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Solo por internet se puede declarar el CREE
Escrito por Fernando SalazarCon el fin de optimizar tiempos y recursos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, dispuso sus sistemas informáticos electrónicos para que los contribuyentes responsables de auto retención CREE, realicen la declaración del cuatrimestre septiembre – diciembre 2013.
En este sentido, la Entidad diseñó el Manual de Habilitación de Cuenta para que los usuarios puedan acceder a los servicios en línea de forma ágil y diligenciar, firmar, presentar y pagar su declaración por concepto del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) por medios electrónicos.
Son responsables de presentar la declaración cuatrimestral de retención del CREE, de acuerdo con el artículo tercero del Decreto 1828 de 2013, los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron inferiores a 92.000 UVT, iniciando el primer vencimiento el 10 de enero de 2014 para los NIT terminados en1, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Se recuerda a los autorretenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital, que están obligados a declarar el CREE únicamente por medios electrónicos.
Para hacer la declaración virtual, la DIAN preparó un tutorial mediante el cual se podrá conocer el paso a paso para la habilitación de cuenta del usuario. Ver tutorial.
Responsables del CREE cuatrimestral a usar Formulario 360
Escrito por Fernando SalazarCircular. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, informa a los contribuyentes responsables de la auto retención CREE, cuyo período de declaración es cuatrimestral, que para presentar la declaración de septiembre – diciembre 2013, deberán utilizar el Formulario 360 y diligenciar el periodo 12 en la correspondiente casilla, período que se entenderá como el correspondiente a las auto retenciones practicadas entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2013.
Los contribuyentes responsables de presentar la declaración cuatrimestral de retención del CREE, de acuerdo con el artículo tercero del Decreto 1828 de 2013, son los autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron inferiores a 92.000 UVT, iniciando el primer vencimiento el 10 de enero de 2014 para los NIT terminados en1, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Los autorretenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital estarán obligados a presentar las declaraciones por concepto del impuesto sobre renta para la equidad (CREE) por medios electrónicos. Las declaraciones presentadas a través de un medio diferente, por parte del obligado a utilizar el sistema electrónico informático de la Entidad, se tendrán como no presentadas.
Formulario 360
CTCP responde consulta sobre fondo de reserva
Escrito por Fernando SalazarConsulta (textual)
“La presente es para consultar sobre la constitución del fondo de imprevistos en una propiedad horizontal nueva, la cual realizó la primera asamblea ordinaria en marzo de 2013 y allí nos presentaron el primer presupuesto para el año 2013 para el conjunto
Mi pregunta es la siguiente: la constructora constituyo un fondo de reserva (pasivo estimado y provisión) o fondo de imprevisto que presento en el Balance a 31 de Diciembre de 2012 presentado el día de la asamblea ordinaria representado en un valor de $2.332.386 este gasto viene desde el año 2011 según se evidencia en las notas a los estados financieros presentados, pero no existe cuenta bancaria que evidencie este fondo- La inquietud es si procede haber hecho la provisión de este gasto antes de la primera asamblea general ordinaria donde se aprobó el primer presupuesto por parte de los copropietarios?” (sic)
Consideraciones y respuesta
Dentro del propósito ya indicado, las respuestas del Consejo Técnico de la Contaduría Pública son de carácter general y abstracto, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.
En referencia con su inquietud, nos permitimos comunicarle que de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 675 de 2001, establece la naturaleza del fondo de imprevistos, así: “(…) La persona jurídica constituirá un fondo para atender obligaciones o expensas imprevistas, el cual se formará e incrementará con un porcentaje de recargo no inferior al uno por ciento (1%) sobre el presupuesto anual de gastos comunes y con los demás ingresos que la asamblea general considere pertinentes.
La asamblea podrá suspender su cobro cuando el monto disponible alcance el cincuenta (50%) del presupuesto ordinario de gastos del respectivo año. El administrador podrá disponer de tales recursos, previa aprobación de la asamblea general, en su caso, y de conformidad con lo establecido en el reglamento de propiedad horizontal.”.
