Decreto 659, MinHacienda sobre mercancías y aduanas
El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 659 del 22 de mayo de 2024, por medio de la cual se modifica parcialmente el Decreto 1165 de 2019, sobre mercancías y aduanas.
MinTrabajo avanza en regulación para procesos seguros en levantamiento de cargas
Para contar con procesos de operación seguros en el levantamiento mecánico de cargas, en los sectores de construcción, eléctrico, telecomunicaciones, minero, hidrocarburos y de agricultura, el Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Riesgos Laborales, avanza en la reglamentación de una norma que permita disminuir la accidentalidad y enfermedades laborales.
Para ello se realizó un nuevo encuentro de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Construcción, cuyo objetivo, es avanzar para que los procesos de regulación sean más seguros en el levantamiento mecánico de cargas o más conocido como izaje de cargas.
En 2023 cerca de 12 millones 770 mil trabajadores estaban afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, de los cuales 1 millón 046 mil 184 personas fueron del sector construcción. Con respecto a 2022 la cifra fue de 1 millón 007 mil 818 trabajadores de esta actividad afiliados.
Los accidentes laborales en 2022 en el sector de la construcción fueron de 65.257 casos, mientras que para 2023 se reportaron 67.596. Las enfermedades laborales registradas en 2022 fueron 231 casos y en 2023 aumentaron a 256 en esta actividad.
El secretario Técnico de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Construcción del Ministerio del Trabajo, Luis Alberto Moreno, precisó que durante el último año se viene trabajando con las mesas sectoriales, para desarrollar procesos operativos seguros en levantamiento mecánico de cargas. “se está modificando la resolución 2413 de 1979 que reglamentó la seguridad y salud en el trabajo para la industria de la construcción, las cuales se deben adecuar y mejorar en materia de labores de alto riesgo, normas de altura, espacios confinados e izaje de cargas, que permitan reducir la accidentalidad y enfermedades laborales en el sector y desarrollar la cultura del autocuidado”.
El profesional Senior de Ecopetrol, Enso Luis Guerrero, destacó: “este trabajo en la mesa técnica permitirá mejorar la práctica segura de trabajo y disminuir la accidentalidad y enfermedades laborales en el país”.
El gerente técnico de la compañía Crane & Liftins, Mauricio Bulla, aseguró: “Con este acompañamiento al Ministerio del Trabajo en la resolución de izaje de cargas, tenemos como propósito, implementar acciones para prevenir los accidentes y riesgos en estas actividades”.
En la comisión participaron representantes de la Andi, del Sistema General de Riesgos Laborales, ARL Positiva, Fasecolda, Ascún, Ecopetrol, SENA, Minvivienda, Minsalud y Agencia Nacional de Infraestructura, quienes compartieron experiencias y conocimientos del autocuidado en labores de altura, espacios seguros, rehabilitación integral y capacitación.
Concepto 118, Ganancias acumuladas bajo NIIF para Pymes
Por medio del Concepto 118 del 22 de mayo de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio su concepto sobre una consulta referente a las Ganancias acumuladas bajo NIIF para Pymes.
Hasta un 40% de un salario mínimo pueden recibir empleadores por vincular jóvenes
Apoyo estatal del 30% de un salario mínimo podrán recibir los empleadores que vinculen a sus nóminas jóvenes entre 18 y 28 años; y un 10% adicional, si alguno de ellos ha estado desempleado los últimos 4 meses.
Así lo anunció, la subdirectora de Formalización y Protección del Empleo, Catalina Sánchez, durante la socialización de los incentivos para la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, a la que asistieron más de 90 empresarios, que se dieron cita en el Auditorio de la Biblioteca Nacional.
"Queremos eliminar las barreras de acceso que los jóvenes tienen, entre ellas, la falta de experiencia. Se trata de garantizar que se les certifique su vinculación y puedan ingresar más rápido al mercado laboral", anotó Sánchez Bohórquez.
El programa liderado por el Ministerio del Trabajo que busca fomentar el empleo formal, está dirigido a las y los empleadores que mantengan vinculados a los trabajadores adicionales mínimo seis meses.
