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Luego de un análisis basado en las evidencias existentes de buenas prácticas para la salud de los trabajadores colombianos, el Ministerio del Trabajo, actualiza 10 Guías de Atención Integral en Seguridad y Salud en el Trabajo (GATISST).

 

Las guías exponen cuáles son los pasos adecuados que se deben realizar al trabajador para prevenir ciertas enfermedades o las ya existentes y mirar cuál es el tratamiento más adecuado para recuperar al trabajador con enfermedades como asma ocupacional, dolor lumbar, dermatitis, cáncer de pulmón, hombro doloroso, neumoconiosis, derivados de exposición a trabajos de rocas silíceas, polvo de carbón y a los asbestos; hipoacusia del ruido; bencenos utilizados en fábricas de pinturas, pegantes e industria química; organofosforados o manipulación y contacto con plaguicidas de alta toxicidad; y desórdenes musculoesqueléticos.

 

El titular de la Cartera Laboral, Luis Eduardo Garzón, destacó: "Este es un trabajo mancomunado y articulado con todos los actores claves del Sistema de Riesgos Laborales como trabajadores, pacientes, academia, sociedades científicas, administradoras de riesgos laborales (ARL), prestadores de servicios y empleadores, nos pone a la vanguardia a nivel internacional con acciones efectivas y seguras en beneficio de la salud de los trabajadores y orientadas a generar impacto positivo en el Sistema".

 

Luego de un trabajo continuo durante un año y con el apoyo del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS), hoy fueron presentados los resultados de la actualización de las Guías con la participación de cerca de 250 asistentes.

 

Según lo explicó la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, las 10 guías no se actualizaban desde hacía cinco años: "Serán aplicables a todas las actividades productivas, en el marco de un Sistema de Gestión Integral del Riesgo y teniendo en cuenta las precisiones técnicas requeridas de acuerdo con las características del contexto en el que se apliquen, con el objetivo de orientar a todos los actores involucrados para llevar actividades generales de prevención, vigilancia, diagnóstico e intervención ocupacional".

 

Para asegurar la transparencia del proceso y la participación de todos los involucrados en el tema se cumplió con todos los procedimientos y políticas. Se tuvieron en cuenta las recomendaciones de expertos, en cuento a las competencias y los posibles conflictos de interés en cada uno de los actores, primando el interés tanto de los pacientes como de los trabajadores, con un enfoque preventivo y siguiendo la metodología definida por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de Guías de Práctica Clínica.

 

Para consultar los avances, haga clic aquí.

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La formalización de los trabajadores colombianos tiene implicaciones como la vinculación al Sistema General de Seguridad Social y la realización del contrato de trabajo, como regulación especial de la relación de los trabajadores. Esta es la principal conclusión del panel "Por la Formalización del Empleo", que se realizó en el marco de la celebración del Día del Trabajo Decente.

 

El Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda, planteó aspectos generales de la formalización del trabajo subordinado y desde las relaciones laborales, labor que se hace desde la Inspección Vigilancia y Control con las empresas que tiene trabajadores con contrato de trabajo.

 

Recordó que "A partir de los elementos esenciales del contrato de trabajo, del art. 23 C.S.T., se perfecciona la relación de trabajo. El contrato puede ser manifiesto, o generarse con ocasión de la aplicación de la presunción del art. 24 C.S.T.; circunstancia que hace que la relación laboral tenga unas características particulares".

 

Borda, explicó que existen otras formas contractuales que, en su ámbito de regulación, afectan el trabajo, como es el régimen de las Cooperativas de Trabajo Asociado, el Contrato Sindical y el de las Empresas de Servicios Temporales.

 

En cuanto a los empresarios y sindicatos, señaló "Ninguna figura contractual puede ser utilizada para vulnerar los derechos laborales, esto es, los derechos derivados de la relación de trabajo, contenidas en el Código Sustantivo del Trabajo", al tiempo que resaltó la importancia de los Acuerdos de Formalización, establecidos en la Ley 1610 de 2013.

 

Por su parte, el Viceministro de Empleo y Pensiones, Luis Ernesto Gómez, puntualizó "La realidad de la sociedad colombiana nos pone de presente que el trabajo es una actividad que se desarrolla de muchas formas, además de la del trabajo subordinado. Muchas personas trabajan de manera independiente, por cuenta propia, o de manera autónoma, y las nuevas dinámicas económicas y tecnológicas muestran que las relaciones económicas, a través de los desarrollos tecnológicos, plantean nuevos desafíos para la consecución del Trabajo Decente, aplicable a los trabajadores independientes".

