Consejo de Estado declara nulidad de expresión sobre notificación electrónica
Richard santaConsejo de Estado, en Sentencia No. 25291 de 2021, declara la nulidad de la expresión «Finalmente, es pertinente señalar que la notificación electrónica constituye un mecanismo de una sola vía, esto es, los administrados no están habilitados para responder o impugnar por vía electrónica el acto que se les notifica de manera electrónica», contenida en el Concepto nro. 100208221-529, del 13 de mayo de 2020, proferido por la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN.
Para conocer la sentencia del Consejo de Estado, descargue el archivo adjunto a esta nota.
Proyecto de Resolución, prescribe formulario para declarar régimen Simple
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de Resolución por el cual se prescribe el formulario 260 para dar cumplimiento a la obligación de declarar por parte de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación por el año gravable 2020 y/o fracción del año gravable 2021
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 03 de julio de 2021, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0224 del 22 de junio de 2021, por el cual resuelve una consulta referente a los negocios conjuntos en NIIF Pymes.
En el documento, la entidad responde a la siguiente consulta:
La mayoría de teoría e información que se encuentra y los conceptos emitidos son de casos donde hay algún tipo de operación conjunta o de toma de decisiones conjuntas, pero en este caso la sociedad B es netamente inversionista sin intervenir de ninguna manera.
Entonces generamos la pregunta si aplica las normas para operaciones o negocios conjuntos o que norma contable debe aplicar la sociedad A, si es posible puntualmente nos informan donde podemos consultar sobre la contabilización de sus diferentes operaciones y comprobantes y finalmente ¿cómo contabiliza la sociedad B la utilidad recibida?
DIAN aclara sobre garantías bancarias de usuarios y obligados aduaneros
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a las entidades emisoras de garantías aduaneras y a los usuarios y obligados aduaneros, que el documento denominado "Garantías Bancarias de 19 de marzo de 2021", no es un documento elaborado por la Entidad, y por tal razón, no es oficial de la Entidad. En consecuencia, esta entidad no se responsabiliza por lo contenido en ese documento.
No obstante, informó que se encuentra en elaboración de documento oficial sobre Garantías Globales y Especificas, con el objetivo de establecer lineamientos precisos, para la correcta presentación y aprobación de las garantías cumpliendo con el lleno de los requisitos y condiciones contempladas en la normatividad vigente. La cartilla será publicada a través de los medios oficiales de la Entidad.
Los Revisores Fiscales de entidades grupo 2 y 3
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
Los Revisores Fiscales de entidades grupo 2 y 3¿Qué normas deben aplicar en el ejercicio de sus funciones?
GABRIEL GAITÁN LEÓN Consultor y asesor empresarial internacional, con casi 30 años de experiencia; Miembro del SMEIG (2020-2023) organismo asesor del IASB; Consejero (2016-2019) del Consejo Técnico de la Contaduría Pública de Colombia (CTCP) – en representación del Ministerio de Hacienda. Participó en la creación de las Leyes de Formalización; de Emprendimiento y Empresarismo. Consultor en normas internacionales de los gobiernos de Perú, Guatemala, Ecuador. Asesor del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en el establecimiento de políticas públicas relacionadas con entidades BIC, Economía Naranja y Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL). Dirigió los Comités Técnicos del CTCP: del sector Financiero, de ESAL y del sector Real. Miembro de la Comisión Técnica de expertos NIIF del Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. Fundador y Socio de G&G INTEGRAL DE CONSULTORÍA LTDA., firma miembro de ARISTA GLOBAL GROUP, siendo líder de proyectos de Aplicación e Implementación de NIIF, NAI, NICSP y TAX, dentro y fuera de Colombia. MBA con doble titulación: Universidad Complutense de Madrid y la UPTC, Colombia; Contador Público de la Pontificia Universidad Javeriana; Certificado en NIIF por ACCA, Inglaterra. Columnista, Catedrático y Conferencista.
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Comienzan vencimientos para entrega de información exógena en Bogotá
Richard santaLas personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, que cumplan con los requisitos exigidos en la Resolución DDI-000396 de 2021 tendrán vencimientos entre el 24 de junio y el 8 de julio de 2021, para reportar la información exógena a través de medios magnéticos a la Secretaría Distrital de Hacienda.
