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A través del Decreto 1157, del 21 de agosto de 2020, el Gobierno reglamentó uno de los instrumentos que creó en la Ley de Crecimiento Económico, de diciembre del 2019, y que hace parte del paquete de medidas que buscan incentivar la inversión de eficiencia: las mega-inversiones.

En la norma se establece que se beneficiarán con apoyo tributario los capitales que se inviertan en actividades industriales, comerciales y de servicios, superiores a los US$282 millones (30.000.000 de Unidades de Valor Tributario) o en el sector aeronáutico por más de US$18,8 millones (2.000.000 de UVT). Esto será para las inversiones que se desarrollen en un periodo de 5 años y que en el mismo tiempo creen 400 empleos directos, o 250 si se trata del sector de tecnología.

“Si bien este es un instrumento contemplado desde antes que llegara esta coyuntura, sin duda, será uno de los atractivos para las empresas que en este momento están buscando nuevas latitudes para establecerse o simplemente para aumentar la inversión. Estos flujos se deberán invertir en propiedades, así como en planta y equipos. Colombia es hoy una economía atractiva y así lo corroboran las cifras de inversión extranjera directa, pero queremos incentivar más esos capitales”, dijo la viceministra de Comercio Exterior, Laura Valdivieso Jiménez.

Son varios los beneficios tributarios de los que podrán gozar las empresas que hagan inversiones por los montos señalados. Para empezar, la tarifa del impuesto de renta será del 27%, más baja que la que se aplica en el país. Para el año gravable 2019 es del 33%. Si bien puede haber mega-inversiones en zonas francas, se les aplicará la tarifa del impuesto de renta del régimen de mega-inversiones.

Además, no estarán sujetos al sistema de renta presuntiva y serán exentos del impuesto al patrimonio o del que se cree con posterioridad. También, podrán depreciar los activos fijos en un periodo mínimo de 2 años, sin importar la vida útil de este.

Adicionalmente, las utilidades que distribuyan las sociedades no estarán sometidas al impuesto a dividendos.

El Decreto reglamentario señala que este régimen aplicará para las inversiones que se aprueben antes del primero de enero del 2024, pero para el sector aeronáutico aplica para las aprobadas antes del 31 de diciembre del 2021 y por un término de 20 años.

De otra parte, la calificación del proyecto de mega-inversión como tal, la da el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Esto se hará previo concepto técnico sobre la viabilidad de la misma, de las entidades competentes del sector en el que se vaya a desarrollar la inversión.

La Comisión de Expertos del Sistema Tributario Territorial entregó, tras un año de análisis y trabajo, su informe final de recomendaciones al Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Luego de conocer el informe por parte la Secretaría Técnica, a cargo del Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico -CEDE de la Universidad de los Andes, el ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla, agradeció la ardua labor de los expertos quienes se trazaron el objetivo de entregar unas recomendaciones que lleven a un sistema tributario territorial simple, eficiente, equitativo y sostenible.

El titular de la cartera manifestó que estas recomendaciones servirán como insumo para que el Gobierno nacional impulse modificaciones que refuercen los sistemas tributarios de cada nivel territorial, que genere los incentivos correctos y fomente la autonomía de los departamentos y municipios.

“Las recomendaciones que hoy nos entrega la Secretaría Técnica están planteadas bajo tres principios orientadores: el fortalecimiento de la autonomía de las entidades territoriales, la reducción de las ineficiencias de la estructura tributaria territorial y la provisión adecuada de bienes públicos. Estas, sin duda, serán la guía de las reformas que se discutirán en las asambleas departamentales, concejos municipales y, por supuesto, el Congreso de la República”, expresó el titular de la cartera de las finanzas públicas.

En el evento de cierre, el ministro subrayó el trabajo de la Comisión, la cual estudió, entre otros, el impuesto predial, el ICA, los impuestos departamentales al consumo, las estampillas, y diferentes aspectos de la administración tributaria necesarios para la simplificación y eficiencia del sistema tributario territorial.

Cabe recordar que la Comisión de Expertos del Sistema Tributario Territorial nació como una iniciativa del Gobierno nacional dentro de la Ley de Financiamiento y estuvo compuesta por Olga Lucía Acosta, Cristina Arango, Ana Lucía Villa, Fidel Castaño, Daniel Escobar, Roberto Junguito, Pedro Sarmiento, Eduardo Wiesner y Alejandro Gaviria.

