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La Ley 1739 de 2014 estableció beneficios de hasta un 80% para quienes tienen obligaciones del año gravable 2012 o anteriores pendientes de pago. El plazo para aprovechar este descuento vence el 31 de mayo.

 

Por eso, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, lanzó un aplicativo que permite conocer el valor a pagar por impuesto, sanción e intereses a una fecha determinada por el contribuyente en vigencia del beneficio.

 

Para el uso de la herramienta se debe tener en cuenta:

  • Liquidación privada: Declaración presentada por el contribuyente
  • Liquidación oficial: Declaración determinada por la DIAN
  • Sanción independiente: Sanción determinada por la DIAN mediante resolución

 

Para acceder al aplicativo, haga clic aquí

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que el día 28 de agosto de 2014, el Consejo de Estado decretó la “SUSPENSIÓN PROVISIONAL de los efectos del artículo 7º del Decreto 4910 de 2011 (…)”, relacionado con los requisitos que deben acreditarse para cada año gravable en que se solicite el beneficio de progresividad en el pago del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios establecido en la Ley 1429 de 2010.

 

En estas condiciones, el cumplimiento de esta disposición queda sin efecto legal alguno hasta que el Consejo de Estado defina de fondo la respectiva demanda de Nulidad, es decir, a la fecha no hay lugar a que se exija y/o presente solicitud alguna, ni de presentar carta ante la DIAN, por cada año gravable para disfrutar del beneficio por parte de las Nuevas Pequeñas Empresas.

 

Es importante precisar que todas las Nuevas Pequeñas Empresas, que se constituyan y quieran beneficiarse de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el artículo 4 de la Ley 1429 de 2010, deben cumplir con los requisitos generales del artículo 6° del Decreto 4910 de 2011.

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El gobierno nacional creó una comisión de expertos que se encargará de generar una propuesta de cambio estructural al sistema tributario de Colombia. Por eso, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, invitó a todos los interesados a enviar las propuestas que deben ser incluidas en dicha reforma.

 

Dicha comisión ad honorem fue establecida en la reforma tributaria de 2014 (Ley 1739), con el fin estudiar el sistema tributario y proponer reformas para hacerlo más equitativo y eficiente.

 

La comisión presentará informes trimestrales para las Comisiones Económicas del Congreso sobre los avances de las discusiones de la comisión y un informe final con las propuestas de reforma al régimen tributario.

 

Los miembros Ad Honorem de la comisión de expertos son: Ricardo Bonilla González, Rosario Córdoba Garcés, Alfredo Lewin, Soraya Montoya González, Óscar Darío Morales, Guillermo Perry, Julio Roberto Piza, Miguel Urrutia y Leonardo Villar Gómez.

 

Además, es presidida por el doctor Santiago Rojas, Director de la DIAN y la Secretaría Técnica de la Comisión la ejerce Fedesarrollo, en cabeza de Natalia Salazar.

 

Haga click aquí para enviar su propuesta escrita a la comisión.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que "Mediante Auto 20998 de febrero 24 de 2015, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente el parágrafo 1 del artículo 3 del Decreto 2701 de 2013, que reglamentó la Ley 1607 de 2012, razón por la cual la casilla 36 de la Declaración de Impuesto Sobre la Renta para la Equidad CREE - Formulario 140, no está disponible para su diligenciamiento".

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y su Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones, informó que el domingo 22 de marzo a partir de las 0:00 horas (cero horas) y hasta el día lunes 23 de marzo a las 0:00 horas (cero horas), no habrá disponibilidad de ningún servicio informático de la Entidad (Aduanero, Tributario y correo electrónico).

 

Lo anterior debido a que durante el tiempo mencionado, se realizará el recibo, instalación y configuración de las nuevas UPS que soportarán el centro de datos principal de la Entidad.

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Cerca de 317.000 colombianos presentaron declaraciones omitidas o con errores de años anteriores, como parte de los primeros beneficios tributarios establecidos por la Ley 1739 de 2014 (Reforma Tributaria), lo cual representó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, un recaudo por más de $620.000 millones de pesos.

