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Con la puesta en marcha de diferentes estrategias establecidas en la Ley 1762 de 2015, conocida como Ley Anticontrabando, que va desde labores de inteligencia del Estado hasta la cooperación internacional, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, ha logrado importantes avances en el control de productos sensibles al contrabando, como calzado, confecciones y textiles.
De acuerdo con el Director General de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, desde julio de 2015, cuando entró en vigencia la Ley Anticontrabando, se han desarticulado 34 organizaciones delictivas y capturado 303 personas, que se calcula, movían un poco más de 2.1 billones de pesos en contrabando; además de seis extinciones de dominio por valor de $34 mil millones.
En materia de textiles y confecciones se han realizado 22.211 aprehensiones por un valor de $145.791 millones. Para combatir el contrabando y fraude aduanero, se ha evitado la importación de calzado a precios ostensiblemente bajos, pasando de 14 millones de pares a 900 mil pares; mientras que en confecciones la cifra bajó de 4.7 millones de kilos de peso bruto, a 279 mil kilos.
La DIAN ha instaurado 268 denuncias ante la Fiscalía General de la Nación por los delitos de contrabando y favorecimiento de contrabando por valor de $159.365 millones en confecciones y 32 por valor de $5.982 millones en textiles, principalmente en Bogotá, Medellín y Buenaventura.
Igualmente, se han capturado en flagrancia a 46 personas por presunta falsedad marcaria. Estas organizaciones operaban principalmente en Cartagena, Barranquilla, Bogotá Buenaventura, Armenia, Medellín, Cali y Guajira.
Dentro de los reportes de operaciones sospechosas de lavado de activos a la UIAF, se han efectuado reportes de 112 personas (25 naturales y 87 personas jurídicas) relacionados con textiles y confecciones.
Finalmente, como parte de las acciones de control se han instalado en los puertos de Buenaventura, Cartagena, Santa Marta, Barranquilla y San Andrés un total de 21 equipos de inspección no intrusiva, que permiten ejercer un mayor control en el ingreso de mercancías al territorio nacional.
Acciones con otros gobiernos
Como consecuencia de las acciones de inteligencia coordinadas por la DIAN y con el apoyo de las agencias de los Estados Unidos -ICE (Immigration and Customs Enforcement) y CBP (Customs and Border Protection), se han aprehendido en los últimos ocho meses 47 contenedores de mercancías con calzado, textiles, confecciones y licores, procedentes de Panamá y China.
Sin embargo, dentro de las líneas de acción en la lucha contra el contrabando, la DIAN también ha formado funcionarios expertos en auditorias internacionales en materia de origen, lo que ha permitido adelantar verificaciones de origen a través de visitas y cuestionarios a países con los cuales Colombia tiene acuerdos. Como resultado, en confecciones y textiles se negó el origen a 39 importadores en Colombia y a 16 exportadores de otros países por acogerse indebidamente a preferencias arancelarias al amparo de los acuerdos suscritos con Estados Unidos, México, Honduras, Guatemala y Salvador.
Con cada una de estas acciones, la DIAN continúa permanentemente controlando las mercancías que entran de forma ilegal al país y facilitando las operaciones de comercio exterior para la industria colombiana.
ABC modificación en las condiciones del crédito según capacidad de pago del deudor
Richard santa¿De qué se trata la norma expedida por la Superintendencia Financiera?
La Superintendencia Financiera expidió la Circular Externa 026 de 2017 en la que imparte instrucciones para facilitar el proceso de redefinición de las condiciones de los créditos entre las entidades vigiladas y aquellos deudores que han visto afectada su capacidad de pago y el normal cumplimiento de su obligación como consecuencia del ajuste en el ciclo económico.
¿Es esto una reestructuración de la deuda?
No. Precisamente esta norma define un paso previo a la reestructuración de las deudas y por esto las modificaciones que se hagan bajo los principios de la nueva norma no tendrán los efectos que una reestructuración puede tener en aspectos como la calificación del deudor y el acceso a nueva financiación.
¿Si me acojo a la medida no puedo ser reportado en una central de información o central de riesgo?
El historial crediticio no se altera, ni será borrado, de tal forma que:
Si el deudor ya incurrió en mora y ésta ya fue reportada a las centrales de riesgo, su reporte permanecerá en los tiempos determinados por la Ley. Su historial no será borrado.
