El Ministerio de Salud y Protección Social, expidió la Resolución 666 de 28 de abril de 2022, por la cual se prorroga la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de junio de 2022.

De conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 436 de 19 de marzo de 2020, los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, que tengan aprobada una garantía con vigencia igual o superior al 30 de julio de 2022 e inferior al 30 de septiembre de 2022, deberán radicar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución 666 de 28 de abril del 2022, ante la Subdirección de Registro y Control Aduanero de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la modificación de la vigencia de la garantía por el término de la prórroga de la emergencia sanitaria y tres (3) meses más, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2022, con el fin de continuar con el registro aduanero, so pena de quedar sin efecto sin necesidad de acto administrativo que así lo declare.

Los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, que tengan aprobada una garantía con una vigencia igual o superior al 30 de septiembre de 2022, no deberán modificarla.

Si se acoge a esta nueva prórroga, el reconocimiento e inscripción de los usuarios
aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores quedará así:

Reconocimiento e inscripción UAP y/o ALTEX hasta el 30 de junio de 2022.

Garantía aprobada con vigencia igual o superior al 30 de septiembre de 2022.

La fecha límite para radicar la modificación de la garantía es el viernes 6 de mayo de 2022.

Se deberá presentar la modificación de la vigencia de la garantía actual que los ampara como usuarios aduaneros permanentes o usuarios altamente exportadores, con los siguientes documentos anexos:

La garantía modificada únicamente en relación con su vigencia.

Certificado de pago de la prima o manifestación expresa de que la misma se encuentra paga o no expirará por falta de pago, cuando aplique.

Teniendo en cuenta las condiciones de trabajo bajo la modalidad no presencial en nuestras oficinas y con el fin de dar agilidad a este trámite, deberán radicar mediante correo electrónico la solicitud con la garantía y anexos al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La certificación de aprobación de la modificación de la vigencia de la garantía se comunicará al usuario al correo electrónico registrado en el RUT o al correo informado al radicar.

Tenga en cuenta el término de los cinco (5) días hábiles para la radicación de la modificación de la garantía, si se realiza fuera de este término el registro aduanero quedará SIN EFECTO sin necesidad de acto administrativo que así lo declare (parágrafo del artículo 2º del Decreto 436 de 19 de marzo de 2020).

Se recuerda la obligación de radicar de forma física ante la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa ubicada en la Carrera 7 No. 6C – 54 de la ciudad de Bogotá D.C., (artículo 30 de la Resolución 46 de 2019) las garantías que en aplicación del Decreto 436 de 2020 hayan sido aprobadas y que las mismas cumplan con el lleno de los requisitos y anexos señalados en los artículos 15 y 17 de la mencionada resolución.

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Encuentro Nacional e Internacional de Contabilidad y Fiscalidad

“Reflexiones Contables y Fiscales”

 

 

 

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ORGANIZAN: Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas. Programa de Contaduría Pública – Universidad Católica de Oriente UCO

 

APOYAN: Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF – NAF – OBSERVATORIO DE TRIBUTOS TERRITORIALES.

 

MODALIDAD: Online

 

FECHA:  mayo 4, 5 y 6 de 2022

 

EVENTO SIN COSTO

con previa inscripción.

 

 

 

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Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Formulario Inscripción 

 

 

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Universidad Católica de Oriente – UCO

  • ​​Teléfono: (604) 569 90 90
  • Celular: 3104474119
  • Página Web: www.uco.edu.co
  • Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF

  • Teléfono: (604) 4442926
  • Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 
  • Página Web: www.icef.com.co
  • Correo:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

 

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Retos y desafíos para los Revisores Fiscales y Auditores en 2022

 

 

 

 

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Gabriel Gaitán León

Consultor y asesor empresarial internacional, con casi 30 años de experiencia, Miembro del SMEIG (2022-2023), organismo asesor del IASB, Miembro de la Comisión para Micro, Pequeñas y Medianas entidades de la Asociación Internacional de Contabilidad (AIC), Consejero (2016-2019) del Consejo Técnico de la Contaduría Pública de Colombia (CTCP), en representación del Ministerio de Hacienda.

 

 

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MODALIDAD:  Online

FECHA:            mayo 19 de 2022

HORARIO:       6:00 p.m. a 8:00 p.m.

