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El Ministerio de Hacienda, publicó para comentarios el proyecto de decreto con la Agenda Regulatoria para 2023. La entidad recibirá comentarios hasta el 1 de diciembre a las 12 de la noche.

Para conocer el proyecto de agenda regulatoria, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades presenta el informe sobre el comportamiento financiero de 33 clubes de fútbol colombiano, específicamente el estado de situación financiera y el estado de resultados integral de los equipos de las categorías A y B, así como un análisis de los componentes de estos estados financieros.

La información presentada corresponde al análisis de datos con corte a 31 de diciembre del año 2021 de 31 clubes de fútbol colombiano organizados como sociedades anónimas y de 2 asociaciones entidades Sin Ánimo de Lucro supervisadas por el Ministerio del Deporte, en el cual se ilustrarán los principales resultados financieros de la totalidad de los clubes de fútbol como los resultados discriminados por categoría A y categoría B.

El estudio presenta un trabajo de reclasificación de ingresos, costos y gastos atendiendo lo señalado en la Guía de Orientación Contable en materia de reconocimiento, medición, presentación y revelación de información financiera para los Clubes de Fútbol con deportistas profesionales, la cual fue emitida por la Superintendencia de Sociedades y el Ministerio del Deporte, el 23 de mayo de 2022, conforme los marcos de referencia de información financiera vigentes en Colombia bajo estándares internacionales.

"El informe de Comportamiento Financiero de los 33 Clubes de Fútbol Colombiano refleja una positiva reactivación económica que, en sus cifras, representa un incremento de sus ingresos de actividades ordinarias del 41.3% y una reducción de su pérdida del 35.2%. Dicho efecto nos permite reconocer una pronta recuperación de los clubes y la oportunidad que tenemos para continuar acompañando a los equipos, creando diferentes sinergias con actores de relevancia como el Ministerio del Deporte y las federaciones, que faciliten la formalización del deporte del país" señaló el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez.

El siguiente análisis se basa en la reclasificación del estado de resultados integral conforme a lo antes indicado en relación con los ingresos de actividades ordinarias, otros ingresos, costos de ventas, gastos de administración y ventas, así como otros ingresos, otros gastos y costos e ingresos financieros que fueron reubicadas para cumplir con los lineamientos dispuestos en la Guía de Orientación Contable para los Clubes de Fútbol.

El análisis basado en ingresos solo incluye los rubros que componen los ingresos de Actividades Ordinarias. Respecto al Estado de Situación Financiera, este se analiza tal cual fue presentado por los Clubes de Fútbol sin ser reclasificado.

El Club Deportivo Popular Junior, incrementó sus ingresos del año 2020 al 2021 en $4,4 mil millones, con una participación sobre los ingresos totales de todos los 33 Clubes de Fútbol del 11,0% ocupando el segundo lugar.

Azul y Blanco Millonarios, presentó una recuperación de sus ingresos, reflejando un incremento de ingresos como taquilla y abonos (143%), venta de artículos deportivos (79%), y publicidad y patrocinio (63%). En esta ocasión no percibió ingresos por participación en torneos.

En el caso de clubes que entran en este ranking, pero disminuyeron sus ingresos frente al año 2020 se encuentra: Independiente Medellín (El Equipo del Pueblo), con una reducción de -$7,7 mil millones y América de Cali con -$3,1 mil millones, esto debido en gran medida al reporte de menores ingresos por participación en torneos y auxilios/giros, en ambos casos.

Conclusiones por categoría:

Los rubros más representativos en ingresos para la categoría A fueron:

• Publicidad y patrocinio con una participación sobre el total de 33,4%,
• Derechos de televisión el 28,8%, y
• Taquilla y abonos el 13,4%.

Los clubes de categoría A en el año 2021 tuvieron una pérdida de $40.200 millones

• Con mayor concentración en clubes como Deportivo Cali, Atlético Nacional, Deportivo Independiente Medellín y Millonarios (en ese orden).

