Noticias

Noticias (3209)

Actualmente la NIC 41 Agricultura requiere que todos los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola se midan a valor razonable menos los costos de venta. Esto se basa en el principio de que la transformación biológica de estos activos durante su vida útil se refleja mejor con la medición al valor razonable.

Sin embargo, existe un subgrupo de los activos biológicos, conocidos como plantas para producir frutos, que se utilizan exclusivamente para cultivar productos durante varios períodos, al final de su vida productiva son generalmente desechadas.

Una vez la planta está madura, aparte de producir, su transformación biológica no es significativa en la generación de beneficios económicos futuros. Los únicos beneficios económicos futuros significativos provienen de los productos agrícolas que da.

Una vez el IASB realice la traducción oficial de la aludida enmienda a la NIC 41, el CTCP la pondrá en discusión pública para que surta el debido proceso previsto en la Ley 1314 del 2009.

Los contribuyentes que tengan la obligación de  presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario para personas  naturales este año, no tendrán que desplazarse por un formulario a los Puntos de  Contacto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ya que podrán  utilizar los servicios en línea de la DIAN.

Así, lo explicó la Directora de Gestión de Ingresos de la DIAN, Cecilia Rico Torres,  al señalar que los contribuyentes disponen de tres (3) opciones en la página web de la  DIAN (www.dian.gov.co), para diligenciar la declaración de este impuesto.  Ingresando al portal web como:

1. Usuario registrado, con mecanismo digital, utilizando el botón .  Esta opción permite diligenciar la declaración, presentar e incluso pagar en  línea, si así desea hacerlo. Como tiene mecanismo digital, no debe  desplazarse a entidad bancaria alguna, puesto que al firmarla con dicho  mecanismo, se reemplaza la firma autógrafa y queda legalmente presentada. 

2. Habilitando cuenta, utilizando el botón. Esta opción permite  crear una cuenta, diligenciar el formulario usando los servicios dispuestos en  la página web e imprimir dos (2) ejemplares, firmarlos manualmente (firma  autógrafa) y presentarlos en la entidad bancaria, inclusive si no tiene valor a  pagar, para que quede debidamente presentada la declaración. Si le resulta  saldo a pagar, con la misma declaración puede pagar, diligenciando la casilla  de pago (casilla 980).

3. Sin habilitar cuentas, sin claves, utilizando el botón , al igual que  en la opción 2, esta tercera alternativa le permite diligenciar el formulario  usando los servicios dispuestos en la página web e imprimir dos (2)  ejemplares, firmarlos manualmente (firma autógrafa) y presentarlos en la  entidad bancaria, inclusive si no tiene valor a pagar para que quede  debidamente presentada la declaración. Si le resulta saldo a pagar, con la  misma declaración puede hacer el pago diligenciando la casilla de pago  (casilla 980). Esta opción se diseñó para facilitar el procedimiento a quienes  regularmente lo venían haciendo en los formularios litográficos.

La funcionaria aclaró que ninguna entidad bancaria recibirá formularios descargados  de la página web de la DIAN y diligenciados a mano por los contribuyentes. También  precisó a quienes utilicen el Programa Ayuda Renta 2013 (programa dispuesto por la  DIAN para facilitar el proceso del diligenciamiento de la declaración), que el formulario  generado por el mismo, es un borrador que muestra los datos a diligenciar a través de las  tres (3) opciones antes descritas.

Toda la información de la declaración del impuesto sobre la renta para personas  naturales encuéntrela en www.dian.gov.co/lamejorseleccion
El Presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley que fortalecerá la gobernabilidad de las cámaras de comercio y las blindará en contra de las prácticas indeseadas.

Señaló que de acuerdo con la nueva norma solo podrá ser elegido “quien haya estado afiliado a la Cámara como mínimo dos años y de manera ininterrumpida, o sea no pueden a último momento afiliarse a una cantidad de empresas —generalmente de papel— para hacerse unas mayorías”.

Agregó que para “ser afiliado debe tener antigüedad mínima y continua de dos años como comerciante matriculado. Eso es importante que no cualquiera pueda matricularse o afiliarse a las cámaras”.

Así mismo, recordó que antes los miembros de las juntas directivas eran elegidos por dos años y podían reelegirse en forma indefinida, lo que generaba “programas de muy corto plazo, pero también dirigentes que se eternizaban en sus puestos”.

Indicó que ahora “los miembros de las juntas directivas serán elegidos por periodos de cuatro años y con una sola reelección inmediata”.

