Mostrando artículos por etiqueta: Obligaciones tributarias

Por medio de la Resolución 1255 del 26 de octubre de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la entidad, por el año gravable 2023.

Para conocer la Resolución 1255, haga clic aquí.

Por medio de la Resolución 009 del 05 de febrero de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, prescribe el formulario No. 350 para el cumplimiento de las Obligaciones tributarias en del año 2021 y siguientes.

Para conocer la Resolución 009, haga clic aquí.

En desarrollo de la jornada Al día con la DIAN, le cumplo al país, que corresponde a junio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, enfocó sus acciones en los contribuyentes de los sectores de explotación de minas y canteras, petróleo y gas, quienes, según los reportes del primer trimestre del año, han obtenido resultados favorables en su inversión y productividad.

Es así como teniendo en cuenta los resultados del índice de precios del productor en mayo de 2022, cuando el sector con mayor crecimiento fue el de explotación de minas y canteras, petróleo y gas y demás actividades relacionadas, y haciendo uso de la analítica de datos, se identificaron en los sistemas de información de la entidad, más de 10.900 contribuyentes que desarrollan dichas actividades económicas y que tienen pendiente el pago de sus obligaciones tributarias, con una cartera cercana a los $1,5 billones.

En consecuencia, la entidad invita a estos contribuyentes a ponerse al día en sus obligaciones, para lo cual, entre el 21 y el 24 de junio están siendo contactados por la entidad, de acuerdo con la dirección seccional en la que se adelanta el proceso de cobro, de modo que pueda evaluarse el estado de cuenta y la información necesaria para el cumplimiento de su obligación.

Sumado a lo anterior, y con el propósito de continuar adelantando la formalización de los sectores relacionados con las actividades económicas tales como extracción de piedras y metales preciosos, carbón, gas y petróleo, entre otros minerales, la DIAN invita a que dichos contribuyentes verifiquen el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, en particular aquellas relacionadas con la facturación, reportes de información y presentación de declaraciones tributarias.  

Por último, en lo que tiene que ver con los contribuyentes obligados al régimen de precios de transferencia, vale la pena recordar que mediante el Decreto 1778 de 2021 se establecieron los plazos para presentar las obligaciones asociadas al régimen como lo son Declaración Informativa formulario 120 y/o Documentación comprobatoria informe local y maestro, ya que la no presentación oportuna de las obligaciones mencionadas acarrea las sanciones establecidas en el Artículo 260-11 del estatuto tributario, respecto de la documentación comprobatoria y de la declaración informativa.

Resultados plan de choque contra la evasión
Entre enero y mayo, como resultado de las acciones de lucha contra el contrabando y la evasión, la entidad alcanzó u recaudo de $12.7 billones, continuando así con la ejecución del plan de choque contra la evasión.

Este resultado se discrimina en ingresos efectivos por $10.08 billones y gestión por fiscalización por $1.9 billones. Lo anterior evidencia un crecimiento porcentual acumulado a 31 de mayo de 39.4%, en comparación con los 5 primeros meses de 2021.

Etiquetado como

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 5 de noviembre, el proyecto de decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 260-5, 260-9, 298-1, 356-3, 364-5, 378, 381, 512-1, 512-6, 555-2, 579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596, 599, 600, 602, 603, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 y 915 del Estatuto Tributario, artículo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221, 222 y parágrafo 7 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, artículo 6 de la Ley 2155 de 2021, se modifica el epígrafe, se sustituyen unos artículos, y se adiciona el artículo 1.6.1.13.2.55., a la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, sobre los plazos de las obligaciones tributarias para 2022.

Para conocer el proyecto de Decreto, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, a través de sus procesos de analítica basada en los datos, ha identificado más de 18.000 contribuyentes de los sectores de Comercio al por mayor y al por menor, transporte y almacenamiento, actividades de alojamiento y de servicio de comidas, que, en desarrollo de su actividad económica, no han cumplido con sus obligaciones tributarias.

Ante esta situación, la entidad ha iniciado acciones de acercamiento con estos contribuyentes y ha dispuesto sus canales de contacto para acordar y suscribir facilidades de pago, que les permitan normalizar su situación tributaria y ponerse al día en sus obligaciones.

Al admitir la facilidad de pago, con la cual se acordará el plazo para ponerse al día y las condiciones para hacerlo, el contribuyente, quien ya ha sido informado de su estado de cuenta, evitará que se continúe con el proceso de cobro y por ende el establecimiento de medidas cautelares y las consecuencias que acarrean el no pago de sus obligaciones tributarias.

Es importante tener en cuenta que, para acordar la facilidad de pago, el contribuyente debe acreditar los requisitos que exige el procedimiento legalmente determinado, el cual puede ser consultado en https://www.dian.gov.co/tramitesservicios/tramites-y-servicios/tributarios/Paginas/tramites-tributarios.aspx

Para acceder a este mecanismo de facilitación y si no ha sido contactado por la entidad, el contribuyente puede registrar una cita virtual a través del Servicio de Agendamiento, eligiendo la opción “Información cobranzas". La atención se realizará de manera virtual y durante la cita le será informado su estado de cuenta, además de brindársele orientación para acceder a la facilidad de pago.

Durante el primer semestre del año fueron otorgadas 456 facilidades de pago, por petición de los contribuyentes con obligaciones pendientes, por un valor de $122.107 millones.