El informe completo lo puede consultar aquí.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, instalaron oficialmente la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, que se encargará de estudiar y analizar los tratamientos excepcionales vigentes en el sistema tributario nacional.

Esta comisión tiene el fin de entregar las recomendaciones finales al Gobierno sobre cómo debe desarrollarse el sistema tributario colombiano. Se basa en el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019, promovido por el Congreso de la República y respaldado por el Gobierno nacional.

La Comisión está integrada por cinco expertos internacionales: David Rosenbloom, director del Programa de Tributación Internacional de la Universidad de Nueva York; Brian Arnold, catedrático de Derecho Tributario en la Universidad de Waterloo; Jeffrey Owens, profesor de reconocidas universidades y autoridad global en impuestos; Pascal Saint-Amans, director del Centro de Política y Administración Tributaria de la OCDE; y Kent Smetters, profesor de la Escuela de Negocios de la Universidad de Pennsylvania. La conformación de la Comisión fue producto de una revisión exhaustiva de posibles miembros que garantizaran un alto nivel de conocimiento académico y de política pública.

Por parte del Gobierno nacional, estarán Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo; Rodolfo Enrique Zea, ministro de Agricultura y Desarrollo Rural; José Manuel Restrepo, ministro de Comercio, Industria y Turismo; Juan Pablo Zárate, viceministro Técnico de Hacienda y José Andrés Romero, director general de la DIAN. La Secretaría Técnica la conformarán conjuntamente la OCDE y la DIAN.

Durante nueve meses estos expertos cumplirán el mandato legal de: “estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema tributario nacional, con el objeto de evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes, permitan la reactivación de la economía, fomenten el empleo, emprendimiento y formalización laboral, empresarial y tributaria que se fundamenten en los principios que rigen el sistema tributario nacional”, según lo establecido en la Ley de Crecimiento Económico.

La Comisión operará hasta mediados de 2021, y entregará documentos preliminares a partir de febrero. La metodología de trabajo consiste en cinco mesas temáticas, cada una de las cuales será presidida por uno de los expertos internacionales. Estos grupos de trabajo se reunirán aproximadamente una vez al mes y prepararán insumos para ser discutidos en sesiones plenarias, donde todos los miembros de la Comisión se reúnen a discutir los avances de cada mesa temática, así como las recomendaciones concretas.

Las cinco mesas de trabajo serán sobre los siguientes temas: impuesto de renta corporativo, impuesto de renta a personas naturales y dividendos, impuesto al valor agregado (IVA), comercio exterior, ingresos no constitutivos de renta e incentivos para el campo.

El Gobierno nacional espera que los borradores como el informe final de la Comisión sean insumos relevantes para llevar a cabo la reforma fiscal que el país requiere, tal como se señaló en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de 2020.

Durante los primeros 7 meses de 2020, el recaudo bruto de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, sumó $88,76 billones, reflejando un cumplimiento de la meta redefinida como resultado del Marco Fiscal de Mediano Plazo de 101,5%, lo que representa $1,3 billones más de la meta.

El 85.1% del total recaudado correspondió a los tributos internos que aportaron la suma de $75,5 billones, mientras que el restante 14.9%, corresponde a ingresos por tributos relacionados con el comercio exterior, que en el período observado registraron ingresos por un valor de $13,26 billones.

Se resalta el comportamiento del recaudo logrado por concepto de retención en la fuente a título de renta, al registrar ingresos por $29,77 billones, que, al compararlo con el obtenido en el mismo período de 2019, registra una leve disminución del 1.6%; adicionalmente, estas retenciones en la fuente aportan el 33.5% del total recaudado.

De igual manera, sobresale el recaudo obtenido por el Impuesto de Renta y Complementarios que fue de $13,43 billones, el cual, al ser comparado con la meta asignada para este impuesto para el período enero – julio de 2020, denota un cumplimiento de 114,1% con un superávit de $1,66 billones. Esto es reflejo de los buenos resultados económicos de las empresas durante el año 2019.

