Certificados del Interés Bancario y de captación se tramitan en línea y sin costo
Richard santaLa Superintendencia Financiera de Colombia pone a disposición de la ciudadanía en general la expedición en línea y sin costo de los certificados del Interés Bancario Corriente y de las Tasas de interés de captación y colocación más representativa del mercado y la comercial promedio de captación del sistema financiero.
De esta manera, la Superfinanciera continúa avanzando en la implementación de la estrategia de Gobierno Digital mediante el aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones para contribuir a la construcción de un Estado más eficiente y con mejores servicios a los ciudadanos.
El trámite de estos certificados, definido en la Resolución 0295 de 2018, puede hacerse ingresando a nuestro sitio en internet www.superfinanciera.gov.co sección Servicios al ciudadano título Certificados en línea, en donde también están disponibles los certificados de existencia y representación legal.
SuperSociedades desmonta títulos judiciales físicos en liquidaciones judiciales
Richard santaLa Superintendencia de Sociedades anuncia el inicio de la tercera fase del proyecto de desmaterialización de títulos de depósitos judiciales que permitirá la transformación de los títulos físicos en electrónicos.
La nueva etapa comienza este 12 de marzo de 2018 y abarca los procesos de liquidación judicial y liquidación obligatoria.
Gracias a la transformación de los títulos judiciales, los trámites de conversión, fraccionamiento y pago, serán mucho más ágiles. Por otro lado, ya no será necesario el desplazamiento de los beneficiarios a las instalaciones de la entidad, pues bastará con acercarse al Banco Agrario de Colombia.
Estas son los procesos de la entidad que ya cuentan con títulos electrónicos:
- Procesos societarios de la Delegatura para los Procedimientos Mercantiles
- Procesos especiales de la Delegatura para los Procedimientos de Insolvencia
- Reorganización
- Liquidación por adjudicación
- Validación de un acuerdo de reorganización extrajudicial
La SuperSociedades informará oportunamente al público en general sobre el avance de implementación gradual para los demás procesos.
A partir de la puesta en marcha del proyecto no se expedirán nuevos títulos de depósito judicial en físico.
Formularon cargos contra 1.200 empresas por no reportar estados financieros a tiempo
Richard santaAnte la proximidad de los vencimientos de los plazos para presentar los estados financieros del 2017, la Superintendencia de Sociedades les recuerda a los empresarios la obligación de remitir sus balances oportunamente y evitar sanciones.
En el 2017, un total de 2.556 empresas no enviaron sus estados financieros correspondientes al ejercicio del año anterior, dentro del plazo establecido por la Superintendencia, cifra que representa cerca del 10% del universo de las empresas que vigila esta entidad.
La Superintendencia ha establecido que más de 1.600 empresas, que no cumplieron oportunamente con la entrega de los estados financieros correspondientes al 2016, están localizadas en Bogotá. De estas sociedades, 1.250 fueron requeridas con pliegos de cargos.
El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, recordó a los empresarios "su obligación de reportar a tiempo los balances contables debidamente auditados por revisoría fiscal en el mes de abril, para evitar sanciones que de acuerdo con la ley, pueden llegar hasta los 200 salarios mínimos legales vigentes, dependiendo del incumplimiento en cada caso".
En cumplimiento de sus competencias de control y vigilancia, durante el último año la Superintendencia también multó a más de 600 empresas, por incumplir con esta obligación.
Cabe recordar que el periodo de transición para el envío de los balances bajo las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF ya se cumplió. Por consiguiente, a partir de este año todas las compañías del sector real que tienen esta obligación, deben reportar su situación contable bajo estos parámetros.
Cabe recordar que la Circular Externa 201-00004, expedida por el superintendente de sociedades, Francisco Reyes Villamizar, fijó los plazos para el envío de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2017, comenzando el 3 de abril y hasta el 16 del mismo mes de acuerdo con los últimos dos dígitos del NIT.
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DECLARACION DE RENTA PERSONA JURIDICA
El próximo 10 de abril iniciamos los vencimientos de las declaraciones tributarias anuales por el año gravable 2017, se necesita una apropiada aplicación de la normatividad fiscal y sus correspondientes decretos reglamentarios y se hace indispensable además de la elaboración de estas declaraciones, teniendo en cuenta que en el mes de octubre se deberá reportar el formulario 2516, tomar precauciones para la planeación de la del 2018.
OBJETIVO: El objetivo fundamental es brindar adecuadas herramientas prácticas y recomendaciones claves para la preparación de estas nuevas declaraciones y la racionalización de la determinación de las bases e impuestos de las mismas.