Si incumple el nuevo acuerdo de pagos definido con la entidad, automáticamente será catalogado como un crédito reestructurado con los correspondientes efectos que esto tiene.
¿Esta medida obedece a un deterioro importante en la cartera del sistema financiero?
No. La medida corresponde a la aplicación de un estándar internacional que pretende darle una opción al consumidor financiero para ajustarse al ciclo económico mediante una negociación directa con sus entidades crediticias.
¿Cualquier deudor puede pedir la modificación de las condiciones de sus obligaciones?
Quienes se hayan visto afectados por el ciclo económico pueden solicitar a la entidad financiera la modificación de las condiciones del crédito originalmente pactadas, siempre y cuando durante los últimos seis meses la obligación no haya alcanzado una mora consecutiva mayor a 60 días para microcrédito y consumo; y 90 días para comercial y vivienda.
¿Está la entidad financiera obligada a redefinir las condiciones de mi crédito?
No. Cada entidad financiera evaluará la nueva realidad económica del deudor para adoptar una decisión frente a las condiciones de la obligación; por esa razón, pensar en incumplir con los pagos de la deuda para obtener una modificación no es una buena opción, pues no se asegura que la entidad vigilada modifique las condiciones en todos los casos. No es un derecho automático.
Después de presentada la solicitud de modificación, ¿cuánto tiempo se tomará la entidad para dar respuesta a mi solicitud?
No existe un tiempo definido, se espera que las entidades financieras den prioridad a la atención y trámite de dichas solicitudes, sin embargo, los deudores deberán atenerse a los procesos internos de atención que disponga cada entidad.
¿Desde cuándo puedo solicitar la modificación de las condiciones de un crédito?
Teniendo en cuenta que las entidades deberán ajustar algunos de sus procesos, la Circular Externa 026 empezará a regir a partir del 31 de octubre de 2017, es decir que, a partir de esa fecha los deudores podrán acercarse a su entidad financiera para tramitar la modificación de sus créditos.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que la norma establece un período de transición para que los deudores que en los 30 días anteriores a la entrada en vigencia de la Circular Externa hayan cumplido con los criterios establecidos para solicitar las modificaciones de las que trata esta norma, lo puedan hacer.
¿Qué tan flexibles pueden llegar a ser las nuevas condiciones del crédito después de la modificación?
Se deben establecer con claridad las condiciones financieras actuales del deudor con el fin de que se logre el mejor acuerdo con la entidad. La modificación de los créditos debe atender criterios de viabilidad financiera teniendo en cuenta el análisis de la capacidad real de pago del deudor, sin que ello implique el uso excesivo de periodos de gracia, es decir, periodos en los que los deudores solo hacen abonos a intereses.
¿Qué información debe entregarme la entidad financiera cuando hago una modificación de mi crédito?
Las entidades financieras deberán suministrar al deudor la información necesaria que le permita comprender las implicaciones de estas modificaciones en términos de costos y calificación crediticia. Así mismo, debe informarle como mínimo:
Las nuevas condiciones contractuales establecidas: tasa, plazo, plan de pagos, etc.
Los efectos de incumplir en el pago de la obligación bajo las nuevas condiciones.
Costo total de la operación.
¿Cuánto me cuesta el proceso de modificación?
El proceso de gestión realizado por las entidades financieras para la modificación de los créditos no tendrá ningún costo para los consumidores financieros.
¿Qué pasa con mi calidad de deudor y mi crédito después de la modificación?
Los créditos modificados serán objeto de monitoreo especial por parte de la entidad financiera. Sin embargo, una vez el deudor efectúe pagos regulares y efectivos a capital e intereses por un período de nueve meses ininterrumpidos para microcrédito, un año ininterrumpido para consumo y de dos años ininterrumpidos para los créditos de las modalidades comercial y de vivienda, el crédito podrá salir de este monitoreo.
¿Qué pasa si después de hacer una modificación incumplo con los pagos?
Si el deudor incumple el pago del crédito modificado bajo las nuevas condiciones (30 días de mora), éste se debe reconocer como una reestructuración.
En los casos en los que los créditos son reestructurados, ¿hasta cuándo permanece esa condición?
La entidad financiera podrá eliminar esta condición cuando el deudor efectúe pagos regulares y efectivos a capital e intereses por un período de 18 meses para microcrédito, dos años para consumo y de cuatro años para los créditos de las modalidades comercial y de vivienda.
¿Puede un crédito reestructurado mejorar su calificación?
