Conozca cómo funciona la asignación por defecto para quienes están afiliados a las AFP y aún no han escogido fondo
Richard santaCon el fin de brindar orientación a los trabajadores que realizan sus aportes para pensiones en las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP, la Superintendencia Financiera de Colombia – SFC explica en qué consiste la asignación por defecto a los afiliados en el esquema multifondos.
Este 5 de marzo entró en vigencia el Decreto 959 de 2018 en el que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público definió las reglas para la asignación del fondo a través del cual las AFP administrarán los aportes de los afiliados al Régimen de Ahorro Individual y NO escojan ninguno de los tres tipos existentes.
Es importante recordar que los afiliados pueden acercarse en cualquier momento a su Administradora de Fondos de Pensiones y asesorarse para elegir el fondo que más le convenga según su perfil de riesgo.
El objetivo al ubicar los aportes de los cotizantes que no hayan hecho su elección en los diferentes fondos según su edad y su género, es mantener un balance adecuado entre rentabilidad y riesgo, buscando que los afiliados más jóvenes puedan obtener mayores rentabilidades en el largo plazo.
¿Cómo se realizará la asignación para quienes no hayan elegido todavía su fondo?
Para recordar: la asignación depende de la edad y el género del afiliado
Nuevos aportes
Los nuevos aportes de las mujeres menores de 42 años y los hombres menores de 47 se asignarán al Fondo de Mayor Riesgo.
A partir de estas edades y hasta los 45 años para las mujeres y los 50 años para hombres, los nuevos aportes se distribuirán entre los fondos de mayor riesgo y moderado.
El porcentaje que se destinará al fondo moderado irá aumentando proporcionalmente con la edad del afiliado.
Saldo
Cuando las mujeres cumplan 42 años y los hombres 47 años se iniciará una etapa de convergencia en la cual cada año se trasladará un 20% de los ahorros pensionales hacia el fondo moderado, con el fin de que cuando las mujeres cumplan 46 años y los hombres 51 años, el 100% de sus ahorros se encuentren ubicados en este fondo.
Con el propósito de proteger los recursos de las cuentas de ahorro individuales, cuando las mujeres cumplan 52 años y los hombres 57 años y hayan elegido un tipo de fondo o se les haya asignado uno por defecto, se trasladarán progresivamente los ahorros hacia el fondo conservador hasta cumplir la edad de pensión.
En cualquier caso, es importante que los afiliados a las AFP identifiquen su perfil de riesgo diligenciando la encuesta correspondiente en el sitio web de su AFP y elija el fondo que más le convenga.
Por su parte, las Administradoras de Fondos de Pensiones tienen la obligación de proporcionar información y disponer sus canales de atención para brindar la debida asesoría para que los afiliados, de acuerdo con sus perfiles de riesgos, tomen las mejores decisiones en cuanto a la elección del tipo de fondo.
Al 31 de enero de 2019, 7.1 millones de afiliados hombres que tenían menos de 47 años y 5 millones de mujeres con menos de 42 años eran potenciales sujetos de asignación al fondo de mayor riesgo.
Vale la pena recordar que el sistema de multifondos nació en 2009 con el objetivo de ofrecer, principalmente, alternativas de fondos que se ajusten a las características de género y edad de los afiliados. De este sistema hacen parte los tres tipos de fondos a través de los cuales las AFP administran los recursos de los cotizantes para pensión, así: Fondo Conservador, Fondo Moderado y Fondo de Mayor Riesgo.
Incremento en el precio de la cerveza por IVA plurifásico será modesto
Richard santaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla dijo que el incremento en el precio de la cerveza y de las gaseosas por IVA plurifásico no debería afectar sustancialmente el bolsillo del consumidor final y los efectos sobre el precio no deberían darse.
De acuerdo con el titular de esta cartera, el cambio de IVA monofásico a plurifásico es positivo por cuanto se trata de “un salto hacia adelante, hacia la modernidad tributaria que recomendaron reiteradamente los expertos y aunque sabemos que pueda generar fricciones al principio, es una medida conveniente para las finanzas del país”.
El Ministro afirmó que para el usuario final el precio se incrementará entre 2 % y 3 % por una única vez, pero jamás en un 15 o 20% como han señalado algunos sectores.
La medida, contemplada dentro de la Ley de Financiamiento, implica que ahora sean responsables de declarar y pagar el IVA ante la Dian proveedores, mayoristas, distribuidores y comerciantes.