Se beneficiarán las personas naturales, jurídicas, uniones temporales y aquellas con patrimonios autónomos que demuestren su calidad de empleador, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA.
Adicionalmente, los empleadores podrán recibir el aporte estatal de 35% de un salario mínimo legal vigente por incluir en su nómina personas con discapacidad; un 20% por anexar en su nómina mujeres mayores de 28 años y 15% por hombres mayores de 28 años.
En el caso de poblaciones de jóvenes, mujeres y hombres mayores de 28 años y personas con discapacidad, incluirá a las personas afrodescendientes, negras, raizales, palenqueras, indígenas, Rrom y campesinas y de la comunidad LGBTIQ +.
Postulaciones
Para postularse al reconocimiento del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, los empleadores deberán contar con un producto de depósito en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Aquellos empleadores que vincularon nuevos trabajadores o asociados bajo las directrices del Decreto 1736 del 20 de octubre de 2023, y hayan recibido al menos un pago del incentivo, podrán continuar postulándose, así lo contempla el Decreto 0533.
Concepto 057, Reconocimiento de salario en especie
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 057 del 20 de mayo de 2024, por el cual da respuesta a una consulta sobre el reconocimiento de salario en especie.
Proyecto de Resolución, habilitación de cruces de frontera
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de Resolución Por la cual se modifica el artículo 140 de la Resolución 46 de 2019, referente a la habilitación de cruces de frontera.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 31 de mayo de 2024, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Para comentarios, modificaciones a la Parte III de la Circular Básica Jurídica ya están listas
Con la publicación a comentarios del público de la Parte III de la Circular Básica Jurídica (CBJ), la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) culmina esta fase de la estrategia de depuración de la normativa a su cargo del sistema financiero.
Vale la pena mencionar que este proceso lo adelanta el organismo de supervisión con el fin de eliminar aquellas normas que son de su competencia y que resulten obsoletas o duplicadas, ya que pueden estar obstaculizando un mejor desempeño de las entidades vigiladas e impidiendo el acceso de más ciudadanos a los productos y servicios del sistema financiero colombiano.
En este último paso de esta fase, la SFC publicó para comentarios del público las modificaciones propuestas a los títulos y capítulos relacionados con el mercado desintermediado: emisores de valores, sociedades comisionistas de bolsa, proveedores de infraestructura, Sistema Integral de Información del Mercado de Valores (SIMEV), así como instrucciones relativas a la constitución, administración, gestión y distribución de Fondos de Inversión Colectiva (FIC), los cuales integran la Parte III de la Circular Básica Jurídica (CBJ).
El objetivo es que consumidores financieros, agremiaciones, entidades supervisadas, academia o cualquier persona interesada, expongan sus opiniones, sugerencias o propuestas alternativas a la presentadas por el ente de supervisión a más tardar el 7 de junio.
El borrador correspondiente a la Parte III de la CBJ puede ser consultado en nuestro sitio web www.superfinanciera.gov.co, en el que están disponibles las versiones en limpio y en control de cambios para facilitar su identificación y publicidad.
Los comentarios de la Parte III de la CBJ deberán ser remitidos a más tardar el 7 de junio en el formato respectivo, el cual debe enviarse al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el asunto el número de radicado 2023130027.
Las propuestas que se reciban y que no tengan relación alguna con la actualización de la CBJ podrán ser evaluados posteriormente por la SFC.
Recomendaciones para diligenciar la proforma de comentarios
1. Espacio para “Comentarios generales”: observaciones o comentarios que no hacen referencia a un capítulo, numeral o instrucción específica de la CBJ.
2. No olvide incluir su información en la columna “Nombre del remitente”.
3. En cada fila de la columna “Título” se despliegan varias opciones. Seleccione una.
4. En la columna “Capítulo” se habilitan los nombres respectivos del Título seleccionado. Elija el que va a comentar.
5. Escriba el numeral o subnumeral específico en la columna “Numeral”.
6. Haga su propuesta en la columna “Descripción del comentario”.
Tenga en cuenta que las columnas “Análisis del comentario” o “Procedencia” son de uso exclusivo de la SFC. No agregue filas, columnas o celdas al formato.
