El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera anunció que el Gobierno Nacional anticipa nuevamente el pago de la prima de servicios para los cerca de 1 millón 300 mil trabajadores, con lo cual se busca aportar al proceso de reactivación económica.

“Estamos revisando el trámite legal para expedir la circular y en lo posible hacerlo antes del 30 de noviembre”, agregó.

Instó al sector privado a unirse a esta iniciativa, “invito a los empleadores para que cancelen la prima antes del 15 de diciembre y así las familias tengan flujo de caja, puedan hacer las compras con tiempo, eviten las aglomeraciones y continúen preservando su salud y bienestar”, anotó el titular de la cartera laboral.

El Ministerio de Hacienda recibirá comentarios hasta el 18 de noviembre sobre el proyecto de decreto “Por el cual se adiciona el Título 8 a la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la reglamentación de la Regla Fiscal contenida en el artículo 5 de la Ley 1473 de 2011 modificado por el artículo 60 de la ley 2155 de 2021”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021, el Ministerio del Interior imparte instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVIO -19, y el mantenimiento del orden público, referente a la exigencia del carné de vacunación en lugares públicos.

Para conocer el Decreto 1408, haga clic aquí.

El Ministerio del Trabajo emitió el Decreto 1399 del 29 de octubre de 2021, por el cual se reglamenta el artículo 24 de la Ley 2155 de 2021 y subroga la Sección 10 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre el incentivo a la generación de nuevos empleos.

Para conocer el Decreto 1399, haga clic aquí.

Por medio de la Resolución 126 del 29 de octubre de 2021, l se imparten instrucciones para la aplicación del artículo 45 de la Ley 2155 de 2021, referente a las obligaciones en mora ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.

Para conocer la Resolución 126, haga clic aquí.

El Gobierno sancionó la Ley 2157 del 29 de octubre de 2021, Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley Estatutaria 1266 de 2008, y se dictan disposiciones generales del habeas data con relación a la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones, más conocida como Ley de Borrón y cuenta nueva.

Para conocer la Ley 2157, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 29 de octubre de 2021 la Resolución No. 1259 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

Consumo y Ordinario: entre el 01 de noviembre y el 30 de noviembre de 2021.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.27%, lo cual representa un aumento de 19 puntos básicos (0.19%) en relación con la anterior certificación (17.08%).

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.91% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 25.91% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 29 puntos básicos (0.29%) con respecto al periodo anterior (25.62%).

Para conocer la Resolución 1259, haga clic aquí.

Por mayoría de 5 a 2, la Junta Directiva del Banco de la República incrementó la tasa de interés en 50 puntos básicos, llevándola a 2,5%. Dos miembros votaron por un incremento de 25 puntos básicos.

Esta decisión se tomó teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

La actividad económica continuó recuperándose a un mayor ritmo de lo esperado. El crecimiento económico refleja el fortalecimiento de la demanda interna, cuya dinámica ha sido favorecida en gran medida por la política monetaria, fiscal y regulatoria implementada desde inicios de la pandemia. Sobre esta base se revisaron al alza las proyecciones de crecimiento del PIB a 9,8% para 2021 y a 4,7% para 2022.

La inflación anual a fin de septiembre se ubicó en 4,51%, alcanzando un nivel por encima del esperado. El incremento de la inflación se explica en gran parte por el comportamiento de los precios de los alimentos y de los regulados. El equipo técnico del Banco revisó al alza el pronóstico de inflación a 4,9% y 3,6% para finales de 2021 y 2022, respectivamente.

La reciente evolución del mercado laboral ha sido positiva, con incrementos significativos en los niveles de empleo. Ello ha permitido que las tasas de desempleo nacional y urbana hayan continuado reduciéndose, aunque sus niveles siguen siendo altos respecto al promedio histórico. La recuperación de la actividad económica permite prever que la tendencia favorable del mercado laboral continuará en los próximos meses.

El crecimiento de la demanda interna se reflejará en una expansión del déficit en cuenta corriente alcanzando 5,3% del PIB en 2021. Este deterioro del balance externo se da en el marco de un endurecimiento de las condiciones externas.

