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El Ministerio del Trabajo emitió el Decreto 2509 del 23 de diciembre de 2015, mediante el cual se modifica el Capítulo 9 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, referente al Sistema de Compensación Monetaria en el Sistema General de Riesgos Laborales.

 

Para conocer el Decreto 2509 completo, haga clic aquí.

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Miércoles, 24 Junio 2015 08:38

Decreto 1072, reglamenta el Sector Trabajo

Mediante el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

 

Para conocer el Decreto 1072 completo, haga clic aquí.

Mediante el Decreto 0472 del 17 de marzo de 2015, el gobierno nacional reglamentó los criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones.

 

El presente decreto se aplica a las actuaciones administrativas que adelanten los Inspectores del Trabajo y Seguridad Social, las Direcciones Territoriales, Oficinas Especiales del Ministerio del Trabajo, la Unidad de Investigaciones Especiales y la Dirección de Riesgos Laborales de ese mismo Ministerio por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales.

 

Para conocer el Decreto 0472 del 17 de marzo de 2015, haga clic aquí.

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Todos los estudiantes que generen una fuente de ingreso para la institución que los educa o los que desarrollen una práctica laboral en la que asuman un riesgo ocupacional, deben estar afiliados al Sistema de Riesgos Laborales.

 

Así lo contempla el Decreto 055 del 14 de enero de 2015, firmado por el Presidente de la República y los ministros del Trabajo, Luis Eduardo Garzón; Salud, Alejandro Gaviria; Educación, Gina Parody; y Hacienda, Mauricio Cárdenas; que busca proteger a estudiantes de instituciones de educación públicas y privadas de programas de educación media técnica, programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores, educación superior y los programas de formación laboral de la educación para el trabajo y el desarrollo humano.

 

La norma contempla que en ningún caso el pago o la afiliación al Sistema de Riesgos Laborales correrán por cuenta del estudiante, estos procesos le corresponden a las instituciones de educación o formación donde realice la práctica o actividad.

 

El ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, indicó: "En la vida del trabajo decente, de una educación digna y unas condiciones estables para aquellos que están en el tránsito entre educarse para trabajar, en esta decisión del gobierno del Presidente Santos es positiva, porque garantiza que la incertidumbre en materia de accidentes y riesgos causados por la práctica no están en la orden del día; al contrario, hay certezas para que puedan trabajar y estudiar tranquilos".

 

Para el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, "La disposición obliga a las instituciones educativas o universidades que reúnan estos requisitos de afiliar a los estudiantes al Sistema de Riesgos Laborales, quedando protegidos contra accidentes o enfermedades causados por la práctica".

 

La medida establece que la afiliación de los estudiantes se debe efectuar mínimo un día antes del inicio de la práctica o labor correspondiente, y la institución o entidad responsable deberá hacerlo ante la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), en la cual tenga afiliados a sus trabajadores.

 

En el Sistema regular, obligatoriamente todo trabajador tiene que estar afiliado al Sistema de Salud para ser vinculado a riesgos laborales. Con este Decreto, los estudiantes de prácticas pueden ser beneficiarios por sus padres en salud y las instituciones que los educa o las empresas en donde desarrollan la práctica laboral sólo asume el costo de la afiliación a riesgos laborales.

 

"La medida garantizará a los estudiantes las prestaciones asistenciales y económicas como son los tratamientos médicos requeridos en caso de accidentes o de enfermedades causadas por la práctica o actividad, pensión de invalidez y de sobrevivientes, indemnización por incapacidad permanente parcial, subsidio por incapacidad laboral temporal y auxilio funerario", señaló la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz.

 

La cotización y pago de aportes se realizará sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes –PILA-.

A partir del 1 de febrero de 2015 es de obligatorio cumplimiento la nueva disposición, cuya inspección, vigilancia y control será ejercida por el Ministerio del Trabajo, la Superintendencia Financiera de Colombia y por la Superintendencia Nacional de Salud.

 

Para conocer el Decreto 055-14 de enero de 2015, haga clic aquí.