En el caso de los tenderos que pertenecen al régimen simple, no están obligados a facturar ni a recaudar IVA, por lo tanto, no tendrán que cumplir con la nueva obligación.
Con este cambio en el cobro del IVA a la cerveza y gaseosas, el Gobierno Nacional espera recaudar $980.000 millones al año.
MinTrabajo presentó en Senado alcances laborales del Plan Nacional de Desarrollo
Richard santaLa ministra del Trabajo, Alicia Arango, acudió a la Comisión Séptima del Senado para socializar los alcances laborales del Plan Nacional de Desarrollo.
La ministra Arango inició su intervención haciendo una reflexión sobre lo que está pasando en el tema laboral en Colombia, en donde el 44% los trabajadores se ganan menos de un salario mínimo y no tienen ningún tipo de protección y seguridad social, a lo que reiteró: “no podemos seguir trabajando solamente con los 8.3 millones de pensionados que tiene el sistema y 14 millones de personas que laboran, que no cotizan y sin ningún derecho a una pensión, es decir, están desprotegidos, pero esa es la realidad”.
“Es por esto, que estamos buscamos implementar un piso mínimo de protección social, lo que significa que los trabajadores que ganan menos de un salario mínimo, tengan derecho a instrumentos como los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), o de estímulos al ahorro pensional voluntario para que cuando lleguen a la vejez, tenga un ahorro”, señaló la ministra.
La titular de la cartera laboral también se refirió a los nuevos modelos de trabajo que Colombia tiene que ir ajustando, como son los trabajos estacionales, por horas o tiempo parcial o por temporadas, que exigen que haya un piso mínimo de protección social.
La ministra también expuso otra de las cuatro estrategias del componente laboral, relacionada con la consolidación de un subsistema de formación para el trabajo, para un talento humano, acorde con las necesidades del sector productivo y que permita que las empresas del país empleen a jóvenes entre 18 y 28 años. Actualmente el desempleo de los jóvenes es del 17%.
“Colombia necesita generar estrategias que permitan darle un impulso al empleo decente y al emprendimiento”, dijo Arango Olmos.
Finalmente, expuso las bondades de promover la garantía de los derechos de los trabajadores y de continuar impulsando el diálogo social entre trabajadores y empresarios. Destacó: “estamos convencidos que el diálogo social es muy importante y ayuda a sacar adelante muchas negociaciones en el país”.
Oficio 030990, no es necesaria transferencia jurídica para ser arrendamiento financiero
Richard santaEl Oficio No. 030990 del 28 de diciembre de 2018, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, se reconsidera el Oficio No. 000105 del 12 de febrero de 2018, en el sentido de aceptar que no es necesaria la transferencia jurídica del bien en favor del arrendatario para se califique como arrendamiento financiero.
Para conocer el Oficio 030990 completa, descargue el archivo adjunto a esta nota.
PdR, procedimiento contable para registro de recursos entregados en administración
Richard santaLa Contaduría General de la Nación puso a discusión de los interesados y del público en general, el proyecto de Resolución por la cual se incorpora, en el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, el Procedimiento contable para el registro de los recursos entregados en administración y se modifica el Catálogo General de Cuentas de dicho Marco Normativo, la cual será de carácter obligatorio, una vez se emita el acto administrativo, para efectos del registro de los hechos económicos relacionados con los recursos entregados en administración.
La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 15 de marzo.
Para conocer el Proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
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FORO INDUSTRIA Y COMERCIO
PRESENTACIÓN:
Se aproximan los vencimientos para la "Declaración y pago del Impuesto de Industria y Comercio", pero cada municipio posee su propio acuerdo municipal en el que indican los ingresos susceptibles de ser gravados, las exenciones, las deducciones, la cuantificación de la base gravable, las retenciones de ICA, los anticipos, los saldos a favor y liquidación de dicho gravamen.
Además, la ley de financiamiento trajo un nuevo concepto y es el impuesto Unificado bajo el Régimen Simple que como grandes tributaritas han dicho “no es tan simple”, este tiene como finalidad reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tanto de las personas naturales como jurídicas que decidan voluntariamente tributar en este régimen. Dicho gravamen sustituye al impuesto sobre la renta e integra el impuesto nacional al consumo, el impuesto sobre las ventas, industria y comercio, al igual que su complementario de avisos y tableros y las sobretasas bomberiles.
