Hasta el 22 de mayo el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con sistemas de pago de bajo valor y las actividades vinculadas con estos servicios, y se dictan otras disposiciones”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en lo relacionado con el ofrecimiento y prestación de servicios de órdenes de pago y transferencias de fondos por parte de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito”.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 22 de mayo de 2024 hasta las 12 de la noche.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

La DIAN sigue implementado mejoras en materia de facilitación de procesos y trámites para los Organismos de Acción Comunal y otras organizaciones populares.

Además de la atención prioritaria que dichas organizaciones están recibiendo en todos los puntos de atención del país, la entidad ha tomado nuevas decisiones para facilitar el cumplimiento del suministro de información en el Registro Único de Beneficiarios (RUB).

Por medio de la presente circular se establecen las siguientes medidas:

Se realizarán mesas de trabajo entre la DIAN, los Organismos de Acción Comunal y el Ministerio del Interior, para que la presentación de este reporte sea diferencial, de acuerdo con las condiciones particulares de los organismos comunales.

La DIAN expedirá una resolución mediante la cual ampliará el plazo hasta 31 de enero de 2025 para que los Organismos de Acción Comunal que se determinen puedan cumplir con la obligación de inscribirse en el Registro Único de Beneficiarios – RUB.

La DIAN generará campañas pedagógicas e informativas para sensibilizar y orientar a los organismos comunales en la presentación oportuna del reporte de RUB. Especialmente aclarando el tema de las sanciones, pues se ha tenido conocimiento de personas inescrupulosas que han desinformado a los comunales con el fin de generar pánico.

Recuerde que los trámites ante la DIAN son gratuitos y no requiere pago alguno ni intermediarios.

Para cualquier pregunta, queja o denuncia, las organizaciones pueden comunicarse al teléfono 601 307 8064 y seleccionar la opción 'organizaciones populares'.

Para información general sobre trámites, pueden consultar la “Guía de obligaciones tributarias para Organismos de Acción Comunal y Organizaciones Populares".

Para conocer la Circular 001, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 0124 del 6 de mayo de 2024, por el cual responde a una consulta sobre la Vigencia Decreto 2649 de 1993, Normas de Información Financiera.

Para conocer el Concepto 0124, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 18 de mayo de 2024 el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifican los artículos 2.6.7.11.2., 2.6.7.11.3. y 2.6.7.11.4. del Capítulo 11 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, que regula la línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a financiar proyectos y capital de trabajo en el sector energético para eficiencia, generación, comercialización, distribución, transmisión y almacenamiento y de crédito directo con tasa compensada a las entidades territoriales para la ejecución de proyectos energéticos viabilizados”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 0550 de 2 de mayo de 2024, el Departamento Administrativo de la Función Pública reajusta la asignación mensual para los miembros del Congreso de la República para el año 2024.

Para conocer el Decreto 550, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 0549 de 2 de mayo de 2024, por el cual se ajustan los anexos de Asignaciones Directas del presupuesto del bienio 2023-2024 del Sistema General de Regalías.

Para conocer el Decreto 549, haga clic aquí.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de Colombia Productiva y con el apoyo de Biointropic, anunciaron la puesta en marcha de la primera estrategia integral enfocada en el desarrollo industrial de los sectores de cannabis y cáñamo que se haya adelantado en el país.

Con una inversión inicial de $5.000 millones, se busca aprovechar el potencial que tienen estos sectores para el desarrollo y producción de bioinsumos agrícolas, cosméticos, textiles, empaques, materiales para la construcción, productos veterinarios, alimentos, bebidas y productos medicinales, entre otros, cuya demanda es cada vez más alta en el mercado internacional.

Para esto, con el programa ‘Desarrollo productivo de las industrias del cannabis y el cáñamo’ se trabajará en cuatro frentes: formación especializada a por lo menos 3.000 personas que trabajen con estos sectores y una bolsa de 2.250 millones de pesos para la cofinanciación de al menos 30 proyectos de encadenamiento productivo. Además, ruedas de conexión para afianzar relaciones comerciales, y generación de estudios especializados que ayuden a los empresarios de estos sectores a tomar decisiones adecuadas para el crecimiento de sus negocios.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, señaló que “la demanda internacional en estos sectores viene en aumento y esto representa una gran oportunidad para Colombia. Hemos identificado a más de 200 actores públicos y privados que pueden ayudar a potenciar estas industrias en departamentos como Atlántico, Antioquia, Santander, Cundinamarca, Tolima, Quindío, Cauca, Valle del Cauca y Meta, regiones en las que la transformación del cannabis y el cáñamo pueden jalonar el desarrollo social, económico, científico y tecnológico”.

El ministro agregó que “con este programa que estamos lanzando, buscamos aprovechar estas oportunidades, en línea con nuestra apuesta por la agroindustria y la diversificación de la matriz productiva en los territorios, parte de la Política de Reindustrialización que tenemos en marcha en el gobierno del presidente Gustavo Petro Urrego”.

Por su parte Hernán Ceballos, gerente general de Colombia Productiva, indicó que “con el programa ‘Desarrollo productivo de las industrias del cannabis y el cáñamo’ buscamos contribuir a superar los retos que enfrentan estos sectores para consolidarse en el mercado”.

