El Presidente de la República, Iván Duque Márquez, anunció la extensión de la emergencia sanitaria que rige en el país por el covid-19 por dos meses más, el desescalamiento de medidas no farmacológicas, como eliminar el uso del tapabocas —con algunas excepciones— y derogar la solicitud del carné de vacunación para actividades de ocio y espectáculos masivos, a partir del 1 de mayo.

La emergencia sanitaria se extenderá, también, desde el 1 de mayo y hasta el próximo 30 de junio, debido al corto tiempo transcurrido en la reducción de casos que se observa en el país.

El Jefe de Estado destacó que estas medidas se adoptan, gracias a los exitosos resultados del Plan Nacional de Vacunación y al enfrentar, entre todos, a la pandemia del covid-19. De esta manera se avanza en la reactivación económica del país y la recuperación del empleo y de actividades para todos.

“Estas medidas validan un mensaje: hemos venido luchando contra esta pandemia, no solamente duplicando las Unidades de Cuidado Intensivo, fortaleciendo el sistema de salud, sino logrando este sistema de vacunación masivo, seguro, gratuito y equitativo. Y ese trabajo, basado en la ciencia, nos permite en virtud de los indicadores que registra nuestro país, dar este mensaje de optimismo, dar este paso adelante y decirle a Colombia que seguimos en la reactivación económica con esta vacunación masiva y segura” recalcó el Mandatario.

Luego de las reuniones correspondientes entre el Comité Asesor de Expertos y el Ministerio de Salud, y con base en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de Salud, se adopta el llamado desescalamiento de medidas no farmacológicas, como el uso del tapabocas.

“A partir del 1º de mayo se va a retirar el uso del tapabocas en espacios cerrados con la excepción de los servicios de salud, los hogares geriátricos, el transporte y los espacios cerrados dentro de las instalaciones educativas. Estas medidas se aplicarán en los municipios que hayan llegado al 70% de doble dosis y que hayan logrado al menos el 40% de dosis de refuerzo. Esto valida que en la medida en que los municipios dan estos pasos en vacunación van a poder también avanzar en el desescalamiento de estas medidas no farmacológicas”, declaró el Presidente Duque.

El Ministerio de Salud ratificó que el tapabocas se seguirá usando en salones de clase, oficinas, iglesias, transporte público, establecimientos de comercio y lugares sin ventilación directa. Además, la entidad será la encargada de publicar el listado de los municipios con los estándares, avances y porcentajes de vacunación.

El carné de vacunación, medidas para viajeros y el PRASS
El Presidente Duque anunció, además, la derogatoria del Decreto 1615 de 2021, que determinaba la exigencia del carné de vacunación en actividades de ocio y espectáculos públicos y privados masivos.

“Y por supuesto, también se eliminará todo lo correspondiente a la solicitud del carnet de vacunación para el ingreso a bares, gastrobares, discotecas, eventos deportivos, cines, bibliotecas, museos, y como lo dije anteriormente, eventos masivos”, dijo. Ya no se pedirá el carné, además, en ferias, conciertos, casinos, bingos y parques temáticos, por ejemplo.

En cuanto a los viajeros que visiten el país y que sean mayores de 18 años, la recomendación es que lleguen a Colombia con esquemas completos de vacunación de doble dosis o de una dosis en el caso de Janssen. “A quienes no tengan esquemas completos o no estén vacunados, se va a exigir una prueba PCR negativa que no sea superior a 72 horas y podrá también presentarse una prueba de antígeno que no supere las 48 horas”, reafirmó.

Se derogarán, también, todas las medidas de bioseguridad con excepción de las que atañen a los sistemas y servicios de salud; también la estrategia de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS) y se consolidará la vigilancia colectiva y los seguimientos que se harán de carácter local con las autoridades sanitarias.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 093 del 20 de abril de 2022, por la cual se informan los contribuyentes que optaron por el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación, así como aquellos que retiraron su responsabilidad o fueron inscritos o excluidos de oficio por la entidad.

Para conocer la Resolución 093, haga clic aquí.

