Decreto 0302, expide marco técnico normativo para aseguramiento de la información
Richard santaMediante el Decreto 0302 del 20 de febrero de 2015, los ministerios de Hacienda y Comercio reglamentaron la Ley1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para las normas de aseguramiento de la Información.
Dicho marco normativo contiene: las Normas internacionales de Auditoría (NIA), las Normas Internacionales de Control de Calidad (NICC); las Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (NITR); las Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar (ISAE por sus siglas en inglés); las Normas Internacionales de Servicios Relacionados (NISR) y el Código de Ética para Profesionales de la Contaduría, conforme se dispone en el anexo que hace parte integral del presente Decreto.
El Decreto será de aplicación obligatoria por los revisores fiscales que presten sus servicios, a entidades del Grupo 1, Y a las entidades del Grupo 2 que tengan más de 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) de activos o, más de 200 trabajadores.
Las entidades que no pertenezcan al Grupo 1 y que voluntariamente se acogieron a emplear al marco técnico normativo de dicho Grupo, les será aplicable lo dispuesto en el Decreto.
Para conocer el Decreto 0302 del 20 de febrero de 2015 y el marco técnico normativo para las normas de aseguramiento de la Información, haga clic aquí.
Actualizan normas a cooperativas sobre patrimonio y solvencia
Richard santaEl Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 037 de 2015, mediante el cual se actualizan las normas prudenciales para las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito y se dictan otras disposiciones.
El Decreto aborda temas como: patrimonio adecuado, relación de solvencia, patrimonio técnico y básico, deducciones del patrimonio básico, activos ponderados por nivel de riesgo crediticio, clasificación y ponderación de activos por nivel de riesgo, y límites a los cupos individuales de crédito y la concentración de operaciones.
Para conocer el decreto completo, haga clic aquí.
A través de Facebook, DIAN aclarará preguntas sobre condiciones especiales de pago
Richard santaEl próximo jueves 26 de febrero, de 2 a 4 pm, expertos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, explicarán a los contribuyentes cómo acogerse a las Condiciones Especiales de Pago previstas en la Reforma Tributaria de 2014.
Los interesados podrán acceder al fan page de la DIAN en Facebook www.facebook.com/DIANCol y plantear sus inquietudes.
La DIAN recordó que este beneficio le permitirá a quienes tienen deudas en mora del 2012 y años anteriores obtener descuentos hasta del 80% en los intereses, si paga el total de la obligación principal, a más tardar el 31 de mayo de 2015, y del 60%, si el pago se realiza entre el 01 de junio y el 23 de octubre de este año.
Cuando se trate de sanciones tributarias, aduaneras o cambiaras, impuestas mediante resoluciones o actos administrativos, se aplicarán descuentos del 50% sobre la misma sanción, si se paga, a más tardar, el 31 de mayo de 2015 y hasta el 23 de octubre, el descuento será del 30%.
Decreto 036, cobertura para riesgo de deslizamiento del salario mínimo en pensiones vitalicias
Richard santaMediante el Decreto 036 de 2015, el gobierno estableció el mecanismo de cobertura que permite a aseguradoras vida cubrir el riesgo del deslizamiento del salario mínimo, que presentan las pensiones de renta vitalicia inmediata y renta vitalicia diferida, de acuerdo con el artículo 45 de la 1328 de 2009. Serán sujetas de la cobertura las rentas vitalicias inscritas que reconozcan mesadas de salario mínimo o aquellas que a futuro sean susceptibles de reconocer mesadas de salario mínimo.
Aclara el Decreto que se entiende por deslizamiento de salario mínimo la diferencia entre el cambio porcentual del salario mínimo legal mensual vigente y la variación porcentual del índice de precios al consumidor del año anterior certificado por el DANE.
Para conocer el Decreto completo, haga clic aquí.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alertó nuevamente a la ciudadanía sobre falsos correos enviados a nombre de la Entidad, relacionados con supuestas obligaciones que se encuentran vencidas y que han pasado a cobro jurídico.
Los textos que contienen los mencionados correos son los siguientes:
Remite: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Asunto: Estado: Obligación Vencida
Señor contribuyente se ha generado una nueva alerta sobre sus obligaciones. Tiene una obligación que se encuentra en estado vencido, por favor cancele y evite sanciones.
Remite: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Asunto: carta de embargo DIAN
Señor contribuyente se ha generado una nueva alerta sobre sus obligaciones. Tiene una obligación que se encuentra en estado vencido y que ha pasado a cobro jurídico, por favor cancele y evite sanciones.
La DIAN advirtió que dichos correos no son propios y que las comunicaciones enviadas por la Entidad cuentan con un código de verificación que garantiza la autenticidad de las mismas. Este código puede ser corroborado ingresando a al botón en www.dian.gov.co
Ante casos como este, la administración tributaria pidió a los ciudadanos no atender a los mismos para evitar ser víctima de fraudes e hizo las siguientes recomendaciones:
- Si tiene dudas relacionadas con este tipo de mensajes, se recomienda comunicarse con la línea de asistencia telefónica de la entidad.
- No enviar información personal, ni financiera solicitada a través de correos electrónicos.
- Evitar acceder a enlaces con archivos no solicitados que llegan a través de correos electrónicos.