Por lo que hemos convocado a varios expertos en el tema, pertenecientes al área metropolitana: Medellín, Envigado, Itagüí, Bello y Sabaneta, para que compartan sus conocimientos sobre los acuerdos que están vigentes en dichos municipios y la transición al Régimen Simple. El foro será dirigido por el doctor Norbey Vargas Ricardo y cada panelista indicará cuál es el acuerdo vigente en su municipio y los aspectos más destacados, tanto en la parte sustantiva como en la procedimental.
PANELISTAS:
Daniel Escobar Valencia
Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Abogado Universidad de Medellín. Asesor Jurídico y Tributario en empresas públicas y privadas. Durante varios años se desempeñó como líder en Fiscalización, Control y Cobro Persuasivo del Municipio de Itagüí. Fue Miembro del Comité de Doctrina Tributaria de este mismo municipio. En varias ocasiones ha sido secretario de despacho encargado de la Secretaría de Hacienda de Medellín, actualmente se desempeña como subsecretario de ingresos de la oficina de Hacienda del municipio de Medellín.
Ricardo Valencia Escobar
Magister en Tributación y política de la Universidad de Medellín. Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA, Abogado de la Universidad de Antioquia. Actualmente se desempeña como Asesor Jurídico en la Secretaría de Hacienda Itagüí y Medellín.
Carlos Arturo López García
Especialista en Gestión Pública, con énfasis en derecho público de la Universidad Cooperativa de Colombia, Especialista en Legislación Tributaria y Especialista en derecho administrativo de la Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA, Abogado de la Universidad Cooperativa de Colombia con amplios conocimientos en Derecho Público, con énfasis en legislación tributaria territorial y presupuesto público. Coordinador de Área de Seguridad Vial y Transportes del Municipio de Envigado, Asesor Jurídico Secretaria de Transportes y Transito del Municipio de Envigado, Asesor de despacho en la Secretaria de Hacienda del Municipio de Envigado, Conferencista en asuntos de Hacienda Pública, Constitucional, Tributario territorial y Administrativos. Expositor en la cámara de comercio y en la Institución Universitaria de Envigado, en aspectos tributarios y presupuestales para los contribuyentes del Municipio de Envigado, Autor en el año 2008 del Estatuto Tributario del Municipio de Envigado. Docente de pregrado y posgrados de diferentes Universidades. Actualmente se desempeña como Asesor de Despacho en la Secretaría de Hacienda del Municipio de Envigado.
Norbey Vargas Ricardo
Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana. Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Contador Público de esta misma Universidad, Abogado de la Universidad de Medellín. Durante 16 años laboró en el departamento de Impuestos de Interconexión Eléctrica S.A. ISA. Docente en los posgrados de Impuestos de la Universidad de Medellín, UPB, Católica de Oriente, Universidad de Antioquia, EAFIT, Uniciencias Medellín, Autónoma Latinoamericana, Conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales, en instituciones como la Cámara de Comercio de Urabá, Fenalco, CETA, Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT. Socio director de las Firmas: Estrategia Fiscal S.A.S., Razón Jurídica S.A.S. y el Centro de Estudios de Tributos Territoriales CETRIT. Revisor fiscal de Frugal S.A., Termaltec S.A., Corporación AES Colombia, Constructora Capital Medellín y Conservarte.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Auditorio Centro Comercial Sandiego FECHA: 3 de abril de 2019 HORARIO: 4:00 p.m. a 8: 30 p.m. VALOR: $ 170.000 hasta el 20 de marzo, después del 21 de marzo $195.000
DESCUENTOS:
20% egresados, administrativos y docentes 30% estudiantes de pregrado activos. 25% estudiantes de posgrados
El valor incluye memorias, kit, refrigerio, estación de café permanente y certificado.
- Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: ICEF o EDUCO o en el teléfono: 57 (4)4442926. - Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280. Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045, si lo hace
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF
Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA
POLÍTICAS DE VENTA ICEF
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak95673').innerHTML += ''+addy_text95673+'<\/a>'; //--> ) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |
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SEMINARIO ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO - JURÍDICO JUSTIFICACIÓN:
La constitución de Entidades Sin Ánimo de Lucro, en lo sucesivo – E.S.A.L y la ejecución de actividades comunitarias y de economía solidaria, constituye en nuestro país una forma de contribuir y fomentar al desarrollo social, en sectores de interés Estatal, que se señalan en el contenido de las actividades meritorias establecidas en el artículo 359 del Estatuto Tributario.
