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Recuerde los beneficios para declaraciones ineficaces y períodos gravables – IVA
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a los contribuyentes que tengan declaraciones ineficaces o necesiten corrección en los períodos gravables – IVA, que la reforma tributaria de 2016 estableció beneficios para estos casos válidos hasta el 30 de noviembre de 2017.
Para conocer en qué casos acceder a estos beneficios y qué casos cubren, haga clic aquí.
DIAN abre punto NAF en la Universidad de Cundinamarca
Como parte del desarrollo de estrategias y programas en materia de educación y cultura tributaria y con la participación de 21 estudiantes de la Facultad de Ciencias Administrativas Económicas y Contables la Universidad de Cundinamarca y la DIAN - Girardot inauguraron el Núcleo de Apoyo Contable y Fiscal – NAF, proyecto que tiene como principal propósito acercar la DIAN a los contribuyentes y la ciudadanía en general, a través de la promoción del mejoramiento en la prestación del servicio.
Los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal - NAF- son una iniciativa de responsabilidad social diseñada e implementada por la Receita Federal, administración tributaria de Brasil. Actualmente se encuentran en operación más de un centenar de NAF en Universidades de Brasil, El Salvador, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Guatemala, México, Chile y Colombia.
Por otro lado, los objetivos del NAF se centran en la orientación y asistencia para el correcto uso de los servicios en línea dispuestos por la DIAN, la formación sobre el sentido social de los impuestos y el gasto público, e incentivar la ética fiscal y el servicio a la comunidad, todo ello como parte de los principios de responsabilidad social, dirigido especialmente a los contribuyentes de baja renta.
Los 21 estudiantes a cargo del servicio a los usuarios crearán un espacio de atención permanente en el que junto a sus maestros (previamente capacitados), ofrecerán de manera gratuita, orientación tributaria en el ámbito normativo o técnico. Además de generar confianza con la ciudadanía y mejorar la imagen institucional, buscarán formar centros aliados de investigación y producción de conocimiento a partir del ensamble Estado-Academia.
Los estudiantes brindarán a los ciudadanos sin costo alguno, trámites y servicios como:
- Orientación sobre el uso de los servicios en línea del Portal DIAN.
- Acompañamiento y orientación en trámites de Inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario.
- Orientación en actividades económicas y responsabilidades.
- Acompañamiento y Orientación en el diligenciamiento de declaraciones renta de personas naturales.
- Orientación tributaria para sucesiones ilíquidas.
- Orientación básica sobre el trámite de devoluciones y compensaciones.
- Orientación básica sobre el trámite de facturación.
- Información general básica sobre trámites y servicios Tributarios, Aduaneros y Cambiarios TAC.
- Orientación en responsabilidades sobre IVA e impuesto al consumo.
La atención al público será de lunes a viernes en el horario de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., en el Laboratorio gerencial y contable, bloque E, piso 2º Campus de la Universidad de Cundinamarca, diagonal 18 No. 20-29 barrio Balmoral Fusagasugá. Para mayor información llamar al 8281483 Ext: 168 o escribir al email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Grupo especial embargará cuentas bancarias y bienes a morosos DIAN
Como complemento a las acciones realizadas en el marco de las Jornadas “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN- concentrará en un grupo de funcionarios especializados, las tareas de decretar el embargo de los saldos de cuentas bancarias de aquellos contribuyentes morosos a los cuales la administración tributaria ya los contactó telefónicamente por el Centro Nacional de Cobro y/o a través de las Divisiones de Cobranzas de las Direcciones Seccionales de Impuestos en busca del pago de sus obligaciones, sin que a la fecha lo hayan realizado, así como a aquellos a quienes profirió mandamiento de pago y no han pagado sus obligaciones.
Este grupo, conformado por abogados expertos de la DIAN, tiene como meta la recuperación para el fisco nacional del valor de estas deudas cercanas al medio billón de pesos.
Así mismo, la entidad anunció el inicio de la cuarta jornada de “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, con la que buscará fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones de impuestos nacionales que se encuentran en mora y que suman casi $1 billón.