Para facilitar el proceso, la Entidad estableció las fechas límites de la entrega de la información según el último dígito del documento de identificación tributaria (NIT o cédula). Los plazos para tener en cuenta son:
Último dígito de identificación / Fecha límite*
0 - Jueves 24 de junio
1 - Viernes 25 de junio
2 - Lunes 28 de junio
3 - Martes 29 de junio
4 - Miércoles 30 de junio
5 - Jueves 1 de julio
6 - Viernes 2 de julio
7 - Martes 6 de julio
8 - Miércoles 7 de julio
9 - Jueves 8 de julio
Los responsables de este compromiso deben ingresar al portal de la Secretaría Distrital de Hacienda, módulo de Impuestos, Industria y Comercio y, en el aplicativo de Reporte de Información de Medios Magnéticos, cargar directamente los archivos requeridos. Una vez finalizado el proceso, el sistema emitirá un número de radicado por cada uno de los artículos cargados.
Conozca cómo obtener el certificado de descuentos y retenciones en Bogotá
Richard santaSi usted es o fue proveedor o contratista de una entidad de la Administración central del Distrito, de un Fondo de Desarrollo Local, de la Veeduría, la Personería o el Concejo —identificados bajo el NIT. 899.999.061-9— y necesita el certificado de descuentos y retenciones nacionales y distritales, aquí le explicamos cómo obtenerlo. Es muy rápido y sencillo.
Ingrese al portal web www.shd.gov.co. En el menú principal, haga clic en “Trámites”. Luego, donde aparece “Servicios virtuales”, elija “Servicios de Tesorería”. Allí se desplegarán dos opciones de certificados, según el periodo que requiera: “anteriores a septiembre de 2020” y “de octubre de 2020 en adelante”. Digite los datos de validación y así obtendrá su certificado.
Pueden seguir este procedimiento quienes hayan realizado un pago de traspaso de vehículo en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM) o los ediles interesados en tener dicho certificado.
También se puede solicitar la expedición del certificado de retención directamente ante la entidad contratante.
En caso de que no pueda obtenerlo por estas vías, puede enviar una solicitud a la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante la dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Concepto 115-072641, Sociedades extranjeras y remisión del acta de reunión
Richard santaPor medio del Oficio 115-072641 del 31 de mayo de 2021, la Superintendencia de Sociedades responde a una consulta sobre las Sucursales de sociedades extranjeras y remisión del acta de reunión del máximo órgano social.
Para conocer la consulta completa y la respuesta de la Supersociedades, haga clic aquí.
Concepto 115072636, fusiones reorganizativas sin intercambio de participación
Richard santaLa Superintendencia de Sociedades emitió el Oficio 115-072636 del 31 de mayo de 2021, por medio del cual se responde a una consulta sobre fusiones reorganizativas sin intercambio de participación.
Para conocer la consulta completa y la respuesta de la Supersociedades, haga clic aquí.
Acuerdo de colaboración empresarial efectos legales y tributarios
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
Acuerdo de colaboración empresarialefectos legales y tributarios
Elizabeth Agudelo Henao Abogada de la Universidad Pontificia Bolivariana, Especialista en derecho tributario de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en derecho de los seguros de la Universidad Javeriana, actualmente estudiante de MBA en la Escuela Internacional de Gerencia - España. Se desempeña como jefe de regulación de la vicepresidencia jurídica de Protección. Miembro del comité tributario de Asofondos. Docente en diplomados de impuestos y seguridad social de la Universidad Autónoma. Con más de 10 años de experiencia en el sector financiero y tributario.
María Camila Pardo Duarte Abogada de la Universidad de La Sabana, especialista en Derecho Comercial de la misma universidad y en Derecho Tributario de la Universidad Externado de Colombia. Experiencia como asesora de impuestos en PwC, ex especialista de impuestos para Región Andina y Centro América de UBER y actualmente especialista de asesoría y planeación tributaria del Grupo Bancolombia. Participe de publicaciones e investigaciones de naturaleza tributaria, entre otros, el Estatuto Tributario PwC.
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443 WhatsApp: 3006519641
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