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) informa a los contribuyentes del régimen común bimestral del impuesto de Industria y Comercio y el complementario de avisos y tableros (ICA) que se modifica el plazo para el cumplimiento de las obligaciones del primer bimestre de 2022 (enero-febrero).

El nuevo vencimiento para declarar y pagar este impuesto será el 6 de mayo del año en curso, modificándose el plazo máximo anterior, fijado para el viernes de esta semana, 22 de abril.

Es importante recordar que la declaración del impuesto se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual. En adelante, los contribuyentes pueden optar por realizar el pago de forma presencial en las entidades recaudadoras autorizadas o hacerlo de manera electrónica, a través de la Oficina Virtual. Si la declaración se presenta después del plazo máximo, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los correspondientes intereses moratorios.

Los contribuyentes de ICA pueden hacer los pagos electrónicos a través del botón de pago PSE o mediante tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda (SDH). También se puede hacer, de manera presencial, en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.

“Es recaudo por ICA en la ciudad alcanza a la fecha 1,35 billones de pesos, lo que representa una ejecución de la meta de recaudo anual del 30%”, destaca el secretario de Hacienda Juan Mauricio Ramírez.

El próximo vencimiento de ICA, correspondiente al período marzo-abril de la actual vigencia, será del 13 al 17 de junio de 2022, con fecha máxima para el viernes 17 del mismo mes.

Para más información consulte aquí la Resolución SDH-000152 del 13 de abril de
2022.

Para tener en cuenta
La Secretaría Distrital de Hacienda recomienda a sus contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) no olvidar el cambio reciente de tarifas, por actividad, según lo dispuesto en los acuerdos 780 de 2020 y 816 de 2021.

La Superintendencia de Sociedades pone a disposición de sus usuarios, el Tesauro, buscador inteligente de la jurisprudencia de procedimientos mercantiles y los conceptos jurídicos, proferidos por la Entidad.

Este sistema cuenta con una interfaz intuitiva y amigable, que facilita la consulta de información especializada, mediante la utilización de palabras clave, o a través de filtros como: Sentencias, Conceptos, Temas y problemas y una opción de búsqueda inteligente por medio del cargue de documentos.

El Tesauro compila más de nueve mil conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica, detallados y decantados en diferentes temáticas, que se podrán revisar con la ayuda de un menú que ofrece opciones como: descriptores, fuentes jurídicas, archivos y citas.

"Con el desarrollo de esta tecnología, la Superintendencia de Sociedades avanza en su transformación digital para fortalecer la oferta de valor y lograr el reconocimiento y confianza de los usuarios, mediante la preservación del conocimiento y el fortalecimiento de la justicia digital", puntualiza Billy Escobar Pérez, Superintendente de Sociedades.

Este aplicativo con inteligencia artificial brinda una opción denominada asistente de creación de sentencia, que le permite al operador jurídico consultar documentos ya proferidos y extraer información útil para proyectar nuevas sentencias, potencializando sus capacidades y optimizando tiempos.

Los ciudadanos encontrarán mediante el filtro de Temas y Problemas, líneas de precedente doctrinal analizadas y clasificadas en más de 200 contenidos sobre asuntos societarios, de insolvencia, garantías mobiliarias, entre otros, para facilitar la toma de decisiones basadas en datos.

Para conocer el buscador, visite https://tesauro.supersociedades.gov.co/#/

Un positivo balance arrojó la temporada de renovación del registro mercantil en las Cámaras de Comercio del país, que finalizó el pasado 31 de marzo, con un aumento del 6,7% en el número registros renovados en promedio nacional, con relación a 2021.

Se realizaron 1.065.116 renovaciones de registros en todo el país, entre personas naturales (737.765 registros renovados) y personas jurídicas (327.351). Por su parte, se realizaron 904.809 renovaciones de establecimientos de comercio.

Por actividad económica, los sectores con mayor crecimiento en renovaciones fueron alojamiento y servicios de comida (13,57%), actividades artísticas, de entretenimiento y recreación (9,97%), actividades de servicios administrativos y de apoyo (8,08%), comercio al por mayor y al por menor (6,24%) e industrias manufactureras (5,32%). Por su parte, el sector comercio al por mayor y al por menor registró el mayor numero de renovaciones, con 905.389 registros renovados.

