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El Ministerio del Trabajo revisa en la actualidad el Decreto 583 sancionado en abril pasado, y que en uno de sus apartes habla de las condiciones que deben tener en cuenta los inspectores de la cartera laboral al evaluar si una tercerización es ilegal, el cual ha sido motivo de debates y demandas por parte de algunos sectores, entre estos, las centrales obreras.

 

El pronunciamiento lo hizo la Ministra del Trabajo, Clara López Obregón, en el marco de un Cabildo Laboral que se adelantó en Medellín, al referirse a las diferentes acciones que adelanta su cartera en contra de la tercerización ilegal: "estamos evaluando, de pronto va a ser necesario modificar este decreto porque allí hay una mezcla de temas de derecho laboral y comercial que tienen enredados a nuestros inspectores de trabajo; en este momento tenemos preparadas unas circulares al respecto porque no vamos aplicar ninguna norma vaya en contra de la ley y la Constitución".

 

En otras temáticas, López Obregón también se pronunció en este Cabildo Laboral sobre la necesidad de que ahora en el posconflicto, gran parte de las acciones del Estado estén encaminadas a la recuperación del campo, y en lo laboral destacó que una de las prioridades es la de establecer mecanismos que permitan una mayor protección social para los trabajadores rurales del país, teniendo en cuenta las altas tasas de informalidad que prevalece en estas zonas.

 

"Dentro de una canasta de recursos y mecanismos que se evaluamos con el fin de poder mejorar los niveles de acceso a la seguridad social en el campo lo cual cuesta mucha plata, contemplamos aspectos como la parafiscalidad en algunos gremios, expandir el programa de BEPs o ahorro voluntario, ampliar la cobertura del programa Colombia Mayor, y recursos del propio presupuesto nacional, aunque por el momento son opciones que se están analizando y mirando su viabilidad", sostuvo MinTrabajo.

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Miércoles, 15 Junio 2016 15:54

Comisión Séptima revive horas extras y festivos

La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el proyecto de ley que pretende establecer las jornadas de trabajo diurno y nocturno, en la franja horaria comprendida entre las 6:00 a.m. y 6:00 p.m. y trabajo nocturno realizado entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.

 

Este miércoles, la Ministra del Trabajo, Clara López Obregón, al expresar su concepto favorable al proyecto durante el debate, manifestó la importancia al beneficiar a la clase trabajadora "Es necesario este proyecto a favor de la igualdad social".

 

En ese sentido, el proyecto busca tumbar la reforma que propició el gobierno de Álvaro Uribe que terminó con las horas extras, argumentando bajar costos laborales a los empleadores y como consecuencia generar más empleo.

 

El proyecto que pasará a plenaria de la Cámara de Representantes, con la ponencia y autoría del Representante Oscar de Jesús Hurtado, busca además modificar la remuneración del trabajo en los días domingos y festivos, quedando un recargo del cien por ciento sobre el salario ordinario.

 

La ministra del Trabajo anunció el acompañamiento para realizar una audiencia pública, propuesta por la Comisión Séptima, con el propósito de escuchar a los diferentes sectores del país, antes del debate en sesión plenaria de la Cámara.

 

El Representante a la Cámara y autor del proyecto, Oscar Hurtado, resaltó el respaldo del gobierno: "Esta es una iniciativa social que beneficia a la clase trabajadora. La ministra Clara López ha contribuido en la jornada que hoy terminó en forma exitosa, para avanzar con el trabajo decente".

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Para erradicar el trabajo infantil en todas sus formas el Ministerio del Trabajo y la Federación Nacional de Cafeteros, a través de una política de colaboración conjunta, realizarán acciones en la prevención del trabajo infantil y en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en la agricultura del café en Colombia.

 

Es así como en el marco del acuerdo, el Servicio Público de Empleo-SPE pondrá a disposición la Red de Centros de Empleo en los municipios priorizados por la Federación de Cafeteros, con el fin de apoyar la búsqueda de trabajo para la temporada de cosecha entre septiembre y octubre, y así promover las labores de recolección de café.

 

La ministra del Trabajo, Clara López, insistió en el compromiso de concientizar a la comunidad y erradicar este flagelo en nuestro país y pidió acciones específicas a los empresarios, contratistas y a las cadenas de abastecimiento a "No contratar niños y niñas para trabajar".

