Para comentarios, GTT 68 sobre instrumentos financieros con características de patrimonio
Richard santaEl IASB, organismo encargado de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera, NIIF, está llevando a cabo el proceso de discusión pública de la propuesta sobre la clasificación de instrumentos financieros con características de patrimonio, que modifica la NIC 32, Instrumentos Financieros: Presentación.
Por su parte, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 68 (GTT 68) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.
El CTCP, como organismo normalizador de la contabilidad en Colombia, también quiere conocer los comentarios de los distintos grupos de interés con el fin de evaluar la opción de remitir directamente al emisor de las NIIF (International Accounting Standard Board – IASB -) los comentarios de Colombia sobre este tema, en cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley 1314 de 2009.
De acuerdo con lo anterior, el CTCP pone a disposición del público el documento en español acerca de las modificaciones propuestas sobre los Instrumentos Financieros con Características de Patrimonio, el cual contiene once (11) preguntas. Sobre aquellas inquietudes, que fueron planteadas por el IASB, atentamente pedimos el envío de comentarios a la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 30 de octubre de 2018.
El CTCP, consolidará los comentarios recibidos, preparará y presentará la postura colombiana en las reuniones del grupo de trabajo del GLENIF. También evaluará si es viable remitir directamente al IASB las conclusiones y comentarios recibidos en el proceso de consulta pública.
Los documentos relacionados con el aludido proyecto de interpretación pueden ser consultados haciendo click en el siguiente vínculo: http://www.ctcp.gov.co/ctcp_discusion.php
Junta Central de Contadores tendrá jornada especial en Medellín
Richard santaEl próximo 20 de octubre la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores tendrá una Jornada Especial de Atención en las ciudades de Bogotá, Pereira, Cali y Medellín.
En esta jornada se prestará el servicio de: Entrega de Tarjetas Profesionales, aclaración de los requerimientos de la tarjeta profesional (soportes, constancia de experiencia técnico contable, entre otros), revisión previa presentación de documentos para tramite de tarjeta primera vez o registro de sociedades y actualización de datos.
Los horarios de atención serán los siguientes:
Bogotá y Pereira de 9:00 am – 3:00 pm.
Cali y Medellín de 9:00 am – 12:00 m.
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INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA PARA LA DIAN, AÑO GRAVABLE 2018
CONTENIDO ACADÉMICO:
EXPOSITOR:
Pedro José Franco Cárdenas
Ingeniero de Sistemas de la Universidad Incca de Colombia y Especialista en Administración Pública ESAP. Fue Jefe de Servicio Informático y Administración de Impuestos de Medellín (DIAN), entidad en la cual se ha desempeñado en diferentes cargos desde el año 1983.
Conferencista durante los últimos cinco años en temas informáticos tributarios, docente en las Facultades de Postgrado y Pregrado de varias y reconocidas universidades del país. Actualmente es Director de Asistencia Tecnológica, Dirección Seccional de Impuestos de Medellín, cargo en el que ha estado desde el 2006. Coautor del libro: Guía práctica para la elaboración de la Declaración de Renta e Información Exógena 2010, editado y publicado por el ICEF.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Auditorio Centro Comercial Sandiego VALOR: $ 160.000 + IVA
DESCUENTOS:
Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
INSCRIPCIONES:
• Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280. Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045, si lo hace por transferencia envíe copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
MAYORES INFORMES:
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF
POLÍTICAS DE VENTA
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |
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RETENCIÓN EN LA FUENTE APLICABLE A LOS INGRESOS LABORALES Y OTROS ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LA NÓMINA
PRESENTACIÓN:
La retención ha de entenderse como un anticipo al impuesto de renta o como el impuesto mismo en el caso de los no declarantes. La retención en la fuente en salario opera de esa manera, y, por lo tanto, como en las demás retenciones, lo ideal es proceder con la mayor diligencia, no solo en el cálculo numérico, también en la exquisita aplicación de la normatividad correspondiente, en busca de que el impuesto de renta, mayormente o en su totalidad, sea pagado a través de la retención en la fuente, también analizaremos otros aspectos que siendo parte de la nómina tienen efectos impositivos.
El asistente al seminario ha de quedar con la capacidad suficiente de calcular la retención en la fuente en diferentes escenarios y en diferentes formas de pago, partiendo de la armonización normativa y del cálculo numérico eficiente.