De acuerdo con lo anterior este fondo debió constituirse por asamblea y tal como se evidencia en la Orientación Profesional “Ejercicio Profesional de la Contaduría Pública en Entidades de Propiedad Horizontal” de fecha 1 de julio de 2008; el Fondo de Imprevistos “tiene como finalidad garantizar los recursos necesarios en el momento en el que se incurra en situaciones inciertas, no presupuestadas, que implican la disposición de recursos adicionales a los recursos recaudados en las cuotas ordinarias de administración. Como consecuencia,la naturaleza del Fondo que establece la Ley 675 de 2001, corresponde a la separación de los recursos monetarios en una cuenta de destinación específica, como por ejemplo una cuenta de ahorros, un fondo fiduciario líquido, que garantice la disponibilidad inmediata de los recursos.” Subrayado por fuera del texto.
En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.
Aprueban negociación colectiva en empresas con varios sindicatos
Escrito por Fernando SalazarLa norma fue expedida en el marco del diálogo social y en consulta con las centrales de trabajadores y las organizaciones empresariales con el objeto de fortalecer la autonomía, democracia sindical y negociación colectiva.
La medida busca promover la unidad en el pliego de peticiones y en el proceso de negociación. También defender la representación y participación de las organizaciones sindicales vinculadas a la correspondiente empresa.
La norma da derecho a que los respectivos sindicatos integren conjuntamente la comisión negociadora y precisa que en el caso de que no exista acuerdo para tal fin, la comisión se debe integrar de manera objetiva teniendo en cuenta la proporcionalidad con respecto al número de afiliados, para respetar el derecho de representación sindical.
El jefe de la cartera laboral, Rafael Pardo, indicó que con la expedición de este Decreto "se incentiva la unidad de negociación y se fortalece al movimiento sindical, acatando la jurisprudencia de la Corte Constitucional y los lineamientos de la Comisión de Expertos de la Organización Internacional de Trabajo, OIT, en lo que hace a la representatividad sindical y negociación colectiva".
Decreto 89 del 20 de enero de 2014
Terminan primeros vencimientos para impuestos nacionales
Escrito por Fernando SalazarLos plazos serán los siguientes:
DÍGITO 7 8 9 0
FECHA (ENE) 20 21 22 23
El 60% contribuyentes que tenían obligaciones con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN para esta semana, aprovecharon la jornada especial realizada el pasado sábado 18 de enero.
Buen resultado jornada especial
La DIAN informó que en la jornada de atención especial de este sábado, fueron atendidos alrededor de dos mil contribuyentes. En Bogotá, se brindó atención a 1.628 usuarios, en Cali esta cifra ascendió a 173 y en Medellín a 177. A través del call center se prestó asistencia a 645 contribuyentes.
Dentro de los trámites de mayor demanda en esta jornada especial estuvieron la expedición de RUT y la presentación de declaraciones por diferentes impuestos.
Proponen modificaciones a la NIIF para pymes
Escrito por Fernando SalazarLa entidad señaló que los comentarios serán de la mayor utilidad si:
(a) se refieren a las preguntas en los términos señalados;
(b) indican el párrafo específico o grupo de párrafos a los que se refieren;
(c) contienen un lógica clara;
(d) incluyen alternativas que el IASB debería considerar, si procede.
Teniendo en cuenta lo anterior, las personas interesadas en enviar comentarios sobre este documento, tienen como plazo máximo el 25 de enero de 2014, a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Descargue el documento con las propuestas.
Modifican parcialmente el Arancel de Aduanas
Escrito por Fernando SalazarEl Decreto 045 establece adicionar en el artículo 10 del. Decreto 1755 del 15 de agosto de 2013, la subpartida 0303.44.00.00, con un gravamen arancelario de cero por ciento (0%).
