En una decisión de la Corte Constitucional, el fuero de las mujeres de no ser despedidas en su etapa de embarazo y los cuatro meses siguientes al parto, fue extendido también para los padres.
En el fallo, se señala que la protección a los hombres se dará sólo en los casos en los cuales las madres no trabajan y el hogar depende económicamente del trabajo del padre vinculado.
El argumento del demandante, sebasó en que la Ley proteje laboralmente a las mujeres embarazadas o lactantes, pero esa protección no aplicaba en los casos en los cuales son dependientes del esposo o compañero.
Con este fallo, la Corte extiende a los padres los beneficios del Código Sustantivo del Trabajo en sus artículos 239 y 240.
Publicado en
Noticias
Etiquetado como
Lo último de Richard santa
- Aumentará al 35% arancel a importación de 14 elementos de acero
- Concepto 310, RST Contabilización – Aclaración del concepto 2025-0268
- Resolución 238, fija valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT el año 2026
- Concepto 300, Revelación de deuda de servicios públicos - PH
- Se radicó proyecto de ley que busca reglamentar contrato y jornal agropecuario
Inicia sesión para enviar comentarios