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El procedimiento arbitral especial en la Superintendencia de Sociedades le permitirá resolver disputas con su contraparte en apenas 4 meses y con un importantísimo ahorro en costos como honorarios, gastos de administración y secretaría.


Para explicar cómo funciona el procedimiento y acercar sus ventajas a la comunidad empresarial a Supersociedades pone a su disposición una cartilla explicativa que le permitirá entenderlo en solo minutos. Puede descargarla de forma gratuita.

 

Entre otros aspectos podrá tomar nota de los documentos necesarios para iniciar el trámite, verificar las etapas del proceso, ver la lista de árbitros que trabajan con nosotros y también consultar nuestras tarifas.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades, en conjunto con la Superintendencia de Economía Solidaria y la Superintendencia Financiera, crearon una cartilla explicativa sobre el negocio de las libranzas.


El material busca que los empleados y pensionados que soliciten créditos de libranza, así como los inversionistas que quieran comprar esa clase de cartera sepan cuáles son sus derechos y a quién deben dirigirse en caso de reclamos.

En el documento están contenidas las últimas normas en materia de libranzas, incluyendo el decreto que obliga a los comercializadores a revelar información al público en general.

Puede descargar la cartilla haciendo clic aquí.

Debido a los ajustes técnicos que se están realizando en el Sistema Informático Electrónico del Sistema de Resoluciones Anticipadas y de Clasificación Arancelaria - SIE SARP, se solicita comedidamente a los usuarios que para los trámites radicados a través de dicho servicio ubicado en la página web de la DIAN entre el 5 de diciembre de 2016 y el 31 de enero de 2017, alleguen ante la Coordinación de Comunicación y Control de Registro del Nivel Central o las Coordinaciones de Gestión de Documentación de las Direcciones Seccionales, el formato 2354 (solicitud de clasificación arancelaria) acompañado de la documentación soporte, el original del comprobante de pago y copia del radicado que generó el SIE SARP.

 

Cualquier información comunicarse a la Coordinación del Servicio de Arancel al télefono 6079800 extensión 906452

A partir del 1 de febrero de 2017, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN- tendrá acceso a la base de datos Interface Public Members IPM1, la cual permite verificar, en tiempo real, información sobre la autenticidad de una amplia gama de productos y marcas que se transan en el comercio internacional.

 

Colombia se suma a los 95 países del mundo que ha pactado con la Organización Mundial de Aduanas (OMA) utilizar esta herramienta, que también utilizan países como Estados Unidos, México, Ecuador, Perú, Uruguay y Argentina.

 

La plataforma IPM comporta grandes beneficios para las Aduanas y los usuarios aduaneros, en la promoción del comercio legítimo: i) permite la verificación de datos específicos de productos y marcas legítimas comparadas con las falsas; ii) contribuye a la lucha contra el comercio ilegítimo en el comercio internacional; iii) complementa el acervo de instrumentos, herramientas y procedimientos técnicos con que cuentan los funcionarios de la operación aduanera en el control de las operaciones de comercio exterior.

 

La DIAN instruirá a los funcionarios en operación aduanera para que utilicen la herramienta cuyo fin primordial es contribuir con información relevante de productos y marcas en contra de la falsedad marcaria en las importaciones

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reiteró a todos los autorretenedores que desde el pasado 1 de enero de 2017, la Ley 1819 en su Artículo 376 eliminó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE, y en consecuencia derogó la Autorretención a título del Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE.

 

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2017 el Autorretenedor debe practicar una Autorretención del Impuesto sobre la Renta, que debe declararse mensualmente en el Formulario 350, correspondiente a la “Declaración de Retención en la Fuente” - casilla 74 “Otros conceptos” (Artículo 1.2.6.6 del Decreto 1625 de 2016).

 

Tenga en cuenta que esta Autorretención del Impuesto sobre la Renta aplica únicamente para los contribuyentes responsables del Impuesto sobre la Renta que cumplan las siguientes condiciones:

 

1. Que sean sociedades nacionales, extranjeras o establecimientos permanentes, y
2. Que estén exentos del pago de aportes a la seguridad social y parafiscales, respecto de sus trabajadores que devenguen un salario inferior a 10 SMMLV.