 

Así mismo, compartió que la formalización, desde este enfoque, se plantea como la vinculación de los trabajadores independientes, autónomos o por cuenta propia, se lleva a cabo mediante la afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral: Pensiones, Salud y Riesgos Laborales.

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El presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, presentó el nuevo modelo de Protección Social que contempla Cotización por Semanas, Pensión Familiar y Beneficios Económicos Periódicos -BEPS.

 

"Este Gobierno ha hecho un gran esfuerzo por diseñar mecanismos y programas que le permitan a todos los colombianos contar con un futuro menos incierto, con protección y bienestar, de eso se trata este nuevo modelo, de aumentar la cobertura del Sistema Pensional", explicó el presidente Olivera.

 

Colpensiones cuenta actualmente con más de seis millones de afiliados y aproximadamente 1.200.700 pensionados, quienes han confiado su futuro y bienestar en la nueva administradora de pensiones del Estado.

 

Asímismo, el Mauricio Olivera resaltó que las personas del Sisbén se pueden beneficiar de BEPS y Colombia Mayor al mismo tiempo, para aumentar sus ingresos al llegar a la edad de retiro.

 

Nuevo Modelo de Protección Social
Beneficios Económicos Periódicos, BEPS: actualmente este nuevo programa de ahorro cuenta con más de 100 mil afiliados del Sisbén 1, 2 o 3, quienes no cuentan con los ingresos suficientes para aportar a pensión. Con BEPS los trabajadores pueden ahorrar lo que puedan, cuando quieran y al llegar a la edad de retiro el Estado aportará un 20% más.

 

Pensión Familiar: las parejas, quienes individualmente no cumplan con el requisito de las semanas y pertenecen al Sisbén 1 y 2, podrán sumar sus semanas cotizadas para obtener una pensión de vejez.

 

Cotización por Semanas: las personas que trabajan por días podrán aportar a pensión sólo por las semanas laboradas.

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La planta de personal de 904 inspectores del trabajo quedó al ciento por ciento y en funcionamiento, lo que permitirá que "Esta labor en Colombia sea eficaz para la protección de los derechos de los trabajadores". Así lo afirmó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo, Enrique Borda Villegas.

 

El Viceministro precisó que en casi cuatro años, en que esta Cartera fue reorganizada, el número de funcionarios inspectores de trabajo aumentó gradualmente de 424 en 2011 a 904 a nivel nacional en el presente año, lo que representa, un incremento del 113 por ciento, con el fin de fortalecer la inspección del trabajo para afrontar cambios y proteger los derechos de los trabajadores en el país, sobre todo aquellos cuyas condiciones laborales son más difíciles o vulnerables.

 

Los 904 inspectores que hay en el país son especializados en tercerización laboral, trabajo infantil y poder preferente.

 

"En el marco de los avances que adelanta la cartera del trabajo en materia de inspección laboral y derechos de los trabajadores nos permitirá avanzar en concertación social, que garantice el respeto y vigencia de los derechos laborales, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ratificación del Convenio 81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relacionado con la inspección de trabajo y cumplimiento de las normas de protección laboral, así como desarrollar las relaciones laborales de manera ordenada y constructiva", manifestó el Viceministro Borda.

 

Todos los inspectores de trabajo cumplen funciones de control o policía administrativa laboral y están facultados para realizar labores de inspección, vigilancia y control para acatar las normas laborales, entre ellas, las del Sistema General de Riesgos Laborales y de Pensiones, así como el derecho de asociación sindical.

 

Igualmente, proporcionan asesoría técnica a los trabajadores, empleadores y usuarios del sistema y realizan visitas de carácter preventivo en los centros de trabajo e imponen sanciones establecidas en el régimen legal vigente, tareas que hacen parte del Ministerio del Trabajo.

 

Las principales causas de sanciones que puede imponer un inspector de trabajo en las visitas a las empresas son por incumplimiento al reglamento de trabajo, accidentes y muertes laborales, despidos, cierre o suspensión no autorizado, no atención a los requerimientos del Ministerio, no consignación de cesantías, no pago de salarios, dotación y de prestaciones sociales y riesgos laborales, por intermediación laboral sin autorización y violación a las normas de seguridad y salud en el trabajo.