Evento SIN COSTO

 

 

  

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Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

WhatsApp:  3006519641

 

  

 

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Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF

  • Teléfono: (4) 4442926
  • Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 
  • Página Web: www.icef.com.co
  • Dirección electrónica:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

Universidad Autónoma Latinoamericana

  • Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193
  • Celulares: 3015215938
  • Página Web: www.unaula.edu.co
  • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

 

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), firmaron este lunes un Memorando de Entendimiento de cooperación interinstitucional digital, que busca integrar a la Carpeta Ciudadana Digital, el trámite del Registro Único Tributario (RUT).

Gracias al acuerdo firmado, los colombianos podrán consultar y/o descargar este documento a través del Portal Único del Estado www.gov.co, que brinda beneficios como ahorro de tiempo, dinero y traslados.

"Este nuevo trámite nos permite ampliar la oferta de los servicios por parte de las entidades y brindar más beneficios a la ciudadanía, mejorando su calidad de vida. Así mismo, con este nuevo trámite avanzamos en la transformación digital del Estado. Es con hechos y trabajando en equipo que ponemos las tecnologías al servicio de la ciudadanía para cerrar la brecha digital", expresó la ministra TIC, Carmen Ligia Valderrama Rojas.

Por su parte, el director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, dijo que "indudablemente la innovación va de la mano de nuestro pilar de cercanía al ciudadano y de la facilitación en los servicios. Reconocemos la importancia de la Carpeta Ciudadana porque también aporta al plan de transformación de la DIAN. Estamos convencidos que solo trabajando de manera coordinada como equipo, lograremos mantener la hoja de ruta para un Estado ágil y eficiente".

Adicionalmente, el Memorando de Entendimiento permite el intercambio de datos para mejorar la prestación del servicio y garantizar fuentes de información confiables para un efectivo cumplimiento de las funciones institucionales, así como la adopción de la política de gobierno digital mediante la implementación de los Servicios Ciudadanos Digitales.

Trámites Carpeta Ciudadana Digital

Por medio de la Carpeta Ciudadana Digital, hoy los ciudadanos pueden acceder a 23 trámites, correspondientes a 19 entidades públicas, todos de manera digital:

Certificado Catastral Nacional - Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).

Consulta del histórico de licencia de conducción - Ministerio de Transporte.

Certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal - Contraloría General de la República.

Consulta de entidades públicas y hoja de vida de contratistas del Estado - Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).

Certificado de legalización de documentos de educación superior - Ministerio de Educación.

Consulta de antecedentes de trabajadores sociales - Consejo Nacional de Trabajo Social.

Certificado de inscripción y registro de tarjeta profesional - Consejo Nacional de Trabajo Social.

Estado de cuentas de aportes parafiscales - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

Información de identificación de los pacientes de Bogotá Salud Digital - Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.

Consulta de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones para funcionarios - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).

Certificado laboral de funcionarios - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).

Certificados y Constancias académicas - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

Certificados de Competencia Laboral - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

Resolución de nombramiento para funcionarios - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).

Certificados de participación e inscripción a los programas del sector cultura gestionados por el sistema de convocatorias - SICON de la Secretaría Distrital de Cultura.

Ingreso Solidario - Departamento Administrativo de Prosperidad Social.

Descarga de certificados del programa Ciencia de Datos (2019) - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).

Consulta del historial de Paz y Salvo del Impuesto Predial - Alcaldía de Medellín.

Certificación de víctimas - Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).

Certificado de antecedentes disciplinarios - Procuraduría General de la Nación.

Consulta de la tarjeta militar - Ejército Nacional de Colombia.

Consulta de Certificado de tradición y libertad de inmuebles - Superintendencia de Notariado y Registro.

Certificado de residencia - Secretaría Distrital de Gobierno.

Paso a paso para acceder a la Carpeta Ciudadana Digital

Ingresar a www.gov.co

Hacer clic en Carpeta Ciudadana.

Ir a 'Regístrate aquí'.

Completar la información y validar la cuenta en el correo electrónico.

Consultar los documentos en las diferentes categorías.

La Secretaría de Hacienda de Bogotá anunció que modifica el calendario tributario 2022, con la ampliación, por más de un mes, del plazo para pagar con descuento del 10% los impuestos Predial y de Vehículos, así como de la fecha máxima para acogerse al sistema de pago de Predial por cuotas, entre otras medidas. La decisión se produce luego de la revisión tecnológica y la verificación de la intermitencia de la plataforma.

