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El ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla, manifestó que la Ley de Financiamiento, como se ha denominado el proyecto de reforma tributaria en la que trabaja el gobierno del presidente de la República, Iván Duque Márquez, contendrá un capítulo que reformulará los gastos administrativos del Estado.


En el marco de un debate citado por la Comisión III de Senado, el titular de la cartera de Hacienda y Crédito Público informó que dicha ley se dividirá en varios capítulos, “un primer capítulo que reformule los gastos administrativos del Estado, eso nos ha llevado tiempo para llegar a números exactos, el segundo que tiene que ver con la parte tributaria y los ingresos del estado relacionada con lo tributario y los ingresos del Estado. Un tercer capítulo planteará programas concretos para la lucha contra la evasión, y un cuarto que tenga que ver con la reforma de la DIAN y la integración de estos cuatro capítulos es algo en lo que estamos trabajando muy duro”, manifestó Carrasquilla Barrera.

“En las discusiones del Presupuesto, a mí me parece que se llegó a una conclusión concreta de cuáles son los recursos con lo que podemos sobrevivir en el 2019. Partiendo del proyecto que recibimos, llegamos a los $14 billones y esa es la última línea de la Ley de Financiamiento en la cual tenemos que trabajar muy intensamente en esos capítulos que he mencionado”, agregó el Ministro.

Por otro lado, Carrasquilla Barrera pidió cautela frente a las estimaciones del precio del petróleo, pues, aunque reconoce que el precio actual es muy superior a lo que se proyecta en los supuestos macroeconómicos, puede que el precio baje y habría que poner freno a programas vitales financiados con estos recursos.

“Acepto que muchas proyecciones dicen que el precio se mantendrá en los 80 dólares de hoy en día, y otras que suben, pues es un exceso defender los 65 dólares de proyección actual. Pienso que es algo que tiene que entrar en la ley de financiamiento para solucionar algunos de los problemas parciales”, resaltó.

En tal sentido, el ministro Carrasquilla expresó que es necesario pensar en una forma de ahorro durante las épocas de bonanza, para que así, cuando haya épocas de bajos ingresos, no se afecten programas en sectores como el deporte, la ciencia y la cultura y se hagan sostenibles en el tiempo.

“La bonanza petrolera no se pensó en términos de un ahorro o de la construcción de las bases para fomentar programas sostenibles. Puede ser que fomentemos el deporte, la cultura o la ciencia y la tecnología un año y después se nos va la plata o tenemos un bajonazo y los primeros que sufren el ajuste son esos sectores, la poca flexibilidad del gobierno los afecta”, señaló.

El Ministro agregó que “es más serio un país que dice que está invirtiendo en estos sectores y en épocas de vacas gordas ahorra y en las de vacas flacas desahorra, que uno que dice que está invirtiendo muchísimo, pero al año entrante le toca frenar esos programas”.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicó un proyecto de resolución por medio de la cual se modifica la resolución 000074 del 29 de diciembre de 2017 que adoptó una política de prevención del daño antijurídico

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 29 de septiembre de 2018, a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

De acuerdo con un fallo de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, la retención en la fuente debe imputarse contra el impuesto sobre la renta determinado por el año en el que se causaron los ingresos por cuya percepción se efectuó la retención.

 

Síntesis del caso: Se estudió la legalidad de los actos administrativos mediante los cuales la DIAN modificó la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2008 de un contribuyente, en el sentido de desconocer parcialmente retenciones en la fuente, por cuanto no se imputaron en el mismo periodo gravable del impuesto sobre la renta en que se causaron los ingresos sobre los cuales se practicaron las retenciones, esto es, en la declaración de renta del 2007.

 

Problema jurídico: ¿La retención en la fuente soportada a título de impuesto sobre la renta en el transcurso de un periodo fiscal puede imputarse en la liquidación del impuesto sobre la renta correspondiente a ese año, a pesar de que el ingreso sobre el cual se practicó la retención se haya causado en un periodo gravable anterior?

 