 

"Un inspector puede ir a hacer averiguaciones a las empresas y dependiendo de la investigación que realicen, abre un proceso sancionatorio que puede terminar con una multa que hoy llega a 5 mil salarios mínimos, es decir; más de 3 mil millones de pesos", aseguró Enrique Borda.

 

1.494 sanciones fueron ejecutoriadas a empresas y personas naturales por violación a las leyes laborales en 2013 por $36.092 millones. El año pasado 96 sanciones fueron impuestas, lo que representa cerca de 32 mil millones de pesos. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo busca disminuir estas sanciones con acciones preventivas y promoviendo la formalización laboral.

 

Así mismo, los inspectores han intervenido en sectores críticos a nivel sectorial y regional de tercerización laboral en puertos, minas e hidrocarburos, flores, azúcar y en el sector palmero.

 

El Ministerio del Trabajo con el apoyo de cooperación técnica de la OIT capacitó a los inspectores y auxiliares en temas relacionados con procedimiento administrativo y sancionatorio, formalización del empleo e intermediación laboral, derecho colectivo y solución de conflictos y competencias de inspección, vigilancia y control.

 

Para continuar mejorando la labor de los inspectores de trabajo, la cartera laboral con la cooperación técnica de la OIT desarrolla un Sistema informático que permitirá hacer un control y seguimiento efectivo en las investigaciones que adelantan los inspectores, el análisis de información para la toma de decisiones y el mejoramiento de los informes, reportes y estadísticas, fundamental para las labores en tiempo real que realizan los inspectores de trabajo.

Todos los trabajadores independientes por cuenta propia que devenguen más de 1 salario mínimo mensual legal, podrán afiliarse voluntariamente al Sistema General de Riesgos Laborales.

 

El Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Riesgos Laborales, junto con los ministerios de Salud y Hacienda, construyen un proyecto de decreto que busca reglamentar dicha afiliación voluntaria para trabajadores independientes por cuenta propia que ejercen cerca de 200 ocupaciones u oficios más representativos con el objetivo de mejorar sus condiciones de trabajo y salud.

 

Actores, artesanos, comerciantes, conductores y propietarios de vehículos, jardineros, escritores, sastres, carpinteros, camareros, mecánicos, operarios de mantenimiento, panaderos, plomeros, ayudantes de construcción, deportista y recicladores, son algunas de las ocupaciones que se beneficiarán con la medida.

 

Andrea Torres Matiz, directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo indicó: "La persona que se incorpore deberá estar previamente afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones y una vez afiliado, su cobertura será inmediata".

 

También señaló que la afiliación la hará el trabajador independiente a través de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) que escoja. La cotización será asumida en su totalidad por el trabajador a través de la Planilla Integrada de Autoliquidación de Aportes (PILA), la cual será ajustada por el Ministerio de Salud para que el trabajador efectúe el pago en los términos y plazos señalados en la autoliquidación, de manera anticipada, precisando tiempo, modo y lugar en el cual se desarrollará la actividad, así como la clase de riesgo y dependiendo de la ocupación u oficio, se determinará la asignación de la tarifa.

 

Esta nueva afiliación se suma a la de los trabajadores independientes que en forma voluntaria y colectiva actualmente se vinculan al Sistema de Seguridad Social Integral a través de las asociaciones y agremiaciones.

 

Igualmente, obligatoriamente están afiliadas las personas que tienen un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, y los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.

 

Para participar con sugerencias o comentarios sobre esta propuesta ingrese al siguiente enlace: http://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/participe-en-la-construccion-de-leyes-decretos-o-normatividad.html

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A junio de este año ya son 115 mil 600 trabajadores del servicio doméstico que se encuentran afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con el registro de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes revelado por el Ministerio del Trabajo. Hace algo más de dos años el número apenas llegaba a 8 mil.

 

Con el propósito de promover que más personas que realizan labores propias del servicio doméstico se afilien en el menor tiempo posible al Sistema Integral de Seguridad Social, el Ministerio del Trabajo, realizó una Jornada de sensibilización dirigida a empleados y trabajadores del sector.

 

Se considera trabajador del servicio doméstico a toda persona natural, que a cambio de una remuneración, presta su servicio de manera directa, habitual y bajo continuada subordinación o dependencia, a una o varias personas naturales, para la ejecución de tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños y demás labores propias del hogar del empleador. Incluye también a las personas que se desempeñan como conductores, jardineros y cuidadores de fincas.

