Resoluciones

Resoluciones (558)

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 29 de julio de 2022 la Resolución No. 0973 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

• Consumo y Ordinario: entre el 01 de agosto y el 31 de agosto de 2022.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 22.21%, lo cual representa un aumento de 93 puntos básicos (0.93%) en relación con la anterior certificación (21.28%).

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 33.32% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 33.32% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 140 puntos básicos (1.40%) con respecto al periodo anterior (31.92%).

Para conocer la Resolución 0973, haga clic aquí.

Por medio de la Resolución 1202 del 28 de julio de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, modifica el horario laboral y de atención al público en época de Feria de Flores, en la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín.

Para conocer la Resolución 1202, haga clic aquí.

Para brindar una atención oportuna y promover el cumplimiento de la ley en los procesos de calificación de invalidez, el Ministerio del Trabajo presentó las Resoluciones 2050 y 2051 de 2022, con el fin de evitar represamientos y garantizar celeridad, imparcialidad y el debido proceso en los dictámenes emitidos por las juntas.

A través de la Resolución 2050 de 2022 se presentaron lineamientos de obligatorio cumplimiento en materia administrativa, operativa, financiera y contable para las Juntas de Calificación de Invalidez. De esta forma, se complementan los mecanismos establecidos y se garantiza la uniformidad en el desarrollo del proceso de calificación para proteger los principios de eficiencia, eficacia y oportunidad en las actuaciones que le han sido encomendadas a las juntas.

Para garantizar una atención oportuna y el cumplimiento en los términos de los procesos de calificación ya establecidos, presenta el manual de procedimiento para el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.

Por su parte, con la Resolución 2151 de 2022, los trabajadores e interesados en los dictámenes tiene beneficios y garantías. Con esta se evitan los represamientos en el dictamen y se garantiza que sus actuaciones estén regidas por la ley.

Así mismo, busca establecer, registrar, verificar y controlar el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico-administrativa indispensable para el ejercicio y desarrollo de actividades de las juntas regionales y a nivel nacional.

De esta forma, las resoluciones complementan y precisan aspectos del proceso de calificación, pero no modifican ninguna de las etapas que establecen el origen y pérdida de la capacidad laboral.

El incumplimiento de lo establecido en estas resoluciones podrá generar sanciones con multas a los integrantes de las juntas de hasta 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes por la violación de cada estándar.

¿Qué son las juntas de calificación de invalidez?
Las Juntas de Calificación de Invalidez, son las encargadas de resolver las inconformidades que se presentan contra el dictamen de primera oportunidad en cuanto al origen, pérdida de capacidad laboral y la fecha de estructuración de las patologías que se presentan en los trabajadores. Sus decisiones son de carácter obligatorio.

Están adscritas al Ministerio del Trabajo y pertenecen al Sistema de Seguridad Social Integral del orden nacional. Cuentan con personería jurídica, de derecho privado, sin ánimo de lucro, de carácter interdisciplinario, sujetas a revisoría fiscal y con autonomía técnica y científica en los dictámenes periciales.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 1096 del 13 de julio de 2022, por la cual se modifica el instructivo del formulario No. 160 “Declaración Anual de Activos en el Exterior”, prescrito mediante Resolución 000013 de marzo 3 de 2017.

Para conocer la Resolución 1096, haga clic aquí.

Por medio de la Resolución 1092 del 1 de junio de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, establece el calendario para la implementación del límite de las cinco (5) UVT, como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema P.O.S.

Para conocer la Resolución 1092, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 1091 del 30 de junio de 2022, por medio de la cual se califican algunos contribuyentes, responsables o agentes de retención como grandes contribuyentes.

Para conocer la Resolución 1091, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de junio de 2022 la Resolución No. 0801 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:

• Consumo y Ordinario: entre el 1 de julio y el 31 de julio de 2022.
• Microcrédito: entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2022.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 21.28%, lo cual representa un aumento de 88 puntos básicos (0.88%) en relación con la anterior certificación (20.40%).

Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 39.47%, lo cual representa un aumento de 150 puntos básicos (1.50%) en relación con la anterior certificación (37.97%).

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 31.92% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 59.21% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 31.92% efectivo anual, resultado que representa un aumento de 132 puntos básicos (1.32%) con respecto al periodo anterior.

Para la modalidad de microcrédito es de 59.21% efectivo anual, un aumento de 225 puntos básicos (2.25%) con respecto al periodo anterior.

Por medio de la Resolución 107 del 19 de mayo de 2022, la Contaduría General de la Nación amplía el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución 090 del 30 de abril de 2022 expedida por la Contaduría General de la Nación, que prorrogó el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo enero - marzo de 2022, para una entidad.

Para conocer la Resolución 107, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 502 del 19 de mayo de 2022, Por la cual se corrigen los yerros de transcripción de la Resolución 00489 del 29 de abril de 2022 “Por la cual se dictan disposiciones para la operación de la devolución del Impuesto sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros..."

Para conocer la Resolución 502, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución 090 del 30 de abril de 2022, por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (Modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017, 441 de diciembre 26 de 2019, 109 de judo 17 de 2020 y 193 de diciembre 3 de 2020), para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo enero - marzo de 2022.

Para conocer la Resolución 090, haga clic aquí.

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