Viernes, 13 Octubre 2023 10:52

Concepto 389, Firma declaraciones en PH

Por medio del Concepto 389 del 10 de octubre de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP; respondió a una consulta sobre la Firma de declaraciones en Propiedad Horizontal

Para conocer el Concepto 389, haga clic aquí.

La DIAN le recuerda que tener desactualizada su información en el RUT puede causar la suspensión del registro. Evite inconvenientes: verificarlo y actualizarlo es muy fácil.

El RUT es el mecanismo que usa la DIAN para identificar, ubicar y clasificar a las personas y organizaciones en relación con sus obligaciones tributarias. Por eso es clave que la información registrada en él sea exacta y veraz, para que la entidad pueda tener una comunicación directa y efectiva cuando lo necesite.

Esta es la razón por la que datos como la dirección del domicilio, los números de teléfono y el correo electrónico son obligatorios en el RUT. Sin embargo, la DIAN ha identificado que, actualmente, más de 4 millones de inscritos no tienen el correo electrónico, lo que podría causarles la suspensión de su registro y sanciones.

Así que es importante que, periódicamente, verifique que la información de su RUT está completa y actualizada. En este enlace, usted podrá saber de forma fácil si su registro cuenta con una dirección de correo válida. Lo único que tiene que hacer es digitar su NIT o el de su organización.

En caso de que el sistema le avise que su RUT no cuenta con un correo electrónico válido, aquí le compartimos una serie de pasos para que pueda actualizarlo de forma simple:

En el portal transaccional de la DIAN:

Ingrese 'A nombre propio', y siga los pasos después de hacer clic en “Actualización RUT".

Si no recuerda la contraseña de su cuenta de usuario puede ver este video.

Si no tiene cuenta de usuario o está inhabilitada, puede crearla o activarla aquí.

También puede solicitar una cita para hacer el trámite en este enlace.

Tenga en cuenta:

Puede agendar cita virtual en cualquier ciudad del país o presencial en la ciudad de su domicilio, de acuerdo con su preferencia y disponibilidad.

Mantener el RUT actualizado garantiza la calidad, veracidad y confiabilidad de la información de este registro.

Informar el correo electrónico en el RUT es de carácter obligatorio, según la normativa vigente[1].

La ubicación[2] comprende el domicilio principal, números telefónicos y correo electrónico en los que la DIAN puede contactar oficialmente a los inscritos.

La falta de esta información puede generar la suspensión del RUT[3].

[1] Parágrafo 1, del numeral 3, del Artículo 1.6.1.2.5, del Decreto 1625 del 2016, “La información de identificación, ubicación y clasificación del Registro Único Tributario es de carácter obligatorio".

[2] Óp. cit, numeral 2.

[3] Artículo 1.6.1.2.16 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP; emitió el Concepto 437 del 10 de octubre de 2023, por el cual respondió a una consulta sobre el Reconocimiento de ingresos del exterior.

Para conocer el Concepto 437, haga clic aquí.

La DIAN publicó el proyecto de resolución “Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, por el año gravable 2024 y siguientes, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega”.

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 20 de octubre de 2023, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

A través del Concepto 428 del 10 de octubre de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP; respondió a una consulta sobre los Estados Financieros bajo la base de valor neto de liquidación

Para conocer el Concepto 428, haga clic aquí.

La Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes ha realizado 355 visitas de seguimiento y control a los Grandes Contribuyentes en las principales ciudades del país, como parte de una estrategia para el cumplimiento de las obligaciones con la Facturación Electrónica. El alcance de esas visitas es de 161 establecimientos de comercio en 206 sedes administrativas.

Esta estrategia busca hacer seguimiento a los Grandes Contribuyentes para verificar que estén cumpliendo con la emisión de la factura electrónica con el lleno de los requisitos que exige la norma. Así mismo, verificar que no se exijan requisitos adicionales que dificulten la entrega de dicho documento.

En estas visitas, servidores de la DIAN verificaron la generación, transmisión y expedición de los documentos del Sistema de Factura Electrónica en establecimientos de comercio como grandes superficies, supermercados, frigoríficos, almacenes de ropa, droguerías, laboratorios farmacéuticos, empresas de envíos, empresas del sector salud, empresas dedicadas a la prestación de servicios, entre otros.

Dentro de esta estrategia se incluyó el desplazamiento de los servidores de la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes a las sedes administrativas de las empresas para brindar orientación y acompañamiento sobre las acciones a corregir encontradas con el incumplimiento de la normatividad de la factura electrónica, haciendo énfasis en aquellos requisitos indispensables en el documento.

La Dirección Operativa se encuentra a disposición de los Grandes Contribuyentes con el fin de orientarlos respecto de las dudas que tengan en el cumplimiento de sus obligaciones formales.