TEMARIO:
EXPOSITOR: JAIME MONCLOU PEDRAZA Contador Público Titulado de la Universidad Central, Consultor con especializaciones en Revisoría Fiscal y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia, Miembro y Consejero Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario - ICDT y del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP. Docente de pregrados y posgrados de varias universidades como Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Sur Colombiana del Huila y Universidad Libre de Pereira. Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades como: Banco de Bogotá, Practica, Actualícese, Accounter, Asociación de Contadores Públicos del Huila, Cámara de Comercio, Instituto Nacional de Contadores Públicos INCP, Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, Tu Consulta, Novoclick, Simposio de Revisoría Fiscal, Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública, Asfacoop, Gestión Integral Académica, Sterling Asociados. Principales publicaciones: Asobancaria, Actualización y Práctica Tributaria Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas. Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado, Cartillas Declaración de Renta, Manual Régimen Tributario Especial para entidades sin ánimo de lucro, Cartilla de IVA.
INFORMACION GENERAL: LUGAR: CENTRO COMERCIAL SAN DIEGO Cl. 34 #43-66, Medellín, Piso 11 Torre Norte FECHA: jueves 5 de abril del 2018 HORARIO: 4:30 pm a 9:00 pm VALOR: $ 170.000 más IVA si cancela hasta el 26 de marzo $ 207.000 más IVA después del 26 de marzo Descuentos: Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura Facturas con 3 asistentes el 15% para toda la factura Facturas con 4 asistentes o más el 20% para toda la factura El valor incluye memorias, libreta, lapicero, Calendario, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
INSCRIPCIONES: Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4)4442926. • Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web. • Consigné en la Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045 a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280-0 y envié copia de la consignación al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak96723').innerHTML += ''+addy_text96723+'<\/a>'; //--> • Solicite link de pago con tarjeta de crédito al teléfono (4)442926
MAYORES INFORMES: Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF • Teléfono: (4) 4442926 • Celular: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 • Página Web: www.icef.com.co • Dirección electrónica: eventos@icef.com.co - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak54913').innerHTML += ''+addy_text54913+'<\/a>'; //-->
ilimitada SAS. • Página Web: https://www.ilimitada.com.co • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak56017').innerHTML += ''+addy_text56017+'<\/a>'; //-->
POLITICAS DE VENTA Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (contabilidad@icef.com.co) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |
Información exógena y su aplicación práctica - Medellín
Escrito por Fernando Salazar![]() |
INFORMACIÓN EXÓGENA Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA MEDELLIN
Mediante la Resolución No. 000060 de 30 de octubre de 2017, la DIAN, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 139 de la Ley 1607, ha reglamentando, con la debida anticipación, los sujetos obligados a suministrar información por el AÑO GRAVABLE 2018, y sus especificaciones técnicas
AGENDA ACADEMICA 1. INFORMACION LEGAL
2. APLICACIÓN PRÁCTICA DE INFORMACIÓN EN MEDIOS MAGNÉTICOS
EXPOSITORES: PEDRO JOSE FRANCO CARDENAS Ingeniero de Sistemas de la UniversidadInccade Colombia y Especialista en Administración Pública ESAP. Fue Jefe de Servicio Informático y Administración de Impuestos de Medellín (DIAN), entidad en la cual se ha desempeñado en diferentes cargos desde el año 1983. Conferencista durante los últimos cinco años en temas informáticos tributarios, docente en las Facultades de Postgrado y Pregrado de varias y reconocidas universidades del país. Actualmente es Director de Asistencia Tecnológica, Dirección Seccional de Impuestos de Medellín, cargo en el que ha estado desde el 2006. Coautor del libro: Guía práctica para la elaboración de la Declaración de Renta e Información Exógena 2010, editado y publicado por el ICEF.
ÁNGELA MARCELA ROMO BUITRAGO Contadora Pública de la Universidad de Antioquia. Egresada de la Escuela de Planeación Tributaria XVIII promoción y diplomado en Normas Internacionales e Información Financiera (NIIF). Conferenciante en Información en medios magnéticos y en diversos seminarios de actualización tributaria. Vinculada a la firma Gil Gómez y Cía. S.A.S. desde el año 2009, con amplia experiencia en aspectos tributarios, contables y reportes de información exógena. Asistente y colaboradora en la edición del Manual de Impuesto sobre las Ventas e Impuesto Nacional al Consumo de la firma Gil Gómez yCíaS.A.S.