Si. La entidad podrá asignar, gradualmente una calificación de menor riesgo cuando se verifique que la capacidad de pago del deudor cumple con los criterios para mejorar la misma y cuando el deudor haya realizado desde la fecha de la reestructuración pagos regulares y efectivos a capital e intereses durante seis meses consecutivos para microcrédito y un año para las demás modalidades.
¿Bajo las nuevas condiciones se modifica la tasa de interés para cobrarme más?
La tasa de interés será fijada por la entidad financiera de acuerdo con la evaluación de riesgo del deudor bajo las nuevas condiciones del crédito, así como las tasas de mercado. Las entidades deben informarle las nuevas condiciones establecidas del crédito modificado, incluida la nueva tasa de interés.
¿La modificación me rebaja el monto de la deuda?
No. Ésta se realizará sobre el saldo vigente de capital e intereses adeudados al momento de realizar la modificación o reestructuración del crédito.
¿Qué vigencia tendrá esta normativa?
Esta norma no es una amnistía, ni tiene carácter temporal, es un nuevo procedimiento que se crea en el marco de actividades de recuperación de la cartera de créditos aplicable a las entidades vigiladas.
ABC modificación en las condiciones del crédito según capacidad de pago del deudor
¿De qué se trata la norma expedida por la Superintendencia Financiera?
La Superintendencia Financiera expidió la Circular Externa 026 de 2017 en la que imparte instrucciones para facilitar el proceso de redefinición de las condiciones de los créditos entre las entidades vigiladas y aquellos deudores que han visto afectada su capacidad de pago y el normal cumplimiento de su obligación como consecuencia del ajuste en el ciclo económico.
¿Es esto una reestructuración de la deuda?
No. Precisamente esta norma define un paso previo a la reestructuración de las deudas y por esto las modificaciones que se hagan bajo los principios de la nueva norma no tendrán los efectos que una reestructuración puede tener en aspectos como la calificación del deudor y el acceso a nueva financiación.
¿Si me acojo a la medida no puedo ser reportado en una central de información o central de riesgo?
El historial crediticio no se altera, ni será borrado, de tal forma que:
Si el deudor ya incurrió en mora y ésta ya fue reportada a las centrales de riesgo, su reporte permanecerá en los tiempos determinados por la Ley. Su historial no será borrado.
Si incumple el nuevo acuerdo de pagos definido con la entidad, automáticamente será catalogado como un crédito reestructurado con los correspondientes efectos que esto tiene.
¿Esta medida obedece a un deterioro importante en la cartera del sistema financiero?
No. La medida corresponde a la aplicación de un estándar internacional que pretende darle una opción al consumidor financiero para ajustarse al ciclo económico mediante una negociación directa con sus entidades crediticias.
¿Cualquier deudor puede pedir la modificación de las condiciones de sus obligaciones?
Quienes se hayan visto afectados por el ciclo económico pueden solicitar a la entidad financiera la modificación de las condiciones del crédito originalmente pactadas, siempre y cuando durante los últimos seis meses la obligación no haya alcanzado una mora consecutiva mayor a 60 días para microcrédito y consumo; y 90 días para comercial y vivienda.
¿Está la entidad financiera obligada a redefinir las condiciones de mi crédito?
No. Cada entidad financiera evaluará la nueva realidad económica del deudor para adoptar una decisión frente a las condiciones de la obligación; por esa razón, pensar en incumplir con los pagos de la deuda para obtener una modificación no es una buena opción, pues no se asegura que la entidad vigilada modifique las condiciones en todos los casos. No es un derecho automático.
Después de presentada la solicitud de modificación, ¿cuánto tiempo se tomará la entidad para dar respuesta a mi solicitud?
No existe un tiempo definido, se espera que las entidades financieras den prioridad a la atención y trámite de dichas solicitudes, sin embargo, los deudores deberán atenerse a los procesos internos de atención que disponga cada entidad.
¿Desde cuándo puedo solicitar la modificación de las condiciones de un crédito?
Teniendo en cuenta que las entidades deberán ajustar algunos de sus procesos, la Circular Externa 026 empezará a regir a partir del 31 de octubre de 2017, es decir que, a partir de esa fecha los deudores podrán acercarse a su entidad financiera para tramitar la modificación de sus créditos.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que la norma establece un período de transición para que los deudores que en los 30 días anteriores a la entrada en vigencia de la Circular Externa hayan cumplido con los criterios establecidos para solicitar las modificaciones de las que trata esta norma, lo puedan hacer.