Miércoles, 31 Diciembre 2014 15:01

Salario mínimo para 2015 será de $644.350

El ministro del trabajo, Luis Eduardo Garzón reveló que el incremento del salario mínimo para el año 2015, será de 4,6% lo que significa que se fijará en 644.350 pesos; mientras que el aumento del subsidio de transporte será de 2,78% y quedará en 74.000 pesos.
 
Garzón destacó que se trata de un incremento superior a los años anteriores y que no hay pérdida del poder adquisitivo.
 
Explicó, que fue muy difícil encontrar un acercamiento final con los empresarios después del sacrificio que significará para ellos la Reforma Tributaria, el impulso de la reforma de los recargos nocturnos y las Cajas de Compensación Familiar". Así mismo, señalaron que el ambiente nacional e internacional económico tiene unas incertidumbres que no les permitía ir más allá", dijo.
 
Puntualizó, "fue una discusión de mucha altura, muy positiva y diciéndonos algo, que la Comisión de Concertación no puede ser para discutir solo salarios mínimos, tenemos que hacer una reflexión sobre ese ritual y creo que todos los meses podemos establecer escenarios de acuerdos y desacuerdos".
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En el segundo debate de la Plenaria del Senado de la República, se aprobaron los primeros 58 artículos del proyecto de ley de reforma pensional de los 94 que contiene la iniciativa, entre ellos, la creación de un Fondo de Ahorro para proteger el pago de las pensiones y se estableció el umbral de 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para cotizar a Colpensiones.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, expuso 10 puntos de la reforma pensional:

1. Se construye un único Sistema Integral de Protección a la Vejez, cuyo administrador será Colpensiones. Se establecer una rectoría robusta del Sistema con un mecanismo de monitoreo permanente que permita evaluar los parámetros y recomendar periódicamente al Ejecutivo y al Congreso ajustes a los mismos de ser necesario.
2. Resuelve el problema que existe de competencia entre dos regímenes pensionales lo que ha generado desequilibrio en el Sistema, primero, por cuanto concede mesadas pensionales muy diferentes para personas con las mismas condiciones de cotización y de edad. Segundo, porque los fondos privados, que reciben mayoritariamente los recursos de las cotizaciones, no están pensionando, y el régimen público es quien está asumiendo el pago de las pensiones, cumpliendo con su objeto social, pero sin los ingresos suficientes por cotizaciones. Esta última situación ha llevado a un desequilibrio financiero que ha obligado a la Nación a hacer un gasto adicional.
3. El proyecto de reforma pensional además resuelve el problema de los grandes subsidios a las altas pensiones en el sistema público (Colpensiones), al limitar el subsidio para todos los que cotizan sobre más de 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
4. Incrementa la cobertura en protección real a la vejez, a través de tres mecanismos: renta solidaria, renta vitalicia, y pensión. Principalmente, el mecanismo de la prestación anticipada optimiza la cobertura pensional. En el primer año de la reforma se pasa de una cobertura del 24 % al 53.73 % (4.662.000 personas aproximadamente) y al 2052 una cobertura del 87 % (más de 13 millones 700.000 personas mayores).
5. Elimina la pobreza extrema en la población mayor en Colombia. La renta solidaria corresponde al valor por debajo del cual se considera en pobreza. 2 millones 600 mil adultos mayores serán beneficiarios hasta que fallezcan.
6. La iniciativa de ley amplia un 22 % la probabilidad de que una mujer en Colombia logre la pensión. Reconoce la dedicación de la mujer al cuidado de los hijos, acoge las sentencias de la Corte Constitucional, tiene enfoque de género y elimina las diferencias que existen hoy, en las mesadas entre hombres y mujeres (que cotizaron sobre los mismos tiempos) en los fondos privados. Da un mayor subsidio a la mujer (30%) en la construcción de una renta vitalicia, en caso de no lograr una pensión.
7. Con el umbral dispuesto en la reforma, es decir, 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se contribuye a la sostenibilidad del Sistema Pensional, que hoy no existe.
8. Garantiza la solidaridad para todos, la universalidad y la eficiencia, principios del artículo 48 de la Constitución Nacional los cuales hoy no se están cumpliendo.
9.Fortalece e incentiva el ahorro individual pensional. Todo colombiano logrará cobertura de algún tipo en función de su ahorro y los más vulnerables tendrán un mayor apoyo del Estado.
10. El proyecto de ley protege el ahorro pensional ya existente (aproximadamente 405 billones) y construye nuevo ahorro. Se frena la caída del ahorro que hoy existe en el Fondo de Ahorro Individual debido a los traslados masivos de los fondos privados hacía Colpensiones. La totalidad del mismo seguirá administrada por los fondos privados. Se construye un nuevo ahorro colectivo público (Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. art. 24) que será la garantía de la pensión de los que hoy son jóvenes.

