Bogotá hace precisiones sobre información exógena para presentar declaración de renta
La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá reportó información de los impuestos Predial Unificado, Vehículos e Industria y Comercio en cumplimiento del artículo 35 de la Resolución 000098 del 28 de octubre del 2020, modificada por la Resolución 000147 del 7 de diciembre del 2021, emitidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
Así, el parágrafo 4° del artículo 35.1 de la Resolución 000098 de 2020 exige que los predios en los que figure más de un propietario deben reportarse con un (1) registro por cada responsable, con la totalidad de la información del predio, sin prorratear los valores.
Lo anterior explica por qué la información reportada por parte de la SDH no discrimina los porcentajes de propiedad en relación con los predios ubicados en el Distrito Capital, lo que no impide que, para efectos del diligenciamiento de la declaración de renta, cada uno de los declarantes incluya solamente la participación que le corresponde, según los documentos que así lo acrediten.
En cuanto al avalúo de los predios, debe tenerse en cuenta que, en los casos en los que el contribuyente liquidó el impuesto Predial Unificado con el autoavalúo de su predio, se reportó dicho valor, así como el avalúo catastral. En tal sentido, la información registrada en las casillas “Valor de avalúo catastral” y “Valor del autoavalúo del predio” es distinta para quienes presentaron declaración del impuesto Predial Unificado con base en el autoavalúo.
Sobre este tema la DIAN ha resaltado lo siguiente: “La información exógena tributaria NO ES IMPRESCINDIBLE y en ningún momento reemplaza la información de su realidad económica ni lo exonera de declarar los valores ciertos que correspondan en su declaración, los cuales son de su exclusivo conocimiento”. Esta información puede consultarse en el apartado de preguntas frecuentes de la DIAN, haciendo clic aquí.
Por último, la Secretaría de Hacienda precisa que los datos consignados en la información exógena que reporta corresponden a las obligaciones tributarias de sus contribuyentes en la vigencia anterior y no acreditan, de ninguna manera, la propiedad del bien al momento de su reporte al finalizar el año.
Es decir, se trata exclusivamente de información de los impuestos Predial y de Vehículos, respecto de los cuales existe la obligación de declarar y/o pagar por parte del contribuyente en la vigencia, pero no es un soporte que lleve a demostrar si está obligado a declarar el predio o el automotor como suyos, a 31 de diciembre de 2021.
Es importante tener en cuenta que estas precisiones, buscan facilitar el proceso a los declarantes y eliminar cualquier temor por eventuales inconsistencias o errores en la información exógena tributaria presentada.
DIAN alerta sobre mensajes engañosos con temas de ganancias ocasionales
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, a través de mensajes engañosos de WhatsApp, inescrupulosos invitan a los contribuyentes a realizar pagos por ganancias ocasionales haciendo uso de formularios que no existen en la entidad. La imagen institucional mostrada en estos mensajes tampoco corresponde a la actual.
La DIAN reiteradamente ha informado que los canales oficiales para la realización de operaciones transaccionales son: el portal institucional www.dian.gov.co o la App DIAN, la cual puede descargar a través de IOS o Play Store.
Los ciudadanos que requieran realizar trámites también pueden hacerlo con los agentes de servicio en los puntos de contacto, de manera presencial o virtual, solicitando su cita a través del siguiente enlace: https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/ o solicitando asistencia telefónica en el contact center. Las líneas son: 601 3078064 para atención de Impuestos y 601 3078065 para atención de Aduanas.
Todos los trámites o consultas ante la DIAN pueden realizarse en los canales oficiales sin costo alguno.
Ante estos hechos, denuncie ante el CAI virtual de la Policía Nacional https://caivirtual.policia.gov.co/ o en el PQRS de la DIAN https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/PqrsDenuncias.aspx
La innovación tecnológica implementada por la entidad permite que hoy se tengan nuevos trámites y servicios digitales. Esta innovación busca que, de manera ágil, cómoda y segura, mediante la autogestión, los ciudadanos tengan una nueva experiencia DIAN.
