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Con el ánimo de fortalecer el ejercicio armónico y coordinado de la acción gubernamental, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Superintendencia de Sociedades acordaron acciones conjuntas para fortalecer el conocimiento y aplicación del derecho societario en el sector de los servicios públicos domiciliarios.

 

El apoyo de la Supersociedades a Superservicios comprenderá: la preparación, formación y capacitación a funcionarios sobre temas de derecho societario, la generación de espacios de análisis y talleres de casos especiales y el acompañamiento de los requerimientos societarios en fusiones y escisiones, cuando así lo requiera Superservicios.

 

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, agradeció el apoyo del Superintendente de Sociedades y aseguró que, "Es importante que nos coordinemos en nuestras funciones, porque esto es un trabajo de Estado, no solo de superintendencias. Contar con el apoyo de la Supersociedades con su experiencia y el conocimiento en materia societaria nos permite fortalecer nuestra gestión de inspección, vigilancia y control para avanzar en la prestación de los servicios públicos con calidad, cobertura y continuidad a toda la población del país."

 

Por su parte, la Supersociedades reitera su compromiso de poner a disposición de la Superservicios su experiencia y capacidad técnica orientada a las necesidades de los usuarios y a consolidar empresas más productivas, competitivas y perdurables: "Nos hemos fijado el compromiso de contribuir a los objetivos del Gobierno Nacional de Legalidad, Emprendimiento y Equidad. Tenemos claro que el ejercicio armónico y coordinado de la acción gubernamental mediante actividades específicas y transferencia de conocimiento entre sus entidades es fundamental en este propósito, por lo cual buscaremos poner a disposición de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, nuestra experiencia y capacidad técnica en materia societaria" expresó el Superintendente de Sociedades, Juan Pablo Liévano.

 

El acuerdo entre ambas entidades fue formalizado mediante Circular Conjunta, firmada por ambos superintendentes en la sede de la Supersociedades.

Dentro de su política de Cercanía Al Ciudadano, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en el período agosto 2018 - agosto 2019, ha logrado simplificar y racionalizar trámites para facilitarle la vida a los ciudadanos.

 

Actualmente, la DIAN ofrece a la ciudadanía 64 Trámites y 4 OPAs (Otros procedimientos Administrativos) inscritos en el sistema SUIT del Departamento Administrativo de la Función Pública, de los cuales son 26 tributarios, 38 aduaneros y 4 cambiarios.

 

Es así, como durante el segundo semestre de 2018 se logró:

 

1. Eliminar el formato 1732 con las diferentes complejidades que representaba, para sustituirse por el formato de conciliación fiscal que en todo caso es necesario para presentar en debida forma la declaración de renta.

 

2. Se estandarizó el formato para la recepción de la información, a través de un sistema que garantiza la seguridad de los registros y la información.
En 2018 se presentaron 60.567 solicitudes exitosas en este trámite, mientras que en 2019 superan las 62.178.

 

3. Se eliminó la presentación de las Declaraciones de Importación que no tienen pago, ante las Entidades Autorizadas a Recaudar, con lo que se logró durante el segundo semestre de 2018,reducir a cero el tiempo de presentación en bancos, para el 54% de las importaciones, las cuales tomaban antes en promedio 17 horas en realizar dicha presentación.

 

Se simplificó el trámite de inscripción y actualización del RUT para las personas naturales sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia, responsables del IVA, con corte a 31 de julio de 2019 se encuentran 35 inscritos con la responsabilidad “46- IVA Prestadores de Servicios desde el Exterior” y desde agosto de 2018 a la fecha se encuentran en el RUT 423 sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia e inversionista extranjero persona natural.

 

4. En información exógena: se simplificó reportar la información de no constitutivos de renta ni ganancia ocasional en un solo formato, de modo que 15.657 obligados a informar dejaron de reportar 305.103 registros aproximadamente, evitando así la duplicidad de información.

 

En 2019, dentro del proceso de racionalización que permite disminuir de manera ostensible los índices de creación de empresas (Medición Doing Business del Banco Mundial), se destacan, a niveltributario, los siguientes trámites:

 

1. Mejora en trámite de obtención de resolución de autorización de facturación: Se eliminó el requisito de cuenta bancaria para obtener la autorización de facturación, mediante resolución 13 de febrero de 2019, realizándose también el ajuste informático respectivo lo que ha permitido que a 1° de agosto de 2019 se han otorgado con esta facilitación 184.439 resoluciones, solicitadas por 127.825 personas jurídicas y 56.613 personas naturales.

 

2. Mejora en trámite de obtención de Instrumento de Firma Electrónica IFE:
El ciudadano-cliente ya no tiene que acercarse a un punto de atención para obtener su Instrumento de Firma Electrónica pues este trámite se puede realizar virtualmente, el 100% de los contribuyentes pueden optar por obtener su IFE de manera virtual, en los meses de abril a julio del presente año se emitieron 93.680 IFE de manera virtual.