¿Qué tan flexibles pueden llegar a ser las nuevas condiciones del crédito después de la modificación?
Se deben establecer con claridad las condiciones financieras actuales del deudor con el fin de que se logre el mejor acuerdo con la entidad. La modificación de los créditos debe atender criterios de viabilidad financiera teniendo en cuenta el análisis de la capacidad real de pago del deudor, sin que ello implique el uso excesivo de periodos de gracia, es decir, periodos en los que los deudores solo hacen abonos a intereses.
¿Qué información debe entregarme la entidad financiera cuando hago una modificación de mi crédito?
Las entidades financieras deberán suministrar al deudor la información necesaria que le permita comprender las implicaciones de estas modificaciones en términos de costos y calificación crediticia. Así mismo, debe informarle como mínimo:
Las nuevas condiciones contractuales establecidas: tasa, plazo, plan de pagos, etc.
Los efectos de incumplir en el pago de la obligación bajo las nuevas condiciones.
Costo total de la operación.
¿Cuánto me cuesta el proceso de modificación?
El proceso de gestión realizado por las entidades financieras para la modificación de los créditos no tendrá ningún costo para los consumidores financieros.
¿Qué pasa con mi calidad de deudor y mi crédito después de la modificación?
Los créditos modificados serán objeto de monitoreo especial por parte de la entidad financiera. Sin embargo, una vez el deudor efectúe pagos regulares y efectivos a capital e intereses por un período de nueve meses ininterrumpidos para microcrédito, un año ininterrumpido para consumo y de dos años ininterrumpidos para los créditos de las modalidades comercial y de vivienda, el crédito podrá salir de este monitoreo.
¿Qué pasa si después de hacer una modificación incumplo con los pagos?
Si el deudor incumple el pago del crédito modificado bajo las nuevas condiciones (30 días de mora), éste se debe reconocer como una reestructuración.
En los casos en los que los créditos son reestructurados, ¿hasta cuándo permanece esa condición?
La entidad financiera podrá eliminar esta condición cuando el deudor efectúe pagos regulares y efectivos a capital e intereses por un período de 18 meses para microcrédito, dos años para consumo y de cuatro años para los créditos de las modalidades comercial y de vivienda.
¿Puede un crédito reestructurado mejorar su calificación?
Si. La entidad podrá asignar, gradualmente una calificación de menor riesgo cuando se verifique que la capacidad de pago del deudor cumple con los criterios para mejorar la misma y cuando el deudor haya realizado desde la fecha de la reestructuración pagos regulares y efectivos a capital e intereses durante seis meses consecutivos para microcrédito y un año para las demás modalidades.
¿Bajo las nuevas condiciones se modifica la tasa de interés para cobrarme más?
La tasa de interés será fijada por la entidad financiera de acuerdo con la evaluación de riesgo del deudor bajo las nuevas condiciones del crédito, así como las tasas de mercado. Las entidades deben informarle las nuevas condiciones establecidas del crédito modificado, incluida la nueva tasa de interés.
¿La modificación me rebaja el monto de la deuda?
No. Ésta se realizará sobre el saldo vigente de capital e intereses adeudados al momento de realizar la modificación o reestructuración del crédito.
¿Qué vigencia tendrá esta normativa?
Esta norma no es una amnistía, ni tiene carácter temporal, es un nuevo procedimiento que se crea en el marco de actividades de recuperación de la cartera de créditos aplicable a las entidades vigiladas.
Para comentarios, modificación de anexos técnicos sobre factura electrónica
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de resolución “Por la cual se modifican los Anexos Técnicos No. 001, 002, 003 y 005 de la Resolución 000019 del 24 de febrero 2016 y se adiciona el anexo No 006”, referente a la factura electrónica.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 2 de octubre de 2017; a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
DIAN requerirá a agentes retenedores y deudores de IVA el cumplimiento de los pagos
Richard santaDurante esta semana, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, requerirá a 77.610 agentes de retención, quienes deberán volver a presentar las declaraciones de retención en la fuente presentadas entre enero y junio de este año, liquidando la respectiva sanción de extemporaneidad, pues las mismas no fueron presentadas con pago.
Igualmente, solicitará el pago a los 2.600 contribuyentes que cobraron el Impuesto al Valor Agregado IVA durante los primeros bimestres del año, lo declararon, pero no lo consignaron a la Entidad. En total son $220 mil millones.