Durante la presentación del cuarto informe ante el comité de empleo y asuntos sociales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, en París, el embajador de Colombia ante ese organismo internacional, Luis Fernando Medina, resaltó los avances del Gobierno Nacional en materia de empleabilidad y explicó el contenido de las reformas pensional y laboral, así como la reducción de la tasa de informalidad.

“Las reformas sociales que avanzan en el Congreso de la República, buscan mejorar la inequidad, fortalecer los derechos laborales y garantizar una vejez digna para cerca de 3 millones de adultos mayores que hoy viven en pobreza extrema. Con estas iniciativas queremos dejarle a las y los colombianos herramientas para el mejoramiento en la calidad de vida”, explicó el embajador.

Por su parte, la OCDE solicitó varias medidas al Gobierno colombiano, entre ellas, reforzar el marco jurídico, según proceda, para prohibir todas las formas de subcontratación abusiva. Además, exigir a las empresas que formalicen a los empleados que trabajan en régimen de subcontratación mediante contratos de trabajo regulares que den acceso a todos los derechos laborales básicos, prohibir los pactos colectivos y regular la huelga en servicios esenciales, entre otros.

Para la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, los contenidos de las reformas laboral y pensional buscan cumplir con los estándares internacionales y de esta manera acatar las recomendaciones de la OCDE.

Durante la presentación del cuarto informe ante el comité de empleo y asuntos sociales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, en París, el embajador de Colombia ante ese organismo internacional, Luis Fernando Medina, resaltó los avances del Gobierno Nacional en materia de empleabilidad y explicó el contenido de las reformas pensional y laboral, así como la reducción de la tasa de informalidad.

“Las reformas sociales que avanzan en el Congreso de la República, buscan mejorar la inequidad, fortalecer los derechos laborales y garantizar una vejez digna para cerca de 3 millones de adultos mayores que hoy viven en pobreza extrema. Con estas iniciativas queremos dejarle a las y los colombianos herramientas para el mejoramiento en la calidad de vida”, explicó el embajador.

Por su parte, la OCDE solicitó varias medidas al Gobierno colombiano, entre ellas, reforzar el marco jurídico, según proceda, para prohibir todas las formas de subcontratación abusiva. Además, exigir a las empresas que formalicen a los empleados que trabajan en régimen de subcontratación mediante contratos de trabajo regulares que den acceso a todos los derechos laborales básicos, prohibir los pactos colectivos y regular la huelga en servicios esenciales, entre otros.

Para la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, los contenidos de las reformas laboral y pensional buscan cumplir con los estándares internacionales y de esta manera acatar las recomendaciones de la OCDE.

“El Gobierno Nacional decreta un incremento del salario mínimo para 2024 a un monto de 1 millón 300 mil pesos, es decir, un aumento aproximado del 12 por ciento, y un incremento al auxilio del transporte a 162 mil pesos, el cual corresponde aproximadamente a un 15 por ciento en relación con la cifra acordada para el año 2023”.

Así lo anunció la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, durante una rueda de prensa ofrecida conjuntamente con el presidente Gustavo Petro Urrego en el Aeropuerto Militar de Catam en Bogotá.

De acuerdo con el presidente Petro, “dos millones y medio de familias vulnerables obtienen un beneficio neto con este decreto del gobierno, y seguramente millones de familias más podrán ser arrastradas a un mejor nivel de vida gracias a este decreto” de aumento del salario mínimo y el auxilio de transporte para 2024.

Destacó que aunque el incremento se tomó mediante decreto, “no estuvo muy distante el punto de vista del empresariado, en su mayoría agremiado, con excepción de Fenalco, de la posición de los trabajadores”, ya que “fueron solo 0.5 décimas de distancia”.