La fecha máxima para pagar el impuesto Predial con el 10% de descuento será el 24 de junio de 2022, y sin descuento, el 29 de julio de 2022. Esta fecha es única para todos los predios independientemente del número del chip. En Vehículos, habrá plazo hasta el 15 de julio con descuento y hasta el 12 de agosto sin descuento.

Es importante tener en cuenta que las facturas que ya se enviaron a los predios o que los ciudadanos bajaron por la plataforma o a través del botón “Descargue Ya” se podrán cancelar en bancos hasta la fecha que aparece en cada factura.

“Si usted va a pagar en una fecha posterior, deberá ingresar a ‘Descarga Ya’ y bajar una nueva factura. No olvide digitar el CHIP con mayúsculas”, reiteró el secretario distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

Es importante aclarar que no todos los predios se facturan. En los casos en los que la Administración no dispone de información suficiente para liquidar el impuesto o no tiene información de los responsables, los contribuyentes deben presentar una declaración en la Oficina Virtual. Ocurre lo mismo cuando los predios tienen alguna exención.

Debido al cambio del calendario, las facturas de vehículos estarán cargadas el 27 de abril tanto en el botón de descarga como en la Oficina Virtual.

Para facilitar la declaración y el pago de las obligaciones a las personas que eventualmente podrían tener dificultades de acceso a los nuevos medios tecnológicos, la Administración distrital enviará en las próximas semanas las facturas físicas a predios de estratos 1, 2 y rural, que suman 650.000 predios en la ciudad; y a 260.000 viviendas de estrato 3 propiedad de adultos mayores de 60 años. De esa forma, podrán, teniendo la factura, cumplir con el pago mediante los canales tradicionales.

El secretario de Hacienda reiteró la importancia, en el proceso de registro, de ingresar los datos de autenticación que el ciudadano recuerde. “La actualización de datos de todos los propietarios de los inmuebles en Bogotá es fundamental en este proceso y les permite adicionalmente, a los contribuyentes que lo hagan, obtener el 1% adicional de descuento al momento de pagar su obligación”.

La Secretaría invita a la ciudadanía a continuar registrándose en la Oficina Virtual, como ya lo han hecho 691.846 contribuyentes, a través del portal web www.haciendabogota.gov.co.

Los interesados en acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) del impuesto Predial, por su parte, tienen hasta el 10 de junio de 2022 para presentar su declaración inicial.

"Desde el primero de enero y hasta el 20 de abril, hemos recibido casi 500.000 pagos y recaudado más de 727.000 millones de pesos por impuesto Predial, que significa el 18% de la meta anual. A través de la plataforma, hemos recaudado 50.873 millones de pesos por concepto del impuesto Predial. Seguiremos trabajando 7/24 para garantizar la estabilización de la plataforma en un 100% y reiteramos nuestras excusas por los inconvenientes generados a la ciudad y a sus inmejorables contribuyentes”, agregó Ramírez.

El Presidente de la República, Iván Duque Márquez, anunció la extensión de la emergencia sanitaria que rige en el país por el covid-19 por dos meses más, el desescalamiento de medidas no farmacológicas, como eliminar el uso del tapabocas —con algunas excepciones— y derogar la solicitud del carné de vacunación para actividades de ocio y espectáculos masivos, a partir del 1 de mayo.

La emergencia sanitaria se extenderá, también, desde el 1 de mayo y hasta el próximo 30 de junio, debido al corto tiempo transcurrido en la reducción de casos que se observa en el país.

El Jefe de Estado destacó que estas medidas se adoptan, gracias a los exitosos resultados del Plan Nacional de Vacunación y al enfrentar, entre todos, a la pandemia del covid-19. De esta manera se avanza en la reactivación económica del país y la recuperación del empleo y de actividades para todos.

“Estas medidas validan un mensaje: hemos venido luchando contra esta pandemia, no solamente duplicando las Unidades de Cuidado Intensivo, fortaleciendo el sistema de salud, sino logrando este sistema de vacunación masivo, seguro, gratuito y equitativo. Y ese trabajo, basado en la ciencia, nos permite en virtud de los indicadores que registra nuestro país, dar este mensaje de optimismo, dar este paso adelante y decirle a Colombia que seguimos en la reactivación económica con esta vacunación masiva y segura” recalcó el Mandatario.