Concepto 416, reconocimiento pagos por cuenta de terceros
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 416 del 2 de septiembre de 2022, sobre el reconocimiento de pagos por cuenta de terceros. En dicho Concepto la entidad respondió a la siguiente consulta:
“(…) Estoy interesada en saber su concepto sobre cómo se debe reconocer contablemente las facturas por concepto de seguros de vida que vienen a nombre de la empresa, pero que el pago lo hace los empleados por medio de deducción por nómina. (…)”.
Para conocer la respuesta de la entidad y el Concepto 416 completo, haga clic aquí.
Circular 039, Supersolidaria da lineamientos sobre administración del Riesgo de Crédito
Mediante Circular Externa No. 39 del 24 de agosto de 2022, dirigida a los representantes legales, miembros de los órganos de administración, de control social y revisores fiscales de las organizaciones de economía solidaria vigiladas; la Superintendencia de la Economía Solidaria modifica algunos lineamientos impartidos en el Capítulo II, del Título IV: Sistema de Administración del Riesgo de Crédito – SARC de la Circular Básica Contable y Financiera.
Supersolidaria publicó información para el cálculo del VaR junio y julio
La Superintendencia de la Economía Solidaria, publica el valor de las medias, desviaciones y matriz de correlación para el cálculo del Valor en Riesgo, también conocido como VaR, según lo establecido en el numeral 7, Anexo 1, Capítulo V del Título IV de la Circular Básica Contable y Financiera.
Resolución 514-015009 fija tarifa de contribución a la Supersociedades en 2022
La Superintendencia de Sociedades publicó la Resolución 514-015009 del 31 de agosto de 2022, por la cual establece la tarifa de contribución a cobrar a las sociedades sometidas a vigilancia o control de la entidad, por el año 2022.
Resolución 1126, certifica interés para crédito de consumo y ordinario
La Superintendencia financiera emitió la Resolución 1126 del 31 de agosto de 2022, por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Certifica en un 23.50% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario. La tasa certificada regirá para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 30 de septiembre de 2022.
Colombia y EEUU inician negociaciones sobre Acuerdo de Reconocimiento Mutuo
Colombia recibe una comisión de altos funcionarios del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) del Departamento de Seguridad Nacional de los E.E.U.U. para dar inicio al Plan de Trabajo Conjunto firmado el pasado 19 de julio en Anaheim, California, con el fin de obtener un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo en el marco del Programa Operador Económico Autorizado
La comisión estará integrada por Tomas Overacker, Director Ejecutivo, Seguridad de Carga y Transporte de la CBP, Juan Gallardo, jefe de CTPAT Miami y Carlos Ochoa, Jefe de la División Comercial y Comunicaciones de CTPAT.
El CTPAT -por sus las siglas Customs Trade Partnership Against Terrorism- es el programa americano contra el terrorismo y protección del comercio equivalente al Operador Económico Autorizado en Colombia. El plan de trabajo que se implementará busca reconocer la compatibilidad entre estos programas para garantizar la seguridad de sus cadenas de suministro y facilitar el comercio entre los dos países.
Cerca de 600 empresas OEA se favorecerán de este eventual acuerdo, los ARM traen beneficios, entre otros, como:
- Aumento de la eficiencia económica, reducción de los tiempos y costos asociados al control aduanero gracias al trato preferente.
- Reducción de costos y demoras mediante la reducción de inspecciones o inspecciones prioritarias.
- Mejorar la predicción y precisión del movimiento de mercancías de un territorio a otro, mejorando la competitividad.
- Reducción en el hurto de la carga, mejorando la seguridad de las dos partes".