INFORMACION GENERAL: LUGAR: CENTRO COMERCIAL SAN DIEGO Cl. 34 #43-66, Medellín, Piso 11 Torre Norte FECHA: miércoles 4 de abril del 2018 HORARIO: 4:00 pm a 9:00 pm VALOR: $190.000
DESCUENTOS: 20% egresados, administrativos y docentes 30% estudiantes de pregrado activos. 25% estudiantes de posgrados. Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura Facturas con 3 asistentes el 15% para toda la factura Facturas con 4 asistentes o más el 20% para toda la factura El valor incluye memorias, libreta, lapicero, Calendario, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
INSCRIPCIONES: • Educo www.unaula.edu.co • Diligncie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4)4442926. • Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web. • Solicite link de pago con tarjeta de crédito al teléfono (4)442926
MAYORES INFORMES: Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA • Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193 • Celulares: 3015215938 • Página Web: www.unaula.edu.co • Dirección electrónica: extension.universitaria@unaula.edu.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF • Teléfono: (4) 4442926 • Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 • Página Web: www.icef.com.co • Dirección electrónica: eventos@icef.com.co - icef@une.net.co |
CONCILIACIÓN FISCAL- Ejemplos ilustrativos ICEF - UNAULA
Escrito por Fernando Salazar![]() |
CONCILIACIÓN FISCAL Ejemplos ilustrativos
PRESENTACION: La Reforma Tributaria (Ley 1.819 de 2016), sin duda, cambió sustancialmente la forma como se relacionan e interactúan las normas fiscales con las normas contables, debido a que a partir del 1º de enero de 2017 son las NIF[1], en gran medida, la base para la determinación del impuesto sobre la renta y complementario. Dado que las NIF tratan temas tales como la medición de activos y pasivos a valor presente y valor razonable, devengo de ingresos y gastos, transacciones de financiación que generan ingresos y gastos por intereses implícitos, deterioro del valor de los activos, aplicación del método de participación, ingresos y gastos presentados en el otro resultado integral, etc., ahora resulta imperativo e inaplazable, primero, entender el tratamiento contable de los hechos económicos bajo las NIF, y segundo, identificar cuáles son los impactos tributarios de estos tratamientos. Adicionalmente, el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1998 de 2017, reglamentó el artículo 772-1 de la Reforma Tributaria, indicando que la Conciliación Fiscal constituye una obligación de carácter formal, que se define como el sistema de control o conciliación mediante el cual los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a llevar contabilidad, deben registrar las diferencias que surjan entre la aplicación de los marcos técnicos contables y las disposiciones del Estatuto Tributario. El Instituto Colombiano de Estudios Fiscales (ICEF), de la mano del Contador Público y Abogado Carlos Arturo Rodríguez Vera (especialista en estándares internacionales de información financiera y gerencia tributaria), diseñó un Seminario con el propósito de presentar, de forma sencilla y didáctica, los principales aspectos relacionados con la Conciliación Fiscal, especialmente lo referido al Control de Detalle y el Reporte de Conciliación Fiscal.
PROGRAMA:
EXPOSITOR: CARLOS ARTURO RODRIGUEZ VERA Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; Socio de la firma IFAS S.A.S.; Ex Sub Contador General de la Nación. .; Ex Sub contador General de la Nación; Ex integrante del Grupo de Apoyo Técnico que elaboró el Régimen de Contabilidad Pública. Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades; Diseño y ejecución del Seminario Taller sobre NIIF organizado por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista.
INFORMACION GENERAL: LUGAR: CENTRO COMERCIAL SAN DIEGO Cl. 34 #43-66, Medellín, Piso 11 Torre Norte FECHA: martes 3 de abril del 2018 HORARIO: 2:00 pm a 7:00 pm VALOR: $235.000
DESCUENTOS: 20% egresados, administrativos y docentes 30% estudiantes de pregrado activos. 25% estudiantes de posgrados. Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura Facturas con 3 asistentes el 15% para toda la factura Facturas con 4 asistentes o más el 20% para toda la factura El valor incluye memorias, libreta, lapicero, Calendario, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
INSCRIPCIONES:
MAYORES INFORMES: Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA • Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193 • Celulares: 3015215938 • Página Web: www.unaula.edu.co • Dirección electrónica: extension.universitaria@unaula.edu.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF • Teléfono: (4) 4442926 • Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 • Página Web: www.icef.com.co • Dirección electrónica: eventos@icef.com.co-icef@une.net.co . [1] De acuerdo con el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus reglamentarios, las Normas de Información Financiera (NIF) aceptadas en Colombia, corresponden, en esencia, a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para las entidades del Grupo 1, la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las Pymes) para las entidades del Grupo 2, y el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas para las entidades del Grupo 3. |
Resolución 86, procedimiento para registro de hechos de Fontic o FonTV
Richard santaResolucion No. 086 de 2018 Por la cual se incorpora, al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con los recursos de Fontic o Fontv, que se transfieren a los operadores públicos del servicio de televisión.