En esta ocasión, la jornada se realizará entre el 24 y el 28 de abril, con más de 20.000 acciones, entre ellas 6.900 visitas a morosos en las ciudades de Bogotá (Suba), Medellín (Itagüí, la Estrella y Caldas), Cali (Comunas 11 a la 16); Barranquilla (Centro) Bucaramanga (San Francisco, La universidad, San Alonso); Cartagena (Centro), Pereira (Centro).
De la misma forma, se desarrollarán simultáneamente en todo el país citaciones a 13.500 contribuyentes con deudas por $500 mil millones, que, según información que reposa en la entidad, tienen respaldo económico para cumplir con sus obligaciones.
Adicionalmente, se tienen programadas 213 diligencias de remates entre las cuales se incluyen: 195 inmuebles y 18 vehículos.
Más acciones frente al contrabando y la evasión
Entre tanto, y con el con el propósito de proteger la industria nacional, evitar la competencia desleal, y demás acciones que desestimen el contrabando en el país, la DIAN ha programado 78 visitas a establecimientos de comercio ubicados en seis principales ciudades del país, a fin de verificar la legal introducción y permanencia de mercancías de procedencia extranjera en el territorio aduanero nacional.
En estas verificaciones, se comprobará el cumplimiento de la normatividad aduanera vigente, como son: formalidades, requisitos, vistos buenos, etiquetado; así como, además de confrontar los productos con las declaraciones aduaneras que amparan la importación de confecciones, textiles, calzado, juguetería, entre otros.
En lo referente al control a la evasión, los auditores de fiscalización tributaria de 30 Direcciones Seccionales realizarán acciones de control a responsables del Impuesto sobre las Ventas de las actividades económicas 4663 “Comercio al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, pinturas, productos de vidrio, equipo y materiales de fontanería y calefacción” y 8299 “Otras actividades de servicio de apoyo a las empresas n.c.p.”
Estos controles hacen parte de la Estrategia General de Control al IVA para el año 2017 y buscan, a través de la verificación de las obligaciones de facturar, de registrar y declarar los ingresos, mejorar los niveles de tributación en algunas actividades económicas que, de acuerdo con los estudios realizados por la entidad, presentan las mayores brechas en cuanto al comportamiento de sus tributos.
Para ello, durante la semana se practicarán alrededor de 260 visitas, al mismo número de establecimientos de comercio, en las que los auditores realizarán durante toda la jornada un control puntual a cada una de las operaciones de compraventa realizadas por el contribuyente, con el fin de garantizar que todas las transacciones económicas sean debidamente facturadas y que los ingresos obtenidos sean debidamente contabilizados y posteriormente declarados.
Nuevo llamado a 80.000 agentes retenedores
De otro lado, la DIAN reiteró a los Agentes Retenedores que no han cumplido con el deber de consignar lo retenido en las declaraciones presentadas sin pago o con pago parcial hasta el 30 de noviembre de 2016, que están a tiempo de acogerse al beneficio establecido en el art. 272 de la Ley 1819 de 2016, ahorrándose sanciones e intereses.
Son casi 80.000 agentes retenedores los que tienen 185.780 declaraciones sin pago o con pago parcial y sin efecto legal alguno, por valor de $633.484 millones.
El beneficio contemplado en la Ley 1819 de 2016 para estos Agentes, consiste en que, hasta el 29 de abril, vuelvan a presentar y pagar, si es el caso, sus declaraciones ahorrándose el 100% de la sanción de extemporaneidad y de los intereses de mora.
Fundación Universitaria de Popayán y DIAN firman acuerdo NAF
Con el objetivo de aportar a la promoción del emprendimiento y desarrollo socioeconómico de los contribuyentes del Cauca, la Dirección Seccional de Impuestos de Popayán y la Fundación Universitaria de Popayán, FUP inauguraron el primer Núcleo de Apoyo Contable y Fiscal – NAF de la región, programa en el que 12 estudiantes de la Facultad de Ciencias Económicas, Contables y Administrativas, Programa de Contaduría Pública, prestarán asistencia y, o asesoría fiscal sin costo alguno a contribuyentes de menores ingresos.