Agregó que en el Gobierno del Cambio “abordaremos acciones para mejorar la integración entre cultivadores, transformadores y comercializadores en la cadena productiva; fortalecer conocimientos y capacidades técnicas para el desarrollo de la industria; promover la coordinación entre el sector público y privado; incentivar la inversión en proyectos productivos innovadores y sostenibles; y mejorar la productividad, la calidad; entre otros temas clave para la búsqueda y aprovechamiento de nuevas oportunidades comerciales para estos sectores”.

Formación, cofinanciación, ruedas de conexión e inteligencia sectorial, los pilares de la estrategia

Como parte del programa ‘Desarrollo productivo de las industrias del cannabis y el cáñamo’, en 2024 y con el apoyo de la firma especializada Biointropic, se trabajará bajo cuatro enfoques:

1. Convocatoria de cofinanciación de proyectos productivos: se dispondrá de $2.250 millones para cofinanciar al menos 30 proyectos de encadenamientos productivos que involucren al menos 100 unidades productivas (hasta $75 millones por iniciativa). Podrán ser proyectos de desarrollo de prototipos y productos, validaciones precomerciales, adecuación de procesos para mayor sostenibilidad y eficiencia, estudios de eficacia y paquetes tecnológicos agrícolas, en sectores como bioinsumos agrícolas, cosméticos, textil y confección, materiales (como construcción y empaque), productos para mascotas, alimentos y bebidas y medicinal, entre otros.

2. Convocatoria de formación: entrenamiento práctico a 3.000 personas. Busca contribuir en la actualización de conocimiento e información clave para el talento humano de las industrias del cannabis y el cáñamo, incluyendo: aspectos generales, nuevos usos y aplicaciones del cáñamo, mercado, nuevos modelos de negocio, instrumentos financieros y sostenibilidad.

3. Ruedas de conexión: se realizarán dos espacios para generar contactos de alto valor y propiciar la interacción y encadenamientos entre los actores de las industrias. El primero estará enfocado en conocer los actores clave del ecosistema para gestar potenciales encadenamientos; y el segundo, conectar las soluciones de los proyectos productivos cofinanciados con clientes y/o aliados potenciales.

4. Inteligencia sectorial: estudios de mapeo y de análisis de capacidades técnicas para el desarrollo de la industria en los territorios, incluyendo información actualizada sobre el estado y las capacidades de estas industrias, comportamiento de los sectores y sus proyecciones de crecimiento, tendencias, retos, oportunidades, mejores prácticas y casos de éxito, entre otros.

Para participar en las convocatorias o conocer más del proyecto, se puede visitar la página de Colombia Productiva.

Demanda mundial de cannabis y cáñamo ascenderá a los 22.360 millones de dólares

Las industrias del cannabis y el cáñamo tienen un gran potencial para el desarrollo de productos sofisticados, en línea con el objetivo de la Política de Reindustrialización de aumentar la diversificación y sofisticación de la matriz productiva colombiana. Con base en estos insumos se pueden producir productos medicinales, cosméticos, bebidas y alimentos, suplementos dietarios para uso humano y animal, materiales para construcción y empaque, textiles y confección y productos para uso veterinario, entre otros.

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, Colombia hoy cuenta con más de 57.000 hectáreas de cultivos legales de cannabis y más de 3.000 licencias otorgadas para uso de semilla para siembra, cultivo de plantas y transformación de cannabis medicinal.

La Superintendencia de Sociedades estableció un periodo de transición hasta el 31 de mayo de 2025 para que las Cámaras de Comercio y ESALES ajusten e implementen un SAGRILAFT y un PTEE, en los términos dispuestos en los Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica de esta Entidad.

Durante el periodo de transición, la Superintendencia de Sociedades dispondrá de los mecanismos de atención, capacitación, pedagogía y acompañamiento permanente que estime necesarios, a fin de orientar a los nuevos Sujetos Obligados para que puedan dar cumplimiento a esta directriz.

Es importante precisar que durante ese lapso no se exigirá el cumplimiento de las obligaciones inherentes al SAGRILAFT y un PTEE, sin perjuicio de que estas entidades dispongan su implementación antes de la fecha en mención – 31 de mayo de 2025 -.

La Superintendencia de Sociedades procura que los Sujetos Obligados sean quienes asuman directamente las disposiciones de la nueva Circular Externa, sin incurrir en costos o gravámenes adicionales que impacten sus propias finanzas y capacidad patrimoniales y en el entendido en que la implementación no debe generar costos significativos para los nuevos Sujetos Obligados.

Al respecto, el Superintendente de Sociedades Billy Escobar señaló que, “las cámaras de comercio del país deben ser un referente de excelencia para las empresas en la lucha contra la corrupción, con lo cual además se contribuye a la sostenibilidad de los entes camerales y ESALES. Por esta razón, nuestra misión será la de acompañar y orientar gratuitamente a estas entidades en el periodo de transición para la preparación e implementación de los procedimientos tendientes al cumplimiento de estas disposiciones”.

Las anteriores previsiones se encuentran contempladas en la Circular Externa 100-000003 del 23 de abril de 2024.

Para conocer la Circular 100-000003, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 081 del 30 de abril de 2024, Por la cual se prescribe el formulario No. 2593 y su instructivo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el RST para el año gravable 2024 y siguientes.

Para conocer la Resolución 081, haga clic aquí.

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