Los rubros más representativos en ingresos para la categoría B en el año 2021 fueron:
• Derechos de televisión con 62,0%,
• Publicidad y patrocinio con 22,6% y,
• Giros Dimayor, FCF y Conmebol con una participación sobre el total de 22,1%.
• Los clubes de categoría B, recuperaron sus cifras en cuanto a utilidades, (pérdidas en 2020 a causa de la pandemia), y en el año 2021 lograron recuperarse con una variación positiva de este rubro del 189,9%, nivel cercano al año 2019, obteniendo una utilidad de $4.200 millones.

Es importante tener unidad de criterio (ingresos, costos y gastos) en la medición y clasificación de los hechos económicos para la presentación de los estados financieros siguiendo los lineamientos pedagógicos ilustrados en la Guía de Orientación Contable para los clubes de fútbol con deportistas profesionales.

Sobre el informe
La Superintendencia evaluó la composición de los ingresos operacionales (Taquilla, venta y préstamo derechos deportivos, patrocinio y publicidad, derechos de TV y giros Dimayor, giros Federación Colombiana de Fútbol, escuelas de fútbol, eventos, venta de artículos deportivos y otros), la composición de los costos de ventas –reclasificados- (ventas de artículos deportivos y/o mercancías), la composición de los gastos –reclasificados-(gastos de nómina deportiva: plantilla de jugadores y cuerpo técnico, gastos deportivos: nómina deportiva, amortización y gastos de venta y préstamo de derechos deportivos, gastos operacionales: gastos deportivos y otros asociados a la actividad principal, gastos administrativos: personal, honorarios, arrendamientos, seguros, gastos legales, gastos de viaje, mantenimientos, gastos por servicio de deuda y gastos por impuestos.

Exclusión de casos de la muestra
Cúcuta Deportivo: Al cierre del ejercicio objeto de análisis, esto es 31 de diciembre de 2021, el club se encontraba incurso en un proceso de liquidación judicial y sólo en el curso del año 2022 se reactivó la sociedad, razón por la cual no se cuenta con información financiera comparable que sirva a los fines del presente estudio.

Deportivo Pereira: Al encontrarse este club en liquidación judicial, sus cifras no pueden ser comparables con las de una sociedad en marcha.

Atlético Fútbol Club: No se recibió respuesta alguna tras la solicitud de presentación de información financiera para el corte 2021, ni tras los controles de términos emitidos después del mes de abril del año 2022.

Para conocer el informe completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en desarrollo de la jornada “Al día con la DIAN le cumplo al país" y comprometida con la misión de asegurar la sostenibilidad fiscal de la Nación, identificó cerca de 8.400 contribuyentes que desarrollan las actividades económicas del sector de industrias manufactureras, además de ser obligados aduaneros, quienes tienen pendiente el pago de sus obligaciones tributarias, con una cartera cercana a los $1,7 billones.

Como resultado del análisis de la información que reposa en las bases de datos, se evidenció que, los contribuyentes que desarrollan actividades como: confección de prendas de vestir, industrias básicas de metales preciosos, actividades de impresión, fabricación de colchones y somieres, fabricación de jabones y detergentes, elaboración de aceites y grasas de origen vegetal y animal, fabricación de artículos de plástico, fabricación de muebles, entre otros, son quienes tienen la cartera morosa más elevada.

Al realizar el análisis de la información de cartera vencida por zonas de influencia geográfica, se determinó que el 85% de los deudores desarrollan sus actividades en: Bogotá (39%), Antioquia (19%), Valle del Cauca (16%) y Atlántico (11%). Adicionalmente, se pudo identificar que, el 70% de los deudores son personas jurídicas, el 26% son personas naturales y el 4% restante, se encuentra catalogado como gran contribuyente.

