Sale a la luz la Tercera Edición de la NIIF para las PYMES
Richard santaDespués de diez años, una de las normas internacionales más relevantes en materia de información financiera ha sido publicada. Se trata de la tercera edición de la NIIF para la PYMES, el estándar internacional para las pequeñas y medianas empresas, emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) en 2009. Este marco contable mantiene los principios de las NIIF plenas, pero adaptados a la realidad de las Pymes.
La nueva versión mantiene las 35 secciones de la edición de 2015, pero introduce modificaciones significativas, entre las que se destacan:
- Actualización de la Sección 2 (conceptos y principios fundamentales) a la luz del Marco Conceptual NIIF de 2018
- Compilación en la Sección 11 de los relativo a Instrumentos Financieros
- Actualización de la Sección 12, según los dispuesto en la NIIF 13 Medición del valor razonable
- Actualización de la Sección 19 (combinaciones de negocios y plusvalía) con la NIIF 13
- Modificación de la Sección 23 (ingresos de actividades ordinarias), ahora alineada con la NIIF 15
- Simplificaciones para que sean aplicables en las Pymes
De acuerdo con IASB en su condición de emisor de la norma, esta entrará en vigencia el primero de enero de 2027. En Colombia, desde la emisión del proyecto de norma se ha venido adelantando el estudio de los contenidos del estándar.
Así, por ejemplo, para alimentar las discusiones tendientes a participar del análisis adelantado en el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera – Glenif-, se convocó desde el CTCP al Comité de NIIF para Pymes. Particularmente para conocer los resultados de una encuesta liderada por IASB en relación con el debido proceso del proyecto de norma.
Qué viene para Colombia
Bajo el liderazgo del consejero Jairo Cervera, el CTCP adelantará el proceso de discusión pública de la nueva NIIF para las PYMES, siguiendo estos pasos:
- Garantizar los derechos sobre los ficheros oficiales en español de la nueva norma.
- Promover discusiones en los comités técnicos del CTCP.
- Organizar y participar de eventos de sensibilización sobre la propuesta normativa.
- Integrar y consultar la opinión de expertos y autoridades.
- Formular consulta pública del borrador de recomendación del CTCP. Se definen los canales de recepción de comentarios y se establecen los plazos.
- Evaluar los comentarios y elaborar el documento de recomendaciones sobre la adopción total o parcial para los reguladores (ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público).
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