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Las micro, pequeñas y medianas empresas cuentan ya con una Guía para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, SG-SST-, diseñada por la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, con el apoyo de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y agremiaciones del país.

 

La herramienta que busca promover y proteger la salud de los trabajadores se estructuró con el ánimo de que empleadores o contratantes de los sectores público y privado desarrollen un proceso lógico y por etapas del nuevo Sistema, basado en la mejora continua para gestionar los peligros y riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo, reduciendo al mínimo los incidentes, accidentes y enfermedades laborales que se puedan presentar.

 

Para cumplir con estos requisitos, las empresas deben tener en cuenta: lo que se aprendió, qué errores no se pueden repetir, qué aciertos se deberían estandarizar, qué se puede mejorar y cómo lo pueden hacer.

 

Este instrumento de 43 páginas, contiene 10 pasos que se deben seguir para la implementación del nuevo Sistema SG-SST y culminar la totalidad del proceso a más tardar el 31 de enero de 2017, así lo determinó esta semana el Gobierno Nacional, luego de ampliar el plazo por 1 año. Además, unificó el plazo para todas las empresas sin importar el tamaño de las mismas.

 

Es de recordar que el Sistema SG-SST busca prevenir las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones laborales, la protección y promoción de la salud de los trabajadores.

 

Tiene por objeto mejorar las condiciones de los trabajadores y el entorno en el que desarrolla su labor, lo que conlleva a la promoción y el bienestar físico, mental y social de los mismos.

 

Igualmente, aclara las obligaciones de los empleadores en cuanto a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores; la responsabilidad de las ARL de brindar asesoría y asistencia técnica en la implementación del proceso; lo relacionado con el cuidado integral y la salud de los trabajadores y explica el procedimiento para conservar los registros y documentos que soportan el Sistema.

 

Contiene anexos para evaluar el sistema y la metodología para identificar los peligros en la Mipyme, así como ejemplos de la política y objetivos de seguridad y salud en el trabajo, programa de auditorías y de acciones preventivas o correctivas del proceso.

 

Según la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, "esta cartera elaborará otras Guías dirigidas a diferentes sectores que servirán de ayuda para la implementación del proceso".

 

Consultar la Guía: http://www.mintrabajo.gov.co/publicaciones-mintrabajo.html

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Demostrar que es beneficiario mediante la presentación de copias de un acta de matrimonio o registros civiles o de las pruebas supletorias que admite la ley, entre las que se encuentran la declaración extra juicio o prueba testimonial, hacen parte de los requisitos que se exigirán a quien se crea con derecho a reclamar las prestaciones sociales de un trabajador que ha fallecido.

 

Así mismo, se podrá confirmar dicho vínculo, por información que suministren testigos al indicar quienes son los únicos beneficiarios, declarándolos por su número de cédula y nombres completos y la razón de ser.

 

Así lo expone el concepto que emitió la Oficina Jurídica del Ministerio del Trabajo, en el que reitera que el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo señala el procedimiento que debe agotar el empleador para dar aviso público sobre el pago de los eventuales derechos laborales, en caso de fallecimiento de un trabajador.

 

Precisa que comprobada la calidad de beneficiario y hecho el pago a quienes resulten beneficiarios, el empleador queda exonerado de su obligación, y en caso de que aparezcan posteriormente otros beneficiarios, atañe a aquellos que hubieren recibido el valor de la prestación satisfacer solidariamente a los nuevas personas que tengan derecho las cuotas que les correspondan.

 

Se considera pertinente decir que no existe una entidad específica que investigue los fraudes en el trámite para el reconocimiento de las prestaciones a cargo del empleador y del Sistema de Seguridad Social; sin embargo, en materia penal, por disposición del artículo 250 de la Carta Política: "Corresponde a la Fiscalía General de la Nación, de oficio o mediante denuncia o querella, investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes."

 

Revocatoria de pensiones reconocidas
Con respecto a la revocatoria de pensiones reconocidas irregularmente, el pronunciamiento señala que los representantes legales de las instituciones de Seguridad Social o quienes respondan por el pago o hayan reconocido o reconozcan prestaciones económicas, deben verificar el cumplimiento de los requisitos para la adquisición del derecho y la legalidad de los documentos que sirvieron de soporte para obtener el reconocimiento y pago de la suma o prestación fija o periódica a cargo del tesoro público, cuando quiera que exista motivos en razón de los cuales pueda suponer que se reconoció indebidamente una pensión o una prestación económica.