En virtud de lo anterior, la DIAN invita a estos contribuyentes a ponerse al día en sus obligaciones pendientes. En caso de requerir información del estado de su proceso de cuenta, u orientación para llevar a cabo el trámite de solicitud de facilidad de pago, pueden programar una cita virtual a través del sistema de agendamiento, en la opción información cobranzas.

En materia de fiscalización, como resultado de la lucha contra el contrabando se han efectuado 34.890 aprehensiones por valor de $385.644'054.038, con un incremento del 8.0% en valor respecto del mismo periodo del año anterior. Estas acciones de control obedecieron además de labores propias, a trabajo articulado con otras autoridades de control del orden nacional y territorial. Producto de estas aprehensiones, se lograron 31.299 decomisos en firme por valor de $326.359'257.855, con un incremento del 17.1.% en valor respecto del mismo periodo del año anterior.

Durante lo corrido del año 2022, se destacan las acciones de control realizadas por la DIAN en las Direcciones Seccionales con mayor participación porcentual en valor de aprehensiones: Bogotá (20.0%); Cali (16,0%); Medellín (9.8%); Cartagena (7.2%) y Barranquilla (5.8%).

Se tiene prevista la realización a nivel nacional de visitas de control de obligaciones formales a contribuyentes de actividades económicas relacionadas con alojamiento en hoteles, apartahoteles, centros vacacionales, actividades de zonas de camping, parques para vehículos recreacionales y demás tipos de alojamiento. En las verificaciones se revisará el adecuado cumplimiento al deber de facturar, la presentación de declaraciones y del reporte de la información exógena.

Para finalizar, como resultado de las acciones conjuntas de cobranzas y fiscalización, entre enero y septiembre de 2022 se ha logrado un recaudo por gestión de $23.98 billones, el cual se discrimina en $18.73 billones por concepto de ingresos efectivos y $5.25 billones por gestión de fiscalización.

Lo anterior representa un crecimiento de 39.4%, en comparación con el mismo periodo de 2021.

Al término de la reunión que sostuvo con ponentes de la reforma tributaria de los partidos de gobierno, el presidente de la República, Gustavo Petro, anunció que no se gravarán las pensiones y que la sobretasa al petróleo y el carbón se aplicarán con base en los precios internacionales de los hidrocarburos.

En su declaración, el Mandatario precisó: “Un aspecto, no vamos a presentar un impuesto a las pensiones. Segundo aspecto, modificamos la tributación del sector de hidrocarburos, que trabaja con bienes públicos, de propiedad de la nación: el petróleo y el carbón”.

En este sentido, puntualizó que “se mantiene el que las regalías, en todo el sector minero que paga regalías, no sean deducibles del impuesto de renta, por un criterio básico y fundamental: los bienes del subsuelo de nación, desde la Constitución de 1886, son propiedad de la nación, son propiedad pública, son propiedad del pueblo colombiano. En esa medida, la nación, cuando concede su explotación económica por un particular, tiene el derecho a unas regalías y, por tanto, estas no son parte de la contabilidad de las empresas privadas que tienen esa concesión, y no son entonces deducibles de su impuesto de renta”.

Al respecto, el Jefe de Estado indicó que, en la reunión de ponentes, se acordó introducir la modificación de que “la sobretasa al impuesto para el sector petrolero y el sector carbonero dependerán del precio internacional del petróleo y del carbón”.

En este sentido, señaló que se ha introducido una fórmula que indica de dónde a dónde la sobretasa para el petróleo es del 5%, del 10% y del 15% en casos de precios superiores del petróleo al promedio de los últimos 20 años.

Igualmente, indicó que “hay una tasa diferencial para el carbón, que comienza un poco más tarde porque sus costos de producción son diferentes, y llega hasta un máximo del 10% de su impuesto de renta”.

Filosofía de la reforma tributaria
“Estas son las dos medidas que se han tomado. La ponencia se acabará de construir el día martes, miércoles, con este tipo de modificaciones y consensos ya logrados y tendremos entonces el último debate en las plenarias tanto de Cámara como Senado”, recalcó el Jefe de Estado.