Para conocer la Resolución 86 completa, haga clic aquí.
Exportadores de comida de mar a EE.UU. pueden acogerse a comercio confiable
Richard santaLos exportadores de comida de mar a Estados Unidos pueden acogerse, si así lo deciden, al Programa de Comercio Confiable, propuesto por el Servicio Nacional de Pesca Marina de ese país, con el que buscan hacer un seguimiento a esta clase de productos. El objetivo es combatir la pesca ilegal, irregular o no reportada, así como luchar contra el fraude en la comida de mar y proteger algunas especies.
La idea es hacer la trazabilidad a esta clase de productos y especialmente a las siguientes especies: abulón, bacalao del atlántico, cangrejo azul del atlántico, pez dorado, mero, cangrejo rey rojo, bacalao del pacífico, pargo rojo, pepino de mar, tiburón, camarón, pez espada, atún blanco, de ojo grande o patudo, barrilete, de aleta amarilla y de aleta azul.
La propuesta de la autoridad estadounidense está abierta a consideración de las personas interesadas para que hagan comentarios hasta el próximo 19 de marzo.
La idea es que los exportadores colombianos que se acojan a este programa, puedan gozar de algunos beneficios como, por ejemplo, una disminución en los requisitos de mantenimiento de registros y elaboración de informes y entrada privilegiada al comercio estadounidense para esta clase de comida,
“El Programa busca que toda la cadena productiva de las especies cubiertas por éste, se encuentre documentada y sea legal y así prevenir la entrada de productos que provengan de la pesca ilegal”, explica el Servicio.
Los empresarios interesados en hacer parte de este Programa deberán, además de comercializar una de las especies protegidas, mantener una cadena productiva segura y libre de pesca ilegal; ser titular de un Permiso de Comercio Internacional de Pesca (IFTP) válido y llenar el formulario electrónico correspondiente, según determinará el Servicio Nacional de Pesca Marina. En este último requisito se piden algunos documentos y se debe pagar la inscripción.
Proyecto de Resolución, prescribe formulario para presentar declaración de renta
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el proyecto de Resolución por el cual se prescribe el Formulario para la presentación de la “Declaración de Renta y Complementario o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas y Personas Naturales y Asimiladas no Residentes y Sucesiones ilíquidas de Causantes no Residentes".
Las observaciones y comentarios por parte de los usuarios y partes interesadas pueden enviarse al correo comentarios_formularios_oficiales@dian.gov.co hasta el 9 de marzo de 2018.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
Funcionarios públicos, contratistas y proveedores del estado en la mira de la DIAN
Richard santaContinuando con las acciones de cobro y control extensivo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, inició en el presente mes la revisión de las obligaciones tributarias de los servidores públicos, contratistas y proveedores del Estado, encontrando que más de 10.000 de ellos tienen deudas a favor de la nación por un valor cercano a los $62 mil millones de pesos.
Para recuperar esta cartera en marzo, la DIAN adelantará campañas de cobro masivo e invitaciones a declarar a estos funcionarios y proveedores del Estado, que deben asumir un comportamiento impecable, entre ellos, el cumplimiento del deber de tributar.
Las acciones de cobro que se ejecutan a servidores públicos morosos, podrán llegar hasta el embargo de salarios, bienes y demás acciones propias de la jurisdicción coactiva. También incluyen a 3.302 contratistas o proveedores del Estado omisos de la declaración de renta de los años 2013 a 2016, quienes tendrán que presentar la declaración y pagar la correspondiente sanción de extemporaneidad.
Las Direcciones Seccionales de la DIAN en todo el país, están contactando a cada una de las entidades donde se encuentran ubicados estos funcionarios y proveedores, con el fin de generar cultura de la tributación y del cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Se recuerda a todos los deudores de la Administración Tributaria, que no pagar las obligaciones tiene un alto costo, tanto para el país, como para el moroso, porque se priva al país de recursos para la obtención de bienes públicos, y el moroso tendrá que pagar una alta tasa de interés (29.02% para el mes de marzo), exponiéndose además a medidas cautelares, que en casos extremos pueden llegar hasta el remate de bienes.
Los servidores públicos morosos pueden ser reportados ante la Oficina de Control Disciplinario Interno de sus entidades o ante la Procuraduría General de la Nación, para que se inicien las acciones disciplinarias a que haya lugar por el incumplimiento de lo establecido en el numeral 1º del artículo 34 del Código Disciplinario Único – Ley 734 de 2002. De igual manera, sucede con los omisos, que pueden incurrir en falta gravísima de conformidad con lo establecido en el numera 50 del artículo 48 de la misma Ley.