 

En caso de comprobar el incumplimiento de los requisitos o que el reconocimiento se hizo con base en documentación falsa, "debe el funcionario proceder a la revocatoria directa del acto administrativo aun sin el consentimiento del particular y compulsar copias a las autoridades competentes."

 

DATO
Es de advertir que este concepto tiene los alcances determinados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Así mismo, que es el artículo 19 de la Ley 797 de 2003 el que señala lo de la revocación de un reconocimiento pensional.

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A más tardar el día 18 de enero de 2016, las cooperativas y precooperativas de Trabajo Asociado, pueden presentar la solicitud para acceder a la exclusión de contribuciones especiales, al SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar. Las que lleguen con fecha posterior serán rechazadas, por cuanto se consideraran extemporáneas.

 

Así lo informó la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, del Ministerio del Trabajo a través de una circular instructiva dirigida a Representantes Legales y Revisores Fiscales de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado del país.

 

La exención en contribuciones especiales que solicita cada año por parte de los interesados, según lo establecido en la Ley1233 de 2008, artículo 10 y el Decreto 3553, artículo 3 de 2008.

 

La solicitud y sus anexos deben enviarse en documento físico dirigido a la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, Carrera 14 No. 99-33 piso 6 en Bogotá (oficina de correspondencia), o a las sedes de las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo. La información de las Direcciones Territoriales del Ministerio se encuentra en el siguiente link:

http://www.mintrabajo.gov.co/ministerio-en-las-regiones.html. El correo certificado debe evidenciar haberse entregado antes de la fecha límite establecida.

 

Así mismo, a los correos electrónicos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el asunto: EXONERACIÓN CONTRIBUCIONES ESPECIALES, adjuntando solicitud y anexos requeridos únicamente en formato PDF.

 

Documentos a anexar
Copia del certificado de existencia y representación legal, expedido por la respectiva Cámara de Comercio, con una vigencia no mayor a tres (3) meses de expedido; copia de resolución de autorización de regímenes expedida por el Ministerio del Trabajo (o del anterior Ministerio de la Protección Social) y nombre del revisor fiscal y número de la tarjeta profesional si la cooperativa tiene esta obligación, condición que certifica la Superintendencia de Economía Solidaria.

 

Igualmente, certificación sobre el valor total de la facturación causada durante el año, es decir del 1º de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015; certificación sobre el número total de asociados por mes, desde enero de 2015 (o inicio de las actividades) hasta diciembre de 2015; certificaciones que deben ser expedidas por el revisor fiscal según lo ordena la ley. Si la precooperativa o cooperativa no tiene obligación de tener revisor fiscal, las certificaciones deberán ser firmadas por el representante legal.

 

El Ministerio del Trabajo solicitará la documentación necesaria para cualquiera de los requisitos faltantes, caso en el cual las precooperativas y cooperativas deberán allegar los documentos solicitados en un término de hasta 20 días hábiles a partir de la fecha de la solicitud. En caso de no responder estos requerimientos dentro del plazo estipulado, las solicitudes se excluirán del listado de estudio para exoneración.

 

Solo se incluirán en la base de datos con destino a los operadores del PILA, solicitudes de cooperativas o precooperativas que completen el total de los requisitos de la ley y anexos solicitados.

 

La información se corroborará con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes a la Seguridad Social – PILA. Las cooperativas y precooperativas en las cuales se encuentren inconsistencias en la información reportada con respecto a los datos de la PILA, serán retiradas del listado de exentas hasta tanto aclaren las inconsistencias.

 

Adicionalmente, los datos recibidos se contrastarán con información reportada a la DIAN y con los estados financieros reportados a la Superintendencia correspondiente.

 

Los hallazgos encontrados por el Ministerio del Trabajo, que sean contrarios a la información certificada y reportada en este procedimiento, serán informados a la entidad competente para los fines subsiguiente a que haya lugar.

 

DATO
Las precooperativas y cooperativas deben brindar información completa de domicilio principal, teléfonos y correo electrónico, para su ubicación.

 

Para conocer la Circular instructiva haga clic aquí. 

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A partir del 1 de enero de 2016, los colombianos que están vinculados al programa de protección a la vejez, 'Beneficios Económicos Periódicos, BEPS', podrán contar con microseguros de vida y amparo exequial.

 

La cobertura será por fallecimiento del vinculado para proteger a su familia y amparo por enfermedades graves como cáncer, insuficiencia renal crónica, infartos y enfermedad cerebro vascular. Así mismo, lo cubre en caso de sufrir un accidente que le cause alguna desmembración.