 

Las personas que prestan este tipo de servicios, pueden hacerlo bajo dos modalidades: externos e internos, diferencia que determina la aplicación de la jornada máxima legal de trabajo, así:

 

Los internos cumplirán una jornada laboral diaria de 10 horas como máximo, descanso remunerado dominical o festivo, y derecho a los recargos por trabajo suplementario o de horas extras, así como por trabajo en día de descanso obligatorio.

 

Los externos desempeñarán una jornada laboral diaria de 8 horas como máximo, descanso remunerado dominical o festivo, y derecho a recargos por trabajo suplementario o de horas extras, así como por trabajo en día de descanso obligatorio.

 

Los trabajadores del servicio doméstico tienen derecho a las prestaciones sociales establecidas por la legislación laboral: auxilio e intereses de cesantías, vacaciones, calzado y vestido de labor, así como a la afiliación a los Sistemas General de Seguridad Social Integral y de Subsidio Familiar. En el caso de los trabajadores externos, cuentan con el derecho al auxilio de transporte.

 

El salario que devenguen los trabajadores domésticos no podrá ser inferior al salario mínimo, y puede acordarse en el contrato de trabajo que se reconocerá una parte de ese salario en especie, concretamente en el caso de los internos, por concepto de habitación y alimentación.

 

En caso de pactarse salario en especie, la proporción correspondiente debe sujetarse a las proporciones establecidas por la ley: en el caso del salario mínimo, el salario en especie puede corresponder hasta al 30% del total de la remuneración; en el caso de salarios superiores al mínimo, puede corresponder hasta el 50% de la remuneración.

 

Por efecto del Decreto 721 de 2013, que permite la afiliación a las Cajas de Compensación Familiar de los trabajadores del servicio doméstico, se han beneficiado 115 mil 607 empleados de ese sector, según datos de la Superintendencia de Subsidio Familiar.

 

¿Por qué existen dudas, mitos o vacíos?
En cuanto a Seguridad Social los empleados del servicio doméstico tienen los mismos derechos que todo trabajador, es decir, estar afiliados al sistema de pensiones, salud, riegos laborales y cajas de compensación familiar.

 

En la realidad, muchos hogares contratan el servicio doméstico por algunos días en la semana, para ajustarse a esta realidad el Ministerio del Trabajo estableció ─a través del decreto 2616 de 2013─ la opción de realizar la cotización a la seguridad social por periodos inferiores a un mes, siendo así un esquema flexible que permite proteger al trabajador.

 

Dadas estas condiciones y formas de contratación, se presentan dos posibilidades de afiliación y cotización para el servicio doméstico.

 

Trabajadores de tiempo completo

Para los trabajadores del servicio doméstico que laboran tiempo completo, las cotizaciones a seguridad social por un SMMLV ($ 644.350 para 2015) son las siguientes:

 

1

 

Trabajadores en tiempo parcial:
De acuerdo con el decreto 2616 de 2013, los trabajadores dependientes que se contraten por tiempos inferiores a un mes podrán afiliarse y cotizar de acuerdo con los días trabajados, para el caso los trabajadores deberán estar afiliados al régimen subsidiado en salud y las cotizaciones (por un SMMLV) las podrán realizar así:

 

2

 


En cuanto a la liquidación de cesantías, intereses de cesantías y vacaciones, se puede utilizar la calculadora laboral que aparece en la página del Ministerio del Trabajo, con la cual tanto el empleador como el trabajador pueden informarse de los montos a pagar.

http://www.mintrabajo.gov.co/calculadora-laboral.html

 

Igualmente, si requieren consulta personalizada pueden contactar a un inspector laboral a través de la línea 120 de COLOBORA desde un celular.

 

Para cotizar por más de 21 días laborados por un trabajador del servicio doméstico, las contribuciones equivalen a las de un salario mínimo legal vigente que para el caso del año 2015, es de 644.350 pesos.

El ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, advirtió a las Administradoras de Riesgos Laborales que la salud y los riesgos laborales de los trabajadores "No pueden ser un negocio".

 

"La vida de un trabajador no puede volverse como la póliza de un carro", afirmó Garzón en el marco de un debate que se realizó en la Comisión Primera del Senado sobre las políticas de riesgos laborales en Colombia.

 

"Ojo la salud no es un negocio, la accidentalidad y los riesgos de los trabajadores menos", recalcó tras señalar que la cartera a su cargo viene implementando normas para modernizar el Sistema de Riesgos Laborales, las que incluso han sido aprobadas en el Congreso.