 

Según la DIAN, al 27 de febrero pasado (plazo máximo para acceder a dicho beneficio), el mayor número de declaraciones presentadas por este concepto corresponden a 122.951 retenciones en la fuente (39% del total de declaraciones virtuales) y a 90.296 declaraciones del impuesto sobre la renta (equivalentes al 29% del total).

 

Las entidades autorizadas por la DIAN para el recaudo, reportaron pagos que se concentran en las retenciones por valor de $219.368 millones (35% del total del recaudo), mientras que en los impuestos de ventas se obtuvo un recado por $184.742 millones (30%) y renta $124.725 millones (20%).

 

Finalmente, la DIAN invitó a los colombianos para que aprovechen otros beneficios definidos por la pasada Reforma Tributaria como la posibilidad de obtener hasta un 80% de descuento en los intereses y sanciones de obligaciones de los años 2012 y anteriores y de 50% por el pago de las sanciones actualizadas de las obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias, impuestas mediante resolución independiente o acto Administrativo expedido por la DIAN. El plazo para obtener estos descuentos vence el próximo 31 de mayo.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unidos –Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI), suscribieron un Memorando de Entendimiento para estrechar la cooperación internacional, en cuanto al perfilamiento y desmantelamiento del crimen transnacional y de las organizaciones criminales, en materia de comercio internacional.

 

La firma del Memorando permitirá a las dos Entidades intensificar la cooperación entre las aduanas, garantizando la protección y seguridad de la carga, el cumplimiento de las leyes aduaneras, particularmente aquellas relacionadas con el control al contrabando, a través del intercambio de información relacionada con la importación y exportación de mercancías.

 

Este intercambio incluye información relevante para la identificación de anomalías dentro del comercio internacional, irregularidades financieras que indiquen un comercio basado en lavado de dinero, la sobre y subvaloración de la mercancía importada o exportada, y la entrada y salida de contrabando.

 

La información será compartida a través del Sistema de Análisis e Investigación de Datos para la Transparencia Comercial (DARTTS) de ICE, aplicación informática que ayuda a analizar los datos comerciales para identificar transacciones irregulares que merecen ser estudiadas por asuntos relacionados con la seguridad nacional, la protección de la carga o el contrabando, incluyendo el lavado de dinero mediante operaciones comerciales u otros delitos relacionados.

 

Este Memorando de Entendimiento suscrito con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unidos, es un paso más para fortalecer la Aduana colombiana, y hacerle frente al crimen transnacional, el contrabando y el lavado de activos.

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Miércoles, 04 Marzo 2015 07:50

Suplantan comunicación de la DIAN en la red

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reiteró a la ciudadanía que correos falsos a nombre de la Entidad son enviados por medio de artimañas informáticas, con el fin de hacer creer a los ciudadanos que son oficiales.

 

Ante la reciente ola de correos falsos que están circulando en la red, en los que se invita a los contribuyentes a pagar sus obligaciones, y que aparentemente llegan bajo el dominio dian.gov.co, la Entidad aclara que esta suplantación de dominio se realiza bajo la modalidad de casilla de correo, método que consiste en la configuración de una casilla de correo en un sistema X, con el fin de enviar los mismos a nombre de otra persona o entidad, y así conseguir la información de los remitentes, y a su vez dañar o afectar la marca.

 

Teniendo en cuenta la alarma generada en la ciudadanía, la DIAN advirtió que estas comunicaciones se envían desde un servidor ubicado en Brasil y que ya se tomaron las acciones legales para este tipo de fraude.

 

Finalmente, la DIAN dio una serie de recomendaciones que se deben tener en cuenta por parte de los ciudadanos-clientes:

  • Descargue la versión más reciente de su navegador para asegurar que esté actualizado.
  • Nunca haga clic en enlaces dentro de un e-mail y siempre ignore los e-mails que solicitan estas acciones.
  • No responda mensajes que le pidan información personal o financiera.
  • No abra mensajes ni archivos adjuntos de remitentes desconocidos.
  • Use programas que verifiquen automáticamente si una URL es legítima antes de que se acceda al sitio (https://www.virustotal.com/)
  • Mantenga actualizado el sistema operativo y el software de antivirus de su La DIAN invitó a los ciudadanos que tengan dudas relacionadas con lascomunicaciones electrónicas de la DIAN, pueden verificar la autenticidad ingresando a www.dian.gov.co y haciendo clic en el icono: Verificar Autenticidad Correos DIAN. Así mismo, pueden denunciar los enlaces o correos electrónicos fraudulentos en servicio de PRQS y Denuncias de la DIAN.