 

En materia aduanera, en lo que va de 2019, con ocasión de la expedición del Régimen Aduanero, Decreto 1165 y la resolución 0046 de julio de 2019, que empezaron a regir el pasado viernes 2 de agosto, y que contemplaron disposiciones para facilitar el 52% de los trámites aduaneros, interviniendo 19 de ellos, a través de 32 acciones de mejora, de los cuales podemos destacar:

 

1. Declaración de viajeros formulario 530:
En la actualidad este formulario ya no es obligatorio para el 100% de los viajeros hacia Colombia y solo deben diligenciarlo quienes tengan al momento de su ingreso al país, mercancías que excedan los cupos o dinero por encima de 10.000 dólares para declarar. Esto generará mayor agilidad en los aeropuertos y pasos de frontera y mejorará la imagen del país.

 

Los beneficiarios de esta medida corresponden al 95% de los viajeros, que ascienden aproximadamente a más de 2 millones al año.

 

2. Acciones de mejora en procesos de importación:
Se adoptaron 20 acciones de mejora, entre las que se encuentran la eliminación de la declaración de importación para residuos y desperdicios en Zona Franca, permitir el ingreso por cualquier aduana de mercancías exportadas temporalmente para perfeccionamiento pasivo, la eliminación de la certificación del Ministerio de Comercio Industria y Turismo cuando no se exporta dentro del plazo para demostrar el cumplimiento de los compromisos, autorizar el levante así se declaren mercancías en mayor cantidad que las consignadas en el documento de transporte, la obligación de realizar la inspección simultánea a todas las autoridades, reembarcar mercancías diferentes debido a error del proveedor, entre otras. Estas medidas favorecerán a todos los importadores, que para el último año ascendieron a 32.900.

 

3. Acciones de mejora en procesos de exportación:
Se adoptaron 3 acciones de mejora, entre las que se encuentran la eliminación de la declaración de exportación temporal por perfeccionamiento pasivo de mercancías que ingresa a Zona Franca y la eliminación del trámite de cabotaje para la salida al resto del mundo de mercancía que está en una zona franca en diferente jurisdicción al lugar de embarque, requiriendo solamente el formulario de movimiento de mercancía. Igualmente se permitió el reembarque de mercancía desde los Centros de Distribución Logística agrupando diferentes documentos de transporte. Estas medidas favorecerán a todos los exportadores, que para el último año ascendieron a 11.400.

 

4. Acciones de mejora en tránsito aduanero:
Se adoptaron 4 acciones de mejora entre las que se encuentran la eliminación de la declaración de tránsito para el traslado de mercancías entre zonas francas de diferente jurisdicción, el paso por un tercer país (Panamá) para la operación de tránsito en la modalidad de cabotaje de mercancías que atraviesan el océano Pacífico y Atlántico, la eliminación de restricciones y de garantías en el régimen de tránsito para los Operadores Económicos Autorizados y permitir continuar el trámite de importación para mercancías hurtadas durante la ejecución del tránsito y que posteriormente han sido recuperadas. Estas medidas favorecerán a todos los importadores que realizan operaciones de tránsito, que para el último año ascendieron a 2.300.

 

5. Inscripción, autorización y habilitación de usuarios aduaneros:
Se adoptaron 3 acciones de mejora, entre las que se encuentran la eliminación de la presentación de los estados financieros, la unificación de requisitos para la presentación de los planos de las áreas a habilitar y el traslado de la competencia del trámite de habilitación a las Direcciones Seccionales. Estas acciones impactaron 13 trámites de inscripción, autorización y habilitación de usuarios aduaneros, como la habilitación de depósitos, muelles o puertos y Centros de Distribución Logística, así como la inscripción de operadores de tránsito aduanero, transportadores de la modalidad de cabotaje, agentes de carga internacional e intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes. Estas medidas favorecerán a todos los usuarios aduaneros autorizados, que a la fecha ascienden a 3.069.

 

6. Otros trámites que se facilitaron:
Certificados de Origen: Se reglamentó el procedimiento para la rectificación, anulación y duplicado de un certificado de origen, ya que no existía. Estas medidas favorecerán a todos los exportadores, que para el último año ascendieron a 11.400.

 

Solicitud de autorización como exportador autorizado: Se reglamentó el requerimiento de información, con el fin de aclarar las dudas que se puedan presentar en el proceso de la evaluación para la autorización del exportador autorizado por parte del funcionario, sobre el cumplimiento del origen de las mercancías a exportar, dando la posibilidad de que se culmine satisfactoriamente el trámite. Estas medidas favorecerán a todos los exportadores, que para el último año ascendieron a 11.400.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP- remitió a las direcciones de Regulación de los ministerios de Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo el documento de sustentación de la propuesta sobre la aplicación de las enmiendas emitidas por el IASB durante el año 2018 y el Anexo del Marco Conceptual Compilatorio del Grupo 1.