Estas acciones se realizarán en el marco de la 9ª versión de la Jornada “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, estrategia enmarcada en el Plan Nacional de Cobro y en el Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando.
Cecilia Rico Torres, Directora de Gestión de Ingresos de la DIAN, precisó que en esta ocasión los funcionarios de las 34 seccionales de impuestos realizarán en total 5.600 visitas para recuperar $413.000 millones, para lo cual concentrarán sus acciones de cobro en los contribuyentes que ya han sido embargados por la Entidad, los cuales están agrupados o diferenciados de la siguiente forma:
- 433 Contribuyentes tienen bienes inmuebles embargados y el valor de sus obligaciones suman $38.000 millones.
- 1.012 Contribuyentes tienen las cuentas bancarias embargadas y el valor de sus obligaciones suman $55.000 millones.
- 4.155 contribuyentes con obligaciones en mora cuyo valor suman $320 mil millones.
Esta jornada irá hasta el viernes 29 de septiembre, y como es habitual, se adelantarán Jornadas Integrales de Atención y Control en todo el territorio nacional, buscando fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones; crear conciencia de la importancia de la declaración y pago de los impuestos, así como de la expedición y exigencia de la factura; orientar a los interesados en la Normalización de sus activos omitidos o que hayan incluido pasivos inexistentes en sus declaraciones de renta.
Entre enero y agosto, la DIAN ha efectuado cerca de 3 Millones de acciones enmarcadas en el Plan Nacional de Cobro y en el Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, que permitieron recaudar por concepto de gestión $4.97 billones.
Bogotá estrenó oficina virtual para pago de impuestos
Richard santaLos contribuyentes de ICA, predial y vehículos cuentan con un nuevo canal para cumplir sus compromisos tributarios. Se trata de la Oficina Virtual implementada por la Administración Distrital, como parte de la estrategia de modernización tecnológica de la ciudad.
22 % ha crecido en el último año el uso de medios electrónicos para el pago de impuestos. La Oficina Virtual, responde a esta tendencia y busca impulsar aún más los mecanismos electrónicos de pago.
Por primera vez todos los empresarios del país podrán liquidar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) de Bogotá, sin necesidad de solicitar una firma electrónica; los ciudadanos podrán solicitar, consultar y descargar en línea el Registro de Información Tributaria (RIT), y será posible obtener certificados de pago de impuestos de manera inmediata. Todo esto, gracias a la nueva Oficina Virtual que comenzó a operar a partir de hoy en la ciudad.
Con este nuevo servicio, al que se puede acceder desde la página web de la Secretaría de Hacienda, la Administración del Alcalde Enrique Peñalosa continúa avanzando en la meta de hacer más simple y fácil el pago de los impuestos en Bogotá.
Según informó la secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez, el objetivo de este nuevo canal es “evitarles trámites y desplazamientos a los ciudadanos para la consulta y pago de sus tributos. De esta manera, respondemos también a la tendencia marcada del contribuyente a utilizar cada vez más los medios electrónicos para sus transacciones”, afirma la secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez.
En lo corrido de este año, la cuarta parte de los impuestos en Bogotá (1,7 billones de pesos) han sido pagados a través de medios electrónicos, una cifra 22 % superior a la registrada durante el mismo período de 2016. Por eso, junto con la oficina virtual, muy pronto la Administración Distrital tendrá además disponible la Aplicación Móvil Hacienda Bogotá, para así continuar con la diversificación de canales de servicios sobre plataformas tecnológicas robustas y seguras, a la medida del contribuyente en la Capital.
DIAN actualizó los bancos autorizados para recaudo de tributos
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, a partir del pasado 11 de septiembre, el Banco AV Villas se encuentra autorizado para el recaudo de los tributos administrados por las DIAN, completándose en total 13 entidades:
- Banco de Bogotá
- Banco Popular
- Banco ITAU Corpbanca
- Bancolombia
- CITIBANK
- Banco GNB Sudameris
- Banco BBVA
- Banco Colpatria
- Banco de Occidente
- Banco Caja Social
- Banco Agrario
- Banco Davivienda
- Banco AV VILLAS
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia se la juega por la innovación y en ese sentido la virtualización y la modernización de sus servicios es preponderante. Siguiendo esa estrategia de innovación dispone para sus empresarios y usuarios dos APP: Cámara Móvil y Eventos Especiales Cámara.