Bogotá superó los $7 billones de recaudo por impuestos en primeros cuatro meses de 2024
La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) logró un recaudo de 7,06 billones de pesos por impuestos locales en los primeros cuatro meses del 2024 (corte al 26 de abril), lo que representa un 48 por ciento de la meta de 14,65 billones prevista para este año.
El impuesto con mayor recaudo es el Predial, que ya tuvo el primer vencimiento con descuento del 10% y llegó a $3,71 billones de ingresos, equivalente al 83% de la meta de $4,45 billones estimada para el 2024.
El segundo impuesto con mayor recaudo a la fecha es Industria y Comercio, que va en 2,44 billones de pesos, de los 7,14 billones previstos para este año. Este tributo es el que más le aporta ingresos al Distrito a lo largo del año y tiene aún varias fechas vigentes en el Calendario Tributario 2024.
Por el impuesto de Vehículos, que tiene su vencimiento por pronto pago el próximo 24 de mayo, el recaudo va en $445.773 millones. Por el concepto de otros impuestos, la cifra ya supera los $454.439 millones.
La secretaria de Hacienda, Ana María Cadena, exaltó la cultura tributaria de las y los bogotanos que se ha consolidado como uno de los principales pilares de las finanzas de la ciudad. “La responsabilidad de los contribuyentes de Bogotá a la hora de pagar sus impuestos le permite al gobierno Distrital contar con los recursos necesarios para trabajar en bienestar de las y los ciudadanos”, aseguró la funcionaria, al tiempo que hizo un llamado a las personas que no han pagado sus impuestos para que hagan su aporte voluntario del 10 por ciento para fortalecer el plan estratégico de seguridad a través de la compra de drones, cámaras, patrullas y motos. Hasta el momento 10.276 contribuyentes ha apoyado dicha causa.
El Calendario Tributario 2024 tiene vigentes varias fechas que permiten que los contribuyentes que aún no han pagado lo hagan oportunamente y ayuden a fortalecer las finanzas de la ciudad y eviten sanciones e intereses en el futuro.
La Secretaría Distrital de Hacienda les recuerda a las y los contribuyentes que todos los servicios que presta la entidad son gratuitos, por lo que se le sugiere a la ciudadanía evitar el uso de tramitadores que pueden causar costos adicionales innecesarios, o inclusive, estafas.
Proyecto de Resolución, intercambio de información tributaria o de relevancia tributaria
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se rinde informe acerca del efectivo intercambio de información tributaria o de relevancia tributaria y el estado de las negociaciones de tratados y acuerdos internacionales para el intercambio de información tributaria.
Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 29 de mayo de 2024, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Conozca cambios del formulario 350 para la declaración de retención en la fuente
La DIAN realizará tres cambios en el formulario 350, que cubre a más de 1.8 millones contribuyentes que son agentes de retención por el impuesto sobre la renta y complementarios, sobre las ventas (IVA), timbre nacional y los autorretenedores a título del impuesto sobre la renta y complementarios.
Los usuarios pueden acceder al formulario 350 a través del Portal Transaccional de la DIAN con el servicio de firma electrónica. Los principales cambios que se realizaron son:
1) Retención a persona jurídica o natural: Ahora se deberá separar o discriminar las retenciones que se le práctica a la persona jurídica o natural.
2) Compras y ventas: Para las retenciones por compras de hidrocarburos, carbón y demás productos mineros se desagregaron en unas casillas especiales, así como para las autorretenciones por iguales conceptos.
3) Presencia Económica Significativa (PES)- Pagos al exterior: Se actualizaron los conceptos bajo la luz de los convenios para evitar la doble imposición ratificados por Colombia. Además, se adiciona la figura de retención por pago al exterior a contribuyentes del impuesto sobre la renta con presencia económica significativa en Colombia.
Adicionalmente a los tres cambios anteriores, el sistema registrará los datos de manera secuencial, lo cual facilitará su diligenciamiento por parte de los usuarios.
Se aclara que quienes necesiten hacer correcciones en las declaraciones presentadas antes del 1 de agosto, deberán hacerlo en el formulario de esa vigencia (es decir, el que aún no presenta los cambios) y no utilizar la nueva versión del formulario 350.