De otra parte, el recaudo bruto de IVA, que representa el 23.6% de los ingresos obtenidos en el período, mostró un decrecimiento, en comparación con el mismo período de 2019, del 11.8% al registrar ingresos por valor de $20,93 billones.

Julio
En julio de 2020, el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la suma de $10,97 billones. Este recaudo se explica principalmente por el recaudo obtenido por el Impuesto a las Ventas - IVA de $3,59 billones, así como el logrado en las retenciones en la fuente de $3,82 billones.

El 67.5% de los ingresos del mes de julio proviene del recaudo de las retenciones en la fuente a título de renta y del Impuesto a las Ventas IVA, aportando cada uno el 34.8% y 32.7% respectivamente. Estos recaudos son proporcionales a las operaciones económicas del mes y muestran una leve recuperación frente a los meses anteriores, más afectados por el aislamiento causado por la pandemia, especialmente la retención en la fuente, que, en relación con los meses de mayo y junio, presenta un aumento promedio de 10%.

Recaudo por Gestión, Facilidades de Pago y Devoluciones y/o Compensaciones

Durante el periodo de enero a julio de 2020 el recaudo por gestión sumó $6,29 billones, y el recaudo por gestión de fiscalización $2,44 billones, para un total de $8,73 billones de recaudo en lucha contra la evasión, lo que denota el compromiso de los funcionarios de la DIAN a pesar de la pandemia.

En cuanto a las facilidades de pago, con corte al 6 de agosto, se están gestionando 6.340 solicitudes de facilidades de pago por un valor de $724.021 millones, y se han resuelto 1.918 facilidades de pago por un valor de $337.324 millones.

Finalmente, desde la entrada en vigor del Decreto 535 de 2020, es decir, desde el 13 abril hasta el 31 de julio de 2020, se resolvieron 29.614 solicitudes de devolución y/o compensación por un valor de $11,46 billones, lo cual representa un incremento del 277%, con relación a las devoluciones y/o compensaciones para el mismo periodo del año 2019. De esta forma se da por cerrado con éxito el programa de devoluciones abreviadas.

Con el propósito de seguir facilitando el flujo comercial entre los países miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), en este caso de productos cosméticos, en la coyuntura generada por el COVID-19, se aceptará la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), expedida por uno de los países socios de manera digital o copia física.

Se trata de una de las primeras medidas, de carácter excepcional, que adopta el bloque comunitario bajo la Presidencia Pro Témpore de Colombia. Esto se hizo a través de la Resolución 2161 del 10 de agosto. La medida estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año.

La facilitación de este trámite agiliza el intercambio comercial de productos cosméticos y es una contribución al proceso de reactivación económica que emprenden los países para solventar la crisis generada por la actual pandemia.

En el caso de Colombia, se trata de una decisión que beneficia a 19 empresas que representan el 95% de las exportaciones de cosméticos que se hacen a los socios de la CAN.

En el primer semestre de este año, las ventas externas de estos productos al mundo alcanzaron los US$ 228 millones, de los cuales US$85 millones tuvieron como destino la Comunidad Andina. Hacia Perú se dirigieron US$45 millones (20% del total).

En 2019, las ventas de esta clase de bienes con destino al referido bloque alcanzaron US$248 millones (40% del total) y el principal destino fue Perú con US$131 millones (21% del total).

La Administración Distrital de Bogotá radicó ante el Concejo de la ciudad el proyecto de acuerdo de Incentivos tributarios para para jalonar la reactivación económica de la ciudad en los próximos años.

Congelamiento real del impuesto predial, la extensión del sistema de pago por cuotas para los predios no residenciales (restaurantes, hoteles, bodegas, locales, oficinas, universidades), así como para predios residenciales de propiedad de personas jurídicas durante el 2021, son solo algunas de las medidas que incluye este proyecto de acuerdo.

Si esta iniciativa es aprobada en el Concejo, el 100% de los 2,6 millones de predios que tiene Bogotá tendrían congelamiento en el pago del predial, y además podrán disponer de la opción del pago en cuatro cuotas sin intereses.

La propuesta de la Alcaldía de Bogotá también plantea otorgar una exención del 100 % en el predial para teatros y museos por los años 2021 y 2022, y del 50 % para los años siguientes hasta el 2030.