 

El presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, señaló que "Para acceder al microseguro BEPS los vinculados tienen un único requisito y es haber realizado seis ahorros durante este año por cualquier monto o tener al menos $129.000 pesos ahorrados".

 

Olivera hace un llamado a los más de 170 mil colombianos que ya están vinculados a BEPS para que aprovechen este beneficio el cual no tiene ningún costo, ya que es un premio al esfuerzo y al ahorro.

 

Sobre los microseguros
Colpensiones ha definido unos rangos de valores para estos microseguros que oscilan entre un millón 500 mil pesos y los siete millones 425 mil pesos. Es decir, entre más ahorro, el monto de la protección será mayor.

 

Con relación al amparo exequial, en caso de fallecer el vinculado, se le entregará a su familia un auxilio económico por 1.25 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivalen a 805 mil pesos.

 

El presidente de Colpensiones, hizo un llamado a los colombianos clasificados en los niveles del Sisbén 1, 2 y 3 a quienes sus recursos no les alcanza para cotizar a pensión, a que se vinculen a este programa de protección a la vejez y aprovechen las ventajas que ofrece este mecanismo de ahorro flexible como son los microseguros de vida, el subsidio del 20% por ahorrar y ganancias en sus ahorros, entre otros.

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"La negociación colectiva en Colombia hoy tiene una crisis de fondo", así lo señaló el viceministro de Relaciones Laborales del Ministerio del Trabajo, Enrique Borda Villegas, durante la instalación de la segunda Jornada Académica y que en esta ocasión se discute sobre Negociación Colectiva.

 

"Por ello, estamos reuniendo a los empresarios y sus abogados, a los trabajadores, sindicatos y sus abogados y el Ministerio del Trabajo para recoger las expectativas de todos los actores y con los elementos jurídicos, que nos permitan tener unos escenarios de regulación nuevos en materia de negociación colectiva".

 

"Pretendemos poner a todas las partes en la posibilidad de desarrollar diálogo social y negociaciones efectivas", destacó el viceministro.

El método, estructurado por la Universidad Javeriana, permitirá que durante el día se congreguen cerca de 100 personas entre abogados laboralistas, trabajadores, sindicatos de empresas, académicos y representantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

 

Representantes de empresas multinacionales hicieron reflexionar cómo en una empresa nacen más de 12 sindicatos, con un 85 por ciento de sus trabajadores que están afiliados a uno o varias organizaciones.

 

Así mismo, abogados laboralistas también fueron críticos y entregaron una propuesta a la cartera laboral para que las convenciones colectivas tengan unidad de pliego, en una sola mesa y con fecha definida. Esto hace que se privilegie el derecho de los trabajadores a que la organización sindical sea eficaz tanto en la negociación colectiva y en la producción de la empresa.

 

Por otra parte, el Viceministro Borda, anunció que se expedirá un decreto para mejorar el trámite de los Tribunales de Arbitramento para solucionar los conflictos colectivos en el menor tiempo. Actualmente se resuelven en un año y con la aprobación de la norma quedarían resueltos en un mes.

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Viernes, 20 Noviembre 2015 13:07

Colpensiones presentó la calculadora pensional

La Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones pone a disposición de los colombianos, a partir de hoy, la primera calculadora pensional para proyectar el monto que un trabajador podría recibir como fruto de su esfuerzo a lo largo de su vida laboral.

 

La nueva herramienta permitirá conocer en detalle un estimado de lo que podría ser la pensión en el Régimen de Prima Media, RPM.

 

La calculadora pensional cuenta con la aprobación de la Superintendencia Financiera de Colombia y hace parte de 'Ven por tu Futuro', el nuevo programa pedagógico que Colpensiones puso en marcha para que los trabajadores cuenten con información objetiva.

 

Mauricio Olivera, presidente de Colpensiones, señaló que la entidad fue concebida para ir más allá de desembolsar mesadas, y como ente público tiene la responsabilidad social de acompañar a la ciudadanía a construir un futuro digno y tranquilo, por eso hoy "ha liderado un proceso de reestructuración institucional para fortalecer su vocación de servicio al ciudadano y robustecer la seguridad de la información de todos los afiliados".

 

'Ven por tu Futuro' es un portal educativo con distintas secciones, dirigido a las personas que están iniciando su vida laboral y para quienes están en etapa de retiro. Así mismo, provee recursos para los empleadores, aliados importantes en la creación de una cultura del ahorro en los trabajadores.

