A través de la Resolución 10 del 6 de febrero de 2018, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– seleccionó a los grandes contribuyentes que deben iniciar el proceso de facturación electrónica a partir del 1 de junio, siendo exigible su implementación a partir del 1 de septiembre.

 

Por lo anterior, la autoridad tributaria invitó a estas empresas para que continúen con las acciones necesarias que garanticen el inicio de la facturación electrónica antes del 1 de septiembre de 2018.

 

Así mismo, la DIAN recordó a los contribuyentes que realizaron solicitud de prórroga, y que sea autorizada, que tendrán plazo hasta el 1 de diciembre de 2018 para la implementación.

Jueves, 14 Junio 2018 08:07

445 mil empresas declararon renta

El pasado 8 de mayo culminaron los vencimientos para la presentación de las declaraciones de renta de las empresas por el año gravable 2017. Fueron treinta (30) días de vencimiento de declaraciones de renta de Personas Jurídicas y Grandes Contribuyentes, que debían pagar las cuotas del impuesto, simultáneamente con la presentación de las declaraciones. En el caso de los Grandes contribuyentes, en abril debía pagarse la segunda cuota de renta de las tres (3) que debe pagar (en febrero, abril y junio), y en el de las empresas diferentes a Grandes Contribuyentes, la primera de dos (2) cuotas de renta, pagaderas en los meses de abril y/o mayo (dependiendo del último dígito del NIT) y en junio.

 

Los pagos de las cuotas del Impuesto de Renta de las empresas hacen parte del recaudo de los meses de abril y de mayo. El balance preliminar con base en las 445 mil declaraciones presentadas hasta el 8 de mayo (último vencimiento) permite inferir lo siguiente:

 

El impuesto a cargo reconocido en las declaraciones aumentó 17.4%, en comparación con el impuesto de renta del año anterior, incluidos los recaudos del impuesto CREE, de donde se infiere un buen desempeño de la actividad económica de las empresas. Se destaca el reconocimiento, por primera vez, de la inversión en obras por impuestos por valor de $0.2 billones, medida introducida en la Ley 1819 de 2016 y que busca financiar con el mismo dinero que deberían pagar por impuesto de renta, la inversión y desarrollo de obras necesarias en las zonas más afectadas por el conflicto.

 

El 91.3% del saldo a pagar del Impuesto de Renta de las empresas se concentra en seis (6) seccionales, ranking que encabeza la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes de Bogotá con el 59.0% del valor declarado. Le siguen las Direcciones Seccionales de impuestos de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga, que constituyen el 32.4% del saldo a pagar.

 

Mayo
En mayo se alcanzó un recaudo bruto de $13,49 billones. En este mes se observa el efecto de la eliminación del Impuesto a la riqueza y complementario de normalización para las personas jurídicas, impuesto que estuvo vigente para todos los contribuyentes durante el año 2017, mientras que, para el presente año, el impuesto de Riqueza sólo lo pagan las personas naturales. El recaudo bruto del mes de mayo, sin tener en cuenta el impuesto de riqueza y complementario de normalización de las Personas Jurídicas, tuvo una variación nominal positiva de 6.7%.

 

Enero - Mayo
Para el período enero – mayo de 2018, el recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, alcanzó la cifra de $61,47 billones.

Esta cifra se logró, en parte, por los resultados obtenidos con las jornadas mensuales de cobro y control “Al día con la DIAN le cumplo al país”, que, con corte a 31 de mayo, han coadyuvado a lograr un recaudo por gestión de $3,6 billones, mediante acciones como: 23.910 visitas a morosos; 45.000 citaciones a oficinas de cobranzas de la DIAN y 8.601 títulos de depósito judicial, producto de los embargos a las cuentas bancarias de los morosos; 585 diligencias de remates, y más de 2.000 visitas de control de fiscalización a responsables del Impuesto al Valor Agregado -IVA e Impuesto Nacional al Consumo.

 

Se resaltan los ingresos por retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre, cuyo recaudo sumó $ 21,75 billones (un incremento del 13.8%, en relación con lo alcanzado en el mismo período de 2017, que fue de $19.08 billones). En cuanto al recaudo del IVA, éste presentó un incremento de 10.5%, al pasar de $15,67 billones en 2017 a $17,31 billones en 2018.

 

A 31 de mayo el Impoconsumo ascendió a $1,06 billones, con una variación del 1,7%, resaltándose el desempeño del impuesto al consumo relacionado con el servicio de restaurantes y bares, con tarifa del 8%, que aumentó 18,6%. En contraste, el comportamiento del recaudo de impuesto al consumo se afectó por el menor reconocimiento del impuesto proveniente del sector telecomunicaciones, que se ha reducido en cerca del 20% en los dos primeros bimestres de 2018, frente a lo observado en el mismo período de 2017, como consecuencia de la exclusión del impuesto a los servicios de datos, internet y navegación móvil en contratos hasta de $50.000.