El conocimiento del marco jurídico que rige para las Entidades sin Ánimo de Lucro en materia tributaria, requieren de los profesionales de la Contaduría Pública y de los miembros de los Órganos Directivos, el estudio y evaluación de las obligaciones de tipo formal y sustancial, lo anterior dada la necesidad de la preparación e implementación tanto de la información como de los reportes que se requieren para la calificación y actualización que deben cumplir las E.S.A.L. para optar y/o permanecer en el Régimen Tributario Especial.
AGENDA ACADÉMICA:
CONFERENCISTA:
Juan Carlos Jaramillo Díaz
Abogado - U. de la Sabana y especialista en tributación de la Universidad de los Andes, con amplia experiencia en derecho tributario, auditoría tributaria desde el punto de vista legal, manejo de aspectos jurídicos contables de los impuestos, y planeación tributaria en el sector no lucrativo. Desde el año 2007 socio principal de la Firma JARAMILLO PINEDA ABOGADOS SAS. Fue asesor de la subcomisión de expertos de la ley 1739 del 2014 para el tema del sector no lucrativo. Conferencista sobre temas legales y tributarios del sector no lucrativo en varios foros y congresos nacionales e internacionales. Autor de varios artículos relacionados con temas legales y tributarios de entidades sin ánimo de lucro. Autor del libro de Entidades Sin Ánimo de Lucro Régimen Legal y Tributario publicado por Legis en su séptima edición.
Actualmente, profesor Universitario de la Universidad de la Sabana y en la especialización de Derecho Tributario en el módulo del régimen tributario especial de la misma Universidad.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Auditorio Centro Comercial Sandiego FECHA: viernes 15 de marzo de 2019 HORARIO: 8:00 a.m. a 12: 00 m. VALOR: $ 180.000
DESCUENTOS:
20% egresados, administrativos y docentes 30% estudiantes de pregrado activos. 25% estudiantes de posgrados El valor incluye memorias, estación de café permanente y certificado.
- Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: ICEF o EDUCO o en el teléfono: 57 (4)4442926. - Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280. Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045, si lo hace por transferencia envíe copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.';
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Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF
Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA
POLÍTICAS DE VENTA ICEF
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak7732').innerHTML += ''+addy_text7732+'<\/a>'; //--> ) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |
DIAN emite concepto relacionado con el documento equivalente POS
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el 27 de febrero de 2019, el concepto relacionado con el Documento Equivalente POS, como documento soporte para solicitar costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta e impuesto descontable en el Impuesto sobre las Ventas.
En el Concepto del 27 de febrero de 2019, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, considero que: “conforme lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 16 de la Ley 1943 de 2018, dado que a la fecha aún no se ha expedido decreto reglamentario, se siguen las disposiciones que regulan la materia antes de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018. Esto significa que hoy, el documento equivalente POS tiene plena validez para solicitar costos y deducciones en el Impuestos sobre la Renta, lo mismo que Impuestos descontables en el Impuestos sobre las Ventas, y será así hasta tanto se reglamente la materia; sin perjuicio de la facultad fiscalizadora de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales".
Resolución 263, Certifica Interés para crédito de consumo y ordinario para marzo
Richard santaLa Superintendencia Financiera expidió el 28 de febrero de 2019 la Resolución No. 263 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:
Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de marzo de 2019.
Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.37%, lo cual representa una disminución de 33 puntos básicos (-0.33%) en relación con la anterior certificación (19.70%).
Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 29.06% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 29.06% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 49 puntos básicos (-0.49%) con respecto al periodo anterior (29.55%).
Para conocer la Resolución 263 completa, haga clic aquí.
BanRepública mantiene tasa de interés en 4,25% para marzo
Richard santaA finales de 2018 la inflación volvió a sorprender a la baja, al situarse en 3,18%, debido principalmente al comportamiento favorable de los precios de los transables y de los no transables (sin alimentos ni regulados). Debido a esto, la inflación sin alimentos ni regulados descendió a 2,64% y el promedio de las medidas de inflación básica cayó a 3,03%. Los precios de los alimentos siguieron registrando una tendencia al alza, con incrementos anuales inferiores a 3,0%, mientras que los precios de los regulados crecieron muy por encima de la meta. En enero de 2019 las expectativas de los analistas a uno y más años se situaron entre 3,3% y 3,5%, mientras que las implícitas en los títulos de deuda pública para dos, tres y cinco años se ubicaron entre 3,47% y 3,61%.