 

En www.venportufuturo.gov.co los visitantes también podrán encontrar videos educativos, boletines e infografías, entre otros recursos, para conocer más sobre:

¿Qué es el Sistema General de Pensiones?
Regímenes que componen el Sistema General de Pensiones
Tipos de prestaciones económicas
¿Por qué ahorrar para la pensión?
Qué son y cómo ser parte de los Beneficios Económicos Periódicos, BEPS

 

Más que un portal web
El programa 'Ven por tu Futuro' va más allá de la calculadora pensional y del nuevo portal, comprende acciones alternas que Colpensiones viene implementando:

 

Curso virtual de 10 horas: los afiliados próximos a pensionarse podrán tener información para consultar y entender la historia laboral, y pasos a seguir para acceder a la pensión. A este curso se han inscrito más de 11 mil afiliados.

 

Más de 320 mil mensajes de texto, SMS: para conocer la importancia de cotizar a pensión y de revisar la historia laboral.

 

Boletín del Prepensionado: Será enviado virtualmente a 114.119 afiliados, que están a cinco años de la edad de pensión. En físico se han entregado más de 21.930 ejemplares.

 

7.572 asistentes a talleres de historia laboral: entre enero y octubre del presente año, Colpensiones ha realizado talleres de historia laboral en los puntos de atención ubicados en 8 ciudades del país.

 

27.632 asistentes a talleres de historia laboral en empresas: entre enero y octubre del año en curso se han realizado 2.068 talleres en empresas, a los cuales han asistido 30.835 ciudadanos.

 

1.095 mensajes educativos por Twitter: se diseñaron infografías, postales y videos, que utilizan un lenguaje sencillo y claro para que la ciudadanía comprenda la importancia del ahorro y la pensión. Estas piezas fueron publicadas a través de la cuenta oficial de Twitter de Colpensiones, @ColpensionesInf.

El Ministro de Trabajo, Lucho Garzón, confirmó que su despacho ha recibido cartas de algunas empresas asegurando que no tienen más alternativa que despedir a sus servidores, frente a lo cual los llamó a que busquen y estudien alternativas distintas a tratar como parte de sus pasivos a los trabajadores.

 

Precisó que en su Cartera no hay procedimiento aun estudiando solicitudes de despidos colectivos, pues hasta el momento sólo han informado de la situación por la que atraviesan, sin solicitar permiso al Ministerio del Trabajo para proceder a la desvinculación de personal.

 

"Hay que buscar alternativas y no pensar que el principal activo que es el trabajador sea el responsable, eso no es justo", afirmó Garzón, quien recalcó que su tarea no es generar desempleo, sino empleo.

 

Sostuvo que, por ello, hay que buscar alternativas para que los nuevos representantes, los nuevos contratistas y los nuevos empleadores, asuman esos trabajadores que en empresas como Hyundai, Pacific, Dimantec y Archie ´s están hoy frente al riesgo de perder su empleo.

 

"Los trabajadores le han prestado a esas empresas un gran servicio, y no pueden ser ahora tratados como parte de sus pasivos", afirmó Garzón.

 

Recalcó además que insistirá con los empresarios en que se haga ese gran esfuerzo de buscar todas las alternativas posibles para evitar que los trabajadores se queden sin empleo.

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El Gobierno Nacional a través del Ministerio del Trabajo acaba de actualizar los formatos para emitir dictamen y evaluar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional, originadas por lesiones de riesgos laborales de los trabajadores colombianos.

 

Esta es una herramienta fundamental para la expedición del dictamen que les facilita a los médicos realizarlo de manera más objetiva y acorde a los avances normativos y técnicos definidos en el nuevo Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido por el Gobierno Nacional el año pasado.

 

Según lo explicó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, "Lo novedoso de la aplicación es que le permite al trabajador conocer en detalle cómo se realizó su calificación y los fundamentos que se tomaron para su resultado final".

 

Los nuevos formatos tendrán que ser diligenciados por los trabajadores que se encuentren en proceso de calificación por pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de todos los sectores, ya sea público, oficial, semioficial y privado, independientemente de su tipo de vinculación laboral, clase de ocupación, edad, tipo y origen de discapacidad o condición al Sistema de Seguridad Social Integral.

 

Estos a su vez, serán remitidos a las juntas de calificación de invalidez, así lo señala la Resolución 3745 del presente año.