- No reenviar estos correos a otros destinatarios.
- Denunciar los enlaces o correos electrónicos que usted considere fraudulentos o estén solicitando este tipo de información, a través de la página institucional.
- Verificar la autenticidad de los mismos en la herramienta disponible en el portal DIAN.
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Escrito por Fernando Salazar
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los contribuyentes que recibieron una comunicación indicando que debe declarar, los lugares y horarios de los Puntos de Contacto a los cuales deben dirigirse de acuerdo a su condición:
BOGOTÁ
Carrera 6 No. 15 – 32 Edificio BCH
Piso 2°: Morosos
Piso 3°: Inconsistencias
Punto de Contacto Centro (Parque Santander) y Piso 8°: Omisos e inexactos Personas Naturales
Piso 11: Personas Jurídicas
Horario: Punto de Atención y Dirección Seccional: De Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. jornada continua. Punto de Atención a través de agendamiento
CALI
Calle 11 No. 3 – 18 Antiguo Edificio BCH - Calicentro
Piso 5°: Morosos
Auditorio Piso 14°: Omisos e Inexactos
Horario: Punto de Atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. jornada continúa. En la Seccional: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. jornada continúa.
MEDELLÍN
Carrera 52 No. 42 – 43 Centro Administrativo La Alpujarra
Piso 2°: Morosos
Piso 4°: Omisos. Inexactos e Inconsistencias
Horario: Punto de Atención: De Lunes a Viernes de 7:45 a.m. a 3:45 p.m. en jornada continua. En la Seccional: De Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. ingreso al público a partir de las 7:45 a.m. hasta la 3:45 p.m.
A $5,3 billones ascendió recaudo de cesantías causdaas en 2014
Richard santaDe acuerdo con el informe presentado por la Superintendencia Financiera, el valor de las cesantías causadas durante el 2014 y recaudadas entre el 1 de enero y el 16 de febrero de 2015 por los fondos de cesantías administrados por las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías y el Fondo Nacional de Ahorro, ascendió a $5 billones 639 mil millones.
De este monto, el 73%, es decir $4 billones 117 mil millones fueron a través de los fondos de cesantía y el 27%, equivalente a $1 billón $522 mil millones a través del Fondo Nacional de Ahorro.
Del valor recaudado por el Fondo Nacional de Ahorro $1 billón 522 mil millones, el 34.5% proviene de trabajadores del sector público, en tanto que el 65.5% de trabajadores del sector privado.
El valor recaudado por los fondos de cesantías administrados por las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías ($4 billones 117 mil millones) durante el período comprendido entre el 1o de enero y el 16 de febrero de 2015, fecha límite para consignar las cesantías causadas en el 2014, superó en un 13.7% al valor recaudado durante el lapso comprendido entre el 23 de diciembre de 2013 y el 14 de febrero de 2014. ($3 billones 621 mil millones).
Como consecuencia del recaudo de cesantías en el 2015, la participación de cada uno de los fondos presentó las siguientes variaciones:
El total de los recursos que conforman los portafolios de los fondos de cesantías gestionados por las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías al 16 de febrero de 2015, ascendió a $11 billones 379 mil millones, monto superior en $3 billones 813 mil millones al registrado el 31 de diciembre de 2014, lo que representa un incremento del 50.4%.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó las fechas para acceder a los beneficios establecidos por la Ley 1739 de 2014 (Reforma Tributaria):
Febrero 23: Pago de saldos pendientes de Condiciones Especiales de Pago acogidas en años anteriores.
Febrero 27: Presentación de declaraciones (impuesto sobre la renta, IVA, CREE, al Consumo) omitidas o con errores, SIN 27 SANCIÓN, NI INTERESES DE MORA, Siempre y cuando el contribuyente no haya sido notificado con requerimientos especiales o emplazamientos por parte de la DIAN.
Mayo 31: Descuento del 80% en los intereses y sanciones, pagando obligaciones tributarias con la DIAN, de los años 2012 y anteriores.
Descuento del 50% en los intereses por el pago de sanciones tributarias, aduaneras o cambiarias, impuestas 31 mediante resolución.
Septiembre 30: Reducción en las sanciones, intereses y actualización por la conciliación en los procesos contenciosos administrativos, siempre y cuando presente la solicitud de conciliación hasta el 30 de septiembre y cumpla con 30 los demás requisitos del artículo 55 de la Ley 1739 de 2014.
Octubre 23: Descuento del 60% en los intereses y sanciones, pagando obligaciones tributarias con la DIAN, de los años 2012 y anteriores siempre y cuando lo haga entre el 1 de junio y el 23 de octubre.
Descuento del 30% en los intereses por el pago de sanciones tributarias, aduaneras o cambiarias, impuestas mediante resolución o acto administrativo expedido por la DIAN, siempre y cuando lo haga entre el 1 de junio y 23 el 23 de octubre.
Octubre 30: Terminación de los procesos administrativos, tributarios, aduaneros y cambiarios, con reducción en las sanciones, intereses y actualización, siempre y cuando se les haya notificado el acto administrativo antes de la entrada en vigencia de la Reforma Tributaria de 2014 y cumplan con los demás requisitos del artículo 56 de la 30 Ley 1739 de 2014.