Discusión pública Anexo 4 -NIGC 2- para actualización de las NAI 2019 – 2021
Richard santaRecientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021 con plazo para la remisión de comentarios del cuatro de octubre de 2021.
Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 4 que comprende la NIGC 2 sobre Revisiones de Calidad del Encargo.
Esta Norma Internacional de Gestión de la Calidad (NIGC) trata sobre: (a) El nombramiento y elegibilidad del revisor de calidad del encargo; y (b) Las responsabilidades del revisor de calidad del encargo relativas a la realización y documentación de una revisión de calidad del encargo.
Las modificaciones
Se establecen los requerimientos para nombrar y elegir al revisor de calidad del encargo.
Se establece la responsabilidad del revisor de calidad del encargo en lo relacionado a la realización y documentación de una revisión de calidad del encargo.
El objetivo de la revisión es proporcionar a la firma una seguridad razonable de que a) la firma y su personal cumplen con sus responsabilidades de conformidad con las normas profesionales y requerimientos legales y reglamentarios aplicables, y b) los informes emitidos por la firma o por los socios de los encargos, son adecuados a las circunstancias (par. 6).
El revisor de calidad del encargo, no puede ser un miembro del equipo del encargo, y no cambia la responsabilidad del socio del encargo (par. 9).
Esta norma aplica en el ámbito internacional para encargos que cubran estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2022 (par. 11).
El objetivo es designar a un revisor de calidad del encargo, para realizar una evaluación objetiva de los juicios significativos hechos por el equipo del encargo y las conclusiones a las que llegó (par. 12).
Mitos y Realidades de las Criptomonedas
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Mitos y Realidades de las Criptomonedas¿Por qué algunos países empiezan a tomar el Bitcoin como moneda de curso legal?
Tomás Henao Ramírez Economista de la Universidad EAFIT, Ganador de la beca Baden - Württemberg Stipendium, 2018. Estudiante de segundo año de la maestría en Economía con énfasis en Economía Cuantitativa. En su experiencia se destaca haber sido aprendiz de nuevos negocios y auxiliar de estrategia en BRINSA, actualmente analista de pricing en el Grupo BIOS.
Luis Miguel Arroyave Abogado de la Universidad Pontificia Bolivariana, previamente asistente legal en Punto Jurídico y actualmente asistente legal y gestión de la innovación en Bancolombia.
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MinTrabajo lanzó campaña para resolución de conflictos laborales
Richard santaEl Ministro del Trabajo Ángel custodio Cabrera anunció una campaña para la promoción del trabajo decente en el país. Se trata del trabajo preventivo, para buscar mecanismos alternativos para resolución de conflictos laborales mediante la implementación de espacios de diálogo social.
Según cifras de la cartera laboral, en el país hay cerca de 2.500 empleadores querellados por la no afiliación y el no pago de aportes a seguridad social de los trabajadores.
Según el ministro del Trabajo Ángel Custodio Cabrera: “Estas solicitudes no solo tienen un impacto en los tiempos de los procesos de la rama judicial, donde usualmente no se resuelven de manera inmediata y pueden durar incluso años; en el mismo sentido generan congestión en las territoriales del Ministerio, afectando así la capacidad y eficiencia en la respuesta que le damos a la ciudadanía”.
“Hoy con esta campaña nacional, buscamos que, a través de la vía preventiva y el diálogo, podamos en primer lugar proteger los derechos laborales y por otro, resolver en tiempo récord muchos de los conflictos laborales en los que están involucrados empleadores y trabajadores”, anotó el Ministro.
Expedición del Certificado de Origen de Comunidad Andina, con destino Colombia
Richard santaEn cumplimiento con el Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena, los Certificados de Origen de bienes automotores (vehículos y autopartes) ensamblados y producidos en depósitos de transformación o ensamble; deben estar acompañados de los formatos FT-COA-2726 y FT-COA-2727, con destino Colombia.
Estos documentos se pueden descargar directamente desde la página web de la DIAN, en la sección "Origen de Mercancías", ubicada en: https://www.dian.gov.co/aduanas/aspectecmercancias/Paginas/OrigenMercancias.aspx
El formato: FT-COA-2726 (Versión 1), corresponde al "Documento para expedición certificado de origen - vehículos ensamblados en depósitos de transformación ensamble".