Al indicar que el valor de la reforma tributaria es de 20 billones de pesos para 2023, el Mandatario sostuvo que su filosofía central consiste en dos aspectos: “Uno, aumentar la capacidad de pago del país, su capacidad para pagar sus compromisos internacionales, que crecieron lamentablemente de una manera muy alta en los últimos años. Y dos, para aumentar la justicia social en Colombia”.

“Por eso, los impuestos que aquí se han modificado tienen que ver con las capas de mayores ingresos de la sociedad colombiana y no afectan a la mayoría de los colombianos”, concluyó.

Por decisión unánime durante la sesión tripartita de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, presidida por la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, se crearon las Subcomisiones de Reforma Laboral y Reforma Pensional.

Así mismo, se establecieron las Subcomisiones de Empleo y Empleabilidad, y de Análisis de decretos y convenios de la OIT.

Representantes de los empleadores y de las y los trabajadores, coincidieron en que se reactiven las Subcomisiones de Productividad, Asuntos Internacionales, Género, Mesa de seguimiento al convenio 189 de la OIT, Formalización laboral rural, Sector público y de Gestión Migratoria.

La titular de la cartera laboral señaló: “En esta mesa de diálogo tendremos todas las garantías para expresarnos y hacer alusión a los temas que queramos. Acá se trata de construir desde la diferencia y que prevalezca el respeto”.

De otra parte, se determinó encargar de la Secretaría Técnica de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, al director de Derechos Fundamentales del Ministerio del Trabajo, Juan Nicolás Escandón Henao.

Calendario concertado
30 de noviembre y 1 de diciembre, reunión de la Subcomisión de Productividad
5 de diciembre, se instala Mesa de Concertación del salario mínimo de 2023
6 de diciembre, sesión de la Mesa de concertación
9 de diciembre, presentación de ofertas para el incremento del salario mínimo del 2023
12, 13, 14 y 15 de diciembre, jornadas de discusión y concertación del salario mínimo del próximo año
15 de diciembre, primer vencimiento legal para concertación del salario mínimo de 2023
19 de diciembre, presentación del escrito de salvedades de las partes
22 de diciembre, sesión de la Comisión de Concertación para estudio de salvedades
30 de diciembre, fecha límite expedición del decreto de salario mínimo de 2023

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el Proyecto de Resolución por medio de la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2023.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 30 de octubre de 2022, a través del buzón Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Con corte a 30 de septiembre de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- ha logrado un recaudo bruto de $176.76 billones, lo que representa un cumplimiento de meta del 110.4%, y una variación positiva del 35.5% en relación con el mismo período de 2021.

En cuanto al desempeño del recaudo entre enero y septiembre, es importante resaltar los tres tributos con mayor participación, entre los cuales se destacan: Retención en la fuente a título de Renta con el 32.7%, Impuesto sobre las Ventas – IVA 21.4% y los tributos aduaneros con el 19.7% de participación.

Con respecto al recaudo bruto de septiembre, la entidad alcanzó la cifra de $24.70 billones, 28.2% más que en septiembre de 2021. Lo anterior, representa un cumplimiento de meta de 105,1%.

En septiembre, los tributos asociados a la actividad económica interna representaron el 81,0% del recaudo del mes, con una cifra de $20.00 billones, mientras que los tributos asociados al comercio exterior alcanzaron una participación de 19,0% con una suma de $4.70 billones.

Por otra parte, como resultado de las acciones de fiscalización, entre enero y septiembre se ha logrado un total de $5.2 billones representados en $4.5 billones por fiscalización tributaria, $64.457 millones de fiscalización internacional, $568.303 millones por concepto de fiscalización aduanera, y $73.834 millones de control cambiario.

