La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, se observa estabilidad y correcto funcionamiento en los servicios informáticos que permiten el diligenciamiento y presentación de declaraciones tributarias y trámites aduaneros.

Por lo tanto, desde este viernes 23 de mayo del 2025 se levanta la contingencia por indisponibilidad de los servicios de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y el artículo 27 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por los artículos 2, 202, 356 y 526-6 de la Resolución 46 de 2019, debido a incidentes técnicos de los sistemas de información, y que fue decretada el pasado 13 de mayo.

Esto significa que los contribuyentes con obligaciones tributarias cuyo plazo estaba definido entre el 12 y el 23 de mayo, podrán presentar sus declaraciones y realizar el pago hasta un día hábil después del restablecimiento de los servicios informáticos sin ningún tipo de sanciones ni intereses; es decir, hasta el lunes 26 de mayo de 2025 a las 11:59 p.m.

La DIAN reitera lo enunciado en el Concepto 4371 del 2020, en referencia a que “quienes se encuentren en los supuestos señalados en el inciso 2 del artículo 579-2 del Estatuto Tributario no están obligados a liquidar y pagar intereses moratorios, siempre y cuando (i) la declaración virtual se presente y (ii) los impuestos, anticipos y retenciones sean cancelados, a más tardar al día siguiente a aquel en que los servicios informáticos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se hayan restablecido".

Lo anterior, incluye a los contribuyentes obligados a pagar el anticipo bimestral del Registro Simple de Tributación que por motivos de la contingencia no presentaron el formulario 2593 (Recibo Electrónico Simple) correspondiente al periodo enero – febrero de 2025.

En materia aduanera, los usuarios deberán acatar lo dispuesto en la regulación aduanera, con el fin de cumplir con sus obligaciones en debida forma.

Horarios extendidos para atención durante el fin de semana
Con el fin de garantizar una adecuada atención a los contribuyentes que requieran acompañamiento para realizar sus trámites, este sábado 24 de mayo los puntos de contacto DIAN atenderán al público, en jornada continua, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Por medio de la Resolución 211 del 15 de mayo de 2025, la DIAN modifica parcialmente la Resolución 005707 del 5 de agosto de 2019 "por la cual se establecen los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta".

Para conocer la Resolución 211, haga clic aquí.

A través del Concepto 136 del 19 de mayo de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio sus apreciaciones sobre la Implementación de la NIGC1.

Para conocer el Concepto 136, haga clic aquí.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con base en los resultados de una investigación técnica y la recomendación unánime del Comité de Prácticas Comerciales, impuso derechos antidumping definitivos a la importación de papel fotocopia procedente de Brasil.

La medida, que estará vigente por un periodo de 5 años, consiste en que las importaciones del mencionado producto deberán pagar derechos antidumping en la forma de un gravamen ad valorem del 21,78 %, 22,62 % y 30,30 %.

El primer gravamen se aplicará al producto proveniente de la empresa Suzano S.A., el segundo al que llegue de las firmas Sylvamo Do Brasil y Sylvamo Expot Ltda., y el tercero para las demás empresas brasileñas que vendan el mencionado papel a Colombia.

La decisión de imponer esos derechos antidumping se fundamentó en una investigación técnica en la que se comprobó que durante el segundo semestre de 2023 y el primero de 2024 hubo un incremento significativo de las importaciones del producto desde Brasil a precios de dumping.

Adicionalmente, se logró demostrar que esa práctica desleal causó un daño importante a los productores nacionales, que principalmente se materializó en una afectación significativa en sus indicadores económicos y financieros.

Por ejemplo, en el periodo de análisis la producción destinada al mercado interno cayó 18,03 %, el precio del productor nacional solicitante de la medida se redujo a niveles que comprometieron la estabilidad de su operación y la utilidad en niveles cercanos al 122 %, entre otros indicadores.

Todas estas circunstancias llevaron al Comité de Prácticas Comerciales a realizar de manera unánime una recomendación positiva y al Gobierno Nacional a adoptar la medida de defensa comercial.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 090 del 16 de mayo de 2025, por el cual responde a una consulta sobre la Contabilidad electoral - PCGA a utilizar.

Para conocer el Concepto 090, haga clic aquí.