Y el FT-COA-2727 (Versión 1), corresponde al "Documento para expedición certificado de origen – autopartes producidas en depósitos de transformación o ensamble".
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, invitó a todos los usuarios que se dedican a la fabricación de vehículos y autopartes en depósitos de transformación o ensamble, a descargar y diligenciar los mencionados formatos, requisitos necesarios para la expedición del Certificado de Origen.
FORO: Beneficios en el pago de Tributos Territoriales (Ley 2155 de 2021)
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
FORO: Beneficios en el pago de Tributos Territoriales (Ley 2155 de 2021)
Daniel Escobar Valencia (Director de Estudios de Asocapitales) Abogado de la Universidad de Medellín y Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Realizó un curso post-grado y avanzado en Derecho Tributario Internacional y Europeo, en Maastricht University – Bruselas. Se ha desempeñado como Director de Fiscalización de Itagüí, Subsecretario de ingresos de la Alcaldía de Medellín, en donde también fue Secretario de Hacienda encargado, en varias oportunidades. Fue miembro en la Comisión de Expertos creada por la Ley de Crecimiento Económico, para proponer una nueva reforma al Sistema Tributario Territorial. Actualmente, es el Director de Estudios de Asocapitales.
Norbey Vargas Ricardo (Socio Dorector de CETRIT) Contador Público de la Universidad de Antioquia, Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Abogado de la Universidad de Medellín, Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana. Socio Director de las Firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Razón Jurídica S.A.S., el Centro de Estudios de Tributos Territoriales y EdukantE S.A.S. Docente en los posgrados de Impuestos de la Universidad de Antioquia, Universidad de Medellín, UPB, Católica de Oriente, EAFIT, Autónoma Latinoamericana y Uniciencias, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales. Autor del libro Estatuto Tributario Municipio de Medellín, Editado por el ICEF.
Andrés David Alzate Londoño (Municipio de Envigado) Abogado, Especialista en Derecho Administrativo y Contratación Estatal, Tecnólogo en Administración Financiera. Funcionario de la Secretaría de Hacienda desde 2012, ha sido asesor jurídico en CEFIT - Centro de Formación Integral para el Trabajo y actualmente es Director de Impuestos y Fiscalización del Municipio de Envigado.
Henry Alejandro Morales Gómez (Municipio de Medellín) Abogado de la Universidad de San Buenaventura, Magíster en Gobierno de la Universidad de los Andes, Especialista en Derecho Societario de la Universidad EAFIT y Especialista en Servicios Públicos de la Universidad Externado de Colombia. Ha sido asesor tanto de entidades públicas como privadas en gestión regulatoria y políticas públicas; Director de Talento Humano, Director Nacional de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial del Ministerio del Trabajo; Consultor de la Organización Internacional del Trabajo, Secretario de Despacho y docente e investigador en las Universidades de San Buenaventura y EAFIT.
Juan Carlos Pérez Osorio (Municipio de La Estrella) Contador Público de la Universidad Cooperativa de Colombia y Especialista en Evaluación y Formulación de proyectos de la Universidad de Medellín, Asesor contable y tributario en el Sector Privado, con 25 años de experiencia en el Sector Publico, desempeñándose como Auditor de la Contraloría Municipal de Itagüí, Secretario de despacho del Municipio de Itagüí, Secretario de Empleo del municipio de Itagüí, Secretario de Deportes del municipio Itagüí, Alcalde encargado municipio Itagüí, Alcalde encargado municipio de La Estrella, Contralor auxiliar en el Departamento de Antioquia, Contador de las Terminales de Transporte de Medellín, Subdirector Administrativo y Financiero en el Instituto de Deportes de la Estrella, Experiencia en Banca en Barcelona España. Actualmente secretario de Hacienda del municipio de la Estrella.