 

Así mismo, el gerente general de la Federación Nacional de Cafeteros, Roberto Vélez Vallejo reiteró el compromiso de las 560 mil familias cafeteras "Estar encima de este tema de la prohibición del trabajo infantil, ya que es en tema muy sensible para el gremio y constituye un pilar en el trabajo social de la FNC".

 

La Federación aprovechó la ocasión para invitar al Gobierno Nacional a perfeccionar una normatividad que, a la vez que rechace el trabajo infantil en la caficultura –lo cual reafirma de manera imperativa–, permita vincular a los niños de familias caficultoras a ser parte de las tradiciones y procesos que hacen del café colombiano un producto especial en el mundo y del cual derivan su sustento directa e indirectamente unos 2,2 millones de colombianos.

 

A la rueda de prensa también asistieron el presidente de Telefónica en Colombia, Alfonso Gómez y la directora de la fundación Aviatur, Sandra Aguilera; quienes forman parte de la Red Colombia contra el Trabajo Infantil, alianza público-privada entre el Ministerio del Trabajo, la Red Local del Pacto Global en Colombia, 32 empresas de diferentes sectores económicos y 10 aliados.

 

Esta iniciativa se pone en marcha en el marco del Día Mundial Contra el Trabajo Infantil que se conmemora el próximo 12 de junio y que tiene como propósito impulsar la política pública con La Red Colombia contra el Trabajo Infantil como referente regional de alianzas público– privadas en la política de prevención y erradicación del trabajo infantil, que evidencie con acciones concretas el liderazgo que tiene el Gobierno Nacional de la mano de los gremios y la empresa privada para la difusión de buenas prácticas y el diseño de estrategias para prevenir y erradicar progresivamente el trabajo infantil tanto en sus cadenas de abastecimiento o suministro como en el área de influencia de sus operaciones.

 

DATOS:
En 2015, 21 mil menores dejaron de trabajar, cifra que descendió del 9,3 al 9,1 por ciento.
El 9,1 por ciento de menores de edad que están trabajando en el país representa a 1 millón 18 mil niños, niñas y adolescentes (NNA) que fueron víctimas de este flagelo el año pasado.

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El Proyecto de Ley que aprobó el Congreso de la República y que pasará a ser Ley de la República cuando la sancione el Presidente, Juan Manuel Santos, se creó pensando en los jóvenes y las dificultades que enfrentan para ingresar al mercado laboral.

 

Es una iniciativa del Ministerio del Trabajo que busca promover la generación de empleo y el emprendimiento juvenil a través del desarrollo de mediadas para la eliminación de las barreras que impide que los jóvenes accedan al mercado laboral e inicien su vida productiva.

 

"La Ley ProJoven apoyará a los jóvenes en emprendimiento, les permitirá realizar prácticas en el Estado, vincularse a empresas en el sector privado, pero logra algo muy importante y supera una barrera que han tenido por muchos años y es que por no tener la libreta militar no podían encontrar un empleo ni en el sector público ni en el sector privado", señaló el viceministro de Empleo y Pensiones, Luis Ernesto Gómez.

 

Los motivos que llevaron a esta Cartera a liderar ese proyecto, obedecen a que en Colombia uno de cada cuatro personas es un joven menor de 28 años; porque a pesar de haber sido beneficiados con mayor cobertura educativa y más acceso a las tecnologías no logran insertarse adecuadamente en el mercado de trabajo.

 

Así mismo, son los que más sufren el desempleo, se enfrentan a trabajos precarios y son los que primero se ven afectados en épocas de crisis.

 

Componentes
Para los jóvenes emprendedores se destinarán recursos para fomentar, financiar y dar asistencia técnica empresarial al desarrollo de emprendimientos; se instaurará una exención del pago del registro mercantil y su renovación para empresas de jóvenes y se crearán oportunidades de empleo y emprendimiento para aquellos que se encuentran en los centros de cuidado y protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

 

Para incentivar la creación de trabajo en el sector privado, se reducirá el 4% de los aportes a Cajas de Compensación Familiar para aquellas empresas que contraten este tipo de población; se establecerán las condiciones para la realización de prácticas laborales tanto en el sector privado y público y se promoverá la homologación de experiencia adquirida en escenarios de práctica en los dos sectores.

 

Para que los jóvenes talentosos trabajen en el Estado se facilitarán los escenarios de prácticas remuneradas en la administración pública y cuando se realice una modificación de las plantas de personal de entidades del Estado, se establecerá que al menos el 10% de los nuevos empleos no requieran experiencia para facilitar ingreso a jóvenes.