Tesis: “Puntualiza la Sala que las declaraciones por medio de las cuales se autoliquidan las deudas tributarias por parte de los propios sujetos pasivos de esas obligaciones solo pueden incluir los factores correspondientes a la concreta obligación tributaria objeto de determinación en el formulario de la declaración; esto es, al impuesto y periodo fiscal del que se trate. Ahora, si bien es cierto que los artículos 365 a 367 del ET establecen que la retención en la fuente se efectúa sobre «pagos o abonos en cuenta», tal circunstancia no implica una afectación del criterio de anualidad que rige la imposición sobre la renta y la determinación de las obligaciones de pago del impuesto exigibles por cada año gravable. En ocasiones previas se ha pronunciado esta Sección, fijando un precedente que cabe reiterar aquí en lo pertinente. De acuerdo con la tesis decantada por la Sala (en concreto en la sentencia del 24 de julio de 2008, expediente 15652, CP: Héctor J. Romero Díaz), para quienes llevan contabilidad por el sistema de causación, «el derecho a deducir en un período las retenciones del impuesto, se encuentra sujeto a que el ingreso que las genere se realice o cause en el mismo período, y correlativamente se cause el impuesto en la misma vigencia fiscal». Así, el hecho de que la ley ordene efectuar la retención en la fuente en el momento del pago o abono en cuenta no implica que el contribuyente esté facultado para elegir el periodo en que puede deducirlas del impuesto sobre la renta, toda vez que ellas precisamente se practican a efectos de «conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause» (artículo 367 del ET). Siguiendo el precedente de esta Sección referido, la Sala considera que la demandante erró al imputar al impuesto determinado por el año gravable 2008 retenciones en la fuente efectuadas sobre ingresos causados en 2007, pues el impuesto correspondiente a un periodo no se puede afectar con valores atribuibles a periodos distintos a menos de que la ley expresamente lo señale, lo cual no ocurre en el sub lite. Avalar dicho proceder desnaturalizaría la función de la retención en la fuente como mecanismo de recaudo anticipado de específicas deudas fiscales”.

 

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, sentencia de 18 de julio de 2018, C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez, radicación: 25000-23-27-000-2011-00365-01 (20607).

El viceministro técnico de Hacienda, Luis Alberto Rodríguez Ospino, expresó la necesidad de implementar más procesos tecnológicos en el sistema tributario con el fin de simplificarlo y hacer más fácil la relación de las empresas y los ciudadanos con el Estado.

 

En el marco del foro “Evasión Fiscal ¿Debe ser penalizada?”, el Viceministro manifestó que hay que aclarar el papel que jugará el Big Data y la tecnología alrededor del recaudo y los temas fiscales, pues hay procedimientos simples, como declarar renta, que no se han modernizado debidamente.

 

De acuerdo con Rodríguez, la implementación de tecnología, además de hacer más amigable el sistema tributario, permitirá optimizar la lucha contra la evasión gracias a procesos más eficaces.

 

El funcionario explicó que la lucha contra la evasión del actual gobierno se basará en los tres pilares: legalidad, emprendimiento y equidad, con el fin de lograr avanzar en un sistema más similar al de los países más desarrollados.

 

Estas mejoras harán parte del Plan de Reactivación Económica que prepara el Gobierno para jalonar el crecimiento de Colombia.

"Tal vez no exista profesión que ofrezca tantas posibilidades de servicio como el Derecho (…) para contribuir a que se cumplan los objetivos de equidad y de justicia que subyacen a nuestra profesión".

 

Así lo señaló el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, durante el discurso de graduación de postgrados de la Universidad de los Andes en el que explicó que es fundamental que el ejercicio del derecho se conciba también como un instrumento benéfico para el futuro del país. Pero, para que lo anterior ocurra se requiere que la educación sea de alta calidad, agregó.

 

En el discurso, el superintendente Reyes Villamizar recuerda que en Colombia, conforme al Sistema de Información del Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia hay, cuando menos 400.000 abogados con tarjeta profesional. Hay 355 abogados por cada 100.000 habitantes, cifra que sobrepasa a la mayoría de países del mundo.

 

En Francia apenas hay 77 abogados frente al mismo número de habitantes. Frente a los 355 de Colombia, Francia, que es la cuna de muchas de nuestras instituciones jurídicas, está cuatro veces por debajo de esta proporción, recalcó el superintendente.

 

De igual forma recordó que en Colombia hay cerca de cien facultades de derecho, cifra que contrasta con el número de facultades que existen en Alemania: Apenas 22, a pesar de que la población allá es de 82 millones de habitantes.

 

"En Holanda, solo hay nueve. Con el número de habitantes que tiene Colombia, si quisiéramos tener una proporción semejante a la alemana, deberían existir aquí tan solo 13 facultades de Derecho", agregó.

 

En su reflexivo discurso, el superintendente explicó que a multiplicación de escuelas de leyes a lo largo y ancho del país, no se ha caracterizado, en general, por verdaderos controles de calidad sobre los programas, las instalaciones y la calidad de la formación que se imparte.

 

Por ello es viable afirmar según citó reyes Villamizar a John Coffee, que los sistemas jurídicos sólo tienen verdadera incidencia en el crecimiento económico cuando las normas sustantivas están acompañadas de una adecuada ejecución práctica. Y en esta materia la educación juega un papel preponderante.

 

En un auditorio de centenares de abogados el Superintendente recordó que el Derecho Comparado es fundamental no solamente para conocer las novedades legislativas y jurisprudenciales que acontecen en otras latitudes, sino, muy especialmente, para reflexionar sobre el sistema propio y evaluar sus fortalezas y debilidades.

 

Sumado a esto, recalcó que no es menos relevante es el aprendizaje de idiomas y no solo extranjeros. "Hay que comenzar con el idioma propio, para cuyo conocimiento es indispensable el hábito de la lectura".