 

La directora de Riesgos Laborales, Andrea Torres Matiz, confirmó que los nuevos formatos comienzan a utilizarse de inmediato, los cuales están disponibles en la página web de la entidad, link: http://fondoriesgoslaborales.gov.co/seccion/normatividad/resoluciones.html

 

Es de recordar que actualmente la calificación se realiza con base en el Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido el año pasado por el Gobierno Nacional, la cual es remitida por las Juntas de Calificación de Invalidez, aportando los criterios técnicos, científicos de evaluación y calificación de pérdida de capacidad laboral porcentual ante una deficiencia, discapacidad y minusvalía ocasionadas como consecuencia de una enfermedad o accidente.

 

Son cuatro formularios establecidos con rutas claras para la calificación de acuerdo con la etapa de ciclo vital de las personas, es decir, aporta tablas diferentes para niños, adolescentes, adultos y adulto mayor, teniendo en cuenta su ocupación y labor, lo que permite un dictamen más equitativo.

 

Además, contienen información general del dictamen, de la entidad calificadora, datos generales y antecedentes laborales del calificado, examen físico y valoración del rol laboral y/o ocupacional; y concepto del dictamen pericial y grupo calificador.

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El Ministerio del Trabajo instó a todos los empleadores del país a crear las condiciones para que no haya más muertos a causa de accidentes laborales en el Colombia. El año pasado, 540 trabajadores perdieron la vida a causa de accidentes en su lugar de trabajo.

 

La Directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, reveló que de enero a junio de 2015 el número de personas que perdieron la vida en accidentes laborales fueron 271. "En el mismo período el número de accidentes fue de 344 mil", complementó.

 

La funcionaria sostuvo que "Todo es prevenible" con el nuevo Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo que está en implementación por parte de los empleadores del país y el cual promueve el Ministerio del Trabajo por todo el territorio nacional.

 

"Ni un solo muerto más y cero accidentes en las empresas tiene que ser el gran objetivo de todos", afirmó la Directora de Riesgos Laborales, durante su participación en el Séptimo Simposio de Salud y Bienestar, realizado en Bogotá.

 

Torres Matiz recalcó la importancia de que todas las empresas del país implementen el nuevo Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que busca reducir el número de accidentes de trabajadores en las empresas.

 

En el país se ha podido llegar a más de 19 mil trabajadores en 45 ciudades que han asistido a las jornadas de sensibilización para la implementación de la nueva norma.

 

El nuevo Sistema obliga a los contratantes a realizar un reconocimiento permanente de las condiciones de trabajo que inciden en el bienestar, la seguridad y la salud de los trabajadores, permitiendo realizar las acciones de mejora con oportunidad.

 

A partir del próximo año la medida empieza a regir para las empresas de menos de diez 10 trabajadores. Posteriormente se aplicará para las organizaciones con 10 hasta 200 empleados y para las de más de 201 trabajadores.

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Jueves, 29 Octubre 2015 08:33

Listo proyecto de nueva Ley de Primer Empleo

El ministro del Trabajo, Lucho Garzón, anunció que el próximo martes presentará al Congreso el proyecto de nueva Ley de Primer Empleo.

 

Al instalar un foro sobre empleo juvenil organizado por el Banco Mundial, Garzón expuso la estrategia del Gobierno para continuar bajando las tasas de desempleo en los jóvenes y destacó la decisión de impulsar una nueva versión de la Ley de Primer Empleo como una forma de estimular a los empleadores para que ocupen a los jóvenes.

 

Recordó que a través de esa Ley y otros estímulos y programas, el desempleo juvenil en Colombia cayó en los primeros cuatro años del Gobierno Santos del 19.9 por ciento al 15.8 por ciento.

 

El Ministro del Trabajo expuso la estrategia del Gobierno Nacional para eliminar las barreras que tienen hoy los jóvenes para conseguir empleo y destacó la otra iniciativa que se está preparando, esta vez para evitar que la falta de libreta militar sea un obstáculo al momento de buscar trabajo.

 

Explicó que la propuesta que será llevada al congreso contempla la reducción de la edad para prestar el Servicio Militar de 28 a 24 años, fija plazos para que los remisos una vez se ocupen puedan pagar por cuotas, la libreta militar, y condona las deudas de éstos hasta en un 80 por ciento.

 

El Ministro Garzón dijo, de otra parte, que doce mil aprendices del SENA serán vinculados a seis mil empresas mediante el Programa "40 Mil Primeros Empleos", a través del cual el Estado paga los seis primeros meses de salario del joven inexperto, con la condición de que el empleador retenga por otros seis meses al 60 por ciento del personal contratado mediante esta estrategia.

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