
Resoluciones (577)
Resolución 0954, certifica interés bancario para crédito de consumo y ordinario
Richard santaLa Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 27 de julio de 2018 la Resolución No. 0954 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:
Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de agosto de 2018.
Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.94%, lo cual representa una disminución de 9 puntos básicos (-0.09%) en relación con la anterior certificación (20.03%).
Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 29.91% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 29.91% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 14 puntos básicos (-0.14%) con respecto al periodo anterior (30.05%).
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Resolución 1364, establece horario de atención para DIAN Medellín en agosto
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 001364 del 17 de julio de 2018, por medio de la cual se establece temporalmente el horario laboral y de atención al público para los días 6, 8, 9 y 10 de agosto de 2018 en la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín.
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Resolución 549, SuperSociedades disminuye tarifa de contribución
Richard santaLa Superintendencia de Sociedades mediante la Resolución 514-000549 de julio de 2018 anunció su tarifa de contribución para el año 2018.
Las sociedades que están sometidas a vigilancia y control por parte de la entidad pagarán 14 centavos por cada $1.000 pesos de activos totales. Esto implica un ahorro del 8,9%% frente a 2017, cuando las sociedades contribuían con 15,37 centavos por cada 1.000 pesos de activos totales.
Por otro lado, las sociedades que están sometidas al régimen de insolvencia pagarán la tarifa mínima permitida por ley: un salario mínimo ($781.242). Este grupo incluye a las compañías en reorganización, reestructuración, concordato y liquidación judicial.
Según la resolución firmada por el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, la decisión va en línea con la política de austeridad del gasto público del Gobierno Nacional y toma en cuenta el aporte del sector real a la economía del país.
Informes de la Superintendencia de Sociedades, muestran, además, que la tarifa actual es la más baja en las dos últimas décadas.
El pago de la contribución deberá efectuarse dentro de los veinte (20) días calendario, siguientes a la fecha de expedición de la cuenta de cobro.
La contribución no pagada dentro del plazo señalado, causará los intereses de mora.
Resolución 220, corrige código de subcuenta de reintegros régimen subsidiado
Richard santaLa Resolución 220 del 29 de junio de 2018, publicada por la Contaduría General de la Nación, corrige el código de la subcuenta denominada "Reintegros régimen subsidiado" del numeral 2.1.8. Reintegros del Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, expedido con la Resolución No.135 de 2018.
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Resolución 220, corrige código de subcuenta denominada Reintegros régimen subsidiado
Richard santaLa Contaduría General de la Nación emitió la Resolución 220 del 29 de junio de 2018, por la cual se corrige el código de la subcuenta denominada "Reintegros régimen subsidiado" del numeral 2.1.8. Reintegros del Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, expedido con la Resolución No.135 de 2018.
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Resolución 0820, certifica interés bancario para créditos en julio
Richard santaLa Superintendencia Financiera emitió la Resolución 0820 del 28 de junio de 2018, por medio de la cual se certifica el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario y microcrédito.
Dicha resolución certifica en 20.03% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
También certifica en 36.81% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito.
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Resolución 169, prorroga plazo para presentar Boletín de Deudores Morosos del Estado
Richard santaLa Resolución 169 del 8 de junio de 2018, emitida por la Contaduría General de la Nación, prorroga el plazo para presentar la categoría Boletín de Deudores Morosos del Estado correspondiente a la fecha de corte 31 de mayo de 2018 para las entidades públicas que hacen parte del ámbito de aplicación de la Resolución 533 de 2015.
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Resolución 34, simplifica la nacionalización de mercancías
Richard santaLa Resolución 34 del 31 de mayo de 2018 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, adicionó un segundo parágrafo al artículo 82 de la Resolución 4240 de 2000, el cual establece que la obligación aduanera comprende la presentación de la declaración de importación, el pago de los tributos aduaneros y las sanciones a que haya lugar, así como la obligación de obtener y conservar los documentos que soportan la operación y presentarlos cuando los requieran las autoridades aduanera, entre otras.
El nuevo parágrafo indica que las declaraciones de importación (formulario 500) y declaración de importación simplificada (formulario 510), que no generen la obligación de pago inmediato de los tributos aduaneros como condición para obtener la autorización de levante, no deben presentarse en las entidades autorizadas para recaudar.
En este sentido, y en adelante, el sistema informático SYGA Importaciones realizará internamente la asignación de número y fecha de adhesivo con el cual se adelantará el proceso de nacionalización de mercancías.
La entrega a la DIAN de las declaraciones de importación no presentadas ante las entidades autorizadas para recaudar, se adelantarán según los artículos 82-1 y 82-2 de la Resolución 4240 de 2000.