La inflación fue baja, y cercana al 3% en el cuarto trimestre de 2018, en un contexto de brecha de producto negativa, con una relativa recuperación de la demanda interna. El consumo de los hogares habría registrado un mejor desempeño debido al comportamiento del gasto en bienes durables. La inversión se seguiría recuperando, especialmente la dirigida a la compra de maquinaria y equipo. Las cifras de comercio exterior sugieren que las exportaciones habrían crecido a un menor ritmo que las importaciones. Con esta información, el equipo técnico del Banco estima que el crecimiento económico para el cuarto trimestre se situará alrededor de 2,7%, y para todo 2018 en 2,6%. Para el mismo año el déficit de la cuenta corriente como porcentaje del PIB se situaría alrededor de 3,7%.
Al cierre de 2018 la cartera comercial (moneda nacional y extranjera, crédito externo directo y bonos) creció al 7,4% anual, la de consumo al 9,1%, y la hipotecaria 11,1%. Las tasas reales de interés para los créditos comerciales, hipotecarios y de consumo (excepto tarjetas) se encuentran en niveles inferiores a los promedios de los últimos diez años.
El equipo técnico del Banco redujo (frente al Informe anterior) sus pronósticos para el precio internacional del petróleo, el crecimiento de los socios comerciales y las tasas de interés externas. La actividad económica se seguirá recuperando y los excesos de capacidad productiva del país se reducirán. Algunos choques transitorios de oferta pueden generar leves incrementos de la inflación con respecto a su meta en el primer semestre de 2019, pero ésta regresará a niveles cercanos al 3% en la segunda mitad del año.
Para 2019 el equipo técnico espera un precio promedio del petróleo de $ 63 por barril (Brent), sustancialmente menor al de $ 73 por barril mencionado en el último Informe; la producción mundial creció y la demanda mundial se ha desacelerado ligeramente. El menor crecimiento de la producción y la ausencia de presiones inflacionarias en las economías avanzadas sugieren menores incrementos en las tasas de interés de política, particularmente en los Estados Unidos. La prima de riesgo país y la cotización del peso frente al dólar se situaron por encima de sus promedios observados el año pasado.
El equipo técnico del Banco revisó su pronóstico de crecimiento para la economía colombiana desde 3,5% hasta 3,4%. El deterioro proyectado de los términos de intercambio y la leve desaceleración esperada de los socios comerciales serían, en parte, compensados por los efectos positivos de la Ley de Financiamiento, principalmente sobre la inversión. La aceleración del crecimiento económico previsto en 2019 implica un cierre parcial de la brecha del producto, y una posible ampliación del déficit de la cuenta corriente como proporción del PIB.
Varios choques podrían elevar la inflación por encima de nuestra meta de 3% en el primer semestre del año. El incremento de 6,0% en el salario mínimo en cada uno de los dos últimos años y un fenómeno de El Niño moderado que elevaría el precio de los alimentos; el precio de los bienes regulados ha crecido a tasas superiores a 6,0% en los últimos años y podría continuar creciendo a tasas altas en 2019. Se trata de choques transitorios en todos los casos y la inflación regresaría a niveles cercanos al 3% a finales del año.
En síntesis, la actividad económica se sigue recuperando a partir de un nivel inferior a la capacidad productiva de la economía. La inflación se ha reducido, pero nuestro pronóstico y las expectativas de los agentes aún superan el 3%. Las condiciones externas e internas sugieren un cierre gradual de la brecha del producto en 2019. La postura actual de la política monetaria es ligeramente expansiva.
Con base en la anterior información, en las reuniones de diciembre de 2018 y enero de 2019 la Junta ponderó los siguientes factores para tomar su decisión:
La dinámica de la actividad económica y la incertidumbre sobre la velocidad de su recuperación.
La inflación observada, su convergencia esperada a la meta del 3% y los riesgos asociados a la misma.
La actual postura moderadamente expansiva de la política monetaria.
Los efectos sobre la economía colombiana derivados de las cambiantes condiciones financieras internacionales.
En este entorno, al evaluar el estado de la economía y el balance de riesgos, la Junta consideró conveniente mantener la tasa de interés de referencia en 4,25%.
La Junta seguirá haciendo un cuidadoso monitoreo del comportamiento de la inflación y las proyecciones de la actividad económica y la inflación en el país, así como de la situación internacional. Finalmente, reitera que la política monetaria dependerá de la nueva información disponible.