Así mismo, otorga un descuento tributario a los predios de estratos 1, 2 y 3 que tuvieron un crecimiento desbordado en el gravamen en 2018 y 2019, por cambios de áreas construidas.

Otra medida que busca aliviar el bolsillo de los contribuyentes tiene que ver con el impuesto de Industria y Comercio (ICA) que contempla descuentos en el gravamen para las empresas que hayan tenido pérdidas económicas en 2020. El descuento ofrecido esta entre el 5% y el 15% del impuesto a cargo, de acuerdo con el porcentaje de reducción de sus ingresos.

Los incentivos propuestos al Concejo de Bogotá incluyen la adopción voluntaria del Régimen Simple de Tributación (RST), que permitirá a muchas empresas reducir su carga tributaria, facilitar el pago de sus impuestos y, a muchas otras, formalizarse. Lo anterior, con los beneficios que ello representa en términos de generación de empleo y acceso a crédito.

La Administración Distrital asumirá un porcentaje del costo del registro y renovación de la matrícula mercantil para los empresarios que se formalicen a partir de 2021, y hasta 2026, mediante la inscripción en el Registro de Información Tributaria - RIT o en el Régimen Simple de Tributación.

Otro incentivo que contempla el proyecto es aplicar la progresividad en la tarifa del impuesto de Industria y Comercio (ICA) para las microempresas que se inscriban en el RIT hasta el 2027. Esto les permitirá pagar entre el 20 y el 80% de la tarifa actual durante los primeros cuatro años, y solo tributar la tarifa plena a partir del quinto año.

Además, contempla el fortalecimiento de los mecanismos para denunciar prácticas de ilegalidad y corrupción que afecten la formalización empresarial en la ciudad, bien sea que las cometan organizaciones al margen de la ley, personas naturales o servidores públicos.

En esta medida, se contemplan descuentos fiscales y otorgamiento de créditos para quienes entreguen información que favorezca la lucha contra prácticas ilegales.

Por último, la alcaldesa anunció que la próxima semana se radicará el segundo acuerdo, el de cupo de endeudamiento por $11 billones, del paquete de reactivación económica y social que necesita Bogotá.

A partir del 13 de agosto de 2020 se encuentra disponible en el sistema informático de origen el certificado establecido bajo el marco del Acuerdo Comercial entre Colombia e Israel y (código 296) y la nueva versión del certificado de origen para terceros países (código 260) con firma y sellos digitalizados del funcionario autorizado para aprobar dichos documentos.

Los dos certificados de origen se deberán tramitar de la misma forma que se vienen diligenciado los siguientes certificados, en razón a la crisis provocada por el COVID 19: 1. Acuerdo de Alcance Parcial No 28 Colombia - Venezuela Código 254 2. Comunidad Andina (Perú y Bolivia) Código 255 3. ALADI Preferencia Regional PAR 4 Código 255. 4. Cuba AAP-049 Código 259 5. Mercosur ACE 72 Código 294 6. TLC Colombia -Costa Rica Código 293 7. TLC Colombia – Israel Código 296 8. Terceros Países Código 260 Es decir, los exportadores al recibir el certificado de origen en formato PDF deben descargarlo, imprimirlo, firmarlo y sellarlo (si es el caso), convirtiéndose éste en el documento original del certificado de origen.

Esto se debe hacer antes de presentar el certificado a las autoridades aduaneras del país importador, para evitar el rechazo del documento por mal diligenciamiento.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 26 de agosto de 2020 “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la reglamentación de las condiciones de operación de la renta vitalicia inmobiliaria y se dictan otras disposiciones".

Para conocer el proyecto de Decreto, haga clic aquí.

Con la intención de capacitar a las empresas que avanzan en su proceso reactivación y normalización de sus actividades, Colombia Productiva, entidad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; e ICONTEC, lanzaron ‘Imparables, Empresas que avanzan con bioseguridad y productividad’.

Este proyecto desarrollará varias acciones en beneficio de los empresarios. Se ofrecerá acompañamiento y asistencia técnica especializada a 480 micro, pequeñas y medianas empresas de cualquier sector y departamento, enfocada en cuatro líneas de servicio, para atender las necesidades originadas por la contingencia por la Covid-19: bioseguridad, continuidad de negocio, gestión jurídica-laboral y gestión financiera.