 

Igualmente, se creará un plan de carrera acelerado en grandes empresas del Estado como Ecopetrol, ETB, UNE, entre otras.

 

De otra parte, se promocionará los programas de empleo en las zonas rurales y de posconflicto, para promover su desarrollo económico; se habilitará a Cajas de Compensación Familiar para financiar y operar programas y proyectos relacionados, con la promoción de empleo y el emprendimiento, el desarrollo de obras en los territorios, la generación de ingresos, el impulso y financiamiento de las actividades agropecuarias, la promoción de la asociatividad y el desarrollo de proyectos productivos.

 

Finalmente, se eliminará la exigencia de la libreta militar para empezar a trabajar y a cambio se reducirá las multas de los remisos hasta por un 90 por ciento y la cuota de compensación militar hasta por un 60%, al tiempo que se darán facilidades de pago y se reducirá la edad máxima para ser incorporado al servicio militar.

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El ministro del Trabajo, Lucho Garzón pidió al sector solidario no especular sobre una eventual creación de impuestos en la anunciada reforma tributaria.

 

Aclaró que el Gobierno Nacional no ha tomado ninguna decisión al respecto y que de momento lo que se conoce son las recomendaciones de la comisión de expertos que están siendo estudiadas pero que no son de obligatorio acatamiento.

 

El pronunciamiento lo hizo el Ministro Garzón en el marco de un foro de economía solidaria que realizó el Congreso de la República para analizar el tema de los posibles gravámenes al sector.

 

El jefe de la Cartera Laboral manifestó también su complacencia con los voceros de las Organizaciones Solidarias que aceptaron su propuesta de promover un censo a nivel nacional para tener claro cuántas de ellas existen en todo el territorio.

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El Ministro del Trabajo, Lucho Garzón lanzó una gran cruzada nacional por la vida de los trabajadores, tras insistir que más de 540 muertes en un año en accidentes laborales "No pueden ser vistas como un tema marginal. Ni la guerra genera una situación tan dramática", expresó el ministro Garzón.

 

Garzón fue testigo del juramento que como defensores del derecho a la vida de los trabajadores hicieron 150 aprendices del SENA que recibieron capacitación para fomentar las buenas prácticas en protección de riesgos laborales, en el que anunció para el próximo 28 de julio un gran evento nacional donde se van a visibilizar los primeros resultados de esta cruzada nacional que comenzó en Medellín con los 150 primeros "Los Salvadores de Vidas" formados por el SENA, Entidad de la cual dijo: "Será un gran aliado en este proceso".

 

Estos técnicos y tecnólogos en salud ocupacional del SENA se convertirán en los primeros defensores del derecho a la vida de los trabajadores, en donde realicen sus prácticas. El objetivo de conformar esta red de líderes es generar cambios al interior de las empresas y lograr disminuir la accidentalidad y prevenir las muertes. El año pasado la tasa de muertes laborales fue de 5,86 con respecto a 2014 de 6,37.

 

Así mismo, el Jefe de la Cartera Laboral recordó que hay que lograr en el menor tiempo posible cero accidentalidad, denunciar, poner el tema como prioridad en todo y en el trabajo de todos. "Tenemos que preocuparnos todos por la calidad de vida del trabajador", puntualizó.

 

En Colombia se accidentan 7 de cada 100 trabajadores y aun cuando esta tasa disminuyó en 2015 con respecto a 2014, al pasar de 7.7 a 7.4, se mantiene la cifra de 7 trabajadores accidentados desde hace más de 5 años.

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Las empresas públicas y privadas deben dotar de uniformes y calzado a todos los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos, con el fin de cumplir sus actividades laborales de manera segura y efectiva.

 

Así lo señala el Código Sustantivo del Trabajo (Art. 230) y el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo (Decreto 1072 de 2015).

 

La entrega de dotación debe realizarse tres veces al año, es decir, cada cuatro meses y de forma gratuita: El (30 de abril), el (31 de agosto) y el (20 de diciembre) para los trabajadores del sector privado. Para los del sector público solo varía la fecha de diciembre, la cual se realiza el 30 de diciembre.

 

También tienen derecho a esta prestación, los trabajadores del servicio doméstico y choferes de familia, como el trabajador que lleve más de tres meses laborando.

 

"Esta prestación no es salario, ni se sumará como factor del mismo en ningún caso", explicó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas.