Luego de las reuniones correspondientes entre el Comité Asesor de Expertos y el Ministerio de Salud, y con base en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de Salud, se adopta el llamado desescalamiento de medidas no farmacológicas, como el uso del tapabocas.

“A partir del 1º de mayo se va a retirar el uso del tapabocas en espacios cerrados con la excepción de los servicios de salud, los hogares geriátricos, el transporte y los espacios cerrados dentro de las instalaciones educativas. Estas medidas se aplicarán en los municipios que hayan llegado al 70% de doble dosis y que hayan logrado al menos el 40% de dosis de refuerzo. Esto valida que en la medida en que los municipios dan estos pasos en vacunación van a poder también avanzar en el desescalamiento de estas medidas no farmacológicas”, declaró el Presidente Duque.

El Ministerio de Salud ratificó que el tapabocas se seguirá usando en salones de clase, oficinas, iglesias, transporte público, establecimientos de comercio y lugares sin ventilación directa. Además, la entidad será la encargada de publicar el listado de los municipios con los estándares, avances y porcentajes de vacunación.

El carné de vacunación, medidas para viajeros y el PRASS
El Presidente Duque anunció, además, la derogatoria del Decreto 1615 de 2021, que determinaba la exigencia del carné de vacunación en actividades de ocio y espectáculos públicos y privados masivos.

“Y por supuesto, también se eliminará todo lo correspondiente a la solicitud del carnet de vacunación para el ingreso a bares, gastrobares, discotecas, eventos deportivos, cines, bibliotecas, museos, y como lo dije anteriormente, eventos masivos”, dijo. Ya no se pedirá el carné, además, en ferias, conciertos, casinos, bingos y parques temáticos, por ejemplo.

En cuanto a los viajeros que visiten el país y que sean mayores de 18 años, la recomendación es que lleguen a Colombia con esquemas completos de vacunación de doble dosis o de una dosis en el caso de Janssen. “A quienes no tengan esquemas completos o no estén vacunados, se va a exigir una prueba PCR negativa que no sea superior a 72 horas y podrá también presentarse una prueba de antígeno que no supere las 48 horas”, reafirmó.

Se derogarán, también, todas las medidas de bioseguridad con excepción de las que atañen a los sistemas y servicios de salud; también la estrategia de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS) y se consolidará la vigilancia colectiva y los seguimientos que se harán de carácter local con las autoridades sanitarias.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 093 del 20 de abril de 2022, por la cual se informan los contribuyentes que optaron por el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación, así como aquellos que retiraron su responsabilidad o fueron inscritos o excluidos de oficio por la entidad.

Para conocer la Resolución 093, haga clic aquí.

Martes, 19 Abril 2022 18:20

Consultorio de Información Exógena

Escrito por
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Consultorio de Información Exógena 

 

 

  • Aspectos claves a tener en cuenta para la presentación de la Información Exógena.
  • Etapas del proceso Sancionatorio. Como liquidar sanción cuando hay o no hay variación en precio.
  • Respuesta a las inquietudes de los asistentes.
  • Envíanos tus preguntas con antelación al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

 

 

boton expositores

 

JULIO CÉSAR ENCISO PÉREZ

 

Contador Público Universidad Nacional de Colombia, con especialización en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia y Maestría en Tributación de la Universidad Central de Colombia. Diplomado en Tributación, Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) Panamá.

Experiencia de 32 años en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, en el proceso de Fiscalización y Liquidación; actualmente Funcionario de la Coordinación de Gestión Integral de Lucha Contra el Contrabando, el Lavado de Activos y la Evasión Fiscal de la Subdirección de Apoyo en la Lucha contra el Delito Aduanero y Fiscal de la DIAN. Ha participado en el diseño, elaboración y ejecución de programas de control e investigación en el proceso de fiscalización y liquidación en materia tributaria como jefe de la División de Programas de la Subdirección de Fiscalización Tributaria y es docente en temas como presentación de información exógena, procedimiento tributario e impuesto a la renta.

 

 

MAURICIO OJEDA GUERRERO

 

Funcionario DIAN, Administrador de Empresas, Especialísta en Derecho Tributario y Aduanero; con experiencia en Información Exógena Tributaria por más de 25 años.