Este acercamiento involucra desde el comienzo al sector académico en la creación de espacios de atención permanente donde los estudiantes y maestros (previamente capacitados), ofrecen de manera gratuita, asesoría tributaria en el ámbito normativo o técnico según se parametrice el alcance de la asistencia ofrecida por cada institución. Además de generar confianza con la ciudadanía y mejorar la imagen institucional, se busca generar centros aliados de investigación y producción de conocimiento a partir del ensamble Estado-Academia.
Los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal - NAF- son una iniciativa de responsabilidad social diseñada e implementada por la Receita Federal, administración tributaria de Brasil. Actualmente se encuentran en operación más de un centenar de NAF en Universidades de Brasil, El Salvador, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Guatemala, México, Chile y Colombia. Este programa brindará a los ciudadanos sin costo alguno, una oferta de servicios como:
- Orientación sobre actividades económicas y las responsabilidades de declarantes y contribuyentes de los diferentes tributos nacionales.
- Orientación sobre conceptos y rubros vinculados a las declaraciones tributarias de impuestos nacionales.
- Orientación general sobre devoluciones y compensaciones en impuestos nacionales.
- Orientación básica sobre los trámites de facturación.
- Orientación sobre el uso de los servicios en línea ofrecidos por el portal de la DIAN.
- Acompañamiento y orientación en trámites de inscripción, actualización y cancelación del registro único tributario.
- Acompañamiento y orientación en el diligenciamiento de declaraciones de renta para personas naturales.
- Orientación en responsabilidades sobre el impuesto al valor agregado IVA.
En el evento de inauguración de este NAF estuvieron: el Rector de la institución Universitaria padre Mario Alfredo Polo Castellanos; el Decano de la facultad Dr. Camilo Oviedo Perdomo; la Subdirectora programa de Contaduría Pública Dra Vilma Isabel Forero; Fabián López docente coordinador NAF; el grupo de estudiantes que integran el equipo de trabajo NAF; el Doctor Jorge Eliecer Constain director Seccional de la DIAN Popayán y Elvis Vidal, coordinador DIAN.
La atención al público será en la Calle 5 # 8-58 Claustro San José de la ciudad de Popayán de lunes a viernes de 8 a.m. a 8 p.m.
DIAN estabiliza servicio de diligenciamiento
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, informa que ya se estabilizó el servicio de diligenciamiento para la presentación y pago de las declaraciones tributarias.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 579-2 del Estatuto Tributario, los Grandes Contribuyentes cuyo NIT finalice en 0, y demás Personas Jurídicas, Sociedades y asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como Grandes Contribuyentes cuyo NIT finalice en 96 - 00 sin tener en cuenta el dígito de verificación, tendrán plazo para declarar y pagar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario y Activos en el Exterior, a más tardar el 12 de abril de 2017 sin liquidar la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 del Estatuto Tributario.
De igual manera, podrán presentarse hasta la misma fecha las demás declaraciones tributarias cuyo NIT finalice en el dígito 0 sin tener en cuenta el dígito de verificación y sin liquidar y pagar sanción de extemporaneidad ni intereses de mora.
Resolución 550, ajuste horario seccional aduanas de Medellín
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, sede Medellín, emitió la Resolución 550 del 10 de abril de 2017, por medio de la cual se ajusta el horario de la seccional aduanas de Medellín.
Para conocer la Resolución 550 completa, haga clic aquí.
Arrancan vencimientos de impuestos nacionales de abril
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN - hizo un llamado a las Personas Jurídicas cuyos vencimientos de la primera cuota del Impuesto Sobre la Renta inician hoy 10 de abril, para que cumplan con la obligación de declarar y pagar este impuesto.