 

De modo agregado, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $53 billones, mostrando una variación nominal de 1% frente al 2017 que fue de $52,48 billones. Estas cifras reflejan los alivios tributarios otorgados a los empresarios en la reforma tributaria de 2016 (Ley 1819), tales como: la disminución de la tarifa de la sobretasa al Impuesto de Renta y Complementarios en dos puntos porcentuales (del 6% al 4%), y la deducción del 100% del IVA pagado en la adquisición o importación de bienes de capital a la tarifa general, que a su vez se traduce en un 10% de menores ingresos tributarios para la DIAN, por concepto de Impuesto de Renta.

 

Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), mostraron un incremento de 2 % respecto a 2017, al registrar un valor de $8,48 billones.

 

Inciden en el recaudo de estos tributos aspectos tales como: el menor valor de las importaciones (US$658 millones) y el valor de la tasa de cambio del dólar, inferior en $183 al promedio ponderado contemplado en las estimaciones iniciales, afectando los pagos por Arancel e IVA Externo.

 

En el período enero – mayo el recaudo con títulos de devoluciones de impuestos (TIDIS) ascendió a $3,7 billones, producto de las devoluciones de saldos a favor a los contribuyentes, que se efectúan mediante títulos entregados en períodos anteriores. El pago de impuestos con estos papeles fue superior en $873 mil millones frente a las cifras contempladas en las estimaciones del recaudo realizadas en diciembre, disminuyendo en ese valor el recaudo en efectivo.

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, anunció que ahora los bancos podrán ofrecer leasing para la compra de vivienda que financia hasta el 80% del valor de la vivienda.

 

“Una vivienda de $200 millones podrá tener un leasing de $160 millones, el Fondo Nacional de Garantías (FNG), le va a dar al banco una cobertura para asegurarle al banco el 20% del valor de la vivienda, garantizado por el FNG, lo que da más tranquilidad a los bancos”, señaló Cárdenas.

 

El ministro indicó que este es un producto nuevo que fue aprobado por el FNG y el leasing podrá tener un plazo hasta de 20 años.

 

“Esto lo que hace es que se financia un mayor porcentaje del valor de las viviendas, hasta el 80%. Tradicionalmente en Colombia se financiaba el 70%, vamos a ir hasta el 80% para que ese inventario de vivienda para la clase media podrá ser financiada por ese porcentaje. La persona tendría que poner el 20% de cuota inicial y el 80% restante lo financia el banco”, indicó.

 

Finalmente, el ministro señaló que hay una línea por $1,1 billones para las familias que quieran acceder a vivienda financiando hasta el 80% lo puedan hacer.

La Resolución 34 del 31 de mayo de 2018 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, adicionó un segundo parágrafo al artículo 82 de la Resolución 4240 de 2000, el cual establece que la obligación aduanera comprende la presentación de la declaración de importación, el pago de los tributos aduaneros y las sanciones a que haya lugar, así como la obligación de obtener y conservar los documentos que soportan la operación y presentarlos cuando los requieran las autoridades aduanera, entre otras.

 

El nuevo parágrafo indica que las declaraciones de importación (formulario 500) y declaración de importación simplificada (formulario 510), que no generen la obligación de pago inmediato de los tributos aduaneros como condición para obtener la autorización de levante, no deben presentarse en las entidades autorizadas para recaudar.

 

En este sentido, y en adelante, el sistema informático SYGA Importaciones realizará internamente la asignación de número y fecha de adhesivo con el cual se adelantará el proceso de nacionalización de mercancías.

 

La entrega a la DIAN de las declaraciones de importación no presentadas ante las entidades autorizadas para recaudar, se adelantarán según los artículos 82-1 y 82-2 de la Resolución 4240 de 2000.

 

Para conocer la Resolución 34 completa, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda informó que se encuentra publicado en el home de su página web el Proyecto de Decreto para comentarios “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para reglamentar los sistemas de facturación”.

 

El Ministerio recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 22 de junio.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

Hasta el 22 de junio el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el Artículo 47 de la Ley 1762 de 2015 y se establece el listado de productos sensibles”.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

Mediante la Carta Circular No. 002 del 7 de junio de 2018, la Contaduría General de la Nación hizo aclaraciones sobre la utilización de la Cuenta 3145 - Impactos por la Transición al Nuevo Marco de Regulación y Reporte de las Categorías Estado de Situación Financiera de apertura e Información Contable Pública – Convergencia.

 

Para conocer la Circular 002 completa, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación publicó la Resolución No. 158 de 2018, por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública - CHIP, correspondiente al periodo enero - marzo de 2018 y, la Resolución No.182 de 19 de mayo de 2017, para las entidades en liquidación.

 

Para conocer la Resolución 158 completa, haga clic aquí.

Hasta el 14 de junio el Ministerio de Hacienda, recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto de renta por exportación de hidrocarburos y dictar normas sobre retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas -IVA".

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación, en el marco de sus competencias legales y constitucionales coloca a disposición de las empresas que se encuentran bajo el ámbito de aplicación del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, la Guía de aplicación Nº 007 - Subvenciones no monetarias.

 

Par aconocer las Guías completas, haga clic aquí.

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