 

Aclaró: "No tienen derecho los trabajadores transitorios y pierden el beneficio quienes le den una destinación diferente o no hagan uso de dicha dotación".

 

¿Qué elementos o implementos incluyen la prestación?
El personal tiene derecho a un par de zapatos y un vestido de labor, acorde para desempeñar una función o actividad determinada, es decir; deben ser adecuados a la naturaleza del trabajo ejecutado y al medio ambiente en que este se desarrolla.

 

Una vez entregados al trabajador, los elementos pasan a ser de su propiedad y no se puede exigir su devolución ni cuando finalice la relación laboral.

 

En el sector público las entidades definirán el tipo de calzado y vestido de labor correspondiente, teniendo en cuenta aspectos como: la naturaleza y tipo de actividad que desarrolla la entidad; la función que desempeña el trabajador; el clima, medio ambiente, instrumentos, materiales y factores vinculados directamente con la labor desarrollada, así lo precisa el Decreto 1978 de 1989.

 

El trabajador que reciba dicha prestación está obligado a utilizarlo en sus labores y no se puede compensar en dinero, pues está prohibido por la Ley.

 

Elementos de protección personal
En lo que tiene que ver con una actividad riesgosa, estos elementos de protección personal (EPP), adecuados se deben suministrar según la naturaleza del riesgo como cascos, botas, guantes y demás componentes que protejan al trabajador.

 

Igualmente, deben cumplir con los estándares de resistencia y duración, conforme a las normas de calidad que garanticen la seguridad del personal en los puestos o centros de trabajo que lo requieran, los cuales deben ser suministrados a todos los trabajadores del sector público y privado que los requieran sin perjuicio del salario que estén devengando.

 

Se entregarán desde el momento en que se desarrolle la actividad que implique el riesgo. Así mismo, se cambiarán cada vez que sea necesario, sin atender una periodicidad específica, siempre garantizando su debido funcionamiento.

 

En caso de que el derecho haya sido causado, por tratarse de una obligación indiscutible del empleador y esta no haya sido suministrada en las fechas establecidas por la norma, procederá en forma extemporánea su reconocimiento y pago directo de la misma en especie, siempre y cuando la obligación no haya prescrito y el empleado continúe laborando al servicio del empleador. En caso que el trabajador, por el contrario ya no esté al servicio del empleador, este y solo en este caso en particular, podrá reconocer tal prestación y será indemnizado.

 

DATO
El Ministerio del Trabajo podrá sancionar hasta con 5.000 salarios mínimos mensuales a las empresas privadas que incumplan con el reconocimiento de la dotación. Para las entidades públicas, los responsables del tema pueden ser objeto de procesos disciplinarios.

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El ministro del Trabajo, Lucho Garzón, acogió la propuesta que presentó el ministro del posconflicto, los Derechos Humanos y la Seguridad, Rafael Pardo, de destinar un pequeño porcentaje de los parafiscales de los gremios para financiar el Sistema de Riesgos Laborales, y así proteger a los trabajadores del campo que no cuentan con Seguridad Social.

 

Afirmó Pardo: El Plan de Desarrollo dio facultades al Gobierno para establecer la posibilidad de un régimen subsidiado en Riesgos laborales a trabajadores que no están en ese Sistema. Mi propuesta es que se haga esa reglamentación, pero que se busque una financiación en los fondos parafiscales, que por Ley tienen los distintos gremios de la producción agropecuaria.

 

Agregó que la población más desprotegida del país, son los trabajadores del campo, los gremios reciben cifras importantes en función del aporte a la economía nacional de cada producto y yo lo que digo es que se mire un pequeño porcentaje de estos fondos parafiscales que se usan para fomento, investigación, que de esos se financie ese Sistema de Riesgos Laborales subsidiado para trabajadores informales.

 

A su turno, el Ministro Lucho Garzón respondió: "Asumo y recojo esa propuesta suya como una tarea mía" y destacó que sería un esfuerzo de responsabilidad social por parte de las empresas para con los trabajadores del campo afectados por accidentes o enfermedades en razón de su trabajo.

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El Ministerio del Trabajo con el apoyo de la Asociación Colombiana de Empresas y Servicios Temporales (Acoset) elaboraron una Guía básica dirigida para las empresas de servicios temporales (EST) y los trabajadores en misión, para establecer las pautas y trabajar articuladamente en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

 

Las EST son las únicas autorizadas para colaborar temporalmente en la actividad misional de las empresas usuarias, para lo cual se envía por parte de la EST personas naturales como trabajadores en misión, a las dependencias de la empresa usuaria para ejercer el servicio temporal de colaboración contratado por éste. Así mismo, por estas labores está expuesto a los diferentes peligros en las empresas.