Vale la pena recordar que el pago oportuno de los impuestos es un compromiso primordial, al constituirse en un aporte importante para el país y contribuir con la reactivación económica anhelada e impulsar las acciones con las que se busca alcanzar el bienestar colectivo.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, invita a 10.217 contratistas del Estado que adeudan a la Entidad más de $1.3 billones, a que se pongan al día en sus obligaciones pendientes.

Para facilitar a estos contribuyentes la normalización de su situación tributaria, la entidad les contactará y atenderá virtualmente de manera personalizada cada uno de los casos, ofreciendo información actualizada de su estado de cuenta y brindando la orientación necesaria para que se pongan al día en su obligación.

Como resultado de dicho acercamiento, puede suscribirse una facilidad de pago, mecanismo diseñado por la entidad para otorgarle una nueva posibilidad y oportunidad a los contribuyentes que tienen obligaciones fiscales pendientes con la DIAN, establecer nuevas condiciones y acordar el plazo para ponerse al día. Vale la pena recordar que dicho acuerdo está supeditado a que el contribuyente acredite los requisitos que exige el procedimiento legalmente determinado.

Una vez establecida la facilidad para el pago, la entidad decretará la suspensión del proceso administrativo de cobro y el contribuyente podrá solicitar el levantamiento de las medidas cautelares antes del otorgamiento de dicha facilidad.

Adicional a lo anterior, la entidad invita a 133 usuarios aduaneros a subsanar de manera voluntaria el incumplimiento de sus obligaciones aduaneras. Para ello, las direcciones seccionales tienen dispuesto desde el 23 de marzo sus canales de comunicación virtual y telefónico, con el propósito de facilitar el acercamiento, resolver inquietudes y dar a conocer los beneficios económicos derivados del cumplimiento de sus compromisos pendientes con la Entidad.

Es importante recordar que, si no es contactado por la entidad, también tiene la oportunidad de registrar una cita virtual a través del Servicio de Agendamiento, eligiendo la opción "Información cobranzas". El día de la cita el contribuyente recibirá la llamada de un funcionario quien le entregará la información de su estado de cuenta y le orientará para ponerse al día con sus obligaciones en mora resolviendo todas sus inquietudes.

Gestión primer bimestre
En desarrollo del Plan Nacional de Cobro y de Fiscalización, entre enero y febrero de 2021 se han realizado 9.910 acciones que han permitido el recaudo de $1.96 billones por concepto de gestión.

Entre las actividades se encuentran la aplicación de 7.607 depósitos judiciales por valor de $50.987 millones, aprobación de 113 facilidades de pago y atención por agendamiento virtual 2.190 contribuyentes.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución Por la cual se prescribe el formulario No. 210 para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias en el año 2021

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 11 de febrero de 2021, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió un documento con las medidas adoptadas por el Gobierno nacional y la DIAN para facilitar a los ciudadanos el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

 

Para conocer el documento, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se prescribe un formulario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2020 y se modifican las Resoluciones 0052 del 30 de octubre de 2018 y la 0071del 28 de octubre de 2019.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 28 de febrero de 2020, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, invitó a los contribuyentes en mora y, o con procesos de determinación e imposición de sanciones en las diferentes etapas de discusión, a acogerse a los beneficios tributarios determinados por la Ley de Crecimiento Económico (Ley 2010 de 2019), con los cuales se ahorrarán dinero en el pago de intereses.

 

También pueden acogerse quienes no hayan realizado la normalización de activos omitidos y, o pasivos inexistentes.

 

Así lo confirmó Lisandro Junco Riveira, Director de Ingresos de la entidad, quien hizo un llamado a los contribuyentes incursos en dichos procesos a ponerse al día con sus obligaciones tributarias aprovechando la oportunidad, de acuerdo con lo establecido en la ley. También indicó que la reducción de sanciones de que trata esta disposición aplicará respecto de todas las sanciones tributarias que fueron reducidas mediante la Ley 1819 de 2016.

 

Estos beneficios le permitirán al contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante, que a 27 de diciembre de 2019 tenían obligaciones fiscales a cargo, pagar el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más dos (2) puntos porcentuales, lo que implica un ahorro en enero de 4,46 puntos.

 

De igual forma, quienes tengan obligaciones fiscales a cargo que presten mérito ejecutivo, podrán solicitar ante el área de cobro de la respectiva dirección seccional, la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria y acuerdos de pago hasta por 12 meses para ponerse al día en sus obligaciones, aplicando la tasa de interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más dos (2) puntos porcentuales.

 

Vale la pena destacar que el 67% de la cartera de la entidad a la cual le aplicarán los beneficios de la Ley 2010 de 2019, está representada por morosos de los sectores de: comercio al por mayor y al por menor, transporte y almacenamiento, actividades de alojamiento y de servicio de comidas, actividades profesionales, científicas, técnicas y de servicios administrativos y de apoyo, manufactura, e información y comunicaciones, con deudas por valor de $3.6 billones. El mayor porcentaje de estos contribuyentes se encuentran concentrados en las direcciones seccionales de Bogotá, Medellín y Grandes Contribuyentes (diferentes jurisdicciones).

 

Gestión 2019
En desarrollo del Plan Nacional de Cobro y de Fiscalización, la gestión de cartera morosa, el control al cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales y las Jornadas “Al día con la DIAN, le cumplo al País", en 2019 se realizaron 126.038 acciones que permitieron alcanzar un recaudo de $13,5 billones, el cual incluye el recaudo obtenido por parte de los contribuyentes que se acogieron al impuesto de Normalización Tributaria.

Página 1 de 2

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.