CONTENIDO ACADÉMICO:
EXPOSITOR:
Fredy Bernardo Ríos Salazar
Contador Público de la Universidad EAFIT, con Postgrados en Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana y Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia. Estudios en Derecho Internacional Tributario Universidad AUSTRAL. Diplomados en Tributación Internacional, Impuestos, Derecho Comunitario Europeo, Procedimiento Aduanero y Cambiario, Derecho de los Negocios y Cátedra Bursátil. Con 20 años de experiencia dedicados al tema tributario. Docente de cátedra en la Universidad EAFIT. Miembro del Comité de Tributaristas de la ANDI Medellín. Actualmente labora para suramericana como Director de Contabilidad e Impuestos.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Auditorio Centro Comercial Sandiego VALOR: $ 160.000 + IVA
DESCUENTOS:
Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
INSCRIPCIONES:
• Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280. Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045, si lo hace por transferencia envíe copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
MAYORES INFORMES:
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POLÍTICAS DE VENTA
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |
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SEMINARIO PRÁCTICO CIERRE CONTABLE Y FISCAL 2018
El objetivo fundamental es brindar adecuadas herramientas prácticas y recomendaciones claves para aplicar los principales aspectos contables y tributarios en la preparación de las declaraciones de renta del año gravable 2018 para personas jurídicas y naturales obligadas a llevar libros de Contabilidad, a la luz de la conexión formal de los nuevos marcos normativos (NIIF) con el impuesto de renta, de acuerdo a la Ley 1819 de 2016, su reglamentación y ultima doctrina, además de tener en cuenta la presente Reforma Tributaria, con la nueva Ley de Financiamiento ya radicada en el Congreso.
AGENDA ACADÉMICA
EXPOSITOR:
Jaime Monclou Pedraza
Contador Público Titulado de la Universidad Central, Consultor con especializaciones en Revisoría Fiscal y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia, Miembro y Consejero Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario - ICDT y del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP. Docente de pregrados y posgrados de varias universidades como Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Sur Colombiana del Huila y Universidad Libre de Pereira. Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades como: Banco de Bogotá, Practica, Actualícese, Accounter, Asociación de Contadores Públicos del Huila, Cámara de Comercio, Instituto Nacional de Contadores Públicos INCP, Tu Consulta, Novoclick, Simposio de Revisoría Fiscal, Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública, Asfacoop, Gestión Integral Académica, Sterling Asociados.
Principales publicaciones: Asobancaria, Actualización y Práctica Tributaria (1995-2002); Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas (1997–2003). Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado (2000–2006). Cartillas Declaración de Renta 2010 al 2013. Manual Régimen Tributario Especial 2009 al 2011 para entidades sin ánimo de lucro, Cartilla de IVA 2010 al 2013.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Auditorio Centro Comercial Sandiego VALOR: $ 160.000 + IVA
DESCUENTOS:
Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago.
Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |
Circular 65, órdenes de embargo decretadas sobre recursos inembargables
Richard santaLa Superintendencia Financiera publicó la Carta Circular 65 del 9 de octubre de 2018, la cual tiene como referencia: Órdenes de embargo decretadas sobre recursos inembargables.
El siguiente es el texto completo de la Carta Circular 65:
Apreciados señores:
En atención a la Circular No. 14 del 8 de junio de 2018 de la Procuraduría General de la Nación y con el propósito de que se dé estricto cumplimiento al marco normativo vigente en materia de bienes inembargables, se les recuerda a las entidades que:
Conforme a lo previsto en los artículos 48 y 63 de la Constitución Política; 594 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso); 19 del Decreto 111 de 1996 (Estatuto Orgánico del Presupuesto); 91 de la Ley 715 de 2001 (Sistema General de Participaciones); 9, 134 y 182 de la Ley 100 de 1993; 8 del Decreto 050 de 2003; 25 de la Ley 1751 de 2015; 2.6.4.1.4 del Decreto 780 de 2016; y demás normas concordantes, son inembargables y no se podrán destinar ni utilizar para fines diferentes a los previstos constitucional y legalmente:
• Los recursos del Sistema de Seguridad Social, entre estos los que administra la Entidad Administradora de los Recursos de Seguridad Social en Salud –ADRES, los ingresos por cotizaciones que recauden las EPS y los recursos públicos que financien la salud;
• Las rentas incorporadas en el Presupuesto General de la Nación, así como los bienes y derechos de los órganos que lo conforman;
• Los recursos del Sistema General de Participaciones –SGP;
• Las regalías; y
• Los demás recursos a los que la constitución o la ley les otorgue tal condición.
Justamente, con el objeto de proteger la destinación específica de los recursos inembargables, el legislador instituyó para los funcionarios judiciales y administrativos el deber de abstenerse de decretar medidas cautelares que recaigan sobre aquéllos (parágrafo del artículo 594 del Código General del Proceso), con la indicación del procedimiento a seguir por parte de los destinatarios de las medidas que los afecten, al cual deben sujetarse las entidades vigiladas por esta Superintendencia en el evento en que reciban órdenes de embargo que recaigan sobre recursos de dicha naturaleza, tal y como se expresa en el numeral 5.1.6 del Capítulo I, Título IV, Parte I de la CBJ.