Decreto 045 del 14 de enero de 2014
Presente declaraciones tributarias al día siguiente sin sanción
Escrito por Fernando SalazarDeclaraciones superan la meta
No obstante esta situación, la DIAN indicó que del total de las declaraciones y recibos de pagos de las obligaciones tributarias esperadas en lo corrido del año, se ha registrado el 102% de estas.
Habrá mesa permanente sobre precios de combustibles
Escrito por Fernando SalazarLa mesa de diálogo contará con la participación del Ministro de Minas y Energía, el Ministro de Hacienda y Crédito público, el Ministro de Transporte, el Director de Hidrocarburos, el Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Minas y Energía, y ocho representantes de gremios y asociaciones de transporte.
"Es necesario generar espacios de diálogo y debate entre los diferentes actores para recoger sus opiniones y recomendaciones. El Gobierno Nacional está abierto a escuchar y evaluar propuestas, y espera que esta mesa permanente sea de gran ayuda para enriquecer la política de fijación de los precios de los combustibles", afirmó el ministro Amylkar Acosta.
Esta resolución fue firmada por el Ministerio de Minas y Energía como parte del compromiso acordado con los representantes de los transportadores en reunión del pasado martes 14 de enero.
“la inscripción en el Registro Único Tributario – RUT -, tendrá vigencia indefinida y en consecuencia no se exigirá su renovación; lo anterior sin perjuicio de las actualizaciones a las que haya lugar”.
La funcionaria precisó que para la generación del documento en PDF con fecha actualizada, este es un servicio que pueden adelantarse virtualmente por la página de la DIAN, sin necesidad de desplazarse a los Puntos de Contacto.
¿Cuándo se actualiza el RUT?
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Sólo debe hacerse en dos casos que implican modificaciones en el formulario:
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Datos personales (identificación y ubicación)
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Datos comerciales (actividad económica, responsabilidades, entre otros)
Validez del documento
La copia del documento es válida con la marca de agua “CERTIFICADO DOCUMENTO SIN COSTO” y no requiere la firma del funcionario de la DIAN. Sólo basta el registro de fecha y hora de la generación del documento que aparece en la parte inferior derecha del formulario
Más...
El 95% de las declaraciones de impuestos ha sido exitoso
Escrito por Fernando SalazarLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, informó que del total de contribuyentes con obligaciones tributarias, del NIT terminado en 4, el 95 % ha podido adelantar sus operaciones sin inconveniente alguno.
Dichas obligaciones están relacionadas con los vencimientos correspondientes al calendario tributario en lo referente a: retención en la fuente del impuesto de renta y complementarios; retención en la fuente del impuesto para la equidad – CREE- ; impuesto a las ventas (IVA) con periodicidad mensual, cuatrimestral o anual; e impuesto al consumo.
Sin sanciones, ni intereses por mora Para el caso de aquellos contribuyentes que aún no han podido cumplir con sus obligaciones ante la DIAN, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 579 - 2 del Estatuto Tributario “cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos o se presenten situaciones de fuerza mayor que le impidan al contribuyente cumplir dentro del vencimiento del plazo fijado para declarar con la presentación de la declaración en forma virtual, no se aplicará la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 de este Estatuto, siempre y cuando la declaración virtual se presente a más tardar al día siguiente a aquel en que los servicios informáticos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se hayan restablecido o la situación de fuerza mayor se haya superado”.
Adicionalmente, la DIAN ha dispuesto en su página web (www.dian.gov.co) un instructivo guía con el paso a paso para realizar el trámite.
Así mismo, la Entidad adelantó hoy un foro en su página de seguidores de Facebook, con funcionarios expertos en asistencia al cliente, en el cual se brindó orientación a cerca de 10.000 ciudadanos.
Guía para solucionar inconvenientes con formularios de la DIAN
Escrito por Fernando SalazarEl nuevo sistema de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, para diligenciar los documentos en línea, ha generado dificultades en algunos usuarios que no han podido terminar los procesos.