“Creemos que eso mejora la gobernabilidad, obliga o ayuda a tener mejor planeación, una visión de más largo plazo y estimula algo muy importante, las cámaras en el país”, añadió el Mandatario.

El Presidente Santos también explicó que antes “los presidentes de las juntas directivas podían ser removidos por una de las mayorías precarias, simplemente porque hubo una pelea de coyuntura, entonces los removían y eso también generaba una inestabilidad”.

La norma sancionada “exigirá una mayoría calificada de dos terceras partes para remover y para nombrar presidentes. Con tal disposición se garantiza la conformación de unas mayorías más legítimas, que legitiman a su vez los mandatos y se evita ingobernabilidad”.

Puso de presente que la ley otorga “más instrumentos a la Superintendencia para evitar, corregir y reprimir conductas que atentan con la legitimidad y la gobernabilidad de las cámaras”.

Por último, el Jefe de Estado resaltó la tarea cumplida por las cámaras de comercio en la modernización de la economía y les agradeció el “papel importantísimo en la formalización del empleo, en este proceso que estamos empeñados en ir formalizando el empleo en las empresas, y en la generación de más puestos de trabajo”.
El Registro de Garantías Mobiliarias informó que de acuerdo al artículo 85 de la Ley 1676 de 2013 y los artículos 40 y 41 del Decreto 400 del 24 de Febrero de 2014, los acreedores garantizados que requieran registrar sus garantías mobiliarias expedidas con anterioridad al 24 de Febrero de 2014 en el Registro de Garantías Mobiliarias, tienen seis (6) meses siguientes a la vigencia de la Ley para realizar el registro inicial manteniendo la prelación con la que contaban al momento de la expedición de la Ley, sin costo alguno.

Para mayor información comuníquese con Confecámaras en Bogotá al 3814100, o escriba al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Tras ser demandada por supuestamente contar con algunos conceptos inconstitucionales, la Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en fime todos los artículos de la Reforma Tributaria, establecida en la Ley 1607 de 2012, aprobada en diciembre de ese año.

Los vicios de inconstitucionalidad que alegaba la demanda, hacían referencia a vicios de trámite en el Congreso. En su fallo, la Corte Constitucional indicó que dicha reforma no atentaba contra los preceptos de justicia y equidad y que sus artículos están acordes con las normas.

El único articulado que quedó fuera de esta Ley, era el que establecía un régimen especial para San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que buscaba dar cumplimiento a programas estratégicos que para el efecto defina el Gobierno Nacional para el Archipiélago.

Esta parte, establecida entre los artículos 151 a 155, fueron declarados inexequibles porque, como había argumentado la Procuraduría General, no tenía relación directa con el resto de la Reforma Tributaria.

Entre los aspectos más destacados de esta Reforma Tributaria, se encuentran la creación del Impuesto Mínimo Alternativo, el Impuesto sobre la renta para sociedades y desmontó los parafiscales para que las empresas generen más impuestos.

Para conocer la Ley 1607 de diciembre de 2012, haga clic aquí.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dispuso para comentarios el proyecto de decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario", dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expidió el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Por lo anterior, recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de decreto desde el día 8 de julio de 2014, hasta el día 13 de julio de 2014, a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de decreto, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
Mediante la Resolución 000122 del 20 de junio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reguló la inscripción y actualización del Registro Único Tributario, RUT, a través de las cámaras de comercio.

Dicha Resolución establece que la formalización debe realizarse directamente por el interesado o un representante legal. Además, establece los requisitos para dicho trámite por parte del interesado y las funciones e implicaciones de las cámaras de comercio.

Para conocer la Resolución 000122 del 20 de junio, descargue el documento adjunto a esta noticia.
Miércoles, 09 Julio 2014 08:58

DIAN advierte sobre correspondencia falsa

Escrito por
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – alertó a los contribuyentes que personas inescrupulosas vienen realizando el envío de cartas fraudulentas en las cuales se hace alusión a un presunto requerimiento de la Entidad para el suministro información.

En dicho oficio, se invita a los contribuyentes a que remitan “personalmente o través de un apoderado fotocopia de su documento de identidad”, a fin de “comparar la información financiera reportada por las entidades en donde posee productos financieros”.

La DIAN aclaró que dichos oficios no han sido enviados por la administración tributaria y pidió a los ciudadanos no atender a los mismos para evitar fraudes y otros delitos.