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Resolución 158, prorroga plazo para presentar información al Chip sobre entidades en liquidación
Richard santaLa Contaduría General de la Nación publicó la Resolución No. 158 de 2018, por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública - CHIP, correspondiente al periodo enero - marzo de 2018 y, la Resolución No.182 de 19 de mayo de 2017, para las entidades en liquidación.
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Resolución 159, prorroga plazo para el reporte de la información a través del Sistema Chip
Richard santaLa Resolución 159 del 29 de mayo de 2018 publicada por la Contaduría General de la Nación, prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolídador de Hacienda de Información Pública - CHIP, correspondiente al periodo enero - marzo de 2018 y la Resolución No.182 de 19 de mayo de 2017 por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la preparación y publicación de los informes financieros y contables mensuales, que deban publicarse de conformidad con el numeral 36 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002.
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La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución No. 156 de 2018 Por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007, que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, estableció su conformación y definió su ámbito de aplicación.
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Resolución 032, prescribe formulario para presentación de declaración de renta
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución No. 000032 del 23 de mayo de 2018, "Por la cual se prescribe el formulario para la presentación de la Declaración de Renta y Complementario Personas Naturales y Asimiladas de Residentes y Sucesiones Ilíquidas de Causantes Residentes".
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Resolución 0687, certifica interés bancario para crédito de consumo y ordinario
Richard santaLa Superintendencia Financiera emitió la Resolución 0687 del 30 de mayo de 2017, por medio de la cual certifica el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
En esta se establece en un 20.28% efectivo anual el interés bancario para el mes de junio.
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Resolución 01, Banco de la República presenta la Nueva Regulación Cambiaria
Richard santaLa Junta Directiva del Banco de la República expidió la Resolución Externa 01 de 2018 que compendia y modifica la regulación cambiaria.
Esta resolución actualiza y flexibiliza la realización de operaciones de cambio y optimiza los procedimientos cambiarios, buscando trámites más eficientes para quien realice este tipo de operaciones, permitiendo a su vez que la autoridad cuente con información más precisa. Así mismo, busca implementar instrumentos para el control de riesgos asociados a los flujos y posiciones de balance de los residentes, preservando el principio de no dolarización de la economía, la estabilidad financiera y la efectividad y autonomía de la política monetaria.
En el proceso de revisión de este nuevo marco regulatorio participaron autoridades, agentes y gremios económicos, consultores y el público en general, mediante la presentación de comentarios a las propuestas de su modificación que fueron publicadas por el Banco de la República.
Créditos externos
La nueva regulación modifica la definición de crédito externo, enfocándose en la moneda en que queda definida la operación. Señala que los créditos podrán ser desembolsados en moneda legal y extranjera y modifica las reglas del pago, permitiendo que se haga en ambas monedas, según lo acuerden las partes. Así mismo, se ajusta la regulación al depósito al endeudamiento externo y se eliminan algunas excepciones de éste.
Derivados
En este capítulo se realizaron cambios muy importantes. En primer lugar, se eliminan las restricciones hoy existentes a los subyacentes autorizados que tanto residentes como IMC pueden realizar, con excepción de aquellos referentes al riesgo de crédito. Se flexibilizan también las condiciones para la modificación y pago de derivados para que puedan cumplirse en moneda legal y moneda extranjera.
Asimismo, la nueva regulación elimina restricciones a las condiciones de cumplimiento efectivo (delivery) y el cumplimiento financiero (non delivery). También ajusta la regulación de registro de las operaciones de derivados sobre divisas. De igual manera, autoriza al Banco de la República a establecer condiciones de los contratos de derivados, como lo son las cláusulas de neteo (close-out netting), a efectos de control de riesgos.
En derivados de crédito, actualiza la regulación de los Credit Default Swaps (CDS) celebrados por entidades financieras, de forma que se realicen sobre cualquier inversión admisible. También elimina la autorización previa de la Superintendencia Financiera y flexibiliza las condiciones de pago, permitiendo su cumplimiento en moneda legal y extranjera. Esta modificación entrará a regir a partir del 1 de enero de 2019.
El nuevo marco regulatorio autoriza a algunos Intermediarios del Mercado Cambiario a realizar derivados sobre productos básicos (commodities).
Avales y Garantías
La nueva regulación permite a los residentes, IMC y no residentes respaldar cualquier obligación mediante el otorgamiento de avales y garantías. Así mismo, flexibiliza las condiciones de estipulación y del pago de su ejecución y restitución, de manera que se pueden hacer en moneda extranjera o legal. Los avales y garantías se informarán al Banco de la República una vez se ejecuten como crédito externo.
En relación con los requerimientos de información, se elimina el informe de avales y garantías, aunque se requerirán nuevos reportes de los IMC respecto de avales estipulados en moneda extranjera.