Victoria Eugenia Bravo Gallego (Municipio de Itagüí) Abogada de la Universidad de Antioquia, Especialista el Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia y Especialista en Legislación tributaria de la Universidad Autónoma. Orientada especialmente a la asesoría tributaria y administrativa en entidades públicas de orden departamental y municipal en lo relacionado con impuestos territoriales y procedimiento. Ha laborado en la Oficina de Rentas de la Gobernación de Antioquia (desde junio de 2013 a diciembre de 2015), en la Oficina de Fiscalización del municipio de Itagüí en calidad de asesora, desde el año 2016 hasta julio de 2020, como abogada en la Subsecretaría de Ingresos del municipio de Medellín entre el año 2019 y 2020. Actualmente soy la jefe de la oficina de fiscalización en el municipio de Itagüí, cargo que desempeño desde el mes de julio de 2020.
Kevin Castro Espinoza (Municipio de Sabaneta) Abogado, actualmente Subdirector de Cobranzas y Ejecuciones Fiscales.
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Módulo: Impuestos Territoriales
Norbey Vargas Ricardo
Contador Público de la Universidad de Antioquia, Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Abogado de la Universidad de Medellín, Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana. Socio Director de las Firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Razón Jurídica S.A.S., el Centro de Estudios de Tributos Territoriales y EdukantE S.A.S. Docente en los posgrados de Impuestos de la Universidad de Antioquia, Universidad de Medellín, UPB, Católica de Oriente, EAFIT, Autónoma Latinoamericana y Uniciencias, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales. Autor del libro Estatuto Tributario Municipio de Medellín, Editado por el ICEF.
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Profundización en impuesto diferido
Alexandra Gil Sepúlveda
Contadora pública del Politécnico Jaime Isaza Cadavid. Consultora y Docente en impuestos y Normas Internacionales de Información Financiera. Diplomados en Normas Internacionales de Contabilidad, Normas Internacionales de Aseguramiento de la Información, impuestos y tributación Internacional (Universidad Externado de Colombia). Certificada en presentación de Información Financiera por el ACCA (Association of Chartered Certified Accountants). Gerente de la firma Valores y Tributos S.A.S. Miembro del comité de tributaristas de la ANDI. Ha sido docente por más de seis años para la firma Gil Gómez y CÍA S.A.S en programas de formación académica de impuestos y NIIF, así como conferencista para el Centro de Estudios Tributarios de Antioquia (CETA), Universidad Luis Amigó y Universidad Nacional. Ha participado en Proyectos de Implementación de NIIF en diversas empresas del sector real; y entidades sin ánimo de lucro; amplia experiencia en conversión de estados financieros a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Carlos Arturo Rodríguez Vera
Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación. Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.
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Discusión pública Anexo 3, NIGC 1, propuesta para actualización NAI 2019 – 2021
Richard santaRecientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021 con plazo para la remisión de comentarios del cuatro de octubre de 2021.
Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 3 que comprende la NIGC1 Gestión de la Calidad para Firmas de Auditoría que Realizan Auditorías o Revisiones de Estados Financieros u Otros Encargos de Aseguramiento o Servicios Relacionados (Anteriormente NICC 1).
Esta Norma Internacional de Gestión de la Calidad (NIGC) aborda las responsabilidades de la firma de auditoría para diseñar, implementar y operar un sistema de gestión de la calidad para encargos de auditoría o revisiones de estados financieros, otros encargos de aseguramiento o servicios relacionados.
Las modificaciones
La NIGC 1 aborda la responsabilidad de la firma de auditoría para diseñar, implementar y operar un sistema de gestión de calidad para encargos de auditoría, revisiones de estados financieros, otros encargos de aseguramiento, o servicios relacionados (par. 1).
El sistema de gestión de calidad (SGC) se constituye en un proceso continuo y repetitivo que responde a los cambios en la naturaleza y circunstancias de la firma de auditoría y sus encargos (par. 6).
Un sistema de gestión de calidad aborda ocho componentes: a) proceso de valoración de riesgos de la firma, b) gobierno corporativo y liderazgo, c) requerimientos de ética aplicables, d) aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos específicos, e) realización de los encargos, f) recursos, g) información y comunicación, y h) el proceso de seguimiento y corrección (par. 6).
La firma de auditoría debe aplicar un enfoque basado en riesgo, al diseñar, implementar y operar, los componentes del SGC (par 7 y A4).