Los interesados en aplicar a los incentivos económicos otorgados por el Ministerio del Trabajo con la estrategia ‘Empleo para la Vida’, recibirán orientación para la postulación a través del formulario: https://acortar.link/3vUQMq

Esta estrategia que se extenderá hasta agosto del 2026 busca promover, generar y proteger los nuevos empleos con aportes directos a la nómina por la contratación de jóvenes, mujeres y hombres. El incentivo mensual calculado sobre el SMLV representa:

- Jóvenes entre 18 y 28 años el 25 %: $290.000
- Mujeres mayores de 28 años el 15 %: $174.000
- Hombres mayores de 28 años el 10 %: $116.000

‘Este incentivo tiene una aplicación muy fácil, unos requisitos mínimos de documentación muy flexibles y podrán postularse a finales de noviembre para un único pago en el mes de diciembre de 2023. Requisitos y demás, que hayan vinculado a este tipo de poblaciones en los últimos 6 meses, dándole opotunidad a los jóvenes de tener una experiencia mínima laboral y sobre todo fomentando el empleo y la formalización laboral que es núcleo central de nuestra reforma laboral’, explicó la directora de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, Mónica Naranjo

Los documentos requeridos para acceder al beneficio son:

- Formulario de solicitud de la entidad financiera, firmado por empleador/a, representante legal. Aplica también para el caso de las cooperativas.
- Certificación firmada por empleador/a, representante legal, contador/a o revisor fiscal, que indique estar al día en salarios y pagos de seguridad social de trabajadores.
- RUT.
- Contrato laboral mínimo de 6 meses.

Entre el dos y el tres de octubre de 2023, tres representantes del International Accounting Standards Board (IASB), máxima instancia de emisión de normas de contabilidad e información financiera y perteneciente a la Fundación IFRS, visitaron Bogotá con tres propósitos: presentar la agenda de trabajo de mediano y largo plazo, responder las inquietudes de los participantes en las sesiones de sensibilización y conocer de los reguladores aspectos clave de la implementación de estándares en las materias de su competencia.

En tal contexto, en Bogotá, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-, con el apoyo logístico del INCP, fungió como anfitrión de Andreas Barckow, presidente de IASB; Linda Mezon Hutter, vicepresidente; y Tadeu Cendon, integrante de la entidad. Para este encuentro se organizaron dos jornadas: la primera, de sensibilizaciones con diferentes grupos focales (empresas, gobierno, gremios y academia) y al día siguiente, una reunión privada de trabajo con los consejeros del CTCP e integrantes de los equipos de la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Unidad de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

De las presentaciones se pueden destacar los siguientes aspectos:

Estado de los proyectos. Están en la etapa de investigación preliminar: Activos intangibles, Estado de flujos de efectivo y combinaciones de negocios bajo control común.

En etapa de publicación del borrador para comentarios se encuentran los proyectos de Instrumentos financieros con características de valores y Gestión de Riesgos Dinámicos.

En proceso de emisión de la norma (estándar) internacional están la Tercera Edición de la NIIF para las PYMES, Estados financieros primarios y Revelaciones en la contabilidad de subsidiarias que no son de interés público.

NIIF para PYMES

Se destaca principalmente, la consideración para alinear la norma a NIIF Plenas que comprende la revisión de: Marco Conceptual, NIIF 3 -Combinaciones de negocios-; NIIF 9 -Instrumentos Financieros-; NIIF 10 -Estados Financieros Consolidados-; NIIF 11 -Acuerdos Conjuntos-; NIIF 13 -Medición del Valor Razonable-; NIIF 15 -Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes- y NIIF 16 -Arrendamientos-.

De acuerdo con IASB, algunos temas que se mantienen en discusión son aspectos relacionados con el alcance sobre los activos financieros medidos a costo amortizado y la medición de las pérdidas crediticias esperadas de un activo financiero de manera que se alineen con el enfoque simplificado de la NIIF 9.

En esta revisión de la norma el Consejo decidió no contemplar la NIIF 16 y está revisando las opiniones de sus grupos de interés sobre la viabilidad de incluir una política contable que permita reconocer como activo intangible las inversiones en costos de desarrollo.

Revelaciones en la Contabilidad de Subsidiarias que no son de Interés Público

IASB explicó que en la norma propuesta se presentan los siguientes escenarios: la principal prepara los estados financieros consolidados aplicando NIIF plenas.

La subsidiaria aborda su información consolidada aplicando NIIF plenas y así lo refleja en sus estados financieros (reconocimiento, medición y presentación) pero con requerimientos menos complejos y rigurosos respectos de las revelaciones.

Explicaron que el objetivo es el de simplificar y reducir el costo en la presentación de información financiera en las subsidiarias, pero sin que los estados financieros pierdan utilidad.

Estados financieros primarios

Respecto de este proyecto, el propósito es mejorar la comunicación de los estados financieros enfocándose en la información incluida en el estado de pérdidas y ganancias. Esto requiere:

Definir subtotales adicionales en el estado de pérdidas y ganancias.

Revelaciones acerca de la medición del desempeño de la gerencia y;

el fortalecimiento de los requerimientos para desagregar la información.

Los ejecutivos de IASB también mencionaron enmiendas y otros proyectos que se encuentran en curso:

Documento de discusión pública: Contratos de compraventa de Energía, mejoras específicas a la norma de Provisiones, presentación de información relacionada con el clima y otros en los Estados Financieros (difiere las normas S1 y S2 emitidas por el ISSB).

En comentarios: mejoras anuales a las NIIF Plenas y Enmiendas a la NIIF 9

Normas o enmiendas emitidas: Reforma impositiva Modelo de Dos Pilar (NIIF para PYMES).

Por medio del Concepto 429 del 9 de octubre de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta referente al Impuesto diferido.

Para conocer el Concepto 429, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación publicó el proyecto de resolución “Por la cual se establece la información a reportar, los requisitos, plazos y características de envío a la Contaduría General de la Nación y se deroga la Resolución 706 de 2016”.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 13 de octubre.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

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