 

Consulte aquí las tarifas y actividades económicas sobre las cuales aplica la Autorretención (Artículo 1.2.6.8.)
http://www.dian.gov.co/descargas/normatividad/2017/Decretos/Decreto_2201
_30_de_Diciembre_2016.pdf

 

Recuerde que esta Autorretención es diferente a la que se autoriza por parte de la DIAN mediante Resolución y se declara en las casillas 70 a 72 del Formulario 350 “Declaración de Retención en la Fuente”. (Parágrafo 1 artículo 368 Estatuto Tributario).

 

A continuación se encuentran los plazos para declarar y pagar esta autorretención, así como las Retenciones en la Fuente correspondientes al mes de enero de 2017 que inician el próximo 8 de febrero, de acuerdo con el último digito del NIT, sin tener en cuenta el digito de verificación:

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el primer concepto general del impuesto a las ventas – IVA, el cual está basado en la Ley 1819 de 2016.

 

Este concepto aborda temas como:

  • La vigencia y aplicación de la nueva tarifa del IVA
  • Plazo máximo para remarcación de precios por cambio de tarifa del IVA
  • Efecto de la duplicidad de la tarifa del IVA por remarcación de precios de venta, en la declaración a presentar por el primer bimestre o primer cuatrimestre del IVA del 2017
  • Contratos celebrados con entidades públicas
  • Plazo para presentar declaraciones de IVA sin efecto legal alguno

 

Para conocer el concepto de la DIAN completo, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia recuerdó al público en general que en el Sistema Integral de Información del Mercado de Valores, Simev, al cual se puede acceder desde la página principal del sitio web de la entidad, se encuentra el Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE en el que se puede consultar la información en detalle de cada emisor del mercado de valores colombiano, incluyendo los informes financieros bajo NIIF, tanto separados como consolidados.

 

Con estos sencillos pasos se puede acceder a la información financiera de emisores del sistema financiero y real:

 

1. Ingrese a www.superfinanciera.gov.co
2. Ubique en el menú secundario de nuestra página principal el botón SIMEV y haga clic
3. Seleccione el título Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE
4. Diligencie los espacios en blanco del formulario y seleccione los filtros de búsqueda según su necesidad
5. Dé clic en buscar. Los resultados se mostrarán en la parte inferior de la página
6. Seleccione la lupa que se ubica en la columna Acción en el costado derecho para ver los detalles de la entidad consultada
7. Haga clic en el botón Informes Financieros bajo NIIF
8. En el formulario, escoja el tipo de reporte que desea consultar y el período de corte
9. Seleccione el botón Buscar
10. Escoja el formato en el cual desea descargar la información según lo requiera. Separado o consolidado

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alertó a los alcaldes del país y demás entes territoriales sobre falsos correos y cartas que están llegando a los despachos municipales, en los que, suplantando la imagen institucional de la DIAN y la Presidencia de la República, y haciendo uso del slogan “Por una Colombia Nueva”, ofrecen la donación de artículos a cambio de dinero.

 

La DIAN reitera que el procedimiento para postularse a la mercancía que es susceptible de donación se encuentra totalmente reglado, se realiza exclusivamente a entidades públicas de manera gratuita y no requiere de intermediarios o tramitadores.

 

Es importante aclarar también que la DIAN no realiza donaciones a fundaciones o entidades sin ánimo de lucro

 

Al igual que otros correos fraudulentos, se sugiere a la ciudadanía verificar en la página de la entidad la autenticidad de la comunicación a través de la línea nacional 01900331002 en todo el país, o a través del servicio de quejas de la Entidad, ingresando a la página www.dian.gov.co

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, lanzó la campaña “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, en la que, a través de una serie de Jornadas Integrales de Atención y Control a nivel nacional, la administración busca fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones, crear conciencia de la importancia de la declaración y pago de los impuestos, así como de la expedición y exigencia de la factura.