 

Los documentos emitidos por el CTCP tienen sustento legal en la aplicación del artículo sexto de la Ley 1314 de 2009 que define que MinHacienda y MinCIT, obrando conjuntamente, expedirán principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información con fundamento en las propuestas que les presente el CTCP como organismo de normalización técnica.

 

Dichas propuestas surtieron el debido proceso de discusión pública adelantado por el CTCP en el presente año.

 

Consulte toda la documentación aquí.

Lunes, 05 Agosto 2019 14:53

UGPP para independientes y empleadores

 UGPP--septiembre

 

Conozca los principales aspectos a tener en cuenta para cumplir con sus obligaciones ante la UGPP, comprendiendo las consecuencias de no hacerlo, tanto para trabajadores independientes como para empresas.

 

Este evento está dirigido a todos los empleadores y sus asesores tales como abogados, contadores, jefes de recursos humanos, auditores y en general, todas las personas vinculadas con esta dependencia. De igual manera, se extiende la invitación a los trabajadores independientes tales como comerciantes, rentistas y prestadores de servicios, los cuales están obligados a cotizar a seguridad social y muchas veces desconocen las implicaciones al incumplir con sus obligaciones.

 

AGENDA ACADÉMICA

Este evento se dividirá en dos grandes momentos de la siguiente forma:

 

1. UGPP Seguridad Social para Independientes

Prestadores de servicios personales

Rentista de capital (Arrendador/accionista/inversionista)

Comerciantes y trabajadores cuenta propia

• Obligaciones del contratante frente al contratista

• (Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 y PND 2018-2022 y en que afecta o no inexequibilidad que acaba de señalar la Corte Constitucional)

• Resolución 922/2018 de UGPP. Forma en que se debe presentar información en el requerimiento de fiscalización.

• Amnistía hasta Octubre/2019 en etapa de Requerimientos para Declarar, Pliego de Cargos, liquidación, etc. ¿Quiénes tienen derecho y a cuánto?

• Decreto 2438/2018. Mecanismos de búsqueda de la UGPP de bienes y personas obligadas a cotizar.

• Régimen sancionatorio y su cuantificación por evasión

 

2. UGPP y su control a los empleadores

Evasión del empleador a través de figuras ilegales como la desalarización, al igual que a través de pagos de auxilios, bonificaciones, bonos, préstamos no reembolsables, medicina prepagada,

gasolina, auxilios educativos, entre otros que la UGPP considera base para aportes a seguridad social y contribuciones parafiscales.

Manejo de incapacidades y licencias para efectos de pago de Seguridad social y Parafiscales según la UGPP.

Cómo resolver las acciones persuasivas de la UGPP.

Cual es procedimiento una vez la UGPP inicia procedimiento con el requerimiento de información, requerimiento para declarar y o corregir, entre otros.

Todo lo anterior será explicado en detalle para que aprenda a identificar dónde está el error o conozca cómo defenderse de la UGPP.

 

CONFERENCISTA

ALEXANDER CORAL RAMOS

Abogado, experto en derecho laboral y seguridad social, derecho comercial y propiedad horizontal, con posgrado en derecho Administrativo y Constitucional, autor de varios libros de derecho y de Propiedad Horizontal. Profesor universitario en pregrados y posgrados. conferencista de diversas empresas entre otras, del portal Actualicese.com. Consultor Jurídico de varias copropiedades comerciales, mixtas y residenciales, al igual que de empresas del sector industrial, comercial, cañero y construcción.

 

INFORMACIÓN GENERAL

 

Lugar:

Fecha:

Horario:

Valor:

Auditorio CC San Diego Torre Norte piso 11

Septiembre 5 de 2019

4:30 p.m. a 9:00 p.m.

$100.000 netos

 

DESCUENTOS

Descuento por pronto pago: 30% pagos 30 días antes; 20% pagos con 15 días de anticipación.

Descuento por grupos: 15% grupos de 10 personas o más; 7% 5 personas bajo la misma factura;

5% 3 personas bajo la misma factura

Descuentos por convenio: 20% egresados, administrativos y docentes UNAULA; 30% estudiantes de pregrado activos UNAULA; 25% estudiantes de posgrados activos UNAULA; 15% egresados de cursos de extensión ICEF UNAULA

 

Nota: Estos descuentos no son acumulables

El valor incluye memorias, lapicero, libreta, calendario, estación de café permanente, refrigerio, parqueadero y certificado.