Claudia Ceballos, jefe de Fortalecimiento y estructuración de servicios de la Cámara, explica que la primera de estas aplicaciones le permite a los empresarios mayores facilidades en los trámites y estar a la vanguardia de la tecnología.
Cámara Móvil cuenta con los siguientes servicios:
- Renovación simple: para personas que no tienen que hacer cambios significativos ni adjuntar documentos en su renovación.
- Consulta de nombres: para consultar el nombre de una nueva empresa o por que se quiera saber en cuál cámara de comercio del país está registrada una empresa.
- Compra de certificados de empresas registradas en la Cámara: de forma ágil y segura se pueden obtener los certificados de la Cámara (por ejemplo Registro mercantil, Registro Único de Proponentes, entre otros).
- Consulta de la agenda de eventos de la Cámara: los empresarios también se pueden inscribir por esta aplicación y obtener memorias de los eventos de Formación empresarial, Relacionamiento, Cultura y Asesoría.
Eventos Especiales Cámara
- Esta aplicación se ha diseñado para facilitar las experiencias de los grandes eventos en los que participa la Cámara como son CITIS, Medellín Health City, Creer para ver, entre otros.
- En esta aplicación se puede obtener la información detallada de los eventos, la agenda, los conferencistas, información de los asistentes y establecer redes con los asistentes, participar en chat, tener documentos de los eventos, entre otros.
- Estas dos aplicaciones se encuentran disponibles para móviles Android y para IOS y se pueden descargar de manera gratuita en las tiendas Google Play y App Store.
- La Cámara entiende el valor de ofrecer espacios para los negocios, el conocimiento y el relacionamiento, por lo que trabaja para fortalecer las oportunidades de desarrollo para los empresarios.
Superfinanciera fortalece el Gobierno Corporativo de las cooperativas financieras
Richard santaEl Superintendente Financiero, Jorge Castaño Gutiérrez, revisó conjuntamente con las cooperativas financieras las prácticas en materia de Gobierno Corporativo de estas entidades vigiladas.
Al término del encuentro, las cooperativas financieras acogieron las recomendaciones de la Superfinanciera, se harán más exigentes las condiciones y criterios para acceder a cargos de importancia como el de consejeros principales y suplentes.
Adicionalmente, las cooperativas financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera conformarán comités consultivos para apoyar a los consejos de administración en sus decisiones estratégicas.
La reunión entre el Supervisor y las cooperativas financieras se llevó a cabo en la ciudad de Medellín.
En Medellín se pueden pagar impuestos a través de aplicación móvil
Richard santaLa Alcaldía de Medellín, por intermedio de la Secretaría de Hacienda, presentó la primera aplicación del país que permitirá pagos, trámites y servicios relacionados con las obligaciones de ciudadanos y empresas a través de la herramienta tecnológica denominada HaciendaMed. Ésta se puede descargar desde cualquier dispositivo móvil.
HaciendaMed está creada para smartphones o tablets bajo sistemas operativos iOS o Android. Para su uso, el ciudadano debe realizar un registro inicial desde el portal de la Alcaldía www.medellin.gov.co (opción regístrate) y así obtener un usuario y contraseña que le permita vivir esta experiencia que busca fortalecer la atención ciudadana a través de los canales virtuales, con más agilidad, menos desplazamientos, mejor calidad de vida y múltiples opciones para los contribuyentes.
A través de la aplicación se podrá realizar el pago de impuestos (Predial e Industria y Comercio), separación por matrículas del predial, gestión de certificados y otros documentos de forma inmediata y segura.
Con este desarrollo tecnológico se pueden hacer pagos desde diferentes entidades financieras con cargo a cuentas corrientes, ahorros y tarjetas de crédito. La herramienta estará en constante actualización y más adelante contará con opciones para el pago de otras obligaciones con el Municipio de Medellín.
Colombia y Perú consolidan esfuerzos contra soborno transnacional
Richard santaLa Superintendencia de Sociedades de Colombia y el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación del Perú suscribieron un Memorándum de Entendimiento que implementa un mecanismo de asistencia mutua e intercambio de información para prevenir y combatir casos de soborno transnacional.
La suscripción de este instrumento da cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos en el marco del Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional Perú - Colombia, que tuvo lugar en Arequipa el pasado 27 de enero. Se deriva de la firme postura que comparten ambos países respecto a la lucha contra la corrupción y la impunidad, y refleja el compromiso de afrontar conjuntamente los desafíos que atentan contra la institucionalidad y el desarrollo económico de ambas naciones.