Así entonces, se reconoce la larga relación entre Colombia y los Estados Unidos frente a los asuntos aduaneros y se busca contribuir significativamente a la seguridad de la cadena de suministro internacional de extremo a extremo y a facilitar el comercio exterior entre ambos países. Es importante destacar que Colombia cuenta actualmente con 598 operadores de comercio exterior que tienen la autorización como Operador Económico Autorizado, ocupando el 3 puesto en Latinoamérica con más OEA, después de México y Brasil.
CTCP amplía plazo para comentarios sobre Proyecto de Ley que regula Revisoría Fiscal
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, amplió el plazo para la recepción de comentarios sobre el Documento para Proyecto de Ley por medio del cual se regula la Revisoría Fiscal que fue entregado por el Comité Nacional el 6 de julio de 2022
Luego de recibir solicitudes de diferentes grupos de interés en las que se expresó la necesidad de ampliar el plazo de recepción de comentarios, el CTCP ha fijado el jueves 15 de septiembre de 2022 a las 5:00 p.m. como la nueva fecha límite, luego de que el proceso de discusión pública se iniciara el 8 de julio del presente año y se fijara inicialmente el 31 de agosto como plazo máximo inicial.
Bajo el mismo entendido, se reitera que los comentarios sobre el proyecto presentado por el Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal deben ser enviados a los buzones Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El Consejo Técnico es consciente de la relevancia del proyecto en mención y reconoce todas las iniciativas que deriven en el estudio de este por parte de los contadores públicos de Colombia y de las organizaciones profesionales que los representan. Las conclusiones y comentarios que resulten de estos esfuerzos nutren el debate y brindan más insumos para el análisis juicioso de la propuesta por parte del ente de normalización técnica.
El documento objeto de discusión pública está disponible haciendo clic aquí.
Decreto 1427, nuevo reglamento pago de licencias de maternidad y paternidad
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto No. 1427 de 2022, el cual marca un hito en el trámite de las prestaciones económicas en el sistema, ya que integra y actualiza las disposiciones existentes a las necesidades sectoriales en cuanto al reconocimiento y pago de incapacidades de origen común y licencias de maternidad y paternidad.
De esta manera, explicó la viceministra de Protección Social, María Andrea Godoy Casadiego, "que con este decreto se crean una serie de disposiciones que permiten llenar vacíos que existían en situaciones particulares como licencias de maternidad por partos múltiples, en caso de que un menor naciese con alguna condición de discapacidad, así como licencias expedidas en otro país".
De otro lado, el decreto define el trámite a seguir en casos particulares como extensión de la licencia en casos de custodia, fallecimiento o enfermedad de la madre biológica, entre otras".
Asimismo, añadió Godoy, se aportan las definiciones técnicas aplicables al proceso de expedición, reconocimiento y pago de prestaciones económicas. Así como los requisitos y documentos que deben ser presentados, y el detalle de los tiempos y procesos que deben surtirse para garantizar la oportuna liquidación y pago.
"En el Decreto 1427 de 2022 se fijan plazos únicos para la revisión y liquidación de las solicitudes de reconocimiento de prestaciones económicas (15 días hábiles) y para el pago de las mismas al aportante (5 días hábiles), estableciendo el pago mediante transferencia electrónica", explicó.
El acto administrativo también crea el Sistema de Información de prestaciones Económicas –SIPE, el cual permite un manejo veraz, oportuno, pertinente y transparente de los diferentes tipos de datos generados. Éste también integra a las entidades que intervienen en la financiación, flujo y administración de recursos, reconocimiento y pago de tales prestaciones económicas, para su posterior análisis y toma de decisiones.
El SIPE está siendo construido como un sistema en línea soportado en un portal web, a través del cual se centraliza e integra el trámite de las incapacidades y licencias, permitiendo su trazabilidad por parte de las profesionales de la salud, las entidades responsables de pago (EPS, ARL, AFP, ADRES), los aportantes (empleadores y trabajadores independientes) y principalmente, los afiliados y se dispondrá a finales del segundo semestre de 2022.