 

Garzón aclaró que no está en contra del sector privado, pero es claro que no hay por qué lucrarse con los dramas y la situación social de los colombianos.

 

Así mismo, el Ministro del Trabajo calificó de gravísimo el hecho de que en Colombia mueran al año 540 personas como consecuencia de accidentes laborales. Por eso celebró que temas como este sean hoy centro del debate en el país y no permanezcan en la indiferencia por parte del Gobierno, las instituciones y la sociedad.

 

Garzón recordó que el mundo cambió desde que se creó la Ley 1562 de 2012, que ha permitido una cobertura más amplia en materia de riesgos laborales para los trabajadores, en la medida en que se pueden afiliar al Sistema como trabajadores independientes o que tengan cualquier tipo de vinculación laboral.

 

El jefe de la Cartera Laboral agregó, que a las Administradoras de Riesgos Laborales se les continúa pidiendo explicación de qué pasa con esos 540 muertos y se les está exigiendo que no solo cumplan con la responsabilidad del aseguramiento, sino que piensen y encaminen sus esfuerzos en función de los trabajadores.

 

Finalmente, el Ministro Garzón, dialogó con representantes de los trabajadores de Chiclets Adams, Coca-Cola, Drummond y algunas petroleras privadas que asistieron al debate que promovió el senador Alexander López.

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Colombia y Guatemala suscribieron un acuerdo de intercambio de cooperación y de asistencia técnica en materia laboral para hacer frente a los nuevos desafíos originados en las nuevas relaciones laborales y comerciales.

 

El Memorando de Entendimiento fue firmado por el Ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, y su homólogo de Guatemala, Carlos Doménico Ulbán López, acto simbólico, que tuvo lugar en el Consejo directivo del Sena, con la presencia del embajador de Guatemala en Colombia, Iván Espinoza Farfán; el director de la entidad, Alfonso Prada, los presidentes de las centrales sindicales y gremios.

 

El objetivo de este acuerdo busca aumentar la eficacia de las políticas y acciones dirigidas a la promoción de trabajo digno, mejora de las condiciones laborales y la promoción de los principios laborales contenidos en la OIT.

 

Este acuerdo facilitará desarrollar herramientas que permitan a los Ministerios del Trabajo, el ejercicio de un rol activo en el mundo actual y en la búsqueda de conocimientos y prácticas capaces de integrar las dimensiones económicas y sociolaborales de las políticas nacionales y regionales.

 

El Ministro Garzón sostuvo que en materia de paz y posconflicto Guatemala está en el centro del país y estamos aprovechando su experiencia y así lo seguiremos haciendo al máximo en estos temas.

 

Garzón también destacó el tripartismo:"Que es deliberación permanente para buscar acuerdos comunes sobre empleo y formación del talento humano para el trabajo de los colombianos a través del Sena".

 

Dentro de la cooperación habrá intercambio de buenas prácticas que les permita fortalecer la promoción de la empleabilidad y protección de los derechos laborales de trabajadores locales y migrantes.

 

Entre los compromisos asumidos también se incluye el intercambio de experiencias en materia de políticas de empleo, diseño de estrategias que mejoren los mecanismos de empleabilidad a través de la capacitación y el apoyo a micro emprendimientos, la protección de los derechos laborales, especialmente orientados a jóvenes, mujeres jefes o cabeza de hogar, personas con discapacidad, agricultores, informales y demás personas de grupos de atención prioritaria.

 

"Guatemala juega un papel estratégico por las relaciones comerciales y su historia con Centroamérica, y el Sena recibirá todo su experiencia para mejorar cada vez más el talento de los trabajadores de los dos países", anotó Alfonso Prada, director del Sena.

 

Igualmente, habrá intercambio de experiencias en materia de erradicación del trabajo infantil, teniendo en cuenta poblaciones indígenas y buenas prácticas en materia de Teletrabajo, equidad Laboral y sello Equipares, con el fin que sean replicadas en cada país.

 

El convenio también permitirá intercambiar experiencias de negociación colectiva en el sector público, de diálogo Social con los distintos sectores como empleadores, trabajadores, sociedad civil, inspecciones a centros de trabajo, vigilancia y control; y con la Comisión Especial de Tratamiento de Conflictos – CETCOIT, encargada de atender los problemas en temas regulados por los convenios de la OIT, en cuanto a libertad Sindical.

 

El acuerdo tendrá una vigencia de dos años, renovables automáticamente. Colombia y Guatemala se reunirán de manera regular para supervisar su aplicación y el desarrollo de las actividades y compromisos.