Como en otras dimensiones de esta positiva relación bilateral, Colombia y Perú son también socios estratégicos en la lucha contra la corrupción. En coherencia con una prioridad de ambos gobiernos, se continuará profundizando sus esfuerzos de cooperación para prevenir y reprimir actos de corrupción transnacional y, por esta vía, promover la integridad, la transparencia y la cultura de la legalidad a favor del desarrollo productivo.
Así, el objetivo del instrumento es facilitar la investigación y sanción de cualquier persona jurídica con domicilio en Colombia o en Perú que haya participado en actos de corrupción. El Memorándum permite el intercambio formal de pruebas que podrán ser utilizadas en investigaciones administrativas o procesos penales en ambos países.
“Este acuerdo es una herramienta más para nuestra lucha en contra del soborno transnacional y aumenta nuestra capacidad de vigilar que las firmas colombianas tengan un comportamiento ético en el extranjero”, dijo el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.
Al respecto la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República explicó que el acuerdo es un importante paso para prevenir la corrupción transnacional y que “la voluntad y los esfuerzos conjuntos de los países son fundamentales para elevar los estándares que cierren el paso a este flagelo”.
Por su parte, el Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de Perú, Raphael Anaya, señaló que el impulso a estas iniciativas de colaboración internacional son necesarias, pues cada vez más los corruptos utilizan a las personas jurídicas para cometer sus acciones delictivas, por ello “los Estados deben utilizar todos los mecanismos que permitan reducir la impunidad de los actos de soborno transnacional”.
Cabe recordar que ambos países no han sido ajenos a este esfuerzo. Es así, que el 2 de febrero de 2016, el Presidente de la Republica de Colombia promulgó la Ley 1778, en respuesta a diversos acuerdos internacionales que tienen como propósito combatir la corrupción y el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales.
De acuerdo con la Ley 1778 de 2016, los responsables de soborno a servidores públicos en el extranjero podrán ser sancionados con cárcel hasta por 15 años, inhabilitación para contratar con el Estado hasta por 20 años y multas de hasta 50.000 salarios mínimos.
En el caso de las personas jurídicas que incurran en este delito, la Superintendencia de Sociedades podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando estas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público. Asimismo, la ley establece un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que participen en la conducta de soborno transnacional, encargando la competencia a la Superintendencia de Sociedades si el responsable está en Colombia.
En el caso peruano, la Ley 30424 promulgada el 21 de abril de 2016 y su ampliatoria mediante Decreto Legislativo 1352 del 07 de enero del presente año, establecen la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por cohecho activo transnacional y otras actividades ilícitas, señalando la necesidad que estas implementen programas o modelos de prevención en sus organizaciones que permita un análisis para la atenuación o exoneración de su responsabilidad en el hecho delictivo.
La Ley peruana también impone a la persona jurídica que incurra en responsabilidad administrativa un conjunto de medidas, entre las que figuran la multa, inhabilitación, cancelación de licencias, concesiones o derechos, clausura temporal o definitiva de sus locales o establecimientos e incluso la disolución.
En consecuencia, la firma del Memorándum de Entendimiento ratifica la firme decisión de Colombia y Perú de complementar su normativa en materia de lucha contra el soborno trasnacional, con herramientas efectivas de cooperación y asistencia internacional, que permitan a ambos países alcanzar los mejores estándares internacionales y afianzar alianzas en la lucha contra la corrupción.
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Para comentarios, proyecto de resolución sobre factura electrónica
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de resolución “Por la cual se selecciona a unos contribuyentes para facturar electrónicamente”.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 25 de septiembre de 2017; a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
Como gesto de celebración de los 15 años del Banco de Los Pobres, la Alcaldía de Medellín hizo varios cambios en la entidad, entre ellos eliminó el codeudor para los productores de los cinco corregimientos que sean poseedores de tierra.
Además, quienes hayan sido usuarios del Banco y hayan demostrado buen comportamiento en su compromiso de pago tampoco van a necesitar codeudor.
Los requisitos para acceder a créditos en Bancuadra son: tener entre 18 y 70 años y pertenecer a un grupo o red de 5 a 19 personas. Los préstamos se les otorgan a personas que pertenezcan a grupos, lo que hace que el principio de la confianza predomine en esta iniciativa.