Para finalizar, como parte de las acciones de lucha contra la evasión y el contrabando, entre enero y septiembre se alcanzó un valor de $23,98 billones discriminados en ingresos efectivos por $18,73 billones y gestión de fiscalización por un valor de $5,25 billones.

De igual importancia los resultados de aprehensiones que en los nueve primeros meses del año suman 33.113 mercancías por valor de más de $359 mil millones.

Conozca el detalle de las cifras de recaudo haciendo clic aquí.

La ministra del Trabajo Gloria Inés Ramírez, anunció que las mesas de concertación comenzarán este próximo 24 de octubre para la discusión de las reformas pensional, laboral y salario mínimo para el próximo año.

La jefe de la cartera explicó las metodologías para construir las reformas pensional y laboral: “Vamos a ponernos de acuerdo para crear unas subcomisiones para empezar a trabajar la reforma laboral, otra subcomisión para la pensional, la mesa de concertación para la activación de las cinco comisiones. También trabajaremos la subcomisión de reglamentación y decretos”, anotó.

Estas propuestas fueron planteadas en la pasada Conferencia Nacional del Trabajo, realizado por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Confederación General del Trabajo (CGT) y la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC).

Estas mesas tendrán el acompañamiento la Organización Internacional del Trabajo, (OIT), la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, compiló en un solo documento, toda la doctrina vigente que en materia tributaria, aduanera y cambiaria de criptoactivos ha expedido la entidad.

Para conocer el documento de la DIAN sobre criptoactivos, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN extendió los plazos para suministrar la información en el RUB mediante Resolución N° 001240 del 28 de septiembre de 2022, en la cual se modificaron los artículos 10, 13 y el Anexo I - Anexo Técnico de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, así:

Por parte de las Personas Jurídicas, Estructuras sin Personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas al 31 de mayo de 2023, el plazo se ha extendido hasta el 31 de julio de 2023.

Por parte de las Personas Jurídicas, Estructuras sin Personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas a partir del 1 de junio de 2023, a más tardar dentro de los 2 meses siguientes a: (i) la inscripción en el Registro Único Tributario - RUT, o (ii) la inscripción en el sistema de Identificación de Estructuras sin Personería jurídica - SIESPJ, o (iii) al momento en que estén obligadas conforme al art. 4 de la Res. 000164 de 2021.

Con relación a los plazos para inscribirse en el Sistema de Identificación de Estructuras sin Personería jurídica - SIESPJ, quedaron así:

Las Estructuras sin Personería jurídica o similares creadas al 31 de mayo de 2023, no obligadas a inscribirse en el RUT, deben inscribirse en el SIESPJ hasta el 31 de julio de 2023.

Las Estructuras sin Personería jurídica o similares creadas a partir del 01 de junio de 2023, deberán inscribirse en el SIESPJ a más tardar dentro del mes siguiente a su creación.

Conforme con lo anterior, los obligados a presentar reporte de Beneficiarios Finales definidos en la Resolución 000164 de 2021, deben tener en cuenta los nuevos plazos de presentación del reporte a partir de la entrada en vigencia de la Resolución 01240 de 2022 del 28 de septiembre de 2022. Se hace énfasis en que estas fechas son el plazo máximo para cumplir con las obligaciones a cargo, lo cual no implica que deba esperarse a esa fecha para cumplir con la obligación.

Es importante precisar que la obligación de suministrar la información de los beneficiarios finales entró en vigencia desde el 15 de enero de 2022, conforme con lo definido en el artículo 25 de la Resolución 000164 de 2021; por lo tanto, las organizaciones que se liquiden o finalicen su operación deberán presentar la información en el RUB antes de solicitar la cancelación de la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT.

Durante los nuevos plazos definidos, los responsables deberán continuar reportando la información de los beneficiarios finales en el RUB. Así mismo, la administración tributaria continuará desarrollando actividades de socialización y capacitación para facilitar a los obligados la presentación del Reporte de Beneficiarios Finales de manera oportuna.

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