La Contaduría General de la Nación, CGN, presentó el Instructivo 002 del 21 de diciembre de 2016, el cual contiene las instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2016 - 2017, el reporte de información a la entidad y otros asuntos del proceso contable.

 

Para conocer el Instructivo 002 completo, haga clic aquí.

A partir del 11 de enero, comienzan a regir las nuevas tarifas para los trámites y servicios ofrecidos por la Junta Central de Contadores:

 

  • Tarjeta profesional de Contador Público $286.000
  • Sustitución Matrícula profesional de Contador Público: $286.000
  • Duplicado tarjeta profesional de Contador Público: $29.000
  • Tarjeta de registro entidades prestadoras de servicios contables: $3.689.000
  • Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contador Público: $26.000
  • Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de entidades prestadoras de servicios contables: $49.000
  • Actualización de registro entidades prestadoras de servicios contables (cambio de razón social y/o de naturaleza jurídica): $369.000
  • Envío a dirección de tarjeta profesional archivada: $12.100

Por medio de la Resolución 706 del 16 de diciembre de 2016, la Contaduría General de la Nación estableció a la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la entidad.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Circular 001 del 4 de enero de 2017, con la cual autoriza el trámite manual para algunas operaciones de exportación, debido a la implementación en el servicio informático electrónico de Salida de Mercancías del Decreto 2153 de 2016, que adopta el nuevo arancel de aduanas.

 

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Con el Decreto 2147 del 23 de diciembre de 2016, el gobierno modificó el régimen de Zonas francas y se dictan otras disposiciones, que incluye temas como los tipos de zonas francas y de sus usuarios.

 

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El Presidente sancionó la Ley 1822 del 4 de enero de 2017, "Por medio de la cual se incentiva la adecuada atención y cuidado de la primera infancia, se modifican los artículos 236 y 239 del código sustantivo del trabajo y se dictan otras disposiciones".

 

Esta Ley, aprobada el 14 de diciembre último por el Congreso y que ya tiene la firma del Jefe del Estado, incentiva la adecuada atención y el cuidado de la primera infancia para lo que se amplía el periodo de licencia de maternidad de 14 a 18 semanas.

 

Igualmente, la normativa establece una semana de licencia obligatoria antes del parto y prevé la ampliación a dos semanas de licencia cuando se trate de un parto múltiple.

 

Para conocer la Ley 1822 completa, haga clic aquí.

La Ley 1823 del 4 de enero de 2017, sancionada por el Presidente, “adopta la estrategia salas amigas de la familia lactante del entorno laboral en entidades públicas territoriales y empresas privadas y se dictan otras disposiciones".

 

Esta Ley adopta la estrategia Sala Amigas de la Familia Lactante, que tendrá aplicación en todas las entidades públicas y en las empresas privadas con capitales superiores a los 1.500 salarios mínimos o que tengan más de 50 empleadas.

 

La normativa sancionada busca que las mujeres en periodo de lactancia dispongan de un espacio digno que cuente con todas las especificaciones técnicas de higiene y salubridad en sus lugares de trabajo, donde puedan extraer la leche materna durante la jornada laboral para luego transportarla a sus hogares.

 

Tal estrategia permitirá que la ausencia temporal de la madre trabajadora no afecte en absoluto la alimentación del bebé, además contribuye a la dignificación de esta actividad fundamental.

 

La norma establece plazos para que tanto las entidades públicas como las empresas privadas hagan las adecuaciones necesarias para la creación de las Salas Amigas y ordena la realización de campañas de capacitación para incentivar la lactancia.

 

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La Secretaría de Hacienda de la alcaldía de Bogotá estableció el Calendario Tributario Distrital para 2017. Entre los aspectos que se destacan, permitirá que el pago del impuesto predial unificado se realice en cuatro cuotas distribuidas a lo largo del año.

 

Además, fija las fechas para el pago del impuesto de industria y comercion así como el descuento del 10% para el pago del impuesto de vehículos automotores del 10% para el pago antes del 5 de mayo.

 

Para conocer el Calendario Tributario Distrital completo, haga clic aquí.

En reunión sostenida con el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, el órgano de normalización del país sugirió un modelo de supervisión basada en riesgos para que sea aplicado por la JCC en desarrollo de las funciones de vigilancia y control asignadas a la Junta por el artículo 20 de la Ley 43 de 1990 y el artículo 9° de la Ley 1314.

 

El modelo de supervisión basado en riesgos permite establecer la categorización de los contadores públicos y las firmas de contadores públicos con base en la ponderación del riesgo del cliente y el riesgo de estructura de la firma, para determinar las prioridades de evaluación considerando tres niveles de riesgo: alto, medio y bajo.

 

Este enfoque es aplicado desde el 1° de enero de 2017 y permitirá una supervisión más técnica y cercana de la Junta, sobre las materias básicas de supervisión: ética, control de calidad de los servicios, servicios de auditoría, fiscalización, aseguramiento de control interno y cumplimiento.

 

También implica un cambio de visión en la actuación de la JCC, de un enfoque reactivo a una proactivo, lo cual sin duda será un valioso aporte en la lucha contra la corrupción. Cabe anotar que la supervisión de la JCC también abarca el ejercicio de otras actividades profesionales, como los encargos de revisión, otros encargos de aseguramiento y servicios profesionales relacionados.

 

El CTCP siempre ha considerado que un eslabón crítico de la cadena de la profesión es la supervisión y que el desarrollo de un esquema fuerte de supervisión es un elemento primordial en la mejora de calidad de los servicios profesionales que se traduce en un mayor grado de confianza en la información financiera y en los informes del contador público. Este es un gran paso para llevar la contaduría pública colombiana a la vanguardia en la región latinoamericana

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ya tiene desplegados en el Portal WEB institucional, los FORMULARIOS ADUANEROS VIGENCIA 2017, para que los usuarios aduaneros los conozcan y empiecen a utilizarlos desde el 1° de enero del nuevo año.

 

  • Los Formularios Aduaneros 2017 disponibles son: Formulario 500 - Declaración de Importación
  • Formulario 510 - Declaración de Importación Simplificada
  • Formulario 650 - Declaración de Tránsito Aduanero y/o Cabotaje
  • Formulario 660 - Continuación de Viaje
  • Formulario 580 - Declaración de Salida Temporal Regímen Fronterizo Leticia - Tabatinga
  • Formulario 590 - Declaración Consolidad de Importaciones - Régimen Fronterizo Leticia - Tabatinga.

 

A estos Estos Formularios se accede a través del enlace: https://formulariosgratuitos.dian.gov.co/WebDiligenciamiento/DefFormulariosGratuitos.faces?sv=1&tf=2 servicio que sólo podrá ser utilizado por los Usuarios Aduaneros no obligados a presentar sus declaraciones a través del Sistema Informático Aduanero o los Servicios Informáticos Electrónicos o para aquellos casos en que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales disponga las medidas y procedimientos de contingencias.

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