“Imparables se suma a las diferentes acciones que hemos puesto en marcha para que el tejido empresarial colombiano pueda hacerles frente a los efectos que ha ocasionado la pandemia en su actividad productiva. Nuestro interés es que todos los sectores puedan acceder a estos instrumentos que han sido diseñados para avanzar en la recuperación económica”, dijo el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

Camilo Fernández de Soto, presidente de Colombia Productiva, indicó que “de acuerdo con los decretos del Gobierno Nacional y el Ministerio de Salud, con corte al 23 de julio, 74,4% del tejido empresarial del país estaba habilitado para gestionar sus autorizaciones para reiniciar actividades. Esto es más de un millón de compañías que requieren asistencia técnica y acompañamiento para la implementación de los protocolos y retomar el camino de la productividad. Por eso, en Colombia Productiva, en esta alianza con ICONTEC, le apostamos a ayudar a los negocios a normalizar sus operaciones”.

Adicionalmente, esta iniciativa realizará talleres que permitirán el fortalecimiento técnico para el recurso humano de las empresas inscritas y habilitadas. En esta etapa del proyecto se llegará a más de 500 colaboradores de las empresas participantes.

Las firmas podrán postularse a través de la plataforma en línea de la página web www.colombiaproductiva.com/imparables, donde deben adjuntar información de la organización, técnica y económica, que le permitirá al proyecto identificar el estado inicial de cada compañía.

Beneficios de ‘Imparables’ para las empresas
Con este proyecto, Colombia Productiva e ICONTEC apoyará en los procesos de reactivación empresarial, con un enfoque especial en las siguientes cuatro líneas de acción:
1. Continuidad del negocio: esta línea permitirá la intervención en los procesos que le permitan a cada compañía continuar entregando sus productos y servicios a una capacidad predefinida, teniendo en cuenta las restricciones y limitaciones vigentes para atender la emergencia sanitaria.

2. Bioseguridad: brindar acompañamiento a las organizaciones en la implementación de los protocolos de Bioseguridad necesarios en su operación, de acuerdos con las normas expedidas por el Gobierno Nacional y las reglamentaciones para cada sector.

3. Gestión jurídica y laboral: adaptar las operaciones de las compañías al marco legal que permita dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas y laborales colombianas y que posibiliten su sostenibilidad hacia el futuro.

4. Gestión financiera: ajustar los procesos financieros de las empresas y avanzar en la toma de decisiones económicas y financieras necesarias para sortear la coyuntura y garantizar su sostenibilidad.

Requisitos para participar en Imparables
Para formar parte de ‘Imparables, Empresas que avanzan con bioseguridad y productividad’, las compañías deberán estar inscritas la plataforma Compra Lo Nuestro (www.compralonuestro.co), el directorio y red social empresarial, creada en alianza con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que cuenta con 13.500 empresas registradas, que hoy acceden a servicios gratuitos para encontrar nuevos clientes, además de herramientas para acelerar la transformación digital y el comercio electrónico.

Las compañías interesadas también deberán cumplir requisitos como tener al menos un año de constituida y contar con registro mercantil actualizado. Adicionalmente, las firmas que resulten elegidas deberán realizar una inversión al interior de la empresa que dependerá del tamaño de cada compañía y que irá entre $270.000 para micros y pequeñas empresas y de $360.000 en el caso de medianas empresas.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales informó que los usuarios aduaneros tienen a su disposición la consulta de los Objetos, Vigencias y Montos por los cuales se deben constituir las Garantías Especificas que amparan los regímenes y operaciones aduaneras, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1165 de 2019 y la Resolución 046 de 2019, y demás normas aduaneras.

La información está disponible para su consulta en el micrositio "Guía de Servicios en Línea" de la página web de la DIAN, en el numeral 17 del siguiente link

https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/autoasistencia.aspx

https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Objetos_Vigencias_y_Montos_Garantias_Especificas.pdf

Cabe recordar, que en dicha ruta igualmente se encuentran publicados los manuales de usuario del SIE Garantías, en los cuales encontrará el paso a paso para el diligenciamiento y presentación de sus solicitudes (Autorización a Agencia de Aduanas, Radicación y Solicitud Declaratoria de Cumplimiento).

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