Se ha desempeñado como: Usuario experto en la implementación de prevalidadores, Sistema de Presentación de Información y Sistema da Análisis de Operaciones en el modelo Muisca. Funcionario designado como Coordinador de las Mesas Técnicas de Trabajo de Información Exógena tributaria, encargadas del proceso y publicación de las Resoluciones y especificaciones técnicas. Actualmente como funcionario de la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

 

 

 

 

boton infogeneral

MODALIDAD:     Online

FECHA INICIO:  mayo 4 de 2022
HORARIO:          5:30 p.m. a 8:30 p.m.

VALOR:              $80.000 más IVA


* Incluye certificado y memorias.

 

 

 

boton descuentos

  • 5 % Dos asistentes bajo la misma factura
  • 10% Tres asistentes bajo la misma factura
  • 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura

 

  

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

WhatsApp:  3006519641

 

 

boton mediosdepago   

Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.

 

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

boton mayoresinfor

  • Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF 

Telefono:     (4)4442926

Celulares:     3206751610 – 3124235443

WhatsApp:   3006519641

Correos:      Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

boton politicas

  • Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
  • Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
  • Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
  • Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

 

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) informa a los contribuyentes del régimen común bimestral del impuesto de Industria y Comercio y el complementario de avisos y tableros (ICA) que se modifica el plazo para el cumplimiento de las obligaciones del primer bimestre de 2022 (enero-febrero).

El nuevo vencimiento para declarar y pagar este impuesto será el 6 de mayo del año en curso, modificándose el plazo máximo anterior, fijado para el viernes de esta semana, 22 de abril.

Es importante recordar que la declaración del impuesto se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual. En adelante, los contribuyentes pueden optar por realizar el pago de forma presencial en las entidades recaudadoras autorizadas o hacerlo de manera electrónica, a través de la Oficina Virtual. Si la declaración se presenta después del plazo máximo, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los correspondientes intereses moratorios.

Los contribuyentes de ICA pueden hacer los pagos electrónicos a través del botón de pago PSE o mediante tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda (SDH). También se puede hacer, de manera presencial, en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.

“Es recaudo por ICA en la ciudad alcanza a la fecha 1,35 billones de pesos, lo que representa una ejecución de la meta de recaudo anual del 30%”, destaca el secretario de Hacienda Juan Mauricio Ramírez.

El próximo vencimiento de ICA, correspondiente al período marzo-abril de la actual vigencia, será del 13 al 17 de junio de 2022, con fecha máxima para el viernes 17 del mismo mes.

Para más información consulte aquí la Resolución SDH-000152 del 13 de abril de
2022.

Para tener en cuenta
La Secretaría Distrital de Hacienda recomienda a sus contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) no olvidar el cambio reciente de tarifas, por actividad, según lo dispuesto en los acuerdos 780 de 2020 y 816 de 2021.

La Superintendencia de Sociedades pone a disposición de sus usuarios, el Tesauro, buscador inteligente de la jurisprudencia de procedimientos mercantiles y los conceptos jurídicos, proferidos por la Entidad.

Este sistema cuenta con una interfaz intuitiva y amigable, que facilita la consulta de información especializada, mediante la utilización de palabras clave, o a través de filtros como: Sentencias, Conceptos, Temas y problemas y una opción de búsqueda inteligente por medio del cargue de documentos.

El Tesauro compila más de nueve mil conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica, detallados y decantados en diferentes temáticas, que se podrán revisar con la ayuda de un menú que ofrece opciones como: descriptores, fuentes jurídicas, archivos y citas.

"Con el desarrollo de esta tecnología, la Superintendencia de Sociedades avanza en su transformación digital para fortalecer la oferta de valor y lograr el reconocimiento y confianza de los usuarios, mediante la preservación del conocimiento y el fortalecimiento de la justicia digital", puntualiza Billy Escobar Pérez, Superintendente de Sociedades.

Este aplicativo con inteligencia artificial brinda una opción denominada asistente de creación de sentencia, que le permite al operador jurídico consultar documentos ya proferidos y extraer información útil para proyectar nuevas sentencias, potencializando sus capacidades y optimizando tiempos.

Los ciudadanos encontrarán mediante el filtro de Temas y Problemas, líneas de precedente doctrinal analizadas y clasificadas en más de 200 contenidos sobre asuntos societarios, de insolvencia, garantías mobiliarias, entre otros, para facilitar la toma de decisiones basadas en datos.

Para conocer el buscador, visite https://tesauro.supersociedades.gov.co/#/

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Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
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