Por medio de la Resolución 124 del 28 de octubre de 2021, se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la DIAN, por el año gravable 2022, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

Para conocer la Resoluciòn 124, haga clic aquí.

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Cumpla con las obligaciones normativas (circular 100-00016 de dic 2020 de SuperSociedades, y circular 170 de la DIAN). El plazo de la obligatoriedad de la aplicación del SAGRILAFT, ya se venció, es posible que su empresa no haya realizado este proceso, el cual podría acarrear sanciones.

Daremos a los participantes, el conocimiento específico relacionado con SAGRILAFT y de la importancia de cumplir con la normatividad para evitar multas y sanciones por la SuperSociedades. De igual manera se busca brindar herramientas y metodologías facilitar el entendimiento y aplicación de la norma.

 

¿A quién va dirigido?

Oficiales de cumplimiento, revisores fiscales, auditores internos, personal de áreas de riesgos no financieros, personal de áreas de prevención del riesgo LAFT.

 

 

boton temario

  1. Administración del Riesgo de Lavado de Activos
  • Concepto general y definición de riesgo
  • El sistema de gestión de riesgos y el control interno
  • Principios de la gestión del riesgo
  • Gestión integral de riesgos – ISO 31010
  • Definición de riesgos inherentes y riesgo residual
  • Definición de apetito de riesgo y niveles de tolerancia.
  • Metodología para identificación de riesgos, consecuencias.
  • Metodología para la parametrización de la probabilidad e impacto.
  • Elaboración mapas de riesgos.
  • Desarrollo del manual y políticas de aplicación

  1. Aplicación de la Debida Diligencia
  • ¿Qué es la Debida Diligencia
  • ¿Qué es la Debida Diligencia Intensificada?
  • ¿Qué son las listas vinculantes
  • Responsabilidades del Oficial de Cumplimiento

  1. Segmentación de los factores de riesgo
  • ¿Cuáles son los factores de riesgo a considerar?
  • Modelos de segmentación de los datos
  • Segmentación por K-Medias
  • Segmentación con clúster Bietápico

 

 

boton expositores

 

Oswaldo Moreno Navarrete

Contador Público, Magister Gerencia Estrategia – Universidad Sta. Maria la Antigua Panamá. Especialización en Contabilidad Internacional (actualmente) Universidad Rey Juan Carlos de Madrid España. Especialización en Normas Internacionales de Contabilidad NIC OICE – Bogotá. Consultor certificado NIAS – Audinfor – España, fabricante del Software de Auditoria y Control de Calidad.

Docente y consultor en Talleres, Diplomados y Especializaciones en Auditoria y NICC1 en Universidad de Cundinamarca, Universidad Uniciencias, Colegio de Contadores Públicos, Universidad Antonio Nariño. Grupo de Estudio de las NIIF en la U. Javeriana XBRL Coach Empresarial Mentor Josep Oconnors. Socio de la Firma RyR Moreno Auditores Consultores Docente Universitario – Conferencista Internacional.

Vice Rector Universidad del Istmo en Panamá. 1998 – 2010. Gerente OMENLACEGLOBAL 2010 a la fecha. Firma especializada en la Consultoría de estándares internacionales, Normas de Auditoria y Control de Calidad.

 

María Camila Moreno Gómez

Administradora de Negocios con énfasis en Mercadeo. Diplomado Gestión Del Riesgo – Universidad Javeriana mayo de 2021. Aspectos relevantes de la novedosa ISO37301: Sistemas de Gestión de Cumplimiento - Directrices y Requerimientos - World Compliance Association 27 de abril de 2021. Sensibilización y formación en cultura de compliance. Ética empresarial - World Compliance Association 14 de abril de 2021. CURSO SAGRILAFT – ASOBANCARIA. 5 de abril de 2021.

Consultora líder de Calidad, Riesgos y Cumplimiento en EMPRESA ENLACE GLOBAL INTERNACIONAL SAS y Consultora de Calidad y Mercadeo en EMPRESA OXIRENTAL MEDELLIN.

 

 

 

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  • HORARIO:       viernes 4:00 p.m. a 8:00 p.m.
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