Límites a la Posición Propia de Contado y Posición Bruta de Apalancamiento de los IMC
La nueva regulación elimina los límites a la Posición Propia de Contado (PPC) y a la Posición Bruta de Apalancamiento (PBA). Sin embargo, los IMC deben continuar calculando y reportando estos indicadores.
Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) y sus operaciones autorizadas
La nueva regulación establece 5 grupos de IMC según su objeto legal autorizado y patrimonio técnico: Grupo 1 y 2: establecimientos de crédito; Grupo 3: sociedades comisionistas de bolsa; Grupo 4: Sociedades de Intermediación Cambiaria y Servicios Financieros Especiales (SICSFE), Sociedades Especializadas en Depósitos y pagos Electrónicos (SEDPE), y Grupo 5: SEDPE.
La nueva reglamentación determina que los establecimientos de crédito serán IMC y pertenecerán al Grupo 1 o Grupo 2 de acuerdo con sus operaciones autorizadas y patrimonio técnico.
Los intermediarios de menor patrimonio técnico (Grupo 2) tendrán un menor número de operaciones autorizadas. De igual manera, cuando se presente un aumento en el patrimonio técnico de las entidades del Grupo 2 éstas podrán ingresar al Grupo 1 informando a la SFC de este hecho.
Además, permite que las SEDPE puedan realizar las operaciones autorizadas a las SICSFE si tienen un mayor nivel de patrimonio técnico. Es decir, podrán canalizar divisas de operaciones del mercado cambiario. De igual manera, cuando por un aumento en su patrimonio técnico puedan realizar estas nuevas operaciones, tendrán la obligación de informar a la SFC.
Entidades Públicas de Redescuento (EPR) que no son IMC
Considerando que las EPR efectúan operaciones de intermediación de crédito externo similares a las de los establecimientos de crédito que son IMC, estas entidades podrán otorgar créditos (directamente o mediante redescuento) a los residentes, estipulados en moneda extranjera. Su desembolso y pago podrá efectuarse en moneda extranjera o en moneda legal, según lo acuerden las partes.
De manera concordante con la regulación de los IMC, las EPR deberán reportar y cumplir con los Indicadores de Riesgo Cambiario (IRC) (positivo IRC+ y negativo IRC-) y con la regulación de Posición Propia (actualmente aplicable sólo a los IMC). Por lo anterior se elimina la posición cambiaria global que estaban obligadas a calcular.
Inversiones financieras y en activos en el exterior
La nueva regulación flexibiliza el pago en la negociación secundaria entre residentes de las inversiones financieras y en activos en el exterior, de manera que pueda efectuarse en moneda legal o moneda extranjera, según lo acuerden las partes.
Se elimina la obligación de registro en el Banco de la República de las inversiones financieras y activos en el exterior, incluidas las sustituciones por cambio de titular. Tampoco se exigirá el requisito según el cual la compra de la deuda externa (pública o privada) debe hacerse a descuento.
Operaciones de leasing en moneda extranjera de los IMC
La nueva regulación establece que el leasing de exportación está sometido a las mismas condiciones de pago de los créditos externos de los IMC del Grupo 1, es decir que el pago puede efectuarse en moneda legal o moneda extranjera, según lo acuerden las partes.
Respecto al leasing de importación, se incluye dentro de las operaciones autorizadas a los IMC del Grupo 1 por ser estos los autorizados para otorgar financiación en moneda extranjera. Estas operaciones podrán pagarse en moneda legal o en moneda extranjera, según lo acuerden las partes.
La financiación estipulada en moneda extranjera obtenida por el IMC para operaciones de leasing no estará sujeta al depósito al endeudamiento externo.
Profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero
El nuevo marco regulatorio aumenta para los profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero el límite para el pago en efectivo de USD3.000 a USD10.000 o su equivalente en otras monedas, considerando que las autoridades de control ya cuentan con información de todas las operaciones de compra y venta de divisas independientemente de su monto.
Adicionalmente, actualiza las condiciones generales para la elaboración y conservación de documentos por medios electrónicos, en concordancia con la Ley 527 de 1999 de Comercio Electrónico y sus decretos reglamentarios.
Plazo de Canalización
Teniendo en cuenta que el uso de cuentas libres y de compensación en el exterior permite a los exportadores el manejo de sus recursos durante un plazo de 6 meses sin que exista obligación de monetización de divisas o reintegro durante dicho plazo, la nueva regulación reemplazó el concepto de “plazo de reintegro” por el de “plazo de canalización” para aclarar que los residentes deberán canalizar a través del mercado cambiario las divisas provenientes de sus exportaciones de bienes dentro de un plazo máximo de 6 meses contados desde la fecha de su recepción.
Finalmente, el Banco de la República expidió las circulares mediante las cuales fija los procedimientos para la aplicación del nuevo marco regulatorio.