La Administración Tributaria recordó a los Grandes Contribuyentes que declararán y pagarán la Segunda cuota del Impuesto de Renta y Complementario, así como a las Personas Jurídicas diferentes de Grandes Contribuyentes y a las Agencias de Aduanas, que simultáneamente con el Impuesto de Renta (Formulario 110), deben presentar el “Formato y Especificaciones para el Suministro de la Información con Relevancia Tributaria” (Formulario 1732) que hace parte integral del formulario de Renta. Y en el evento de poseer activos en el exterior deben presentar también la Declaración Anual de Activos en el Exterior (Formulario 160).
Declaración de Renta y formulario 1732
Los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios obligados a llevar libros de contabilidad que utilicen el formulario 110 y que además deben diligenciar y presentar a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Entidad, la Información con relevancia tributaria (Formulario 1732) correspondiente al año gravable 2016, deben hacerlo siempre y cuando cumplan una de las siguientes condiciones:
- Quienes a 31 de diciembre de 2016 estuvieren calificados como Grandes Contribuyentes;
- Quienes a 31 de diciembre de 2016 tuvieren la calidad de agencias de aduanas;
- Las personas naturales, las personas jurídicas y asimiladas a unas y otras, que a 31 de diciembre del año 2015 posean un patrimonio bruto superior a 45.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) ($1.272.555.000 año 2015) o hayan obtenido en el año 2015 ingresos brutos, superiores 45.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) ($1.272.555.000 año 2015).
Es importante tener en cuenta que el formulario 110 (Declaración de Renta y Complementarios) es de uso obligatorio para las personas jurídicas y asimiladas, los contribuyentes del régimen tributario especial, los declarantes de ingresos y patrimonio, los contribuyentes del impuesto sobre la renta señalados en el artículo 19-2 del Estatuto Tributario y para las personas naturales y asimiladas, obligados a llevar contabilidad.
Responsables de Retención en la Fuente
Por otro lado, los responsables de presentar y pagar la Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente (Formulario 350), deben tener en cuenta que según Resolución 000013 del 03 de marzo de 2017 se prescribe un nuevo formulario 350. Es decir, que a partir del tercer (3º) periodo (marzo) y siguientes del año gravable 2017, las retenciones y autorretenciones en la fuente deberán declararse en este nuevo formulario. http://www.dian.gov.co/descargas/Formularios/2017/350_2017.pdf
29 de abril, último plazo para que Agentes Retenedores y responsables de IVA saneen sus declaraciones
La DIAN insiste en recordar a aquellos Agentes Retenedores que no han cumplido con el deber de consignar lo retenido presentando declaraciones sin pago o con pago parcial, así como a los responsables de IVA que a 30 de noviembre de 2016 tenían declaraciones sin efecto legal alguno (presentadas en un periodo diferente al obligado), que utilicen el beneficio que la Ley 1819 de 2016 introdujo para que estos obligados subsanen tal situación.
El beneficio consiste en que dichos Agentes de Retención y responsables de IVA vuelvan a presentar y pagar, si es el caso, sus declaraciones ahorrándose el 100% de la sanción de extemporaneidad y de los intereses de mora desde la fecha en que debió haber cumplido con la obligación. Evítese el pago de sanciones administrativas e intereses, así como denuncias y sanciones penales.
Último año para declarar CREE
Recuerde que la Ley 1819 de 2016 derogó el Impuesto Sobre la Renta para la Equidad CREE, este es el último año en el que se presentará la declaración de este impuesto. El plazo para presentar la declaración por este Impuesto del año gravable 2016 y pagar el 50% del valor a pagar vence entre el 10 y el 26 de abril de acuerdo con el último digito del NIT.
Finalmente, DIAN ofrece disculpas por la demora en la disposición del servicio de diligenciamiento de las declaraciones tributarias, originada en el corto tiempo del que se ha dispuesto para incorporar a los diferentes Servicios Informáticos Electrónicos los cambios introducidos con la Ley 1819 de 2016.
Con el compromiso y dedicación de los funcionarios de las dependencias involucradas en el diseño y puesta en producción de los formularios tributarios fue posible desplegar los formularios el pasado viernes 7 de abril. Los diferentes canales de atención (telefónico, presencial y chat) están dispuestos para orientar, ayudar y acompañar el proceso de diligenciamiento de los formularios.