“Con un poco más de tiempo, quizás se hubiera llegado a la concertación, pero hay un límite legal que la ministra de Trabajo acaba de describir y, por tanto, el gobierno ha tomado su decisión”, sostuvo.

El jefe de Estado afirmó que la decisión del gobierno sobre salario mínimo para 2024 es “acercarnos a la posición trabajadora”, puesto que “hemos tomado una posición similar a la del movimiento obrero en Colombia, a la de las y los trabajadores”.

El presidente previó que en el 2024 habrá un crecimiento del salario real en términos del salario mínimo, lo cual significa que “el nivel de vida de los colombianos que están ligados al salario mínimo va a crecer”.

“En el año entrante creemos que la inflación va a bajar aún más. Ojalá se ubique en 6 – 5 puntos, ese es el objetivo, y aquí estamos aumentando el salario mínimo en cerca de 12 por ciento, un poquito más de 12 por ciento”, explicó.

“Es decisión unánime de la Comisión de Concertación mantener las políticas de desindexación que empezamos a trabajar el año pasado, donde se logró desatar 116 artículos de 204 bienes y servicios que estaban caracterizados”, señaló la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, al termino de una nueva sesión de la negociación del incremento del salario mínimo para los colombianos y colombianos en el 2024.

“Para este año”, dijo, “tomamos la decisión de mantener esta desindexación en los 88 bienes y productos que aún faltan, y de esta manera consolidar las medidas para protección del valor adquisitivo del salario”.

Ramírez Ríos, agregó: “Hoy se han discutido las medidas para la protección del poder adquisitivo del salario; lo segundo, es que tanto las centrales como el sector empresarial presentaron las propuestas en torno a cuáles deberían ser los criterios para el ajuste salarial. Las centrales presentaron además de 7 criterios, una propuesta de que la cifra debería ser del 18% incluido el auxilio de transporte”.

El sector empresarial como la SAC, ANDI, Acopi y Asobancaria, dejaron una proposición en el sentido de tener unos criterios técnicos a la hora de construir la cifra, e hicieron una serie de reflexiones que serán importantes a la hora de decidir.

La titular de la cartera laboral, anotó: “Dentro del debate se dejaron dos constancias, una que ha dejado Fenalco, fundamentalmente diciendo que esta mesa no se debe llevar a cabo, mientras en el Congreso se debate el proyecto de reforma laboral, la cual respetamos, que tomamos nota de ella, pero dejamos una vez más claro y reiteramos que el Congreso tiene su autonomía y que aquí ya habíamos hecho un acuerdo, que el próximo 15 de enero de 2024, esta mesa de concertación será convocada para mirar en conjunto que proposiciones podemos trabajar y llevaremos a la plenaria de la Cámara de Representantes”.

En representación de los gremios, el presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC, Jorge Enrique Bedoya, se mostró optimista frente a un salario concertado y que la construcción se haga en medio de la diferencia.

Aseguró, “que en medio de un entorno económico que es complejo y retador y con el ánimo de proteger el poder adquisitivo de los trabajadores, también de cuidar la generación de empleo formal de la economía, consideramos que la hoja de ruta nos debería llevar como acordamos con la Ministra y los amigos de las centrales obreras, a sentarnos de manera bilateral para tratar de encontrar esa concertación que ojalá permita darle una buena noticia al país”.

Bedoya concluyó: “Por supuesto para nosotros, esto no es solamente el tema del salario mínimo sino que está conectado con lo que pueda ocurrir con la economía colombiana el año entrante y entregamos unas variables para tenerlas en cuenta”.

Por su parte, el presidente de la CUT, Fabio Arias, presentó la propuesta del incremento para el salario mínimo del 18 %, dijo: “el incremento tiene que ver fundamentalmente con las cifras macroeconómicas del país, que nos dice que hay que reactivar la economía y los índices significativos son la reducción de las tasas de interés, las tarifas de servicios públicos, regular el precio de los combustibles y medicamentos; y con los salarios, que generan una reactivación del consumo de los trabajadores".

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