Así mismo, señaló que las comunicaciones enviadas por la DIAN cuentan con un código de verificación que garantiza la autenticidad de las mismas. Este código puede ser corroborado ingresando al botón Verificar autenticidad Correos DIAN, en la página web de la entidad, www.dian.gov.co
De las 2654 empresas a las que la Superintendencia de Sociedades les solicitó información financiera bajo los estándares de las Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF, a la fecha han reportado 2.165.
 
Así lo muestra el más reciente informe de la Delegatura de Asuntos económicos y Contables en el que se evidencia que de las empresas que reportaron, 26,84 por ciento de las empresas que reportaron, 26,84 por ciento hace parte del sector manufacturero, 25,59 a comercio y 7,16 por ciento del sector agropecuario.
 
“El país viene desarrollando el proceso de convergencia a estándares internacionales contables, de información financiera con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas, con estándares de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios”, explicó el superintendente de Sociedades Luis Guillermo Vélez Cabrera tras resaltar la importancia de que las sociedades que operan en Colombia logren una mayor visibilidad y reconocimiento.
 
Esta serie de convergencias impulsarán adicionalmente la inversión extranjera directa en el sector real, agregó Vélez Cabrera tras recodar que con base en el informe entregado por las sociedades, se realizará un estudio de impacto que será presentado el próximo 21 y 22 de julio en la ciudad de Medellín durante el Evento Nacional de Convergencia a Normas de Contabilidad de Información Financiera Internacional.
 
El 18 por ciento de empresas restante que no reportó sus estados financieros bajo los estándares de las Normas Internacionales de Información Financiera
recibirán un requerimiento de la Superintendencia de Sociedades solicitando explicaciones y envío de la información.
Con el fin de acompañar a los vendedores de juegos de azar, tenderos, y empresarios de la industria gráfica que aún no están formalizados, la Cámara de Comercio de Bogotá, en alianza con el Sena, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Propaís, gremios como Gelsa, que reúne a los vendedores de juegos de azar; ServiTienda, que reúne a los tenderos, y el cluster de industrias gráficas de Bogotá, realizan un proceso de sensibilización y acompañamiento a estos empresarios, para que no pierdan oportunidades de mercado.

Los empresarios que se formalizan logran entre otros beneficios aumentar las ventas, acceso a crédito, sostenibilidad de la empresa, aumento de inventarios, mejoramiento de servicio al cliente, así como participación en actividades de las entidades vinculadas como ruedas de negocio.

El programa de formalización de la CCB para este segmento de empresarios tiene como meta para el 2014 sensibilizar y generar conciencia a 52.200 empresarios de estos, de los cuales se espera que 19.000 terminen el proceso.

A la fecha, la entidad ha logrado el 46% de esta meta, con un total de 8.815 empresas formalizadas. Esto representa un crecimiento del 289% respecto al mismo periodo del año anterior.

Con estas acciones la Cámara de Comercio de Bogotá busca incrementar la productividad y la competitividad de las empresas de Bogotá y la región, a través del programa de formalización que se basa en el acompañamiento personalizado a los empresariosinformales, que fueron identificados por medio de un mapeo, y apoyados a través de información económica, social y empresarial de la entidad.

Juegos de azar
La alianza con Gelsa busca facilitar el registro de 7.000 comerciantes a través de las diferentes jornadas de capacitación. A la fecha se han realizado 11 jornadas, 51 conversatorios con 600 personas sensibilizadas y 1900 vendedores se han matriculado en el Registro de Vendedores de Juegos de Suerte y Azar.

Además fueron capacitados 150 directivos y personal administrativo de la empresa Gelsa con el fin de generar conocimiento y formar replicadores. Para formalizar los vendedores de la región, en Cundinamarca se han realizado  dos jornadas, una en Fusagasugá y otra en Zipaquirá.

Tenderos
La meta es formalizar a 1800 tenderos. La metodología para llevar a cabo el Programa de Formalización se basa en el acompañamiento en zonas de intervención previamente identificadas como potenciales. Una vez se identifiquen los grupos objetivo, se realizarán las respectivas capacitaciones para desarrollar el proceso de formalización.

Cámara Móvil Regional
A través de las Cámaras Móviles Regionales, programa en el que la CCB lleva sus servicios a los municipios donde no tiene presencia, la entidad ha visitado 14 municipios de Cundinamarca, ha logrado 700 registros y ha sensibilizado a cerca de 400 personas.

Servicios Empresariales
La CCB invita a todos los emprendedores a acceder a los servicios empresariales  de la entidad, a través de un diagnóstico que evalúa las necesidades de la empresa. Así, la entidad establece una ruta para hacer un acompañamiento y contribuir a alcanzar los sueños de los empresarios.
Página 216 de 230

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.