Recaudo de impuestos creció 7.4% en el período enero – marzo
A marzo de 2017, el recaudo bruto del primer trimestre del año de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la cifra de $32,4 billones, valor que representa un crecimiento nominal de 7.4% respecto al mismo período de 2016, en el que se logró recaudar la suma de $30,2 billones.
Esta variación se explica principalmente por el comportamiento del recaudo del Impuesto al Valor Agregado - IVA que se incremento en 15.2% pasando de $8,9 billones en 2016 a $10,2 billones en 2017, registrando una participación del 4.5% en la variación, esto es, de los 7.4 puntos porcentuales que creció el recaudo en el trimestre, 4.5 puntos se explican por el recaudo del IVA.
Las retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre, presentaron un incremento de 6.4% pasando de $11,9 billones en 2016 a $12,7 billones en 2017 contribuyendo con 2.5% a la variación total del recaudo, es decir, que de los 7.4 puntos porcentuales en los que aumentó el recaudo en el primer trimestre del año, las retenciones en la fuente explican 2.5 puntos porcentuales.
De esta manera, el recaudo de los tributos asociados a la actividad económica interna muestra una variación nominal de 8.4% frente al mismo período de 2016, con un recaudo de $27,5 billones, mientras que en el mismo periodo de 2016 fue de $25,3 billones. Por su parte, los tributos al comercio exterior (arancel e IVA), se incrementaron en 1.7%, recaudándose $4,9 billones frente a $4,8 billones en el primer trimestre de 2016.
Dentro del recaudo del trimestre enero-marzo de 2017, los pagos con títulos de devoluciones de impuestos (TIDIS) ascendieron a $3,32 billones, cifra que represente un incremento nominal de 110% frente a la presentada en el mismo período de 2016, cuando los pagos con TIDIS ascendieron a $1,58 billones. Con estos pagos se hacen efectivas las devoluciones de saldos a favor realizadas mediante títulos en períodos anteriores y que el contribuyente utiliza para pagar impuestos administrados por la DIAN.
En Marzo
Durante el mes de marzo el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN fue de $10,14 billones mostrando una variación nominal de 9.0% en relación con el mismo mes de 2016 en el que se logró un recaudo de $9,3 billones; el recaudo de los tributos que corresponden a la actividad económica interna fue de $8,46 billones y los restantes $1,68 están asociados al recaudo de tributos externos en las operaciones de comercio exterior.
Sobresale el crecimiento nominal de 27.0% en el recaudo del Impuesto al Valor Agregado IVA que ascendió a $4,0 billones, explicada por el incremento de la tarifa general del IVA que pasó de 16% a 19%, así como los resultados de la gestión de control de declaración y cobro del impuesto que viene desplegando la DIAN desde comienzos del año.
Por otra parte, la DIAN anunció que en el período enero-febrero recuperó cartera por valor de $ 1 billón, suma en la que se incluyen los resultados de las jornadas de servicio y control del primer trimestre del año. El balance de las jornadas “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, indica que se ha gestionado cartera por $2.9 billones, recuperando efectivamente en dichas jornadas $629.000 millones; además, se llevaron a cabo 508 visitas de control a la legal importación de bienes, así como 247 visitas de control al contrabando y acciones de control al contrabando.
En lo que resta de 2017 la DIAN continuará con esta serie de Jornadas Integrales de Atención y Control a nivel nacional, con las que se busca fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones; crear conciencia de la importancia de la declaración y pago de los impuestos, así como de la expedición y exigencia de la factura y la legal introducción de mercancías al territorio nacional.