El enfoque basado en riesgos implica a) establecer los objetivos de calidad, b) identificar y valorar los riesgos para el logro de los objetivos de calidad, y c) diseñar e implementar respuestas para abordar los riesgos de calidad valorados (par. 8).
Se establece una obligación, de por lo menos una vez al año, evaluar el SGC y que concluyan si el SGC proporciona una seguridad razonable de que se están logrando los objetivos establecidos (par. 9 y A5).
El enfoque basado en riesgos tendrá en cuenta un sistema de “escalabilidad” según el cual una firma con clientes que cotizan en bolsa aplicará un SGC más complejo y formalizado, que una firma que solamente realiza revisiones de estados financieros, o encargos de compilación (par. 10).
Esta norma aplica en el ámbito internacional a partir de estados financieros correspondientes a encargos que cubran periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2022 (par. 13).
Se establece la responsabilidad final y la rendición de cuentas del SGC al director general de la firma, al socio director, o al consejo directivo de socios (par. 20).
Se requiere revisiones de calidad del encargo para a) auditorias de estados financieros de entidades cotizadas, b) auditorias y otros encargos por los que alguna ley o regulación requiere de una revisión de calidad del encargo, y c) auditorías y otros encargos por los que la firma determina que se requiere, en respuesta a un riesgo de calidad (par. 34, A134-A137).
Incorpora una guía de aplicación.
Proyecto de Decreto, Impuesto de Normalización Tributaria
Richard santaEl Ministerio de Hacienda, publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 8 de octubre 2021 “Por medio del cual se reglamentan los artículos 2, 5 y de la Ley 2155 de 2021 y se sustituye el Título 7 de la Parte 5 del Libro 1 y el artículo 1.6.1.13.2.54. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, sobre el impuesto de normalización tributaria.
Fiscalía y DIAN aumentan esfuerzos contra la evasión y demás delitos fiscales
Richard santaLa recién creada Dirección Especializada contra los Delitos Fiscales, DECDF, asumió el conocimiento de 400 indagaciones relacionadas con el delito de omisión de agente retenedor o recaudador a nivel nacional, omisión de activos en el exterior, fraude al IVA y a Impoconsumo y que fueron denunciados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
El monto de las sumas retenidas y no consignadas a favor de la Nación, en lo que respecta a los casos investigados, correspondería a 618 mil millones de pesos, lo que representa el 52% del total de los dineros dejados de pagar en favor del erario público.
Debo recordarle a la opinión pública que es muy importante para la Fiscalía, como lo he dicho reiteradamente, perseguir los bienes de los criminales. Los criminales sufren permanentemente por sus bienes", dijo el Fiscal General de la Nación.
Por su parte, el director de la DIAN, Lisandro Manuel Junco Riveira destacó el trabajo mancomunado con la Fiscalía. "Para la DIAN contar con el apoyo del Fiscal General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra Delitos Fiscales ha sido determinante. En tan solo seis meses de operación de esta nueva dirección, liderada por el señor Fiscal General, doctor Francisco Barbosa, hemos podido identificar y judicializar a evasores de impuestos. Indudablemente, vamos en la dirección correcta", precisó Junco Riveira.
Facturación ilegal
De la misma manera, la Fiscalía General de la Nación y la DIAN han emprendido una lucha frontal contra las organizaciones criminales dedicadas a defraudar la administración tributaria mediante la estructuración de operaciones ficticias, con sociedades inexistentes para obtener beneficios tributarios o evadir su pago.
La priorización de casos dispuesta por el Fiscal General de la Nación, permitió que este organismo estableciera la existencia de una organización ilegal que durante 7 años ha expedido facturas falsas que representaban operaciones simuladas de compra y venta de activos y/o servicios.
Lo anterior, habría permitido que personas naturales o jurídicas se apropiaran del impuesto a las ventas y/o disminuyeran sus obligaciones respecto del impuesto de renta. Por esta venta ilícita de facturas las organizaciones ilegales cobrarían distintos porcentajes o comisiones.
Contra el contrabando
En desarrollo de la estrategia Argenta, dispuesta para afectar con contundencia las finanzas de las organizaciones criminales, la Fiscalía ha logrado impactar 15 redes dedicadas al contrabando y fraude fiscal, entre otros delitos.