 

Según lo explicó el director Jurídico de la Asociación Colombiana de Empresas y Servicios Temporales (Acoset), Christian García: "Los trabajadores particulares al servicio de una empresa usuaria, más conocidos en misión, en muchas ocasiones quedaban desprotegidos porque se desconocía de quién era la responsabilidad de su seguridad. Con esta herramienta, nos permitirá que también, la empresa usuaria, se concientice cómo prevenir todo tipo de riesgo y peligro, tome los controles respectivos y los tenga en cuenta en la implementación del SG-SST, y prevenir posibles accidentes y enfermedades laborales".

 

Según lo reportó la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, "El 12.3 fue la tasa de accidentes en las empresas de servicios temporales el año pasado, la cual aumentó con respecto a 2014, cuando alcanzó el 10.7".

 

Mientras que la tasa de mortalidad en las empresas de servicios temporales disminuyó significativamente, al pasar de 4.3 (2014) a 2.6 (en 2015), así lo señaló la funcionaria.

 

Al igual que la Guía General de Implementación del SG-SST, esta segunda Guía contiene los paso diseñados para el proceso, pero con énfasis para este tipo de empresas de servicios temporales, su disponibinibilidad y actualización de los documentos en relación con el Sistema con cobertura a los trabajadores en misión.

 

Además, se deben actualizar la identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos, cada vez que ocurra un accidente de trabajo mortal o un evento catastrófico, cuando se presenten cambios en los procesos, en las instalaciones, en la maquinaria o en los equipos.

 

Para consultar la Guía haga clic aquí.

En un esfuerzo por agilizar su labor y hacerla eficaz, el Gobierno redujo los tiempos de convocatoria y conformación de los Tribunales de Arbitramento Laboral, mediante el Decreto 017 del 8 de enero de 2016.

 

Se aspira con ello a que los procesos a través de los tribunales de arbitramento sean rápidos, ágiles y cortos en el tiempo, ya que actualmente estos pueden durar más de dos años.

 

Los Tribunales de Arbitramento Laboral es una de las dos opciones que quedan después del fracaso de una negociación colectiva. La otra es la huelga.

 

La convocatoria de los Tribunales de Arbitramento Laboral la hace el Ministerio del Trabajo. En los últimos 3 años se han citado alrededor de 380 Tribunales de Arbitramento, de los cuales sólo fueron proferidos 130 fallos, es decir, sólo una tercera parte. "Lo que significa que el porcentaje de estas convocatorias a tribunales no tienen mayor éxito ni son rápidos", afirmó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas.

 

De acuerdo con las facultades que le otorgó el Gobierno Nacional mediante decreto 017 de este año, las partes cuentan con tres días para entregar al Ministerio del Trabajo la solicitud de convocatoria del Tribunal de Arbitramento, la que deben acompañar con todos los documentos que se requieren para proceder al trámite.

 

Éste inmediatamente comunicará a los árbitros designados para su posesión, la que no debe demorarse más de tres días. Si las partes no se ponen de acuerdo para definir el tercer árbitro, el Ministerio del Trabajo lo designará a través de un sorteo público de la lista de árbitros que periódicamente envía la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

 

Una vez designados y posesionado los tres árbitros, el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección expedirá resolución de la convocatoria e integración del Tribunal, en un término no mayor a 8 días.

 

Además, se hará una vigilancia sobre los árbitros renuentes para evitar dilaciones al trámite. Así mismo, para dar mayor celeridad, se buscará informar todos los actos administrativos por vía electrónica y se llevarán los archivos de expedientes por esta medio.

 

"Con esta decisión tanto empresarios como sindicatos buscarán una negociación directa a través de la cual haya interlocución para que se firmen las convenciones colectivas y evitar llevarlo a instancias de los tribunales", manifestó el Viceministro Borda.

 

Este medida se adopta mediante Decreto 017 de enero del presente año, dando además facultades al Ministerio del Trabajo para la aplicación de unidad en la integración de los Tribunales de Arbitramento, la designación de los árbitros en caso de renuencia de las partes y de la lista de los árbitros que envíe la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia cuando se trate de conflictos laborales colectivos.

 

Para conocer el Decreto 017 completo, haga clic aquí.

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