Contingencia por declaratoria de desastre en el municipio de Mocoa
Con fundamento en lo establecido en el inciso 2° del artículo 579-2 del Estatuto Tributario, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN informa que, de conformidad con el Decreto 599 del 6 de abril de 2017 mediante el cual se declaró en situación de desastre al municipio de Mocoa ubicado en el Departamento de Putumayo por un término de 12 meses contados a partir de la fecha en mención, los contribuyentes, responsables, agentes de retención y declarantes que, a 31 de marzo de 2017 se encontraban domiciliados en Mocoa, podrán presentar y pagar las correspondientes declaraciones tributarias a más tardar el día siguiente al vencimiento de la declaratoria de emergencia, sin que se genere sanción de extemporaneidad ni el pago de intereses moratorios.
Adicionalmente, teniendo en cuenta que el desastre natural ocurrido en Mocoa es un hecho notorio y que, además de éste, otros municipios del Departamento del Putumayo se han visto afectados por la falta de fluido eléctrico, la DIAN informa a aquellos contribuyentes, responsables, agentes de retención y declarantes, que a 31 de marzo de 2017 se encontraban domiciliados en estos municipios y que durante el mes de abril de 2017 deban presentar y pagar alguna obligación de carácter tributario, que tendrán hasta el día 31 de mayo de 2017 para el cumplimiento de estas obligaciones sin que se genere sanción de extemporaneidad ni el pago de intereses moratorios.
Aunque a la fecha las operaciones aduaneras y de comercio exterior no han sufrido ningún tipo de alteración, la Dirección de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís tendrá atención permanente para contribuir en la solución y facilitación de las operaciones que así lo requieran.
¿Sabe el monto en moneda extranjera que puede portar al salir o ingresar al país?
A propósito de la proximidad de Semana Santa, época en la cual muchas personas aprovechan para viajar al exterior o visitar el país, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a los viajeros la importancia de declarar las divisas que porten, cuyo valor sea superior a US$10.000, o su equivalente en cualquier otra moneda (incluidos los pesos colombianos), diligenciando el formulario 530.
Es decir, si un viajero ingresa o sale del país y lleva consigo más de US$10.000, o su equivalente en cualquier otra moneda, o sea, $30´000.000 (a manera de ejemplo, a una tasa de cambio de $3.000, por cada dólar), debe diligenciar este formulario.
Por esta razón, el Director de Gestión de Fiscalización de la DIAN, Leonardo Sicard Abad, recomendó a los viajeros a cumplir con esta obligación, a fin de evitar la retención de las divisas que porten a la hora de entrar o salir del país y la sanción que ello implica.
“El llamado es a que los viajeros utilicen este formulario, recordándoles también que, en caso de tratarse de un grupo familiar, la declaración puede hacerse grupalmente en un único formulario”, explicó Sicard Abad.
De otro lado, el directivo de la DIAN, exhortó a los ciudadanos para que al momento de comprar sus divisas lo hagan a los Intermediarios del Mercado Cambiario o con las cerca de 2.000 personas naturales y jurídicas autorizadas como Profesionales de Cambio que hay en el país.
“Hemos identificado que muchas personas compran sus divisas en lugares no autorizados, lo cual infringe el Régimen Cambiario”, dijo el directivo de la DIAN.
El Director de Fiscalización, también añadió que, a la hora de adquirir este tipo de monedas, es importante que el comprador exija la factura y en especial, la declaración de cambio a los intermediarios del Mercado Cambiario (Declaración de Cambio por servicios, transferencias y otros conceptos) o a los profesionales de Cambio (formulario No 18), que puede ser requerido por la autoridad cambiaria.
De la misma manera, la DIAN precisó que las divisas no declaradas por el viajero en el formulario 530, teniendo la obligación de hacerlo, deben ser retenidas por la autoridad aduanera y la no expedición de la declaración de cambio puede generar para el Profesional de Cambio una sanción de 25 UVT ($800.000), por no expedirla.
En este caso, la normatividad cambiaria también considera otra sanción para el Profesional de Cambio, como la cancelación de la autorización otorgada por la DIAN.
Entre el 01 de enero de 2015 y el 28 de febrero de 2017, la DIAN ha reportado retenciones de divisas por cerca de 8.3 millones de dólares y 3.4 millones de euros.
Consulte el listado de Profesionales del Cambio autorizados por la DIAN haciendo clic aquí.