 

Reyes Villamizar recordó también frases de Ángel Osorio, quien señaló que "en el abogado la rectitud de conciencia es mil veces más importante que el tesoro de los conocimientos".

 

En síntesis, dijo el superintendente, es claro que una conducta ética es indispensable en el ejercicio profesional y que siempre será mejor actuar con rectitud de conciencia, en lugar de apegarse al simple texto frío de las normas jurídicas.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 5 de octubre de 2018, el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir y adicionar unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13, Título 1, Parte 6 del Libro 1, y establecer los plazos para declarar y pagar en el año 2019, y se dictan otras disposiciones”.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo Abondano, instaló la Mesa de Alto Nivel Anticontrabando, un compromiso asumido por este Gobierno y que busca luchar contra el comercio ilícito en todas sus modalidades.

 

De esta Mesa, que sesionará cada 15 días, hacen parte en forma permanente el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, la Policía Fiscal y Aduanera, Polfa, y la Unidad de Información y Análisis Financiero, Uiaf.

 

Así mismo, y dependiendo del tema, estarán en ella representantes de los empresarios y los gremios, de acuerdo con la priorización que se hizo de sectores productivos del país y que resultan afectados con este flagelo.

 

Textiles y confecciones, licores, cigarrillos, agroquímicos, combustibles y plásticos, entre otros, hacen parte de los priorizados en esta primera etapa.

 

“No descansaremos en esta lucha, ni daremos tregua a quienes se valen de irregularidades para afectar las finanzas del Estado y competir en condiciones desiguales con nuestro sector productivo. Ese es un compromiso que nos convoca a todos los presentes y seguiremos trabajando conjuntamente, sectores público y privado, todos articulados para combatir estas prácticas”, señaló el Ministro durante la instalación.

 

El sector productivo que participó de esta primera Mesa fue el de textiles y confecciones, representado en la Cámara Textil – Confección de la Andi, puesto que es uno de los más afectados por este flagelo y en el que se han hecho más aprehensiones desde la expedición de la Ley Anticontrabando de 2015. De hecho, el 22% de las acciones de la Dian han producido resultados favorables para este sector.

 

El Ministro, quien estuvo en compañía de los viceministros de Comercio Exterior, Laura Valdivieso, y de Desarrollo Empresarial, Saúl Pineda, puntualizó que desde que esta cartera asumió la administración del Plan Vallejo, “nos hemos dado a la tarea de asegurarnos de que estas figuras se usen para los fines pertinentes”.

 

Igualmente, destacó el aporte al PIB y al empleo que hace toda la cadena de confecciones y textiles.

La Contaduría General de la Nación, en el marco de sus competencias legales y constitucionales coloca a disposición de las empresas que se encuentran bajo el ámbito de aplicación del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, la Guía de aplicación Nº 009 - Subvenciones monetarias.

 

Para conocer la Guía de aplicación 009 completa, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación puso a disposición de las entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, la Guía de aplicación Nº 002 - Inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda.

 

Para conocer la Guía de aplicación 002 completa, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reitera que ha dispuesto todas las herramientas para que la ciudadanía realice sus trámites ante la Entidad, de manera gratuita y sin necesidad de recurrir a intermediarios.

 

Para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones Tributarias, Aduaneras y Cambiarias, y ofrecer un servicio efectivo, oportuno y de calidad, los trámites pueden ser realizados a través de los diferentes canales de servicio: presencial, virtual o telefónico, por lo tanto, es importante tener claridad con respecto al trámite requerido y así identificar el canal de atención.

 

Programación de citas
Cuando el trámite requiere de la presencia del ciudadano en las oficinas de la DIAN, el servicio de agendamiento ofrece dos alternativas:

 

A través de la línea única de agendamiento 057(1) 4878200 Bogotá o línea nacional 01900 5558484, los contribuyentes ubicados en Medellín pueden programar sus citas para solicitar las devoluciones y, o compensaciones derivadas de los saldos en la presentación de las declaraciones.

 

Las citas para trámites como: inscripción en el RUT o solicitud de la firma electrónica, para el caso de las personas naturales, o la inscripción o actualización en el RUT para las personas jurídicas, solicitudes especiales de cese de ventas, cambio de régimen o cancelación de registro, pueden ser solicitadas a través de la Página Web www.dian.gov.co.

 

El procedimiento de programación de citas a través de la Página Web es muy sencillo, el usuario debe ingresar a www.dian.gov.co en el enlace asignación de citas, solicitar cita, diligenciar los datos de identificación y ubicación. Allí elige el Punto de Contacto en el que desea ser atendido y el trámite a realizar. Una vez seleccionados los dos últimos ítems, aparecerá un calendario con la disponibilidad de citas.

 

La DIAN recomienda a la ciudadanía no recurrir a tramitadores. En caso de no encontrar disponibilidad de citas en www.dian.gov.co, puede acercarse al Punto de Contacto más cercano y allí, en el kiosco de autogestión, recibirá la orientación para programar la cita.

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