Así mismo se les recuerda a las entidades el deber que tienen al momento de recibir órdenes de embargo, de aplicar el numeral 4 del artículo 126 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sobre las sumas inembargables depositadas en depósitos electrónicos o en la sección de ahorros, hasta el monto a que se refieren los Decretos 2349 de 1965 y 564 de 1996 y las normas que los modifiquen o sustituyan; que a la fecha corresponde a la suma de treinta y seis millones cincuenta mil ochenta y cinco pesos moneda corriente ($36.050.085 m/cte); así como el límite de inembargabilidad sobre la cuenta de ahorros más antigua de personas naturales, establecido en el artículo 837-1 del Estatuto Tributario, respecto de procesos de cobro coactivo, que a la fecha corresponde a la suma de dieciséis millones novecientos diez mil pesos moneda corriente ($16.910.000 m/cte), y demás normas concordantes.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero.
Circular 22, cumplimiento marco normativo en materia de órdenes de embargo
Richard santaPor medio de la Circular 22 del 9 de octubre de 2018, la Superintendencia Financiera impartió instrucciones sobre el cumplimiento marco normativo en materia de órdenes de embargo.
El siguiente es el texto completo de la Circular 22:
Apreciados señores:
Con el propósito de que las entidades vigiladas cumplan con el deber de colaborar con la justicia y con las autoridades administrativas en cuanto al cumplimiento de órdenes de embargo, cuyo incumplimiento constituye un riesgo legal en los términos Capítulo XXIII de la Circular Básica Contable y Financiera, y atendiendo a la necesidad de que las entidades cuenten con mecanismos y reglas especiales respecto del cumplimiento del marco normativo en materia de órdenes de embargo que les permita contar con las medidas, controles y sistemas de información necesarios para atender los mandatos judiciales y administrativos de forma completa, oportuna y conforme al procedimiento establecido en la ley, mitigando así el referido riesgo legal, este Despacho en ejercicio de las facultades legales señaladas en el numeral 5° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Adicionar el numeral 4 al Capítulo XXIII de la Circular Básica Contable y Financiera, con el fin de incorporar reglas especiales respecto del cumplimiento del marco normativo en materia de órdenes de embargo.
SEGUNDA: Las entidades destinatarias de la presente circular contarán con un término de 3 meses para ajustar sus Sistemas de Administración de Riesgo Operativo (SARO) a las instrucciones aquí contenidas.
TERCERA: La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Se adjuntan las hojas correspondientes.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia
Resolución 428, registro de hechos contables en del Fondo Nacional de Pensiones
Richard santaLa Contaduría General de la Nación publicó la Resolución No. 428 del 12 de octubre de 2018, por la cual se incorpora, en el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos que hacen parte de la contabilidad del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales.
Para conocer la Resolución 428 completa, haga clic aquí.
Colombia es reelegida como miembro del Directorio de Glenif
Richard santaLuego de la Asamblea del Grupo Latinoamericano de Emisores de Información Financiera, Glenif, celebrada en Río de Janeiro, Colombia fue reelegida como miembro del Directorio de la Entidad. En esta instancia también fueron aprobados los Estados Financieros.
Luis Henry Moya Moreno, consejero del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, es el actual director de la organización para Colombia y, en consecuencia, es el representante del país ante Glenif.
Moya Moreno es integrante del CTCP desde 2016. Es Contador Público, Especialista en Auditoria Internacional, Revisoría Fiscal y Estándares Internacionales de Información Financiera.
Trayectoria: ha estado vinculado con las firmas MR&L Consulting, Parker Randall, Ernst & Young, Deloitte & Touche, KPMG y BDO Audit AGE. Profesor de pregrado y posgrado en las Universidades Externado de Colombia, Libre (seccional Bogotá / Pereira), Universidad Cooperativa de Colombia, Central, La Salle, Militar Nueva Granada, San Martín, Sergio Arboleda y Cámara de Comercio de Bogotá e Ibagué en áreas de auditoría, Revisoría Fiscal, Normas Internacionales de Auditoría, Normas Internacionales de Información Financiera.
Circular 021, MinHacienda sobre sistema de trámites presupuestales en línea
Richard santaLa Dirección General de Presupuesto Público Nacional, ha desarrollado al interior del Ministerio de Hacienda un aplicativo llamado Sistema de Trámites Presupuestales en línea SITPRES, el cual constituye una herramienta que permite a las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la nación (PGN) gestionar solicitudes digitalmente y conocer de manera expedita el estado de sus trámites en línea.
Para conocer el aplicativo, haga clic aquí.