“Gracias al ejemplar desempeño de nuestros empresarios durante la pandemia, existe consenso sobre su papel clave en el crecimiento alcanzado por el país durante 2021, que se ratifica con el crecimiento en la renovación del registro mercantil. La actualización anual de la información del Registro Mercantil permite al país conocer con certeza tanto el número y estado de sus empresas formales como la evolución de las actividades productivas y comerciales y de quienes las desarrollan. Esto es clave para la seguridad en los negocios en el territorio nacional, las relaciones comerciales y crediticias lo que permite atraer inversión y generar empleo”, explicó Julián Domínguez Rivera, Presidente de Confecámaras.

Como dato curioso, en el municipio de Chivor, situado en el suroriente de Boyacá, la renovación del registro mercantil creció un 341%, al pasar de 17 empresas renovadas en 2021 a 75 en 2022. Otro dato para destacar es que se realizaron operaciones de renovación desde otros países, como Estados Unidos, Brasil, España, Canadá, Venezuela, Francia, México y Chile, entre otros.

Una apuesta por el crecimiento empresarial
La renovación anual del registro mercantil permite contar con datos actualizados de forma sistemática, ordenada y útil para los empresarios y el Estado, para la toma de decisiones empresariales, diseño de política pública, así como para elaborar información estadística y económica.

La renovación también permite que las Cámaras de Comercio enfoquen sus programas y servicios en el impulso de la dinámica empresarial del país, apoyando a las unidades productivas para que puedan permanecer en la formalidad, ampliar sus mercados y canales de ventas presenciales y virtuales a través de marketplaces, la focalización de su producción en las necesidades actuales del mercado y el fortalecimiento de sus contactos comerciales, entre otros servicios.

Como resultado de estas acciones, durante 2021 prestaron 684.000 servicios de apoyo a empresas, especialmente mipymes, en temas como formalización, emprendimiento, innovación, digitalización, internacionalización y programas de aceleración y escalamiento empresarial, entre otros.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre el reconocimiento ingresos de Instituciones de Educación Superior, Dinámica plan de cuentas, mediante el Concepto 082 del 18 de abril de 2022. La consulta fue la siguiente:

“Me desempeño como revisor fiscal de una universidad privada de la ciudad de Neiva, quiero saber:
1. Si los ingresos por matrículas de estudiantes se registran como un ingreso diferido y se amortizan durante la duración del semestre, momento para expedir la factura electrónica.
2. Quiero que me compartan un link en donde pueda consultar las obligaciones que la Universidad tiene con la Contaduría para reportar información.
3. Requiero la dinámica de las cuentas de acuerdo a la resolución 643 que adoptó el PUC para las UNIVERSIDADES PRIVADAS.”

Para conocer la respuesta del CTCP y el Concepto 082 completo, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 051 del 18 de abril de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta referente al Pasivo financiero – coste amortizado – tasa de descuento.

Para conocer el Concepto 051, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 085 del 8 de abril de 2022, por la cual se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico correspondiente y se dictan otras disposiciones.

Para conocer la Resolución 085, haga clic aquí.

Y para conocer el anexo técnico de la Resolución 085, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera publicó la Circular Externa 005 del 8 de abril de 2022, la cual imparte instrucciones relativas a la adopción de la Taxonomía Verde de Colombia.

Para conocer la Circular 005, haga clic aquí.

Y para conocer el Anexo de la Circular 005, haga clic aquí.

Lunes, 18 Abril 2022 10:43

Concepto 0122, Uso de excedentes ESAL

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0122 del 18 de abril de 2022, por medio del cual responde a una consulta sobre el uso de excedentes ESAL.

La consulta hecha a la entidad fue la siguiente:

“¿Una ESAL, puede hacer uso de los excedentes acumulados (2020 y anteriores), utilizarlos en cualquier época futura, porque no ejecutó todos los proyectos?

(…) acta en la que la asamblea autoriza utilizar los excedentes para proyectos específicos y a la fecha no se han ejecutado. Y se encuentra en el patrimonio como excedentes acumulados. (…)”

Para conocer la respuesta del CTCP y el Concepto 0122 completo, haga clic aquí.

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