 

Otros fraudes
Igualmente la DIAN informó que ha recibido información de cartas (Actos Comisorios) que le llegan a algunos comerciantes o empresarios, en los que se les indica que la DIAN tiene programado adelantar una visita a fin de revisar los consecutivos de facturación de vigencias anteriores y donde se solicita la presentación de algunos documentos.

 

Otra forma de engaño que se presenta en las calles de las principales ciudades del país, es con la oferta mediante volantes de los denominados creditos inmediatos, en los cuales aparece el logotipo de la DIAN, situación que no es real, pues la Entidad no patrocina ni apoyo ningún tipo de actividad como estas.

 

La DIAN hizo un llamado a los ciudadanos es para que no se dejen engañar y eviten ser víctimas de cualquiera de estos fraudes.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, dando respuesta a una consulta elevada ante la entidad, indicó la forma en que puede ser consultada la información reportada por terceros para la declaración de renta año gravable 2013 de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.

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El texto de la comunicación de la DIAN es el siguiente:

 

“Apreciado contribuyente,
Agradecemos su comunicación y entendemos su preocupación por cuanto no ha podido acceder a la consulta de su información reportada por terceros, que la DIAN facilita como referencia para la elaboración de su declaración de renta del año 2013.

Para nosotros es importante facilitarle un buen servicio al cliente pero también es nuestra responsabilidad garantizar la seguridad y reserva de la información de todos los contribuyentes.

 

La consulta de información exógena se generó sólo para las personas naturales que estaban inscritas en el RUT antes del 23 de diciembre de 2014 y deberá habilitar la cuenta así:

 

1. Ingresar al portal de la DIAN (www.dian.gov.co)
2. En el menú de Servicios en línea (parte izquierda de la pantalla) seleccionar la opción Nuevos Usuarios.
3. Digite los datos solicitados: número del documento de identidad y fecha de expedición del documento (estos datos deben coincidir con los registrados en el RUT).
4. De clic sobre el botón “Habilitar mi cuenta”.
5. Aparecerá una pantalla que le solicita asignar una clave a su usuario y su confirmación. No olvide digitar una clave que sea de fácil recordación para usted y que no sea fácil de adivinar por un tercero.
6. Ahora ya puede ingresar como Usuario Registrado

 

Mayor detalle de cómo realizar la activación de su cuenta, la encuentra en la Guía de Servicios en Línea - Habilitación de Cuenta para Acceso a los Servicios en Línea: http://www.dian.gov.co/contenidos/servicios/habilitar_cuenta.html

 

Importante: la información no está disponible para años gravables anteriores al 2013”.

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El próximo jueves 26 de febrero, de 2 a 4 pm, expertos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, explicarán a los contribuyentes cómo acogerse a las Condiciones Especiales de Pago previstas en la Reforma Tributaria de 2014.

 

Los interesados podrán acceder al fan page de la DIAN en Facebook www.facebook.com/DIANCol y plantear sus inquietudes.

 

La DIAN recordó que este beneficio le permitirá a quienes tienen deudas en mora del 2012 y años anteriores obtener descuentos hasta del 80% en los intereses, si paga el total de la obligación principal, a más tardar el 31 de mayo de 2015, y del 60%, si el pago se realiza entre el 01 de junio y el 23 de octubre de este año.

 

Cuando se trate de sanciones tributarias, aduaneras o cambiaras, impuestas mediante resoluciones o actos administrativos, se aplicarán descuentos del 50% sobre la misma sanción, si se paga, a más tardar, el 31 de mayo de 2015 y hasta el 23 de octubre, el descuento será del 30%.

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