Por eso, la entidad aclaró cuáles son los pasos para solucionar los problemas de quienes han tenido inconvenientes con la firma de documentos. Son tres puntos específicos:
1. Ingresar a VERIFICAR FIRMA y comprobar que su equipo cumpla con todos los requisitos.
2. Si luego de esta comprobación tenia instalado el JAVA, proceda a borrar los archivos temporales de JAVA (instructivo)
3. Luego ingresar a SOLUCIÓN MÁQUINA VIRTUAL JAVA y seguir las indicaciones del instructivo y descargar el instalador
Polfa aumenta pie de fuerza para combatir el contrabando
Escrito por Fernando SalazarEl Director de la Policía Fiscal Aduanera, Polfa, General Gustavo Moreno y el Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, Juan Ricardo Ortega López, anunciaron en Buenaventura la ampliación del pie de fuerza de la Policía Fiscal y Aduanera, con la llegada de 500 nuevos hombres que entrarán a reforzar y fortalecer la institución en los 36 puntos del país donde hace presencia.
Los 500 hombres y mujeres policías dispuestos por la Presidencia de la República apoyarán las estrategias y acciones adelantadas por la POLFA y llevarán a cabo labores de inteligencia, investigación criminal y acciones contra el contrabando en las distintas regiones de Colombia; serán ubicados en puertos, zonas de frontera, ciudades principales como Medellín y Cali y Aeropuertos incluyendo el Aeropuerto Internacional Eldorado.
Esta acción viene adelantándose desde la Dirección General de la Policía Nacional a cargo del General Rodolfo Palomino, bajo las gestiones y directrices del General Gustavo Moreno Director de la POLFA, con el apoyo del Director de la DIAN quien garantiza desde la entidad un acompañamiento directo en todas las acciones desarrolladas por la POLFA en el país.
Los Directores reiteraron el propósito de las Entidades de trabajar de la mano con el sector privado, los ciudadanos y los diferentes agentes del sector, y que esta es una muestra del valor que tienen las acciones desarrolladas por la POLFA para hacerle frente al contrabando y a los demás flagelos que azotan al país
MinMinas advierte la inviabilidad de proyectos sin licencia social
Escrito por Fernando SalazarEl Ministro de Minas y Energía, Amylkar Acosta Medina, advirtió que los proyectos de las empresas del sector minero energético se hacen inviables si carecen de la licencia social, consentimiento que entregan las comunidades y que se debe ganar a través de la responsabilidad social.
Señaló la importancia que tiene la licencia social para el Gobierno, pese a no ser una norma con soportes jurírdicos establecidos. “No hay ninguna instancia de Gobierno a donde las empresa puedan llegar a buscar la licencia social, ésta se la tienen que ganar las empresas y se lo he dicho a los gerentes y administradores de las empresa, de ahí la importancia que tiene para las empresas su responsabilidad social”, afirmó el Ministro durante la jornada de encuentros regionales que realiza el Gobierno Nacional.
En la sede de la alcaldía de Puerto Gaitán, una región cuya economía es principalmente petrolera, Acosta puntualizó que las compañías que desarrollan la actividad obtienen la licencia ambiental cumpliendo lo exigido por las autoridades respectivas, asimismo, son acompañadas por el Mininterior para hacer consultas previas, pero insistió en la anuencia de la comunidad para el otorgamiento de la licencia social.
“De la licencia ambiental se ocupa el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y desde luego, las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), pero hay otra licencia que no está escrita, no está en la ley, no es una norma escrita pero ahí está y es la licencia social”, dijo.
Y agregó: “las empresas pueden tener la licencia ambiental y haber hecho las consultas previas pero si no tienen la licencia social los proyectos se tornan inviables, la licencia social es el consentimiento de las comunidades para que los proyectos se puedan desarrollar y se gana a través de la responsabilidad social”.