Como delegados del Gobierno Nacional, los ministros del Trabajo, Antonio Sanguino, del interior, Armando Benedetti y de salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, radicaron ante la secretaría del Congreso de la República, la convocatoria a la consulta popular que en esta ocasión incluye 16 preguntas.

El titular de la cartera laboral precisó: “que cada una de las 16 preguntas busca corregir desigualdades estructurales en el mercado laboral, la seguridad social, el acceso a la pensión y poder contar con los medicamentos esenciales. Esta reforma proviene de la lucha obrera, que recoge las luchas de los y las trabajadoras a través de los tiempos, y se nutre de las nuevas realidades del mundo laboral. Adicionalmente busca avanzar en la reforma estructural que exige el sistema de salud y garantizar la adecuada prestación y garantía de este derecho”.

Las nuevas preguntas se relacionan con la reforma de salud, que hace referencia a temas del acaparamiento y especulación de los precios de los medicamentos, la provisión de que las EPS dejen ser intermediarias financieras y el modelo preventivo y de atención del sistema de salud.

La primera pregunta propone que la jornada laboral de día no supere las 8 horas y se desarrolle entre las 6:00 a. m. y las 6:00 p. m.

Una jornada laboral bien definida mejora la productividad, fomenta la creación de más empleos, reduce el estrés, mejora la calidad de vida y fortalece el tejido social. El que trabaje después de las 6:00 pm, tendrá un recargo del 75% por hora extra nocturna, que valdría $10.831 y si su jornada laboral es nocturna ordinaria, tendrá un recargo del 35%.

En la segunda pregunta se solicita que trabajar en domingos o festivos se remunere con un recargo del 100%. Es avanzar en la protección de la justicia social y la equidad laboral, refleja el compromiso con la protección de la dignidad de los trabajadores, medida que se alinea con normas de la OIT que promueven condiciones laborales equitativas.

Una persona que trabaja un domingo y que gana un salario mínimo, pasaría a recibir $12.378 por hora.

De acuerdo con las estimaciones realizadas por la UGPP y el Ministerio del Trabajo, los ingresos dejados de percibir por un trabajador que devengue el salario mínimo durante veinte años fueron de $22.819.586 aproximadamente a precios de 2025.

Según estimaciones del Ministerio del Trabajo por recargos nocturnos un trabajador que devenga un salario mínimo dejó de percibir $21.134.664.

En la tercera pregunta se busca apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas, especialmente a las asociativas, con incentivos reales.

Priorizar modelos asociativos, como cooperativas o empresas comunitarias y ofrecer bajas tasas de interés para financiar la compra de insumos, maquinaria y tecnología en las micro, pequeñas y medianas empresas, alivia los costos de producción y las vuelve más competitivas.

El gobierno busca priorizar sectores como hotelería, restaurantes, bares, agricultura, turismo y transporte.

En la cuarta pregunta se pretende que las personas tengan permiso para atender su salud, incluyendo licencias por menstruaciones incapacitantes.

En la quinta pregunta se propone que las empresas incluyan laboralmente al menos 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores.

En la sexta pregunta se exige que los aprendices del SENA y de instituciones similares tengan un contrato de aprendizaje de carácter laboral. Permite a las empresas brindar una oportunidad y aprovechar el valor de la mano de obra que los aprendices pueden incorporar en los procesos productivos, es una relación gana a gana.

En la séptima pregunta se defiende a los trabajadores de plataformas digitales de reparto y de transporte para que acuerden su tipo de contrato y tengan seguridad social garantizada. Se beneficiarían cerca de 433 mil trabajadores de las plataformas digitales de transporte y reparto.

En la octava pregunta se plantea un régimen especial para trabajadores del campo que garantice derechos y salarios justos, que impulse la productividad, reduzca la rotación de mano de obra y mejore la calidad de los productos agrícolas.

En la novena pregunta se quiere acabar con la tercerización que esconde contratos sindicales falsos, que ha permitido a empresas evadir responsabilidades como seguridad social, salarios dignos y estabilidad laboral.

Entre 2019 y 2024, fueron depositados 13.540 contratos sindicales; de los cuales 13.141 fueron suscritos con entidades relacionadas con servicios de salud.

En la décima pregunta se lucha por la formalización de trabajadoras domésticas, madres comunitarias, periodistas, deportistas, artistas, conductores y otros.