Las redes ciudadanas a las que se les otorgarán créditos son por ejemplo, grupos juveniles, grupos de la tercer edad, clubes deportivos, juntas de acción comunal, entre otros.
El programa ofrecerá beneficios en el orden social, económico, en la cultura ciudadana y en la seguridad.
Impacto social: Se medirá básicamente por el número de personas que accedan al servicio, ya que se incluye a los usuarios en el sistema financiero y se les proporciona acceso a créditos de consumo sin procedimientos complejos.
Impacto económico: Bancuadra pretende que aumente la capacidad adquisitiva de los usuarios y que estos puedan tener acceso a créditos legales para cubrir sus necesidades básicas o eventualidades que surjan en su día a día.
Impacto en la Cultura Ciudadana: Este es un programa de economía colaborativa y son los mismos usuarios quienes son responsables por el buen comportamiento de su red y por ende del cupo asignado y del número de puntos que se puedan lograr en el fondo de confianza. Además, la misma red es la que decide qué usuarios ingresan a su grupo, lo que genera cultura y responsabilidad conjunta del servicio.
Impacto en la seguridad: Dado que los usuarios de las redes financieras que accedan a créditos de Bancuadra son los responsables del pago de las cuotas, no se verán en riesgo por cobros ilegales o que representen violación a los derechos humanos de las personas, retención de bienes o trabajo forzado.
Otros beneficios
El 66% de la población, que vive con menos de un millón de pesos y que no tiene acceso al sistema financiero formal, encontrará la opción de acceder a créditos de consumo a través de Bancuadra. Estos créditos de libre inversión podrán ser utilizados para suplir las necesidades más inmediatas como el pago de los servicios públicos, alimentos, útiles escolares, medicinas, entre otros.
Se proporcionará a los usuarios alternativas a través de los aliados estratégicos por medio de las cuales pueden obtener, en vez de dinero, productos de la canasta familiar, tiquetes de transporte público e insumos y productos para sus negocios, entre otros.
Se fomentará la confianza entre los miembros de las comunidades o grupos y la creación de nuevas redes ciudadanas.
Mayores informes en el Banco de Los Pobres: 385 55 55 extensiones 5071 - 7349 – 4046 o a la página web www.bancuadra.com.
SuperSociedades desmontará gradualmente uso de títulos judiciales en papel
Richard santaLa Superintendencia de Sociedades anuncia el inicio del proyecto de desmaterialización de los títulos de depósito judicial bajo su custodia. Es decir, desaparecerán gradualmente los títulos en papel y solo se utilizarán los títulos electrónicos.
Los trámites de conversión, fraccionamiento, endoso y pago de los títulos judiciales serán más ágiles y no será necesario el desplazamiento de usuarios hasta las instalaciones de la entidad. Por ejemplo, podrán hacer efectivo el pago sólo con presentar su documento de identificación o certificado de representación legal, en el Banco Agrario de Colombia.
La primera etapa del proyecto comenzará a partir del próximo 20 de septiembre de 2017 y se aplicará únicamente a los procesos de reorganización, validación de un acuerdo de reorganización extrajudicial y liquidación por adjudicación. La SuperSociedades informará oportunamente al público en general sobre el avance de implementación gradual para los demás procesos.
A partir de la puesta en marcha del proyecto no se expedirán nuevos títulos de depósito judicial en físico.
Bogotá brinda descuentos de hasta 40% a contribuyentes morosos
Richard santaLa Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá visitará varias localidades de la ciudad atendiendo a los contribuyentes que quieren ponerse al día con el pago de los impuestos distritales de años 2014 y anteriores.
Los ciudadanos interesados en arreglar cuentas podrán dirigirse al punto más cercano a su lugar de residencia o de trabajo y conocer los descuentos en sanciones e intereses. El plazo para acogerse a las condiciones especiales de pago vence el 30 de octubre de 2017.
Visitas mes de septiembre
Localidad de Usaquén, Éxito calle 170, Autopista Norte con calle 170, días 21, 22 y 23.
Localidad de Suba, Plazoleta SuperCADE Suba, calle 145 No. 103B-90, días 28, 29 y 30.
Visitas mes de octubre
Localidad de Chapinero, Parque Lourdes, 5, 6 y 7 de octubre.
Localida de Kennedy, centro comercial Plaza de las Américas, Carrera 71d No. 6-94 sur, días 12, 13 y 14.