 

En el desarrollo de esta primera jornada del año se adelantarán más de 16.300 acciones. Entre ellas, 6.500 visitas a morosos; 9.844 requerimientos a omisos en el impuesto sobre la renta, detectados a través de cruces de información con bancos, notarías y otros informantes esto es: 5.750 requerimientos a omisos renta Personas Naturales año 2015 y 4.094 omisos renta naturales 2013 y 2014; visitas a responsables de IVA; profesionales del cambio y control aduanero a la legal importación de equipos, materiales e instrumentos odontológicos.

 

En Pereira se están adelantando 1.500 visitas a morosos en la zona del Poblado. La gestión es integral buscando el cumplimiento de las obligaciones de declarar, pagar, controlar la evasión, el contrabando y lograr el pago de morosos con el fin de:

 

  • Brindar orientación y facilitación en los trámites de los contribuyentes.
  • Darles a conocer el estado de sus deudas e invitarlos a realizar el respectivo pago.
  • Confirmar el cumplimiento de las obligaciones formales en materia tributaria como la expedición de facturas.
  • Verificar y controlar la debida nacionalización de equipos (establecimientos odontológicos).
  • Evidenciar la correcta aplicación del cobro de IVA establecido en la Reforma Tributaria de 2016.
  • Inspeccionar el cumplimento de las normas cambiarias por parte de los Profesionales del Cambio Autorizados.
  • Orientar a los interesados en la Normalización de sus activos omitidos o que hayan incluido pasivos inexistentes en sus declaraciones de renta, dentro y fuera del país.
  • Sensibilizar a los agentes retenedores de impuestos y responsables de IVA sobre las sanciones que prevé la Ley para quienes evadan o eludan la retención, no realicen el pago o declaración de los dineros retenidos a sus clientes o proveedores y no cobren el IVA.

 

A lo largo de 2017 las visitas además de adelantarse de manera periódica, serán georreferenciadas; estas primeras visitas se concentrarán en sectores específicos de las principales ciudades del país: Bogotá (Chapinero); Cali (Centro); Medellín (El Poblado); Barranquilla (Prado, Riomar); Cartagena (Bocagrande, Laguito, Castillo, Bucaramanga (Cabecera llano) y Pereira (Centro), lo que permitirá focalizar los esfuerzos hechos por la Entidad para lograr mayor cercanía con los contribuyentes y detalle en las verificaciones a realizar.

 

En cada ciudad, personal especializado de la Entidad estará dispuesto en los Puntos de Contacto para que los contribuyentes puedan resolver dudas y realizar trámites; es así como, en Bogotá, los contribuyentes serán atendidos en el Punto de contacto de la calle 75; en Cali, se atenderá en el Punto Edificio Antiguo BCH; en Medellín, en La Alpujarra; en Barranquilla, se atenderá desde el punto Edificio Miss Universo; en Cartagena, Bucaramanga y Pereira será desde los puntos de las sedes principales.

 

Adicionalmente, el 27 de enero se efectuará (sólo en Bogotá en el Punto de Contacto calle 75) una jornada de divulgación sobre la reforma tributaria orientada a los contadores que han utilizado frecuentemente el Chat que la DIAN habilitó desde septiembre de 2016, para este grupo de profesionales.

 

Finalmente, la DIAN invitó a los 9.844 omisos de renta naturales requeridos en esta jornada, que aún no han presentado su declaración de renta por los años gravables 2013 a 2015, a que lo hagan, ya que haciendo uso de la información reportada por Notarías y Entidades Bancarias, la Entidad detectó que dichas Personas Naturales están obligadas a presentar su Declaración de Renta y Complementarios por los años gravables 2013, 2014 y/o 2015.

La Contaduría General de la Nación, publicó el instructivo No. 001 del 20 de enero de 2017, el cual contiene las instrucciones para el reconocimiento y revelación contable de los activos de menor cuantía en el periodo contable 2017.

 

Para conocer el Instructivo 01 completo, haga clic aquí.

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