En la pregunta 11 se propone que el contrato a término indefinido sea la norma. La proliferación de contratos temporales o por prestación de servicios a precarizado el empleo, vulnerando derechos como la seguridad social y la libertad sindical. Más del 60% de los trabajadores colombianos enfrentan incertidumbre laboral debido a contratos temporales o informales, según el DANE.

En la pregunta 12 se solicita la creación de un fondo especial para garantizar un bono pensional para los campesinos y campesinas.

En el sector rural solo el 8,6% de la población en edad de pensión, goza actualmente de una pensión; es decir, solo 8 de cada 100 personas. Con este fondo se busca que 3,9 millones de trabajadores del campo puedan tener un ingreso en su vejez, y así garantizarles una vejez digna.

En la pregunta 13 se plantea que el Gobierno Nacional compre o produzca los medicamentos necesarios para garantizar la entrega completa y oportuna a los pacientes.

En la pregunta 14 contempla que las EPS dejen de ser intermediarias financieras se transformen en gestoras de salud y la ADRES pague directamente a Hospitales y Clínicas.

En la pregunta 15 busca garantizar para los colombianos un fuerte modelo de atención primaria en salud, preventivo y resolutivo, con ampliación de los servicios especializados necesarios de carácter público, privado y mixto.

En la pregunta 16 propone establecer un régimen laboral especial que garantice a los empleados y trabajadores de la salud la vinculación formal, los derechos laborales y salario justo.

Para conocer el documento de la Consulta Popular, haga clic aquí.

La UAE Junta Central de Contadores informa a la comunidad contable que, a partir de la fecha, las Tarjetas Profesionales se entregarán en las seccionales habilitadas a nivel nacional.

Con el objetivo de agilizar la entrega y garantizar una mayor efectividad, la entrega se realizará de manera presencial en las seccionales autorizadas a nivel nacional.

Seccionales habilitadas para la entrega:
Ciudad / Horario de Atención
Barranquilla Lun–Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 2:00 p.m.–5:00 p.m.
Bucaramanga Lun–Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 2:00 p.m.–4:00 p.m.
Cúcuta Lun–Jue: 8:00 a.m.–1:00 p.m. / 2:00 p.m.–5:00 p.m. Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 1:00 p.m.–3:30 p.m.
Ibagué Lun–Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 2:00 p.m.–5:00 p.m.
Pereira Lun–Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 2:00 p.m.–5:00 p.m.
Santa Marta Lun–Vie: 2:00 p.m.–5:00 p.m.
Medellín Lun–Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 2:00 p.m.–5:00 p.m.
Cali Lun–Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 2:00 p.m.–5:00 p.m.
Pasto Lun–Vie: 8:00 a.m.–12:00 m. / 2:00 p.m.–5:00 p.m.

La tarjeta profesional podrá ser reclamada por el contador público o la persona autorizada por este, mediante carta de autorización firmada a mano alzada, con huella dactilar del índice derecho y copia de los documentos de identidad de ambas partes.

Asegúrese al momento de radicar su trámite de solicitud de tarjeta profesional de contador público o de entidad prestadora de servicios contables, seleccionar en el formulario la seccional más cercana a su lugar de residencia donde podrá reclamar la tarjeta una vez sea notificado para ello, dentro del horario indicado.

La DIAN emitió la Resolución 210 del 8 de mayo de 2025, por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y el procedimiento para obtener y mantener la inscripción en el registro de profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero; se señalan los requisitos y el trámite de las solicitudes de acreditación como corresponsal cambiario y se indica el sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva para la actividad de los profesionales de cambio.

Para conocer la Resolución 210, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 0527 del 14 de mayo de 2025, el Ministerio de Salud y Protección Social modifica el artículo 2.5.2.3.1.3, se adiciona el artículo 2.5.2.3.5.6 y se derogan los artículos 2.1.7.20, 2.1.7.21 Y 2.1.11.4 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con las condiciones de autorización especial para las EPS del régimen contributivo con afiliados en el régimen subsidiado.

Para conocer el Decreto 527, haga clic aquí.

El Ministerio de Trabajo emitió la Resolución 1843 del 29 de abril de 2025, por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales, y se dictan otras disposiciones.

Para conocer la Resolución 1843, haga clic aquí.

Página 2 de 478

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: eventos@icef.com.co

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.