 

INSCRIPCIONES

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: ICEF o EDUCO o en el teléfono: 57 (4)4442926. Realice su pago a través del botón pagos en línea en la página web ICEF o por el botón de pagos de UNAULA

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280. Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045, si lo hace por transferencia envíe copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Solicite link de pago con tarjeta de crédito al teléfono (4)442926

 

MAYORES INFORMES

  • Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF

Teléfono: (4) 4442926

Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 · Página Web: www.icef.com.co. · Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

  • Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193 · Celulares: 3015215938 · Página Web: www.unaula.edu.co · Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

POLÍTICAS DE VENTA ICEF

Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago.

Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor

consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado.

La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución No. 248 del 31 de julio de 2019 por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por la Resolución No. 043 de febrero 8 de 2017 y 097 de marzo 15 de 2017), para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información pública CHIP, correspondiente al período abril -junio de 2019.

 

Para conocer la Resolución 248 completa, haga clic aquí.

Por la cual se adiciona un parágrafo a la Resolución 000046 de 2019, sobre la reimportación de materias primas, partes, insumos y bienes terminados, nacionales o de origen extranjero, exportadas temporalmente para la prestación de un servicio de elaboración, reparación o transformación en zona franca.

 

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 13 de agosto de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, remitió a las direcciones de Regulación de los ministerios de Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo el documento de sustentación de la propuesta sobre la aplicación de la NIA 701 – Comunicación de las cuestiones claves de auditoría en el informe de auditoría independiente emitido por un auditor independiente 2019.

 

Los documentos emitidos por el CTCP tienen sustento legal en la aplicación del artículo sexto de la Ley 1314 de 2009 que define que MinHacienda y MinCIT, obrando conjuntamente, expedirán principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información con fundamento en las propuestas que les presente el CTCP como organismo de normalización técnica.

 

Dichas propuestas surtieron el debido proceso de discusión pública adelantado por el CTCP en el presente año.

 

Haga clic aquí para consultar toda la documentación.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a la ciudadanía la estabilidad y correcto funcionamiento de los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE) para la prestación de trámites y servicios de la Entidad.

 

En consecuencia, y de conformidad con la certificación emitida por la Subdirección de Gestión de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, se levanta la contingencia para los Servicios Informáticos Electrónicos.

 

Así pues, los Servicios Informáticos Electrónicos dispuestos por la Entidad se encuentran disponibles a la fecha.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 31 de julio de 2019 la Resolución No. 1018 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

 

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de agosto de 2019.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.32%, lo cual representa un aumento de 4 puntos básicos (0.04%) en relación con la anterior certificación (19.28%).

 

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.98% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 28.98% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 6 puntos básicos (0.06%) con respecto al periodo anterior (28.92%).

 

Para conocer la Resolución 1018 completa, haga clic aquí.

En su última reunión, la Junta Directiva del Banco de la República decidió mantener por unanimidad la tasa de interés de intervención en 4,25%.

 

En esta decisión, la Junta tomó en consideración principalmente la siguiente información:

 

  • En junio el promedio de las medidas de inflación básica (2,96%) se mantuvo por debajo de la meta del 3%. La inflación se incrementó a 3,43%, debido principalmente al comportamiento del precio de los alimentos. Este y otros choques de oferta podrían elevar la inflación en los próximos meses, pero se espera que retome su convergencia a la meta posteriormente.
  • Las nuevas cifras de actividad económica sugieren que el crecimiento del producto del segundo trimestre será más alto que el del primero, sustentado por el dinamismo del consumo y la inversión en maquinaria y equipo, y por alguna recuperación del crecimiento del consumo público. No obstante lo anterior, se estima que la economía mantendrá excesos de capacidad productiva.
  • Las perspectivas de crecimiento global se siguen moderando y en los Estados Unidos aumentó la probabilidad de que se reduzca la tasa de interés de política de la Reserva Federal, lo cual ha aminorado las presiones al alza sobre la tasa de cambio.
  • La proyección del déficit de cuenta corriente para 2019 sigue siendo superior al 4% del PIB, pero continuará siendo financiado mayoritariamente por la inversión extranjera directa.

 

Con base en esta información, la Junta ponderó los siguientes factores en su decisión:

  • Las desviaciones transitorias de la inflación respecto a la meta y la persistencia de las mismas.
  • La incertidumbre sobre el tamaño de los excesos de capacidad productiva y la velocidad con que se reduzcan.
  • Los efectos sobre la economía colombiana derivados de las cambiantes condiciones externas.

 

En este entorno, al evaluar el estado de la economía y el balance de riesgos, la Junta decidió por unanimidad mantener la tasa de interés de referencia en 4,25%.

 

La Junta seguirá haciendo un cuidadoso monitoreo del comportamiento de la inflación y la actividad económica, así como del comportamiento de la balanza de pagos y la situación internacional. Finalmente, reitera que la política monetaria dependerá de la nueva información disponible.

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