 

Esta visita del alto funcionario de Guatemala finaliza mañana con la presentación de algunas experiencias que han permitido que Colombia sea un caso de progreso, y reconocimiento por la Organización Internacional del Trabajo, OIT.

 

Colombia ha firmado estos Memorandos de Entendimiento también con Ecuador y Perú y El Salvador.

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Al conmemorarse el Día Internacional del Trabajo Doméstico, desde el Ministerio se recordó que se considera como trabajadores del servicio doméstico a todo el personal que labora para un hogar e incluye choferes, jardineros y cuidadores de fincas, los que tendrán una jornada laboral de 10 horas como máximo y con derecho a un día de descanso remunerado si han laborado 6 días a la semana, a pago de dominicales, festivos y horas extras.

 

Así mismo, se mencionó que según las normas laborales se han reconocido los derechos de esta población señalando que tienen derecho a cesantías, intereses a la cesantía, vacaciones, calzado y vestido de labor. De no habitar en el lugar de la prestación del servicio, también tienen derecho a auxilio de transporte.

 

El salario que devengarán los trabajadores domésticos es el correspondiente como mínimo al de salario mínimo establecido. Si se requiere pago en especie, por ejemplo, lo relacionado con habitación y alimentación, solo se puede pactar el 30% de dicho salario.

 

En cuanto a la protección y Seguridad Social, este sector de la población debe estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud, pensiones, riesgos laborales y adicionalmente, con el Decreto 721 de 2013, a las Cajas de Compensación Familiar para ser beneficiarias de los servicios de educación, recreación, turismo, bono de subsidio familiar, subsidio de vivienda y ser parte del Mecanismo de Protección al Cesante.

 

Finalmente, precisó el Ministerio de Trabajo que si la persona trabaja por días, según el Decreto 2616 de 2013 permite que se efectúe la cotización a pensiones, riesgos laborales y caja de compensación de acuerdo a los días laborados a la semana, subsistiendo la afiliación al régimen subsidiado de salud.

 

Para más información, consultar la cartilla del Servicio Doméstico del Ministerio del Trabajo, haciendo clic aquí.

A mayo de 2015, 9 millones 288 mil 829 colombianos estaban afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, (SGRL), según lo dio a conocer la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, en el seminario "Implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, SG-SST".

 

En el encuentro dirigido a empleadores del sector público y privado, se compararon las cifras con el mismo periodo de 2014, que registró 8 millones 621 mil 759 afiliados, es decir, 667.070 nuevos afiliados, que representa un aumento del 8 por ciento. En 2013 la cifra alcanzó los 8 millones 306 mil 924 trabajadores incorporados al sistema.

 

Con respecto al departamento del Magdalena se reporta un aumento de afiliados a riesgos laborales. A mayo se registraron 97 mil 222 afiliados, 3 mil 349 accidentes laborales y 3 muertes.

 

Los sectores que registran mayores casos de accidentalidad y muertes en el departamento son agricultura, inmobiliario, construcción y transporte.

 

Durante el encuentro también se presentaron los beneficios del Sistema de Riesgos Laborales como prestaciones económicas y asistenciales al trabajador afiliado para cubrir las consecuencias derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad laboral, acompañadas de actividades de promoción del bienestar laboral y medidas de prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

 

La funcionaria resaltó que la cartera laboral ha venido modificando el SGRL con el fin de ampliar la cobertura de trabajadores afiliados al sistema así como del informal dentro de las 10 Administradoras de Riegos Laborales (ARL) que funcionan en el país.

 

El mayor número de afiliados está en la ARL pública, que es Positiva de Seguros con el 40%, otro 40% se encuentra en otras tres ARL privadas, según reportes a diciembre de 2014 y suministrados por las ALR al Ministerio del Trabajo.

 

En el seminario participaron cerca de 400 personas entre jefes de talento humano, planeación, responsables del área del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo y los integrantes del Comité Paritario de la Seguridad y Salud en el Trabajo de 25 microempresas, 64 pequeñas, 48 medianas y 38 grandes empresas de la región.

 

Los próximos seminarios se llevarán a cabo en Ubaté (Cundinamarca) e Ibagué el 24 de julio; en Manizales, Barranquilla, Popayán, Armenia, Puerto Asís y Socorro el 28 de julio.

 

El 29 en Bucaramanga, San Gil y Pereira; y el 30 y el 31 de julio en Cúcuta y Neiva.

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