Accountants -ACCA- (Asociación de Contadores Públicos Colegiados) con sede central en Londres (Reino Unido), cuenta con más de 110 años de trayectoria, más de 219.000 asociados y 527.000 estudiantes en 173 países. ACCA evalúa las competencias profesionales y proporciona certificaciones en español relacionadas con los Estándares de Información Financiera y Auditoría. ACCA ofrece el Certificado en Auditoría Internacional -CertIA- con presentación en línea, ésta Certificación otorga una calificación sobre compresión general y uso de las Normas Internacionales de Auditoria (NIA).
Definiciones, fases Auditoria bajo NIAS
Normas de Auditoria y Organismo Emisor
Objetivos Generales
Documentación de Auditoría
Fraude en la Auditoría de los EE.FF.
Planificación
Control Interno y Evaluación de Riesgo
Evidencia de auditoría
Partidas específicas
Procedimientos analíticos, muestreo de auditoría y manifestaciones por escrito
Auditoría interna NIA 610
Dictamen de Auditoría
Daniel Orlando Hurtado Contador Público, Maestría y Doctorado en Educación Nova Southeastern University, Especialista en Auditoría y Control, Certificado en Auditoria Internacional, IFRS Full, Pymes y Sector Publico por el ACCA Londres y Programa de Normas Internaciones de Auditoría del ICAEW Londres. Funcionario de la Contraloría General de la República, Docente de Postgrados Universidad Jorge Tadeo Lozano, Área Andina, Militar Nueva Granada. Conferencista Instituto Nacional de Contadores Públicos, Colegio de Contadores Públicos de Colombia, LEGIS y Accounter en temas de Aseguramiento.
MODALIDAD: Online INTENSIDAD: 20 horas FECHA: junio 14, 16, 17, 28 y 29 de 2022 HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m.
VALOR: - Preparación para certificación: $395.000 más IVA - Examen de certificación: $850.000
*Incluye material de estudio, simulacros y acceso y registro al examen Internacional ACCA
5 % Dos asistentes bajo la misma factura 10% Tres asistentes bajo la misma factura 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443 WhatsApp: 3006519641
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
Telefono: (4)4442926 Celulares: 3206751610 – 3124235443 WhatsApp: 3006519641 Correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Curso: Actualización en Derecho Disciplinario
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Curso:
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Banco de la República incrementó en 100 puntos básicos tasa de interés
Richard santaLa Junta Directiva del Banco de la República decidió incrementar en 100 puntos básicos (p.b.) la tasa de interés de política monetaria.
Esta decisión se tomó por mayoría de 5 a 2, llevando la tasa de interés a 5,0%. 2 miembros de la Junta votaron por un incremento de 150 p.b.
En su discusión de política la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:
- La inflación total continuó su tendencia al alza y registró en febrero una variación anual de 8,01%, dentro de la cual se destaca el rubro de los alimentos, cuyo incremento anual fue de 23,3%. La inflación sin alimentos ni regulados aumentó de 2,49% en diciembre 2021 a 4,11% anual en febrero.
- La invasión de Rusia a Ucrania podría intensificar las presiones alcistas sobre los precios internacionales de algunos bienes e insumos agrícolas, la energía y el petróleo. En este contexto, las diferentes medidas de expectativas de inflación han continuado en aumento. En el caso de los analistas económicos la encuesta mensual del Banco de la República mostró que esperan una inflación total de 6,4% para 2022 y de 3,8% para 2023.
- Los indicadores disponibles muestran un buen dinamismo de la actividad económica a inicios de año. El indicador de seguimiento económico (ISE) para enero señaló un crecimiento anual del 7,8%. La encuesta mensual de industria y comercio mostró que la actividad manufacturera presentó en enero un crecimiento anual del 15,1%, y las ventas reales del comercio minorista se incrementaron en 20,9%. De otra parte, la tasa de desempleo bajó de 15,1% en febrero de 2021 a 12,9% en febrero de 2022. El equipo técnico revisó al alza su pronóstico de crecimiento para 2022 de 4,3% a 4,7%. Lo anterior implica que los excesos de capacidad productiva continuarían reduciéndose a un ritmo más rápido de lo previsto.
- Con la decisión adoptada el día de hoy, la autoridad monetaria reitera su compromiso con el retorno gradual de la inflación a la meta de 3% anual, para lo cual seguirá tomando las decisiones que sean necesarias.
Resolución 0382, Superfinanciera certifica interés bancario para abril
Richard santaLa Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 31 de marzo de 2022 la Resolución No. 0382 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:
• Consumo y Ordinario: entre el 1 de abril y el 30 de abril de 2022.
• Microcrédito: entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022.
Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.05%, lo cual representa un aumento de 58 puntos básicos (0.58%) en relación con la anterior certificación (18.47%).
Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 37.97%, lo cual representa un aumento de 50 puntos básicos (0.50%) en relación con la anterior certificación (37.47%).
Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.58% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 56.96% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.
Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.
Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 28.58% efectivo anual, resultado que representa un aumento de 87 puntos básicos (0.87%) con respecto al periodo anterior.
Para la modalidad de microcrédito es de 56.96% efectivo anual, un aumento de 75 puntos básicos (0.75%) con respecto al periodo anterior.
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Consultorio NIIF
Envíanos tus preguntas con antelación al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Tienes plazo hasta el 26 de abril.
Carlos Arturo Rodríguez Vera Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación. Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.
MODALIDAD: Online FECHA: abril 28 de 2022 HORARIO: 5:00 p.m. a 8:00 p.m. VALOR: $98.000 más IVA * Incluye certificado y memorias.
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443 WhatsApp: 3006519641
Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
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Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co
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